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MINISTERIO DE EDUCACIÓN DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN EDUCATIVA DIRECCIÓN NACIONAL DE EDUCACIÓN MEDIA “LINEAMIENTOS

MINISTERIO DE EDUCACIÓN DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN EDUCATIVA DIRECCIÓN NACIONAL DE EDUCACIÓN MEDIA “LINEAMIENTOS DE APLICACIÓN DEL MANUAL DE EVALUACIÓN Y PROCESOS DE REGISTRO ACADÉMICO INSTITUCIONAL DEL NIVEL MEDIO” Ing. Jonathan Guillermo Aparicio Ministerio de Educación, Octubre 2016.

AGENDA: 8: 00 am-9: 00 am - 9: 45 am – 10: am (receso-consultas)

AGENDA: 8: 00 am-9: 00 am - 9: 45 am – 10: am (receso-consultas) 10: 00 am – 10: 45 am 1. Saludo. 2. Medidas Extraordinarias para la Aplicación del Nuevo Manual de Evaluación. 3. Lineamientos para la recuperación por PAES 4. Matrícula y Validación de Estudiantes. a) b) c) d) Tiempos de Matrícula. Estudiantes sin Identidad. Estudiantes Extranjeros. Ley del Nombre 10: 45 am – 11: 00 am – 11: 20 am – 11: 50 am 4. Registro de Calificaciones 5. Reincorporación de Estudiantes al Sistema Educativo. 6. Proceso de Títulos de Bachiller. a) Calendarización. b) Disposiciones. c) Constancia de Títulos. d) Legalización de Títulos. 11: 50 am – 12: 10 M – 12: 30 M (consultas) 6. Calendario Académico 2017 7. Herramienta de Comunicación. 8. Varios.

MEDIDAS EXTRAORDINARIAS PARA LA APLICACIÓN DEL MANUAL DE EVALUACIÓN AL SERVICIO DEL APRENDIZAJE Y

MEDIDAS EXTRAORDINARIAS PARA LA APLICACIÓN DEL MANUAL DE EVALUACIÓN AL SERVICIO DEL APRENDIZAJE Y DESARROLLO Ante la Vigencia y Aplicación del Manual de Evaluación en el año 2016, se deberá tomar en consideración que ha sido un proceso gradual, para lo cual se establece que: Planes de Estudio. 1. Los Procesos de Registro Académico que se registran en sistema “SIRAI”, estarán en función del año 2015, pero no impide que procesos de refuerzo y recuperación que se enmarcan en la nueva normativa sean aplicados en el aula. 2. Los planes de estudio en el año 2016 se mantienen sin modificación, por lo que todas las asignaturas son evaluadas en forma numérica y con EXCEPCIÓN de las asignatura Curso de Habilitación Laboral y Seminario, para el presente año escolar no representaran promoción, no obstante deberán considerar que solo en año 2016 se manejara la escala numérica, por lo que el Centro Educativo deberá garantizar que se de cumplimiento a esta medida.

Procesos de Recuperación. 1. La recuperación ordinaria por periodo puede aplicarse, pero los Docentes

Procesos de Recuperación. 1. La recuperación ordinaria por periodo puede aplicarse, pero los Docentes deben reportar las notas ya integrando dicho proceso en los promedios que reportan al Encargado de Registro Académico. No obstante el Docente deberá indicar en su cuadro de notas del Aula. 2. La recuperación extraordinaria, que se aplica al finalizar los cuatro periodos escolares, a nivel de registro académico están en función del año 2015, por lo que la cantidad de asignaturas que se pueden evaluar y registrar no se ha modificado. A nivel de registro de notas, deberá modificarse una nota de periodo (la de menor calificación) con el fin que una asignatura cambie su estado de promoción, posterior el sistema permitirá el registro de las otras dos asignaturas o módulos en recuperación. (ESTE PROCESO CON FINES DE REGISTRO EN SISTEMA)

Asignaturas o Módulos en Segunda Matrícula. asignaturas, dado que no podrán llevar asignaturas pendientes,

Asignaturas o Módulos en Segunda Matrícula. asignaturas, dado que no podrán llevar asignaturas pendientes, las cuales ya no son consideradas en el nuevo Manual. 1. El Centro Educativo tiene la responsabilidad de aplicar todos los procesos de refuerzo académico y recuperación para que los estudiantes den cumplimiento a su plan de estudio. En el caso que un estudiante no logre aprobar luego de haber aplicado todos los proceso académicos enmarcados en la nueva norma este reprobara su año escolar. 2. En el caso de estudiantes que han cursado estudios del nivel medio previos al año escolar 2016 y aún posean una asignatura o modulo pendientes, estos podrán reintegrarse en el año escolar 2017 y deberán cursar su asignatura o modulo pendiente, el cual estará sujeto a los proceso académico de cada periodo. 3. En el caso que un estudiante no apruebe su asignatura en segunda matrícula o modulo en los periodos establecidos, este deberá someterse al proceso de recuperación extraordinario. En el caso de no aprobación, este deberá repetir su año escolar y cursar su asignatura o modulo.

