FUENTES DEL DERECHO CONSTITUCIONAL CHILENO FUENTES n n

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FUENTES DEL DERECHO CONSTITUCIONAL CHILENO

FUENTES DEL DERECHO CONSTITUCIONAL CHILENO

FUENTES n n Concepto Fuentes del Derecho: procesos o medios en virtud de los

FUENTES n n Concepto Fuentes del Derecho: procesos o medios en virtud de los cuales las normas jurídicas se positivizan con fuerza legítima obligatoria. En el Derecho Constitucional son : los orígenes, causas o antecedentes de los cuales proceden los principios y preceptos constitucionales y que fijan su sentido y alcance para aplicarlo a casos concretos. Se distinguen entre las fuentes directas y las fuentes indirectas.

FUENTES DIRECTAS n n Se llaman también técnico jurídicas , formales o propias del

FUENTES DIRECTAS n n Se llaman también técnico jurídicas , formales o propias del derecho positivo. Se incluyen. 1. - La Constitución. 2. - Las leyes en sus diversas jerarquías. 3. La Potestad Reglamentaria del Presidente de la República 4. - Reglamentos de ambas cámaras del Congreso Nacional. 5. - Reglamento del Consejo Nacional de Seguridad. 6. - Autoacordados de la Corte Suprema y del Tribunal Constitucional.

FUENTES INDIRECTAS n n n Se denominan también sociológicas, filosóficas ideológicas o materiales. Abarcan

FUENTES INDIRECTAS n n n Se denominan también sociológicas, filosóficas ideológicas o materiales. Abarcan los usos , costumbres, tradiciones y prácticas con clara relevancia jurídica. Se incluyen: 1. - La jurisprudencia del Tribunal Constitucional y de la Corte Suprema en cuanto aplican preceptos constitucionales. 2. - Dictámenes de la Contraloría General de República, de la Dirección del Trabajo, del Servicio de Impuestos Internos. 3. - Instructivos del Fiscal Nacional del Ministerio Público 4. - Costumbres, prácticas o tradiciones(ej. acogida de proyectos de ley de los parlamentarios por el ejecutivo). 5. - La doctrina constitucional.

LA CONSTITUCION n n Es el “conjunto de normas y reglas, escritas o no

LA CONSTITUCION n n Es el “conjunto de normas y reglas, escritas o no escritas, codificadas o dispersas, que forman y rigen la vida política de un estado. -Es la principal fuente directa. En Chile, desde su independencia , los textos constitucionales se han configurado como la fuente del derecho constitucional por excelencia. n Evolución Constitucional en Chile: n El Reglamento de la Autoridad Ejecutiva Provisoria de 1811. ( 14/08/1811). Es el primer reglamento constitucional. Todavía reconoce la soberanía del Rey de España. La autoridad máxima recae en el Congreso Nacional, y existe una autoridad ejecutiva a cargo de una Junta de tres miembros. n n n

Evolución Constitucional Chilena n Reglamento Constitucional Provisorio de 1812. (27/10/1812). n Constaba sólo de

Evolución Constitucional Chilena n Reglamento Constitucional Provisorio de 1812. (27/10/1812). n Constaba sólo de 27 artículos, y se consagraba la religión católica y apostólica como la oficial. . Por una parte reconoce la soberanía del rey, pero a la vez establece que ningún decreto u orden emanada de una autoridad extranjera tendrá efecto en Chile. La autoridad ejecutiva residía en una Junta de Gobierno de 3 miembros , que duraban 3 años, la que gobernaba a nombre del rey. Se establecía un senado de 7 miembros (3 años), y se consagraban los cabildos electivos. n n n

Evolución Constitucional Chilena n n n n Reglamento para el Gobierno Provisorio de 1814(

Evolución Constitucional Chilena n n n n Reglamento para el Gobierno Provisorio de 1814( 17/03/1814). Tiene 13 artículos más un título relativo al Senado Consultivo. Crea la figura del Director Supremo , quien gobernaría por 18 meses Existe un Senado Consultivo, compuesto por 7 miembros ( 4 años), elegidos por el Director Supremo. Constitución de 1818. Tenía el carácter de provisoria, y formalizó la dictadura de O’Higgins. Entregó el poder ejecutivo a un Director Supremo, sin plazo para su mandato. Instituyó un senado (5 miembros) y un Supremo Tribunal, todos designados por el Director Supremo.

