Conferencia de la Haya de Derecho Internacional Privado
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Conferencia de la Haya de Derecho Internacional Privado Segunda Reunión de Expertos Gubernamentales Buenos Aires 19, 20 y 21 de septiembre de 2007 © Hague Conference on Private International Law
Desarrollo de la Temática en las Américas • • Primera Reunión de Expertos Gubernamentales (IIN -agosto de 2002). Genera Programa Interamericano. Reuniones Iberoamericanas de Autoridades Centrales organizadas por la AECI (bianuales) Reunión de Expertos en Monterrey, diciembre de 2004 (Jueces y Autoridades Centrales (HCCH) –Se genera el Progama Especial para América Latina (Numerosos Seminarios Judiciales Nacionales)Seminario de Jueces de América Latina (HCCH - diciembre de 2005 –La Haya-) Convenio de Cooperación IIN-HCCH (Julio de 2006) V Reunión de la Comisión Especial para evaluar el funcionamiento del Convenio de La Haya de 1980 y algunos aspectos del Convenio de 1996 (30 de octubre al 9 de noviembre de 2006) Primera reunión conjunta IIN-HCCH en materia de sustracción internacional de niños (10 de noviembre de 2006) Segunda reunión de Expertos Gubernamentales (IIN-HCCH 19, 20 y 21 de septiembre de 2007) © Hague Conference on Private International Law
Informe Estadístico sobre pedidos de restitución presentados en el año 2003 Preparadas por el Profesor N. Lowe (Universidad de Cardiff) • 70% de los sustractores fueron madres que tenían el principal cuidado del niño • 70% de los pedidos de restitución decididos por la justicia resultaron en ordenes de restitución. • 43% de todas las restituciones fueron a través de acuerdos voluntarios • El Artículo 13 b) y el hecho de que el niño no era residente habitual fueron las razones más frecuentes para rechazar las restituciones © Hague Conference on Private International Law
V Reunión de la Comisión Especial Reunión Interamericana –noviembre 2006 Temas Centrales 1) Funcionamiento de las Autoridades Centrales 2) Procedimiento Judicial 3) Regreso seguro del niño 4) Derechos de visita/contacto 5) Convenio de 1996 © Hague Conference on Private International Law
1 - Funcionamiento de las Autoridades Centrales Obstáculo detectado • Falta de fluidez en las comunicaciones entre Autoridades Centrales Recomendaciones • Las Autoridades Centrales deben actuar con rapidez, respondiendo en forma urgente a los requerimientos efectuados por otra Autoridad Central (se acordaron tiempos de respuesta brevísimos en la reunión Interamericana realizada en La Haya en noviembre de 2006 –punto 1. de las Conclusiones-) • Promover en la medida de lo posible soluciones amigables (eg. Mediación) © Hague Conference on Private International Law
2 - Procedimiento Judicial a) Velocidad Obstáculos detectados • Demoras exageradas en los procedimientos • Los procedimientos aplicables no son aptos para concluir un caso en 6 semanas Recomendaciones • Recalcar la obligación de los Estados contratantes de tramitar los pedidos de restitución con la máxima celeridad. Esta obligación se extiende a los procesos de apelación • Ley Modelo: los expertos de América acordaron en la reunión de noviembre de 2006 desarrollar una ley modelo de procedimiento que inspire a los Estados a generar normativa adecuada y a los aplicadores de los Convenios en su trabajo (Desafío 2 da Reunión de Expertos). © Hague Conference on Private International Law
b) Interpretación de los Convenios Obstáculos detectados • Falta de conocimiento de los Convenios por parte de los Jueces • Confusión entre procedimientos de restitución y de custodia • Interpretación del art. 13 y el concepto de mejor interés del niño Recomendaciones: • Promover sesiones de entrenamiento a Jueces y operadores, así como reuniones, conferencias y seminarios • Promover el nombramiento y la actividad de los Jueces de Enlace © Hague Conference on Private International Law
c) Redes de Jueces – Comunicaciones Judiciales • • Promover las designaciones de Jueces de Enlace Desarrollar el trabajo en red entre los Jueces (desafío 2 da Reunión de Expertos) • La Oficina Permanente debe continuar desarrollando mecanismos prácticos y estructuras para desarrollar la Red de Jueces de la Conferencia de La Haya Actualmente hay 20 Jueces de Enlace designados a nivel global para la red de Jueces de la Conferencia de La Haya. En el continente Americano: Argentina, Brasil, Canadá, Estados Unidos, y Uruguay • © Hague Conference on Private International Law
3 - Regreso Seguro del Niño Obstáculos detectados • Falta de cooperación entre las Autoridades Centrales involucradas • Falta de confianza entre los Jueces de las jurisdicciones involucradas (eg. casos de violencia doméstica) • Problemas para reconocer y ejecutar medidas de protección Recomendaciones • Las Autoridades Centrales tienen la obligación de garantizar la restitución del menor sin peligro, si ello fuese necesario y apropiado (art. 7 h –Convenio de 1980). La protección del niño en algunos casos puede implicar medidas de protección para el padre o madre acompañante del niño. • El uso de medidas de protección tales como compromisos y ordenes espejo pueden resultar convenientes para garantizar la restitución del niño. Las comunicaciones judiciales directas pueden ser útiles en éste contexto así como el Convenio de 1996 (desafíos 2 da Reunión de Expertos) © Hague Conference on Private International Law
4 - Acceso o visitas Obstáculos detectados • El art. 21 del Convenio de 1980 y de la Convención Interamericana no son suficientes • Existen diferentes interpretaciones sobre el art. 21 Recomendaciones: • Desarrollar mecanismos que faciliten el ejercicio efectivo de los derechos de acceso o visita • Se reconoce el valor que puede tener en ésta materia el Convenio de 1996 (desafío 2 da Reunión de Expertos) © Hague Conference on Private International Law
5 - Convenio de La Haya de 1996 a) Complemento de los Convenios de Restitución • Competencia: proteje la competencia de las autoridades de la residencia habitual del niño para decidir sobre la custodia, visitas y reubicación (queda claramente distinguada la competencia para la custodia respecto de la competencia para la restitución). • Cooperación internacional: desarrolla la cooperación internacional al más alto nivel. Permite realizar comunicaciones judiciales directas • Medidas urgentes: establece la competencia de las autoridades del Estado donde el niño se encuentra para tomar las medias urgentes de protección. Las mismas son dotadas de efectos provisorios y reconocimiento automático en la jurisdicción del Estado de la residencia habitual del niño. (facilitaría el regrso seguro del niño). • Derechos de visita: complementa a los arts. 21 de los Convenios de Restitución. © Hague Conference on Private International Law
b) Implementación del Convenio de La Haya de 1996 Obstáculos detectados: • Todavía no existe suficiente conocimiento del Convenio en América • Resulta complejo para analizar Recomendaciones: • Se debe alentar a los Estados a que procedan a su estudio, y la Oficina Permanente debe facilitar estos procesos de análisis y posterior implementación • La reunión Interamericana de noviembre de 2006 recomendó al IIN-HCCH a realizar un estudio preliminar para facilitar su estudio, analizando sus beneficios y abordano los eventuales obstáculos que pudieran detectarse para su implementación (desafio 2 da reunión de expertos) © Hague Conference on Private International Law
HCCH IIN Sistemas de Protección de Niñez ONGs Autoridades Centrales Jueces © Hague Conference on Private International Law
muchas gracias ! Ignacio Goicoechea Oficial Letrado de Enlace para América Latina Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado E-mail: ig@hcch. nl http: //www. hcch. net © Hague Conference on Private International Law
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