Proceso de Aplicación del Manual en el año 2017. aplicación y sustituido por un

Proceso de Aplicación del Manual en el año 2017. aplicación y sustituido por un nuevo sistema informático que absorberá todos los procesos de su predecesor e incluirá no solo el nivel de Educación Media. 2. Podrán asignarse asignaturas o módulos en segunda matrícula pero solo aplica a estudiantes con estudios previos al año 2016. 3. Los Planes de estudio estarán conforme a la aplicación del nuevo manual de evaluación, en donde se establece el area de formación aplicada en escala de evaluación conceptual y dejando de ser objeto de promoción. Los proceso descritos están vigentes y deberán ser aplicados por todos los Centros Educativos del nivel medio tanto públicos como privados. En el caso de los Colegios Privados con Calendario Internacional, la aplicación del manual será a partir del año escolar 2017 -2018

Proceso de Aplicación del Manual en el año 2017. Los módulos del area técnica

Proceso de Aplicación del Manual en el año 2017. Los módulos del area técnica que se evalúan por competencias, estos serán incorporados bajo la escala actual de 1 al 10, tomando en consideración que en año 2017, el nivel de logros de aprobación para el estudiante es 4. Por tanto a nivel de registro deberán tomar en cuenta que la nota de aprobación del area técnica será de 7. 0 NOTA: considerar que SIRAI no representa cambios por lo que por efectos de registro si un estudiante tiene nota 6. 0 considerar que no será observado por el sistema. El Centro Educativo tiene la responsabilidad de garantizar que los Certificados que se emitirán únicamente serán para los estudiantes que hayan logrado nota 7. o en area técnica siendo su equivalente al nivel de logros 4. 2016 2017 ESCALA NIVEL 1 -2 1 3 -4 2 5 -6 3 7 -8 4 9 -10 5

Lineamientos para Segunda Recuperación Extraordinaria de Estudiantes de Segundo Año de Bachillerato. link La

Lineamientos para Segunda Recuperación Extraordinaria de Estudiantes de Segundo Año de Bachillerato. link La aplicación de los lineamientos, será a partir del año 2016, por lo que no se consideran estudiantes de años anteriores, los cuales aún deberán evaluarse cuando el MINED establezca los procedimientos para ello. REGISTRO DE NOTA DE RECUPERACIÓN - PAES A raíz que SIRAI no ha sufrido modificaciones, la recuperación de la nota PAES se registrara así: 1. 2. 3. 4. Los estudiantes que sean objeto de recuperación por nota PAES, no deberá hacerse el “cierre de notas”. Estos deberán identificarlos cuando se tengan los resultados de PAES ordinaria. Identificar el periodo o los periodos del estudiante en el cual tenga la nota más baja. (criterio interno la cantidad de periodos a modificar) En dicho periodo, se realizara el proceso de modificación de la nota, con la opción “nota con solicitud”, esta será sustituida por la nota que obtuvo el estudiante en su proceso de recuperación. (Este proceso podrá realizarse en más de un periodo, si fuese necesario). La nota de promedio institucional no podrá ser superior a 7. 0 Las notas deberán ser ingresadas estrictamente con la opción nota con solicitud y en

MATRÍCULA Y VALIDACIÓN DE ESTUDIANTES EN EL SISTEMA DE REGISTRO ACADÉMICO E INSTITUCIONAL SIRAI

MATRÍCULA Y VALIDACIÓN DE ESTUDIANTES EN EL SISTEMA DE REGISTRO ACADÉMICO E INSTITUCIONAL SIRAI

Matricula Oficial. Tiempos de matrícula: ü ü Ordinaria: Enero y Febrero. Extraordinaria: Marzo. (se

Matricula Oficial. Tiempos de matrícula: ü ü Ordinaria: Enero y Febrero. Extraordinaria: Marzo. (se considera extraordinario al estudiante que inicio su año escolar en el tiempo correspondiente pero que no ha presentado su documentación) Proceso de matrícula: En cuanto a exoneraciones de matrículas “No se reciben Solicitudes”. En caso de tener una matrícula pendiente la Institución deberá tramitar una matrícula extemporánea: üSolicitud üCuadro de Notas y Asistencia En los casos de matrículas extemporáneas que se registran en “SIRAI” así como los traslados de matrícula, “no se realiza apertura de registro de notas, estas deben registrarse bajo el proceso de “notas con solicitud”. Los requisitos para matrícula es contar con el certificado de aprobación del grado inmediato inferior y documento de identidad original (exceptuando penales), siendo este considerado como no obligatorio. Ningún Centro Educativo podrá negar matrícula si el estudiante cuanta con sus requisitos, de igual forma ningún Acreditador Departamental podrá solicitar más documentos de lo que esta normado.

� � Para matrícula se debe contar con: partida de nacimiento y certificado o

� � Para matrícula se debe contar con: partida de nacimiento y certificado o certificación de notas. Recibir estudiantes sin un documento académico o matricularlo en un servicio educativo que no corresponda: será responsabilidad del Centro Educativo quien deberá asumir la responsabilidad del daño que le ocasione al usuario. Matricula Extraordinaria: Solo aplica a estudiantes que están desde inicio del año escolar, pero a falta de documentos no fueron registrado en el tiempo ordinario (presentar notas y asistencia escolar). Este tramite se realiza en la Dirección Departamental de Educación, el cual puede ser presentado en el transcurso del año escolar previa justificación y atención a los requisitos establecidos. Los casos que no están dentro de las condiciones normales, será el Director(a) del Centro Educativo quien deberá presentar por escrito el caso ante el Departamento de Acreditación Institucional. Los alumnos que desean cambiar de calendario académico, no se consideran una matrícula extraordinaria, dado que no proceden de noveno grado al nivel medio, debe hacerse el tiempo de espera para iniciar el año escolar. En los grados previos quedara a criterio de los Centros Educativos, en el sentido que no hay marco normativo, considerar que deben existir causas que motiven el cambio de calendario, en los grados que generan registro ante MINED Central (3º, 6º y 9º).