Evolución Constitucional Chilena n n n n Constitución de 1822. Su principal redactor fue

Evolución Constitucional Chilena n n n n Constitución de 1822. Su principal redactor fue el Ministro de O’Higgins Jorge Rodríguez Aldea, inspirado en la española de Cádiz de 1812. Confiaba el ejecutivo a un Director Supremo, que duraba 6 años, reelegible por 4 años. Era nombrado por el Congreso Nacional, pero se ratificaba a O’Higgins en un primer período. Establecía por primera vez un Congreso Bicameral: un Senado de estructura funcional, y una Cámara de Diputados de elección indirecta. Consagraba como religión oficial del Estado la católica. Otorgaba la ciudadanía a los hombres mayores de 25 años, con exclusión de los sirvientes y procesados criminalmente. Las provincias se alzaron contra O’Higgins, lo que

Evolución Constitucional Chilena n n n La Constitución de 1823. Fue redactada por don

Evolución Constitucional Chilena n n n La Constitución de 1823. Fue redactada por don Juan Egaña, y se le denomina la constitución moralista. Consagraba un régimen unitario de gobierno, a cargo de un Director Supremo, que duraba 4 años, reelegible. La función legislativa quedaba radicada en Senado de 9 miembros, el cual debía velar también por la moralidad pública, mediante la dictación de un Código Moral. Duró pocos meses en vigencia, y fue dejada sin efecto a fines de 1823, por el gobierno encabezado por Ramón Freire. Se llamó a elección a un Congreso Nacional, comenzando lo que se ha denominado la etapa de los ensayos institucionales.

Evolución Constitucional Chilena n n El Ensayo federal El Congreso Nacional en 1826 aprueba

Evolución Constitucional Chilena n n El Ensayo federal El Congreso Nacional en 1826 aprueba la aplicación de un régimen federal en Chile, siendo su principal precursor don José Miguel Infante. Se prepara un proyecto de Constitución que consagraba dicho régimen, inspirada en el modelo mexicano. El territorio se dividía en 8 provincias , dotadas de asambleas provinciales y con un intendente designado por las municipalidades. Paralelamente se dictaron leyes , como la de elección de párrocos y la que prohibía las levas y el mayorazgo. Estas reformas causaron gran agitación política, lo que sumado a la crisis de la hacienda pública produjo una grave crisis que impidió la aprobación definitiva del proyecto de constitución federalista.

Evolución Constitucional Chilena n n n La Constitución de 1828. Fue redactada por don

Evolución Constitucional Chilena n n n La Constitución de 1828. Fue redactada por don José Joaquín Mora, y se le conoce como la constitución liberal. Garantizaba en forma expresa la libertad personal, la libertad de imprenta, el derecho de petición y el de propiedad. Se consagraba un derecho a sufragio amplio, ya que lo podía ejercer todo varón mayor de 25 años inscrito en las milicias. El ejecutivo estaba radicado en un Presidente de la República, elegido por votación indirecta , sujeto a la fiscalización de un Congreso Bicameral. Además, se le daba autonomía a las provincias, las que elegían al Senado.

Evolución Constitucional Chilena n n n La Constitución de 1833. Su principal redactor fue

Evolución Constitucional Chilena n n n La Constitución de 1833. Su principal redactor fue don Mariano Egaña, bajo las directrices del Ministro Diego Portales. Consagra un régimen de gobierno representativo, y a la religión católica como la oficial. Establecía un derecho al sufragio censitario, y reconcoía expresamente la igualdad ante la ley y en el reparto de los tributos, la libertad de imprenta y el derecho de propiedad. En cuanto al sistema de gobierno, consagraba un presidencialismo limitado. El poder ejecutivo residía en un presidente de la República, con 5 años de duración , siendo reelegible por un período más, elegido por votación indirecta (electores), el cual tenía amplias facultades.

Evolución Constitucional Chilena n n n Constitución de 1833. El Poder Legislativo residía en

Evolución Constitucional Chilena n n n Constitución de 1833. El Poder Legislativo residía en un Congreso, compuesto por una Cámara de Diputados y un Senado. La Cámara estaba compuesta por miembros elegidos por votación directa y dura 3 años en sus cargos. El Senado estaba compuesta por 20 miembros, que duraban 9 años, elegidos en forma indirecta. El Congreso debía aprobar el uso de las facultades extraordinarias del Presidente, aprobar la ley de presupuesto y las relativas a los impuestos. Además, la Cámara tenía la facultad de acusar a los Ministros, acusación que era resuelta por el Senado. Existía una Comisión Conservadora que velaba por el cumplimiento de la Constitución y las leyes.

