V Conferencia Panamericana de Educacin Farmacutica sin Fronteras

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V Conferencia Panamericana de Educación Farmacéutica sin Fronteras. . . Hacia un Farmacéutico Global

V Conferencia Panamericana de Educación Farmacéutica sin Fronteras. . . Hacia un Farmacéutico Global EL IMPACTO DE LA INTEGRACIÓN ECONÓMICA ENTRE PAÍSES A TRAVÉS DE LOS TRATADOS DE LIBRE COMERCIO EN LA EDUCACIÓN Y PRÁCTICA DE LA FARMACIA V Pan American Conference on Pharmaceutical Education without Borders. . Towards a Global Pharmacist THE IMPACT OF ECONOMIC INTEGRATION TREATIES ON PHARMACY EDUCATION AND PRACTICE Carmen Giral Barnés

OBJETIVO • Presentar un análisis del trato que se le da al Comercio de

OBJETIVO • Presentar un análisis del trato que se le da al Comercio de Servicios Profesionales en las diferentes negociaciones comerciales internacionales. • Con un enfoque especial, en aquellos tópicos relacionados a la educación y la práctica profesional de la Farmacia en los países de América dentro del marco internacional • Y la importancia de estos servicios dentro de la Economía.

IMPORTANCIA ECONÓMICA Durante mucho tiempo, el comercio internacional se limitó a las mercancías, sin

IMPORTANCIA ECONÓMICA Durante mucho tiempo, el comercio internacional se limitó a las mercancías, sin embargo la importancia económica de los servicios, que hoy en día representan entre el 65% y el 75% del PNB de los estados mas desarrollados. Derivó en el desarrollo de disposiciones específicas entre los diversos grupos regionales, como Unión Europea y OCDE entre otros, y en el plano multilateral con la conclusión del Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios (AGCS) a raíz de las negociaciones de la Ronda de Uruguay-OMC.

De acuerdo al lenguaje armonizado en la terminología tradicional, el comercio internacional se divide

De acuerdo al lenguaje armonizado en la terminología tradicional, el comercio internacional se divide en dos ramas: las transacciones de bienes o mercancías y las transacciones de servicios.

Se han considerado doce grandes categorías de servicios: 1. - Servicios a las empresas

Se han considerado doce grandes categorías de servicios: 1. - Servicios a las empresas y profesionales, 2. - Comunicaciones, 3. - Construcción, 4. - Distribución, 5. - Enseñanza, 6. - Servicios relacionados con el medio ambiente, 7. - Servicios financieros y seguros, 8. - Salud y servicios sociales, 9. - Turismo, 10. - Esparcimiento, 11. - Transporte y 12. - Otros.

ENTORNO MUNDIAL DEL COMERCIO DE SERVICIOS • Organización Mundial de Comercio OMC • La

ENTORNO MUNDIAL DEL COMERCIO DE SERVICIOS • Organización Mundial de Comercio OMC • La creación del Acuerdo General Comercio de Servicios, AGCS, fue uno de los logros principales de la Ronda de Uruguay (1995) OMC • Abarca todos los servicios menos dos: Transporte aéreo y Servicios que no se suministran en condiciones comerciales ni en competencia con otros. . Sist. Seguridad Social, Sanidad y Educación Obligaciones generales: Trato de la Nación más Favorecida NMF Exenciones Transparencia • Compromisos especificos: Acceso a los mercados Trato Nacional

 • EL Acuerdo se divide en VI Partes, 29 Artículos y una serie

• EL Acuerdo se divide en VI Partes, 29 Artículos y una serie de Anexos, con una cobertura universal en el sentido que se aplica a las medidas que un país adopte y que afecten al comercio de servicios a través de 4 modos de prestación. 1. Suministro de transfronterizo, ej. bancarios, estudios clínicos, dictámenes 2. Consumo en el extranjero, ej. turismo, medicamentos 3. Presencia comercial ej. hoteles, industria farmacéutica 4. Presencia de personasfísicas. ej. médicos, farmacéuticos

 • Existen dentro del Acuerdo obligaciones generales aplicables a todos los miembros, con

• Existen dentro del Acuerdo obligaciones generales aplicables a todos los miembros, con independencia de los compromisos asumidos, Nación más favorecida, Transparencia, Integración económica y los compromisos específicos cuyas disposiciones se aplican a los compromisos asumidos en materia de Acceso a Mercados y Trato Nacional. • Los Servicios Profesionales se consideran generalmente en Anexos que tienen por objeto armonizar las medidas que • normarán los servicios profesionales mediante otorgamiento • de autorizaciones para el ejercicio profesional