Traslados: Un estudiante puede trasladarse durante el año escolar bajo una causa justificada. Si

Traslados: Un estudiante puede trasladarse durante el año escolar bajo una causa justificada. Si el traslado se da bajo la misma modalidad del bachillerato o se trata de un area de estudio á fines el caso se atenderá en la Dirección Departamental correspondiente. Los traslados de estudiantes en los cuales exista un cambio en la modalidad de Bachillerato ante la falta de la oferta académica en el lugar en el cual asistirán, este caso deberá ser presentado en el Departamento de Acreditación Institucional. Movilidad Horizontal. Art. 24 Ley General de Educación. Reglamento: Solo podrá efectuarse el cambio de modalidad de Técnico a General hasta la decima semana del año escolar. (cursando segundo año técnico a segundo año general).

Estudiantes sin Identidad En base al artículo 80 de la ley LEPINA, a todos

Estudiantes sin Identidad En base al artículo 80 de la ley LEPINA, a todos los estudiantes se les debe garantizar el derecho a la educación, por tanto ningún centro educativo puede excluir a algún estudiante que carezca de identidad. A partir del año 2017, todos los estudiantes que no posean una identidad, pero posean su respectivo certificado de noveno grado, estos serán matriculados en SIRAI. El Centro Educativo deberá reportar al Departamento de Acreditación Institucional los estudiantes que carezcan de una identidad (nota formal, nómina de estudiantes, con su grado y sección que corresponda, copia del certificado de noveno grado. El Departamento de Acreditación emitirá resolución para que estos sean VALIDADOS, por su Acreditador Departamental. Esta disposición será de estricto cumplimiento por lo que es responsabilidad del Director(a) presentar los casos, así como del Acreditador atender a la disposición y validar los casos.

Estudiantes con Documentos Extranjeros ü Abstenerse de recibir estudiantes con documentos extranjeros que no

Estudiantes con Documentos Extranjeros ü Abstenerse de recibir estudiantes con documentos extranjeros que no han realizado el proceso de incorporación o equivalencias. ü Un estudiante que venga con documentos académicos extranjeros deberá presentarse en el Departamento de Acreditación con la Coordinación de Registro Histórico con el Lic. Julio Salamanca quién determinará el caso. (zonas fronterizas analizar los casos con el Ing. Jonathan Aparicio) ü La validación en SIRAI se realizará hasta que el estudiante presente la resolución o acuerdo de incorporación y equivalencia de estudios. ü Los extranjeros que cuenten con su partida de nacimiento indistintamente no cuente con apostilla o autentica, así también el pasaporte vigente o no. Basta mostrar un documento original que demuestre la identidad de la persona (partida de nacimiento ó pasaporte), este deberá darse por valido. ü Las personas de nacionalidad extranjera su nombre se consigna en los registros académico tal cual este indicado en su documento de identidad que presente. NO APLICA LEY DEL NOMBRE. ü No se permiten copias, solo documentos originales.

Aplicación de la Ley del Nombre y Marginaciones La Ley del Nombre no aplica

Aplicación de la Ley del Nombre y Marginaciones La Ley del Nombre no aplica a extranjeros únicamente a salvadoreños por nacimiento Los alumnos a los cuales no se les ha aplicado la Ley del Nombre serán matriculados y validados, únicamente no serán objeto de emisión de título. A partir del 04 de agosto de 1990 todos los estudiantes deben tener como máximo dos nombres y dos apellidos. La marginación en un documento se dará cuando exista un cambio de identidad posterior a la fecha de emisión del documento LOS ESTUDIANTES QUE POSEEN PARTIDA DE NACIMIENTO, PERO NO HAYA SIDO APLICADA LA LEY DEL NOMBRE SERÁN VALIDADOS POR EL ACREDITADOR DEPARTAMENTAL. EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN NO ES ENTE PARA ENMENDAR PROCESOS DE LA IDENTIDAD DE ESTUDIANTES ASÍ COMO NEGAR O DETENER UN PROCESO POR ELLO. En Caso que estas disposiciones no sean atendidas, tanto por la Dirección Escolar, como Acreditación Departamental, el interesado podrá presentar el caso ante Transparencia quien remitirá el caso a la Dirección de Asesoría Jurídica.

Aplicación de la Ley del Nombre y Marginaciones � Revisión de Nombres. � Los

Aplicación de la Ley del Nombre y Marginaciones � Revisión de Nombres. � Los nombres de los estudiantes que han sido matriculados y validados deben estar conforme a su partida de nacimiento. � Aplicación de la Ley del Nombre. Capitulo III – Formación del Apellido Art. 14. - Los hijos nacidos de matrimonio así como los reconocidos por el padre, llevarán el primer apellido de éste, seguido del primer apellido de la madre. Art. 15. - Los hijos no reconocidos por su padre, llevarán los dos apellidos de la madre, y si ésta tuviere uno solo, el funcionario encargado del Registro Civil le asignará un apellido de uso común, si la madre no se lo asignare escogiéndolo de entre los de sus ascendientes más próximos. Aplicación a todo estudiante nacido a partir del 4 de mayo de 1990 � Aplicación de reglas ortográficas (tildes) verificar cuidadosamente que no estén escritas tildes al revés, pues constituye una falta ortográfica. (Registro en SIRAI)

PROCESO DE REGISTRO DE CALIFICACIONES EN EL SISTEMA DE REGISTRO ACADÉMICO “SIRAI” El cumplimiento

PROCESO DE REGISTRO DE CALIFICACIONES EN EL SISTEMA DE REGISTRO ACADÉMICO “SIRAI” El cumplimiento de la planificación escolar y del calendario académico escolar es responsabilidad del Director(a) del Centro Educativo. Se debe garantizar que el cuerpo docente haga entrega de las calificaciones por periodo en base a la programación interna que se establezca en el Centro Educativo. Durante el presente año se brindo capacitación en la nueva herramienta de importación de notas la cual agiliza el proceso de registro de calificaciones. La coordinación de registro académico no otorgara prorroga alguna al registro de calificaciones. De no cumplir los tiempos establecidos hacer uso de la opción de “notas con solicitud” dentro del sistema SIRAI. Considerar que el tiempo para la recuperación extraordinaria da inicio con la finalización del Cuarto Periodo escolar y con una duración de dos semanas.