Evolución Constitucional Chilena n n Constitución de 1833. Durante el 2° período de Manuel

Evolución Constitucional Chilena n n Constitución de 1833. Durante el 2° período de Manuel Bulnes se introduce la práctica de interpelar a los Minstros, con lo que incorpora ciertos rasgos del parlamentarismo. En la presidencia de Manuel Montt se genera una crisis política, que se traduce en el nacimiento del Partido Liberal, el cual llega el poder con José J. Pérez, y comienza un proceso de reforma a la Constitución, que culmina en 1874. Esta reforma limitó las facultades del Presidente, reforzó las garantías individuales, cambió la composición del Congreso, y reglamentó en forma más detallada la acusacuión contra los Ministros. Esta reforma constitucional se complementó con una reforma de la ley electoral.

Evolución Constitucional Chilena n n n El parlamentarismo (1891 -1924) Con la guerra civil

Evolución Constitucional Chilena n n n El parlamentarismo (1891 -1924) Con la guerra civil de 1891 se adoptó, en los hechos, un sistema de gobierno de tipo parlamentario, pero sin los contrapesos de éste ( disolución de la cámara). El poder reside en los grupos parlamentarios, lo que genera sucesivos cambios de gabinete, pero se mantiene estable la sucesión presidencial (fronda aristocrática). Comienza a estar en el debate la cuestión social, surgen los partidos populares y comienzan las primeras huelgas y manifestaciones sociales. En el gobierno de Alessandri entra en crisis el sistema, lo que produce la irrupción de las fuerzas armadas en la política.

Evolución Constitucional Chilena n n n La Constitución de 1925. Alessandri al reasumir la

Evolución Constitucional Chilena n n n La Constitución de 1925. Alessandri al reasumir la Presidencia en Enero de 1925, llama a una Comisión para la preparación de un nuevo texto constitucional. Fue aprobada por plebiscito y promulgada el 18 de Septiembre de 1925. Estableció la separación de la Iglesia con el Estado. Consagró un sistema presidencial robustecido. El poder ejecutivo a cargo de un Presidente de la República, con 6 años y sin derecho a la reelección, elegido por votación directa. Consagro un Congreso bicameral, con un senado compuesto por un número fijo (45), con 8 años de duración, y una cámara compuesta por un número variable de diputados, con 4 años.

Evolución Constitucional Chilena n n Período 1932 -1964. La Constitución de 1925 permitió el

Evolución Constitucional Chilena n n Período 1932 -1964. La Constitución de 1925 permitió el desarrollo de un sistema político que daba cuenta de las nuevas demandas sociales, con un fuerte énfasis en la construcción de un estado social de derecho. En 1943 comienza una serie de reformas , las que por un lado, tienen como objeto aumentar el poder presidencial y, por el otro, acelerar el proceso de cambio social. En la década de 1960 aparecen los llamados proyectos políticos excluyentes, que tiene por objeto llevar a cabo una profunda reforma política y social.

Evolución Constitucional Chilena n n Crisis del régimen constitucional. (1971 -1973). Con la llegada

Evolución Constitucional Chilena n n Crisis del régimen constitucional. (1971 -1973). Con la llegada de Allende se agudizan las contradicciones políticas, generándose un clima de crisis política y social. La Unidad Popular, no contando con las mayorías políticas necesarias, recurre a los llamados resquicios legales para llevar a cabo su proyecto político. En la oposición, toma fuerza la idea que sólo a través del uso de fuerza es posible derrocar al gobierno. En septiembre de 1973, después de la salida de militares del gabinete presidencial, se produce el golpe militar , que implica el término de una etapa política de nuestro país.

Evolución Constitucional Chilena n n Antecedentes de la Constitución de 1980. La Junta Militar

Evolución Constitucional Chilena n n Antecedentes de la Constitución de 1980. La Junta Militar aprobó las denominadas Actas Constitucionales ( 4), durante 1976, las que constituyen el antecedente directo de la Constitución de 1980. El Acta N° 1 regulaba la composición y funcionamiento del Consejo de Defensa del Estado, la n° 2 las Bases de la Institucionalidad, la N° 3 los Derechos y Deberes Constitucionales y la N° 4 los Regímenes de Emergencia Constitucional. Paralelamente se trabajaba en la redacción de una nueva Constitución , para lo cual se había nombrado una Comisión (1973), la que debía preparar una Anteproyecto de Constitución ( Comisión Ortúzar).