SERVICIOS PROFESIONALES Los servicios transfronterizos que para su prestación requieren educación superior técnica o

SERVICIOS PROFESIONALES Los servicios transfronterizos que para su prestación requieren educación superior técnica o universitaria o experiencia equivalentes y cuyo ejercicio es: autorizado, restringido o regulado por una Parte

Las organizaciones internacionales OEA y UNESCO han Fomentado los procesos para comparar la calidad

Las organizaciones internacionales OEA y UNESCO han Fomentado los procesos para comparar la calidad de estudios, títulos y diplomas a nivel de educación superior obtenidos en los distintos países, promoviendo a la vez convenios regionales e internacionales sobre la convalidación de estudios superiores, títulos y diplomas que fueron suscritos por 110 estados miembros de la organización.

En los Sectores en los que se contraigan compromisos específicos respecto de los servicios

En los Sectores en los que se contraigan compromisos específicos respecto de los servicios profesionales, cada Parte establecerá procedimientos adecuados para verificar la competencia de los profesionales de otras Partes. Tales procedimientos podrán ser objeto de un Anexo para servicios profesionales.

Objetivo Anexo sobre Servicios Profesionales 1. Este anexo tiene por objeto establecer las reglas

Objetivo Anexo sobre Servicios Profesionales 1. Este anexo tiene por objeto establecer las reglas que habrán de observar las Partes para reducir y gradualmente eliminar, en su territorio, las barreras a la prestación de servicios profesionales Trámite de solicitudes para el otorgamiento de licencias y certificados 2. Cada Parte se asegurará de que sus autoridades competentes, en un plazo razonable a partir de la prestación de una solicitud de licencias o certificados por un nacional de otra Parte: a) si la solicitud está completa, resuelvan sobre ella y notifiquen al solicitante la resolución; o b) si la solicitud está incompleta, informen al solicitante, sin demora injustificada, sobre el estado en que se encuentra la solicitud y la información adicional que se requiera conforme a la legislación de la Parte.

Anexo sobre Servicios Profesionales 3. Elaboración de normas profesionales Las Partes alentarán a los

Anexo sobre Servicios Profesionales 3. Elaboración de normas profesionales Las Partes alentarán a los organismos pertinentes en sus respectivos Territorios a elaborar normas y criterios mutuamente aceptables para el otorgamiento de licencias y certificados a los prestadores de servicios profesionales, asi como presentar al Comité recomendaciones sobre su reconocimiento mutuo.

4. Las normas y criterios a que se refiere el párrafo 3 podrán elaborarse

4. Las normas y criterios a que se refiere el párrafo 3 podrán elaborarse con relación a los siguientes aspectos: a) educación: acreditación de escuelas o de programas académicos; b) exámenes: exámenes de calificación para la obtención de licencias, inclusive métodos alternativos de evaluación, tales como exámenes orales y entrevistas; c) experiencia: duración y naturaleza de la experiencia requerida para obtener una licencia; d) conducta y ética: normas de conducta profesional y la naturaleza de las medidas disciplinarias en caso de que los prestadores de servicios profesionales las contravengan;

4. . . Anexo sobre Servicios Profesionales Elaboración de normas profesionales 2. e) desarrollo

4. . . Anexo sobre Servicios Profesionales Elaboración de normas profesionales 2. e) desarrollo profesional y renovación de la certificación: educación continua y los requisitos correspondientes para conservar el certificado profesional; f) ámbito de acción: extensión y límites de las actividades autorizadas; g) conocimiento local: requisitos sobre el conocimiento de aspectos tales como las leyes y reglamentaciones, el idioma, la geografía o el clima locales; y h) protección al consumidor: requisitos alternativos al de residencia, tales como fianza, seguro sobre responsabilidad profesional y fondos de reembolso al cliente para asegurar la protección a los consumidores

Ejemplo Sector o subsector Otros servicios de Limitaciones al acceso a los mercados 4)

Ejemplo Sector o subsector Otros servicios de Limitaciones al acceso a los mercados 4) Para los extranjeros que deseen prestar servicios, Limitaciones al Compromisos trato nacional adicionales 4) enseñanza (91290) la legislación exige la incorporación al Colegio Profesional. Para colegiatura obligatoria se requiere el cumplimiento de requisitos de nacionalidad y residencia. En algunos casos, la contratación de profesionales extranjeros por parte de instituciones del Estado solamente puede darse cuando no hubiere nacionales dispuestos a prestar el servicio en las condiciones requeridas. Ninguna

ARMONIZACIÓN Existencia de estándares, procedimientos y requerimientos comunes perfectamente definidos y claros, con una

ARMONIZACIÓN Existencia de estándares, procedimientos y requerimientos comunes perfectamente definidos y claros, con una estricta base científica, que eviten la aparición de estándares conflictivos que puedan ser un obstáculo al comercio internacional.