PROCESO DE REGISTRO DE CALIFICACIONES EN EL SISTEMA DE REGISTRO ACADÉMICO “SIRAI” Ante la

PROCESO DE REGISTRO DE CALIFICACIONES EN EL SISTEMA DE REGISTRO ACADÉMICO “SIRAI” Ante la vigencia y aplicación de la nueva norma de evaluación. Los periodos escolares no tienen modificación en tiempo, no obstante los procesos de recuperación están en proceso de reorganización ante el nuevo enfoque planteado en la norma, por lo cual estos en disponibles hasta el último día hábil del mes de diciembre 2016. Tomar en consideración que los estudiantes que apliquen al proceso de recuperación por nota PAES el cual se extenderá hasta el siguiente año escolar, las notas se registran con la opción de “notas con solicitud” en SIRAI, por lo que es responsabilidad del Centro Educativo mantener activos los expedientes de los estudiantes, los cuales no serán objeto de solicitud de título hasta estar solventes, así como en segundo técnico no serán objeto de emisión de certificado hasta haber solventado su situación académica.

REINCORPORACIÓN DE ESTUDIANTES AL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL. El Ministerio de Educación tiene la obligación

REINCORPORACIÓN DE ESTUDIANTES AL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL. El Ministerio de Educación tiene la obligación de garantizar la permanencia escolar y establecer los mecanismos académicos que permitan dar oportunidad a los estudiantes que no han logrado iniciar su año escolar o estos se ausenta en forma justificada durante algún periodo escolar. En el caso de los estudiantes migrantes, estos podrán reincorporarse al Centro Educativo, el cual establecerá los mecanismos académicos pertinentes para reforzar y logre nivelarse y obtener sus calificaciones. En caso de ser inicio de estudios escolares en determinada etapa del año, se presentara como una matrícula extemporánea, si el estudiante se matriculo y se retira por haber migrado y busca reincorporarse, el Centro Educativo lo recibirá en forma automática.

REINCORPORACIÓN DE ESTUDIANTES AL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL. PERMANENCIA ESCOLAR. Los Centros Educativos son responsables

REINCORPORACIÓN DE ESTUDIANTES AL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL. PERMANENCIA ESCOLAR. Los Centros Educativos son responsables de garantizar la continuidad de los estudiantes en su año escolar, por lo cual ante situaciones sociales de riesgo que atraviesen los jóvenes y el año escolar ha superado más de dos periodos escolares, el traslado de matrícula no debe tomarse en consideración sino medidas de adecuación curricular que permitan que el estudiante finalice su año escolar aunque este no puede presentarse a su salón de clases. Los estudiantes pueden trasladarse en cualquier momento del año escolar, no obstante es importante garantizar que estos cuenten con una alternativa académico antes de hacer el efectivo el retiro del Centro Educativo en donde estén matriculados.

PROCESO DE TÍTULOS DE BACHILLER

PROCESO DE TÍTULOS DE BACHILLER

TÍTULOS DE BACHILLER Solicitudes de Títulos a través de SIRAI � BASE LEGAL. Instructivo

TÍTULOS DE BACHILLER Solicitudes de Títulos a través de SIRAI � BASE LEGAL. Instructivo de Legalización de Títulos, denominado: “Normas y procedimiento para que los centros públicos y privados, legalicen los títulos de educación media, por medio del Sistema de Registro Académico e Institucional (SIRAI)” � Requisitos para hacer una solicitud de título en el Sistema de Registro Académico e Institucional “SIRAI”. ○ Alumno matriculado y validado. ○ Registro de Notas de 4 Periodos o nota de módulo (Notas de recuperación si ○ ○ ○ corresponde) Registro de Notas PAES es indispensable que esté cargada. Segundo Año General: Haber realizado PAES y que su resultado al promediar con las notas Institucionales sea mínimo de 6. 0 Tercer Año Técnico: Aprobar el 3º año y 2º año, haber realizado PAES y que su resultado al promediar con las notas Institucionales sea mínimo de 6. 0 Cuarto Año Técnico: Aprobar el 4º, 3º y 2º año, haber realizado PAES y que su resultado al promediar con las notas Institucionales sea mínimo de 6. 0 Presentación del Servicio Social Estudiantil. Registro de firmas y sellos actualizado (responsabilidad de la institución)

TÍTULOS DE BACHILLER INICIO DEL PROCESO. � 21 DE NOVIEMBRE 2016 A partir de

TÍTULOS DE BACHILLER INICIO DEL PROCESO. � 21 DE NOVIEMBRE 2016 A partir de esta fecha se inicio el proceso de recepción de solicitudes de títulos en el sistema de ambas modalidades. � No se atenderán solicitudes que hayan sido enviadas previa a la fecha indicada, estas serán anuladas para que sean ingresadas en fecha correspondiente. � Verificar el nombre de la entidad educativa y de las personas autorizadas, antes de solicitar títulos. FECHA DE FINALIZACIÓN DE SOLICITUD DE TÍTULOS. 28 DE ABRIL 2017 Posterior a esta fecha ya no se recibirán solicitudes de títulos en sistema, el retraso de cuatro meses no será justificable por tanto será el Centro Educativo quien deberá dar respuesta a los interesados. Toda solicitud realizada posterior a la fecha establecida será anulada en sistema. En caso de una solicitud que pueda justificarse deberá presentarse por escrito al Departamento de Acreditación quien posterior a análisis autorizara para que se de por aceptada la solicitud en sistema.