Evolución Constitucional Chilena n n n Antecedentes de la Constitución de 1980. La Comisión

Evolución Constitucional Chilena n n n Antecedentes de la Constitución de 1980. La Comisión Ortúzar entregó el Anteproyecto de Constitución en Octubre de 1978, el cual se inspiraba en la Declaración de Principios del Gobierno de Marzo de 1974. Este documento fue revisado por el Consejo de Estado, el cual en Julio de 1980 presentó el proyecto de Constitución a la Junta de Gobierno. La Junta en Agosto de 1980, convocó a plebiscito para aprobar el proyecto, el cual se realizó el 11 de Septiembre, aprobándose con un 60%. Fue promulgada el Octubre de 1980, y entró en vigencia parcialmente el 11 de Marzo de 1981.

FUENTES DIRECTAS n n n Las Leyes Suelen convertirse en fuentes de relevancia, principalmente

FUENTES DIRECTAS n n n Las Leyes Suelen convertirse en fuentes de relevancia, principalmente mediante las leyes interpretativas, pues fijan el sentido y alcance de una disposición constitucional. También tienen relevancia las leyes orgánicas constitucionales, ya que definen conceptos constitucionales, imponen requisitos o complementan lo ordenado por la Constitución. Por último deben considerarse las de quorum calificado, las leyes comunes o simples, los decretos con fuerza de ley y los decretos ley. Los Tratados Internacionales. Son fuentes en la medida que hayan sido ratificados y versen sobre derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana (artículo 1 y 19 de la Constitución.

FUENTES INDIRECTAS n n n La potestad reglamentaria. Solo cuando regula el ejercicio de

FUENTES INDIRECTAS n n n La potestad reglamentaria. Solo cuando regula el ejercicio de derechos constitucioanles , por ej: D. S N° 1086 del Ministerio del Interior, Reglamento de Reuniones Públicas; D. S N° 18 de Ministerio de Educación, Reglamento sobre Calificacióon Cinematográficas. Los Reglamentos de las Cámaras. También excepcionalmente, por ejemplo el relativo al procedimiento de la acusación constitucional, o al despacho de la ley de presupuestos. Los autoacordados. Los dictados por la Corte Suprema sobre el recurso de amparo y el recurso de protección, el relativo al procedimiento de la acción indemnizatoria por error judicial.

FUENTES INDIRECTAS n n n La Jurisprudencia Constitucional. Deriva de lo que se denomina

FUENTES INDIRECTAS n n n La Jurisprudencia Constitucional. Deriva de lo que se denomina Justicia Constitucional, la que comprende los fallos de los Tribunales Superiores de Justicia sobre la acción de protección y el recurso de amparo. También abarca los fallos del Tribunal Constitucional sobre la constitucionalidad de las leyes orgánicas constitucionales, sobre los recurso de inaplicabilidad o de inconstitucionalidad de una norma legal. Por último se incluyen los fallos del Tribunal Calificador de Elecciones que se pronuncian sobre precepctos constitucionales (ej: el que se pronunció sobre el requisitos de residencia del candidato a elecciones parlamentarias). Dictámenes de la Contraloría General de la República, Instructivos del Fiscal Nacional del Ministerio Público. Ej: el que se pronuncio sobre la atribución del Presidente sobre las FF. AA.

FUENTES INDIRECTAS n n n Los Usos y Costumbres Se desarrollan ciertos usos que

FUENTES INDIRECTAS n n n Los Usos y Costumbres Se desarrollan ciertos usos que se configuran como fuentes indirectas: ej: la acogida del Presidenete para patrocinar proyectos de ley a petición de parlamentarios; o la cuenta del Ministro de hacienda al Senado. Algunas costumbres se han posivitizados: ej, la costumbre del Discurso Presidencial el 21 de Mayo de cada año, dando cuenta de la marcha de la nación se incluyó en la reforma constitucional de 2005. La Doctrina. En los últimos años se ha generado una vigorización de la doctrina constitucional, aún cuando se presentan ciertos matices en la interpretación de la Constitución : ej. Cea Egaña, Silva Bascuñan, Verdugo Marinkovic, Cumplido Cereceda, etc.