ENTORNO MUNDIAL Se refuerza con la propuesta del Área de Libre Comercio de las

ENTORNO MUNDIAL Se refuerza con la propuesta del Área de Libre Comercio de las Américas

ANTECEDENTES ALCA MIAMI, DICIEMBRE 1994, CUMBRE DE LAS AMERICAS Los jefes de Estado y

ANTECEDENTES ALCA MIAMI, DICIEMBRE 1994, CUMBRE DE LAS AMERICAS Los jefes de Estado y de Gobierno de 34 países de la región acordaron el establecimiento del Área Libre Comercio de las Américas • Se establecieron fechas límite para la conclusión de las negociaciones en Enero 2005 y el establecimiento del acuerdo no más allá de Diciembre 2005 Apoyo Técnico y analítico: OEA, BID y CEPAL

34 paises 4 idiomas oficiales

34 paises 4 idiomas oficiales

Área de Libre Comercio de las Américas ALCA Free Trade Agreement of the Americas

Área de Libre Comercio de las Américas ALCA Free Trade Agreement of the Americas FTAA Área de Livre Comércio das Américas ALCA Zone de Libre-Échange des Ameriques ZLEA

PRINCIPIOS RECTORES DE LAS NEGOCIACIONES DEL ALCA Las decisiones se tomarán por consenso El

PRINCIPIOS RECTORES DE LAS NEGOCIACIONES DEL ALCA Las decisiones se tomarán por consenso El ALCA será congruente con las reglas y disciplinas de la OMC y se elaborará sobre la base de estas disciplinas cuando ello sea posible y pertinente El ALCA constituirá un compromiso único El ALCA puede coexistir con otros acuerdos bilaterales y subregionales y los países pueden negociar o aceptar las obligaciones derivadas del ALCA en forma individual, o como miembros de grupo de integración subregionales Habrá particular atención a las economías más pequeñas

Los nueve acuerdos de comercio e integración que se examinan en la Parte I

Los nueve acuerdos de comercio e integración que se examinan en la Parte I v El Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), entre Canadá, Estados Unidos y México; v v El T. L. C. entre Colombia, México y Venezuela (Grupo de los 3) El T. General sobre la Integración Económica de América Central (MCCA), entre Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua; v La Comunidad y el Mercado Común del Caribe (CARICOM) participan 14 países del Caribe: Antigua, Bahamas, Barbados, Belice, Dominica, Grenada, Guyana, Jamaica, Montserrat, San Vicente, Santa Lucía, St. Kitts-Nevis, Suriname y Trinidad y Tobago v El Acuerdo de Integración Subregional Andina (la Comunidad Andina), entre Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela; v El Acuerdo del Mercosur, entre Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay; v v v El Acuerdo de Cooperación Económica entre el Mercosur y Chile. El Acuerdo de Cooperación Económica entre el Mercosur y Bolivia. El T. L. C. entre América Central (MCCA) y la República Dominicana.

El Compendio de Disposiciones sobre el Comercio de Servicios en los Acuerdos de Comercio

El Compendio de Disposiciones sobre el Comercio de Servicios en los Acuerdos de Comercio e Integración del Hemisferio Occidental contiene, en la Parte I, información sobre las disposiciones relacionadas con servicios enunciadas en nueve acuerdos de comercio e integración del Hemisferio Occidental; en la Parte III, información sobre sectores de servicios que constituyen capítulos separados de dichos acuerdos y tratados, y, en la Parte II, información sobre las disposiciones relacionadas con servicios que figuran en cinco acuerdos bilaterales de libre comercio y cuatro acuerdos de complementación económica. Todos los 34 participantes en el proceso conducente a la creación del Area de Libre Comercio de las Américas, con la excepción de Haití, están cubiertos por uno, o más, de los acuerdos estudiados.