� PROGRAMACIÓN DE ENVÍO Y RECEPCIÓN DE SOLICITUDES EN SISTEMA. Las solicitudes de emisión

� PROGRAMACIÓN DE ENVÍO Y RECEPCIÓN DE SOLICITUDES EN SISTEMA. Las solicitudes de emisión de títulos de Bachilleres promoción 2016 deberán enviarse bajo la siguiente programación. PERIODO ORDINARIO. 21 de noviembre al 22 de diciembre Disposición. 1. Los casos de prioridad de atención a emisión de títulos como graduación, becas académicas u otra situación justificable, deberán ser notificadas por medio de nota escrita de director(a) del Centro Educativo, dirigida al Coordinador de Registro Académico. (Ing. Jonathan Aparicio) 2. Las constancias de título en trámite se otorgan únicamente si el Centro Educativo envió la solicitud de título dentro del plazo establecido, dicha constancia debe ser tramitada por la Institución. 3. Toda disposición emanada por el Departamento de Acreditación por medio de la Coordinación de Registro Académico aplica a las modalidades flexibles de educación a Distancia y Nocturna únicamente en el proseos de títulos de Bachiller.

� PROGRAMACIÓN DE ENVÍO Y RECEPCIÓN DE SOLICITUDES EN SISTEMA. PERIODO EXTRAORDINARIO. Estudiantes que

� PROGRAMACIÓN DE ENVÍO Y RECEPCIÓN DE SOLICITUDES EN SISTEMA. PERIODO EXTRAORDINARIO. Estudiantes que se evalúan en recuperación Institucional y PAES Extraordinaria o Reposición. 2 de enero al 31 de marzo 2017 Disposición: 1. Los Centros Educativos que no atiendan a la programación y soliciten títulos posterior a los plazos establecidos, no serán prioridad y deberán asumir los retrasos que generan al procesos de emisión de títulos y dar respuesta a los estudiantes. 2. Las solicitudes de títulos que no son sujetas a la programación serán las que provengan de un tramite de matrícula extemporánea, dicha solicitud deberá ser presentada 10 días hábiles después a la validación de la matrícula. 3. Las solicitudes ingresadas durante el mes de abril, no son sujetas de prioridad, será abril responsabilidad del Director del Centro Educativo apoyar a los estudiantes que no han recibido su títulos de Bachiller a razón de no atender los procesos establecidos.

Disposiciones: 1. No se imprimirán las actas de solicitud de títulos que contengan observaciones

Disposiciones: 1. No se imprimirán las actas de solicitud de títulos que contengan observaciones en los nombres de alumnos (ejemplo: si en una solicitud de 40 alumnos hay uno con observación, se retienen los 40) 1. El Centro Educativo debe superar las observaciones; cualquier retraso en la impresión de la solicitud de títulos queda bajo responsabilidad del mismo. 2. Las actas con observaciones se darán a conocer por medio de la Web del “SIRAI” y por medio del Acreditador Departamental. 3. Acreditación Central no atenderá ninguna solicitud de corrección de nombre de estudiantes, estas deben ser presentadas con el Acreditador Departamental correspondiente. Luego de corregir, es el centro educativo el responsable de notificar a los encargados de impresión de títulos de nivel central. 4. Los Centros Educativos que no atiendas a las publicaciones de retiro de títulos, pasados 8 días hábiles, se procederá a la inactivación del Sistema hasta que atienda a los procesos. SI NO CONSIDERA RETIRAR TÍTULOS OPORTUNAMENTE, NO SOLICITE, PROGRAMESE CON BASE A LO QUE SOLICITA EN SISTEMA Y ORGANIZECE PARA HACER EL RETIRO PLANIFIEQUE SU TRABAJO Y LAS MISIONES QUE HARÁ AL MINED CENTRAL

Solicitudes de Títulos a través de SIRAI ○ El Departamento de Acreditación únicamente es

Solicitudes de Títulos a través de SIRAI ○ El Departamento de Acreditación únicamente es responsable de la emisión de títulos de Bachiller. ○ El Centro Educativo debe garantizar que su registro de notas este finalizado y debidamente registrado y haciendo uso de los procedimiento en sistema que le permitan obtener resultados finales correctos. ○ Las prioridades y necesidades del estudiante es el Centro Educativo es que debe atender y dar respuesta. ○ Una vez los títulos han sido retirados por el Centro Educativo debe priorizar la actividad en el sentido que no puede hacerse esperar al estudiante hasta que finalicen su organización, deben atender los casos que sean prioridad.

� IMPRESIÓN DE TÍTULOS. (paso a paso) 1. 2. Se reciben en sistema las

� IMPRESIÓN DE TÍTULOS. (paso a paso) 1. 2. Se reciben en sistema las solicitudes, de acuerdo a la fecha de ingreso. Únicamente se toman en cuenta actas que ingresen en tiempo correspondiente y que los nombres de los estudiantes no tengan observaciones (ley del nombre o tildes) Impresión de Títulos de acuerdo a solicitudes Control de Calidad de Impresión (correlativos, papel, impresión) Firma de auténtica. Después de la firma pasan a ser sellados. Revisión de calidad de firmas y sellos. Elaboración del control de solicitudes impresas Programación de entrega. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. Disposición: El tiempo máximo del proceso de emisión de un título desde su solicitud hasta su publicación y entrega será de 20 días hábiles. Las instituciones deberán respetar la programación (solo aplica a solicitudes ingresadas en tiempo ordinario) REIMPRESIÓN DE FORMATOS La reimpresión de formatos de títulos, es un proceso interno que permite la corrección de la impresión por defectos del papel, equipo de impresión o maltrato de la hoja.

� ENTREGA DE TÍTULOS. � � � Las entregas de títulos se programarán de

� ENTREGA DE TÍTULOS. � � � Las entregas de títulos se programarán de acuerdo al orden en que hayan sido solicitados. Deberá atenderse estrictamente la programación establecida. Se entregarán únicamente los títulos que estén programados Para el retiro de títulos deberá presentar : Bachillerato General Bachillerato Técnico (nocturno) Cuadro de Notas de Primer Año, impreso desde SIRAI, debidamente firmado y sellado por el Director(a) y Encargado(a) de Registro Académico. Cuadro de Notas de Segundo Año, impreso desde SIRAI, debidamente firmado y sellado por el Director(a) y Encargado(a) de Registro Académico. Cuadro de Promoción de Segundo Año, impreso desde SIRAI, debidamente firmado y sellado por el Director(a) y Encargado(a) de Registro Académico. Cuadro de Promoción de Tercer Año, impreso desde SIRAI, debidamente firmado y sellado por el Director(a) y Encargado(a) de Registro Académico. Cuadro de Promoción de Cuarto Año, impreso desde SIRAI, debidamente firmado y sellado por el Director(a) y Encargado(a) de Registro Académico. Sello de Dirección o Registro � � � Los cuadros de promoción: impresos en papel bond En caso de que no esté cargada PAES, presentar boleta actualizada. En el caso de Bachilleres Técnicos que cursen materia pendiente en 3º año, deberán presentar la constancia de aprobación de la misma. En caso de alumnos de bachillerato técnico, que estudiaron en otra institución, presentar cuadro de notas o certificado de segundo año y copia de la boleta PAES Alumnos que estudiaron segundo año técnico, antes del 2008, presentar cuadro de notas elaborado manualmente. Los títulos únicamente serán entregados al Director(a) ó Encargado(a) de Registro Académico.

Omitir Acta de Inicio de Proceso. A partir del inicio del procesos de retiro

Omitir Acta de Inicio de Proceso. A partir del inicio del procesos de retiro de títulos promoción 2016, ya no deberá presentarse el Acta de inicio del proceso. Se tomará en consideración que la persona que se presenta es quien esta autorizado (Dirección o Registro), en los casos que se presenten personas no autorizadas y firmen actas, estos casos serán remitidos ante la Dirección de Asesoría Jurídica y Auditoria Interna.

DISPOSICIONES. 1. Es indispensable cumplir con TODOS LOS REQUISITOS de retiro de entrega de

DISPOSICIONES. 1. Es indispensable cumplir con TODOS LOS REQUISITOS de retiro de entrega de títulos, caso contrario no podrán ser retirados. 2. Los Centros Educativos que no atienden a la programación establecida, deberán esperar el día de atención que se designe apara ello. 3. Es responsabilidad del Centro Educativo revisar de conformidad cada título que le sea entregado; en caso de observación deberá notificarlo previo al llenado del acta de entrega. 4. El acta de entrega de título deberá ser firmada y sellada por el responsable del Centro Educativo, así como del técnico de Acreditación que efectúa la entrega. 5. Una vez el Centro Educativo da por firmada el acta de entrega de títulos, estos pasan a ser responsabilidad del mismo, por lo que cualquier pérdida o daño de un título, será el Centro Educativo quien deberá tramitar la reposición del título y asumir los costos que le genere, sin perjuicio del estudiante. 6. Todo trámite relacionado a la solicitud, emisión y entrega de un título será el Centro Educativo al que se le dará respuesta.

NUEVO PROCESO DE ENTREGA DE TÍTULOS A partir del presente año escolar, los títulos

NUEVO PROCESO DE ENTREGA DE TÍTULOS A partir del presente año escolar, los títulos que se entreguen de la promoción 2016, ya no se hará llenado de actas en forma manual, el proceso será realizado por medio del Sistema de Emisión de Títulos, el cual emitirá un acta de los títulos que han sido programados para la entrega, por lo cual el Centro Educativo debe tener claro que retirara títulos que estén publicados, dicha acta contendrá impreso el nombre de la persona autorizada siendo la Dirección o Registro. La modificación de este proceso permitirá llevar un mejor control de la entrega y disminución en el tiempo de atención al usuario. Así mismo contar con un registro más controlado

NUEVAS ACTAS DE ENTREGA.

NUEVAS ACTAS DE ENTREGA.

RECOMENDACIÓNES GENERALES El Departamento de Acreditación Institucional, atenderá las solicitudes de títulos conforme han

RECOMENDACIÓNES GENERALES El Departamento de Acreditación Institucional, atenderá las solicitudes de títulos conforme han sido registradas en sistema. Una vez han sido publicadas así será su programación de entrega. Se le solicita PLANIFIQUE y ORGANIZE su trabajo, tome en consideración que si remite solicitudes están serán procesadas y publicadas. Evítese observaciones o sanciones al no atender al proceso de retiro de títulos. Si no hará retiro de títulos en fechas indicadas, evite remitir solicitudes de títulos, tomando en consideración que son responsables de dar respuesta a cada estudiante que requiera de su título. Envíe sus solicitudes de títulos en forma global o por etapas, considere que lo que remita se convertirá en una misión oficial que hará al nivel central. Los Centros Educativos tienen la obligación de retener documentos que no hayan sido emitidos legalmente o no cuentan con sustento académico. En el caso que estos hagan uso del nombre o sellos de la entidad esta debe presentar los casos ante la FGR, en caso que no sea así, remitirlos al nivel central del MINED. Medidas de Seguridad para verificación de títulos. Papel de Seguridad. Tinta Termo cromática. Uso de lámpara UV.