Área de Libre Comercio de las Américas ALCA Free Trade Agreement of the Americas

Área de Libre Comercio de las Américas ALCA Free Trade Agreement of the Americas FTAA Área de Livre Comércio das Américas ALCA Zone de Libre-Échange des Ameriques Grupo de Negociación sobre Servicios Presidencia: CARICOM Vicepresidencia: Venezuela Objetivos (Declaración Ministerial de San José): establecer disciplinas para liberalizar progresivamente el comercio de servicios, de modo que permita alcanzar un área hemisférica de libre comercio, en condiciones de certidumbre y transparencia; Asegurar la integración de las economías más pequeñas en el proceso del ALCA. ZLEA

FOROS INTERNACIONALES (BIENES) • Conferencia en Armonización Internacional de Medicamentos (ICH). • Agencia Europea

FOROS INTERNACIONALES (BIENES) • Conferencia en Armonización Internacional de Medicamentos (ICH). • Agencia Europea en Evaluación de Medicamentos (EMEA). • OMS, Conferencia Internacional de Autoridades Regulatorias de Medicamentos (ICDRA). • RED Panamericana para la Armonización de la Regulación en Medicamentos (PANDRAHA).

tendencias Artículo 9 Reconocimiento mutuo 1. En principio a más tardar tres años después

tendencias Artículo 9 Reconocimiento mutuo 1. En principio a más tardar tres años después de la entrada en vigor de esta Decisión, el Consejo Conjunto dispondrá los pasos necesarios para la negociación de un acuerdo que establezca los requisitos de reconocimiento mutuo, requisitos, licencias y otras regulaciones, con objeto de que los servicios o proveedores de servicios cumplan, en todo o en parte, con los criterios aplicados por cada Parte para la autorización, obtención de licencias, operación y certificación de los proveedores de servicios, en particular para los servicios profesionales. 2. Los acuerdos deberán estar de conformidad con las disposiciones pertinentes de la OMC, y en particular, con el artículo VII del AGCS. Acuerdo de Asociación Económica, Concertación y Cooperación Tratado de Libre Comercio México - Unión Europea

tendencias 4. Las Partes consultarán entre ellas periódicamente, con el objeto de examinar la

tendencias 4. Las Partes consultarán entre ellas periódicamente, con el objeto de examinar la posibilidad de eliminar los requisitos restantes de nacionalidad o residencia permanente, para el otorgamiento de licencias o certificados a los prestadores de servicios de otras Partes. 5. En el anexo sobre Servicios Profesionales se establecen procedimientos para el reconocimiento de la educación, experiencia y otras normas y requisitos que rigen a los prestadores de servicios profesionales.

Las negociaciones por lo tanto buscan crear un marco legal aplicable al Comercio de

Las negociaciones por lo tanto buscan crear un marco legal aplicable al Comercio de Servicios que proteja al proveedor y al beneficiario, estas negociaciones se inclinan generalmente hacia el otorgamiento de garantías que aumenten las transacciones, incentivando la especialización. En nuestra profesión la vigilancia de que estas transacciones se hagan bajo el sentido mas estricto de protección al paciente-consumidor, hacen necesario un contacto muy estrecho entre los profesionales de los distintos países firmantes de un tratado comercial.

Carmen Giral Barnés, Oct/2001

Carmen Giral Barnés, Oct/2001

CONCRETÁRAMOS LAS IDEAS Y PROPUESTAS tratadas exhaustivamente en las reuniones anteriores y nos diéramos

CONCRETÁRAMOS LAS IDEAS Y PROPUESTAS tratadas exhaustivamente en las reuniones anteriores y nos diéramos a la tarea de establecer REGLAS GENERALES DE APLICACIÓN EN LOS DISTINTOS PAÍSES AMERICANOS así como LOS CUERPOS COLEGIADOS Y/O COMITÉS Y/O ORGANISMOS Y/O CONSEJOS Y/O. . . que deberán ARMONIZAR Y GARANTIZAR LA CONVALIDACIÓN DE ESTUDIOS SUPERIORES, TÍTULOS Y DIPLOMAS EN EL ÁREA DE LA FARMACIA a través de los mecanismos como ACREDITACIÓN, CERTIFICACIÓN O SUS EQUIVALENTES en los distintos países,

Consejo Panamericano de educación, acreditación y certificación farmacéutica EJERCICIO TRASNACIONAL DE LA FARMACIA •

Consejo Panamericano de educación, acreditación y certificación farmacéutica EJERCICIO TRASNACIONAL DE LA FARMACIA • Homologación de títulos • Movilidad y portabilidad estudiantil, modalidades de intercambio • Reconocimiento o Eqwuivalencias títulos • Reconocer los Organismos responsables • Definición de competencias para el ejercicio profesional • Licencias temporales, revisión y definitividad • Requisitos mínimos curriculares Y OTROS. . .

de tal manera que GARANTICEN LA SEGURIDAD DE LOS PACIENTES-CONSUMIDORES que recibirán UN SERVICIO

de tal manera que GARANTICEN LA SEGURIDAD DE LOS PACIENTES-CONSUMIDORES que recibirán UN SERVICIO PROFESIONAL FARMACÉUTICO, así como los estudios necesarios PARA GARANTIZAR AL PROVEEDOR, DEL BIEN o SERVICIO FARMACÉUTICO fortaleciendo en la medida de lo posible la movilidad y el reconocimiento ENTRE PAÍSES.