NUEVO FORMATO DE TÍTULO 2016

NUEVO FORMATO DE TÍTULO 2016

Constancias de Título en trámite. � A partir del año 2016, Las Constancias de

Constancias de Título en trámite. � A partir del año 2016, Las Constancias de Título en trámite, serán extendidas por el Centro Educativo, con base al formato que el Departamento de Acreditación Institucional publique para ello. � Estas deberán ser firmadas por el Director(a) del Centro Educativo y por un funcionario del Departamento de Acreditación Institucional, como firma de validación del proceso. � Esta constancia podrá ser presentada por el Centro Educativo o interesado, siempre y cuando este conforme a los tiempos para solicitar títulos, así como la respectiva solicitud haya sido ingresada en sistema. � En caso de no atender a las indicaciones, está no será firmada por el Departamento de Acreditación Institucional. � Esta disposición se dará a conocer a las entidades de educación superior, siendo el único formato valido.

Legalización de Títulos en Formato Pergamino. Las solicitudes para presentar casos de legalización de

Legalización de Títulos en Formato Pergamino. Las solicitudes para presentar casos de legalización de títulos, deben ser presentadas por el Centro Educativo, así como una vez finalizado el proceso, es responsabilidad hacer el retiro del mismo. Una vez ingresada y aceptada una solicitud para la legalización, el tiempo de entrega será de 4 días hábiles, no obstante en los meses de diciembre a febrero, el tiempo se extiende a 10 días hábiles, así mismo se regula la entrega a un día a la semana, por atención a la demanda de la promoción del año escolar vigente.

Requisitos para legalización: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. Solicitud formal dirigida

Requisitos para legalización: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. Solicitud formal dirigida al Departamento de Acreditación Institucional. Presentar matriculas oficiales según sea la modalidad del bachillerato Certificado o certificación de notas de noveno grado Certificados o certificaciones de notas de los años de bachillerato, según modalidad de estudio Constancia de servicio social Boleta de resultado de PAES Partida de Nacimiento En caso de haber egresado durante los años 2005 al 2007 se deberá presentar constancia promocional, cuadro de promoción en papel ledger (original que se archiva en acreditación y copia que se devolverá al centro educativo) 9. Declaración Jurada firmada y sellada por el director (a) del centro educativo 10. El título deberá emitirse en formato actualizado (tamaño del título pergamino 13 ½ x 9 ½ pulgadas, base 180 a 230) POSTERIOR A LA AUTORIZACIÒN 11. Una fotografía tamaño título 3 x 2 pulgadas en blanco y negro (se recomienda tomarse la fotografía hasta que se le indique no tiene observaciones para legalizar el título) 12. Cuadro de promoción de los años de bachillerato según modalidad en papel ledger, identificando el numero de folio que le correspondió en el año lectivo(originales) 13. Cuadro de asistencia según modalidad (originales) 14. Las instituciones deberán guardar copia del cuadro de promoción para su archivo. 15. No se recibe documentación incompleta, para la legalización de los títulos. LOS FORMATOS PARA LEGALIZACIÓN DE TÍTULOS ESTÁN PUBLICADOS EN LA WEB DEL SIRAI.

CASOS ESPECIALES: En caso de no contar con las matriculas oficiales correspondientes, deberá efectuarse

CASOS ESPECIALES: En caso de no contar con las matriculas oficiales correspondientes, deberá efectuarse el proceso como una matrícula extemporánea. En el caso del que el estudiante egresó en determinado año, pero quedo pendiente de una asignatura PAES, la fecha de promoción será el año en que aprueba la materia pendiente. DISPOSICIONES: v. La legalización de títulos será responsabilidad del Centro Educativo, no se atenderán estudiantes ni particulares. Solo si la institución está cerrada se permitirá que un estudiante haga el proceso.

CALENDARIO 2017 Fechas Claves de Registro Académico. Proceso Matricula Ordinaria Matricula Extraordinaria Presentación de

CALENDARIO 2017 Fechas Claves de Registro Académico. Proceso Matricula Ordinaria Matricula Extraordinaria Presentación de Servicio Social Estudiantil para Estudiantes promoción 2017. Inicio Fin 2 de enero 28 de febrero 1 de marzo 31 de marzo 3 de julio 31 de julio 15 de Mayo 31 de Mayo 20 de Noviembre Abril 2018 03/04/2017 31/05/2017 19/06/2017 31/07/2017 01/09/2017 20/10/2017 16/10/2017 30/11/2017 Calendario Internacional. 2016 -2017 Inicia el Proceso de Títulos de Bachiller Registro de Notas - Primer Periodo Registro de Notas - Segundo Periodo Registro de Notas - Tercer Periodo Registro de Notas - Cuarto Periodo

INFORMACIÓN RELEVANTE. Las Instituciones que solicitan de forma tardía sus Títulos, deberán responder antes

INFORMACIÓN RELEVANTE. Las Instituciones que solicitan de forma tardía sus Títulos, deberán responder antes los estudiantes y los trámites que se requieran. El MINED brindara apoyo a todos los estudiantes que sus títulos han sido solicitados y por problemas atribuibles al sistema no se han impreso. Se advierte a los Centros Educativos que se hará un monitoreo permanente en el registro de alumnos y calificaciones a fin que se de cumplimiento a los mismos y que no haya alteración de los registros académicos (matrícula, notas, documentos académicos, títulos, etc. ) caso contrario se establecerán las sanciones pertinentes por la unidad correspondiente del MINED. Falsedad ideológica, portación de documentos falsos, penado con prisión Los títulos se emiten en base a la firma desde el momento que presentan la firma en esta oficina. A partir del año 2017 con la implementación de un nuevo sistema nacional de registro de información académica, este abarcara todos los niveles educativos, por lo que deberán registrarse calificaciones y se hará emisión de certificados digitales en todos los niveles.