“Voy con las riendas tensas y refrenando el vuelo porque no es lo que

“Voy con las riendas tensas y refrenando el vuelo porque no es lo que importa llegar solo ni pronto, sino llegar con todos y a tiempo” León Felipe

Fue el primer paso de un proceso a largo plazo de elaboración de formas

Fue el primer paso de un proceso a largo plazo de elaboración de formas multilaterales y liberalización de comercio, aunque a la fecha coinciden los expertos que aunque se ha logrado establecer la estructura del Acuerdo, los efectos de liberalización no han sido importantes. v

Artículo 30 Cooperación en materia de formación y educación 1. Las Partes definirán los

Artículo 30 Cooperación en materia de formación y educación 1. Las Partes definirán los medios para mejorar sensiblemente la situación del sector de la educación y de la formación profesional. Se dará especial atención a la educación y a la formación profesional de los grupos sociales más desfavorecidos. 2. Las Partes reforzarán su cooperación en el ámbito de la educación, incluyendo la educación superior, de la formación profesional y los intercambios entre universidades y empresas, con el fin de mejorar el nivel de conocimientos técnicos del personal responsable de los sectores público y privado. Acuerdo de Asociación Económica, Concertación y Cooperación Tratado de Libre Comercio México - Unión Europea

Artículo 42 Salud 1. La cooperación en el ámbito de la salud tendrá como

Artículo 42 Salud 1. La cooperación en el ámbito de la salud tendrá como objetivos fortalecer las actividades de la investigación, farmacología, medicina preventiva y las enfermedades infectocontagiosas, como el SIDA. 2. La cooperación se llevará a cabo principalmente a través de: a) proyectos en materia de epidemiología, descentralización y administración de los servicios de salud, b) desarrollo de programas de capacitación profesional, c) programas y proyectos para mejorar las condiciones de salud y bienestar social en los medios urbano y rural. Acuerdo de Asociación Económica, Concertación y Cooperación Tratado de Libre Comercio México - Unión Europea

Artículo 30 Cooperación en materia de formación y educación 3. Las Partes concederán especial

Artículo 30 Cooperación en materia de formación y educación 3. Las Partes concederán especial atención a las acciones destinadas a crear vínculos permanentes entre sus respectivas instituciones especializadas y que favorezcan los intercambios de información, experiencias, expertos y de los recursos técnicos, y en materia de juventud aprovechando las facilidades que ofrece el Programa ALFA y la experiencia que ambas Partes hayan obtenido en estas áreas. 4. La cooperación entre las partes podría desembocar en la celebración por mutuo consenso de un acuerdo sectorial en el ámbito de la educación, incluyendo la educación superior, la formación profesional y de la juventud. Acuerdo de Asociación Económica, Concertación y Cooperación Tratado de Libre Comercio México - Unión Europea

Artículo 29 Cooperación científica y tecnológica 1. Las Partes acuerdan cooperar en el ámbito

Artículo 29 Cooperación científica y tecnológica 1. Las Partes acuerdan cooperar en el ámbito de la ciencia y la tecnología en esferas de interés mutuo respetando sus políticas respectivas. 2. La cooperación tendrá los siguientes objetivos: a) fomentar el intercambio de información y conocimientos especializados en ciencia y tecnología, en particular en la aplicación de las políticas y programas; b) fomentar una relación duradera entre las comunidades científicas de las dos Partes; c) fomentar la formación de recursos humanos. Acuerdo de Asociación Económica, Concertación y Cooperación Tratado de Libre Comercio México - Unión Europea

Artículo 29 Cooperación científica y tecnológica 3. La cooperación se llevará a cabo mediante

Artículo 29 Cooperación científica y tecnológica 3. La cooperación se llevará a cabo mediante proyectos de investigación conjunta e intercambios, reuniones y formación de científicos, procurándose la máxima difusión de los resultados de la investigación. 4. Las Partes favorecerán la participación de sus respectivas instituciones de formación superior, los centros de investigación y los sectores productivos, en particular las pequeñas y medianas empresas, en esta cooperación. 5. La cooperación entre las Partes podría desembocar en un acuerdo sectorial en materia de investigación científica y desarrollo tecnológico si se considera pertinente. Acuerdo de Asociación Económica, Concertación y Cooperación Tratado de Libre Comercio México - Unión Europea