IMPLEMENTACIÓN DE RED SOCIAL COMO MEDIO DE COMUNICACIÓN ACADÉMICO. Con el propósito de mejorar

IMPLEMENTACIÓN DE RED SOCIAL COMO MEDIO DE COMUNICACIÓN ACADÉMICO. Con el propósito de mejorar la atención la usuario y hacer uso de los medios de comunicación social digital, a partir del mes de noviembre del año 2016, se establecerá un nuevo mecanismo de atención, el cual estará conformado por todo nivel medio y no solo el nivel central, con el fin que podamos estar enlazados y garantizando un apoyo general que nos permitirá ser más efectivo en la respuesta y retroalimentación general. FAN PAGE oficial Acreditación, el uso de este sitio esta conformado por el personal de Registro Académico central y todos los centros educativos del nivel medio, por lo que cada Centro Educativo deberá crear una nueva cuenta en Facebook bajo el nombre del Centro Educativo, dado que no se permitirán cuentas personales. Este mecanismo nos dará un apoyo en la comunicación dado que permitirá que entre Centros Educativos puedan comunicarse y no solo con Acreditación Central.

Denuncias Frecuentes. � � � Estudiantes que no se les evalúa en examen de

Denuncias Frecuentes. � � � Estudiantes que no se les evalúa en examen de periodo a razón que el responsable tiene una deuda económica. Un estudiante se le deberá evaluar en el tiempo establecido, en cuanto al tema de deudas económicas no intervenimos como Departamento de Acreditación, sin embargo podemos media para que las partes resuelvan. Diplomas de Bachiller Centros Educativos otorgan diplomas a estudiantes sin garantizar el estado académico, este no debe contener la leyenda que calza un titulo de Bachiller, la entrega de un diploma es responsabilidad del Director(a). Acto de Graduación: Bajo la responsabilidad del Centro Educativo es designar quienes asisten al acto de graduandos, no obstante el permitir estudiantes que no han alcanzo su grado académico contradice la razón de participar en dicha actividad. Títulos No Solicitados y Títulos que no son retirados. El Director(a) del Centro Educativo es el único responsable en dar respuesta a estudiantes que no se les solicita título o este no es retirado oportunamente en Acreditación Central, por tanto los casos que se presenten a la unidad será remitidos con la Dirección Escolar. Registro Académico Incompleto: Falta de matricula, falta de validación, nombres de estudiantes incorrectos, ingreso de notas. Estos tramites son responsabilidad del Centro Educativo. Cobros Indebidos: Los cobros autorizados son los que se presentaron en prospecto. (colegios

Sanciones Aplicables ante el Incumplimiento del Registro Académico � LEY GENERAL DE EDUCACIÓN Art.

Sanciones Aplicables ante el Incumplimiento del Registro Académico � LEY GENERAL DE EDUCACIÓN Art. 64 El Registro Académico es responsabilidad del Centro Educativo. Art. 96. - Son Faltas menos graves: b) Negarse sin causa justa a proporcionar oportunamente la información que le soliciten las autoridades educativas en el ejercicio de sus funciones; Art. 97. - Son faltas graves: c) Suspender los servicios educativos a los estudiantes del vencimiento del año escolar; d) Incumplir el calendario académico normado por el Ministerio de Educación; y e) Cometer una falta menos grave por segunda vez. Art. 98. - Son faltas muy graves: c) Vulnerar los derechos de los educandos previstos en esta Ley y en el Código de Familia; d) Retener sin justa causa la documentación de los estudiantes; Art. 99. - Por las infracciones a la presente Ley, en que incurran los Centros Privados de Educación, se aplicarán las siguientes sanciones: a) Amonestación pública; b) Multa; c) Suspensión temporal de la autorización de funcionamiento; y, d) Revocatoria de la autorización del funcionamiento.

Art. 100. - Las sanciones se aplicarán de acuerdo a la gravedad de las

Art. 100. - Las sanciones se aplicarán de acuerdo a la gravedad de las faltas. En el caso de faltas menos graves se aplicará amonestación pública. En el caso de faltas graves y muy graves, las sanciones se aplicarán gradualmente, de acuerdo al reglamento de la presente Ley, así: a) Multa, que podrá ser: de cinco mil a cien mil colones; b) Suspensión temporal de la autorización de funcionamiento; y, c) Revocatoria de la autorización del funcionamiento. MEDIOS DE CONTACTO DE LOS CENTROS EDUCATIVOS. Se solicita a los Centros Educativos remitir su información de contacto actualizada, esta permitirá contar con una base electrónica para una comunicación más efectiva, así mismo será base para la modificación de procesos de registro académico, los cuales serán automatizados. BASE DE CONTACTOS https: //forms. office. com/Pages/Response. Page. aspx? id=d. Anlf. Pqflkyc. LA 9 Nq. Zl. B_f. Do. H 2 Euiyp. Cq. LKf. SR 121 p. JUQVl. TQVRGM 1 Q 4 Qlp. KTUZOOUd. FNk. ZEQlh. TRS 4 u

ESPACIO DE PREGUNTA S. SE AGRADECE SU ATENCIÓN.

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