EJE PROGRAMATICO 2 PRESTACION Y DESARROLLO DE SERVICIOS

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EJE PROGRAMATICO 2 – PRESTACION Y DESARROLLO DE SERVICIOS DE SALUD AREAS SUBPROGRAMATICAS 2.

EJE PROGRAMATICO 2 – PRESTACION Y DESARROLLO DE SERVICIOS DE SALUD AREAS SUBPROGRAMATICAS 2. 1 Mejoramiento de la accesibilidad a los servicios de salud 2. 2 Mejoramiento de la calidad de la atención en salud 2. 3 Mejoramiento de la eficiencia en la prestación de servicios de salud y sostenibilidad financiera de las IPS públicas

EJE PROGRAMATICO 2 – PRESTACION Y DESARROLLO DE SERVICIOS DE SALUD Ley 715 de

EJE PROGRAMATICO 2 – PRESTACION Y DESARROLLO DE SERVICIOS DE SALUD Ley 715 de 2001: Artículo 44: Dirigir y Coordinar el sector salud y el Sistema General de Seguridad Social en Salud en el ámbito de su jurisdicción Artículo 44. 1. 3 - Gestionar y supervisar el acceso a la prestación de servicios de salud para la población de su jurisdicción. La principal estrategia para garantizar el acceso de la población objeto de subsidios a la prestación de servicios de salud es el aseguramiento.

EJE PROGRAMATICO 2 – PRESTACION Y DESARROLLO DE SERVICIOS DE SALUD ACCESIBILIDAD La posibilidad

EJE PROGRAMATICO 2 – PRESTACION Y DESARROLLO DE SERVICIOS DE SALUD ACCESIBILIDAD La posibilidad que tiene el usuario de utilizar los servicios de salud que le garantiza el Sistema General de Seguridad Social en Salud. OPORTUNIDAD La posibilidad que tiene el usuario de obtener los servicios que requiere, sin que se presenten retrasos que pongan en riesgo su vida o su salud.

EJE PROGRAMATICO 2 – PRESTACION Y DESARROLLO DE SERVICIOS DE SALUD Ente territorial municipio

EJE PROGRAMATICO 2 – PRESTACION Y DESARROLLO DE SERVICIOS DE SALUD Ente territorial municipio desde la prestación de servicios de salud • Contratación de los servicios de baja complejidad para la PPNA – Red Pública. • Recursos con y sin situación de fondos. • Interventoría a la contratación de la Prestación de Servicios de Salud. • Asegurar el cumplimiento de los requisitos para la firma de los acuerdos de voluntades por parte de la ESE (Dto. 4747, cap. II, artículo 5). • Garantizar el flujo de la información que se genera en el proceso de atención de salud (RIPS) para apoyar el sistema de información. • Verificar que la ESE presta el servicio bajo parámetros de calidad: accesibilidad, oportunidad, seguridad, pertinencia y continuidad para la población • Vigilancia de la red prestadora en su jurisdicción – Referencia y contra referencia de pacientes.

EJE PROGRAMATICO 2 – PRESTACION Y DESARROLLO DE SERVICIOS DE SALUD Complemento por parte

EJE PROGRAMATICO 2 – PRESTACION Y DESARROLLO DE SERVICIOS DE SALUD Complemento por parte del Departamento • Trabajo conjunto entre los entes territoriales. • Contrata servicios de salud baja complejidad (no certificados). • Departamento contrata servicios de mediana y alta complejidad.

EJE PROGRAMATICO 2 – PRESTACION Y DESARROLLO DE SERVICIOS DE SALUD ACTIVIDADES Ø Elaborar

EJE PROGRAMATICO 2 – PRESTACION Y DESARROLLO DE SERVICIOS DE SALUD ACTIVIDADES Ø Elaborar el censo de prestadores de servicios de salud Búsqueda activa de prestadores de servicios de salud que operan en sus respectivas jurisdicción, e informar a la dirección departamentales para la verificación de la información contenida en el registro especial de prestadores de servicios de salud. Ø Requerir la inscripción en el registro especial de prestadores de Servicios de Salud (Habilitación) al prestador de servicios que vaya a prestar servicios de salud en el municipio y la RENOVACION

EJE PROGRAMATICO 2 – PRESTACION Y DESARROLLO DE SERVICIOS DE SALUD ACTIVIDADES Ø Asesorar

EJE PROGRAMATICO 2 – PRESTACION Y DESARROLLO DE SERVICIOS DE SALUD ACTIVIDADES Ø Asesorar a las IPS en la auditoría para el mejoramiento de la calidad de la atención de salud (Pamec) Ø Inspeccionar , vigilar y controlar el manejo integral de los residuos hospitalarios - Plan de residuos

EJE PROGRAMATICO 2 – PRESTACION Y DESARROLLO DE SERVICIOS DE SALUD REFERENCIA Y CONTRARREFERENCIA

EJE PROGRAMATICO 2 – PRESTACION Y DESARROLLO DE SERVICIOS DE SALUD REFERENCIA Y CONTRARREFERENCIA DECRETO 4747 DE 2007 RESOLUCION 3047 DE 2008

Decreto 4747 de 2007 – Resolución 3047 de 2008 EJE PROGRAMATICO 2 – PRESTACION

Decreto 4747 de 2007 – Resolución 3047 de 2008 EJE PROGRAMATICO 2 – PRESTACION Y DESARROLLO DE SERVICIOS DE SALUD DECRETO 4747 DE 2007 Referencia y contrarreferencia. Conjunto de procesos, procedimientos y actividades técnicos y administrativos que permiten prestar adecuadamente los servicios de salud a los pacientes, garantizando la calidad, accesibilidad, oportunidad, continuidad e integralidad de los servicios, en función de la organización de la red de prestación de servicios definida por la entidad responsable del pago

EJE PROGRAMATICO 2 – PRESTACION Y DESARROLLO DE SERVICIOS DE SALUD RESOLUCION 3047 DE

EJE PROGRAMATICO 2 – PRESTACION Y DESARROLLO DE SERVICIOS DE SALUD RESOLUCION 3047 DE 2008 COMPETENCIAS DE LA DIRECCION LOCAL DE SALUD Ø COMO ENTIDAD RESPONSABLE DE PAGO PARA LOS SERVICIOS DEL PRIMER NIVEL DE ATENCION DE LA POBLACION VINCULADA DEBE DETERMINAR LOS MEDIOS DE ENVIO: FAX - CORREO ELECTRONICO - INTERCAMBIO ELECTRONICO DE DATOS PARA RECEPCION DE: • ANEXO TECNICO 1: Informe Posibles Inconsistencias en las bases de datos de las ERP.

EJE PROGRAMATICO 2 – PRESTACION Y DESARROLLO DE SERVICIOS DE SALUD RESOLUCION 3047 DE

EJE PROGRAMATICO 2 – PRESTACION Y DESARROLLO DE SERVICIOS DE SALUD RESOLUCION 3047 DE 2008 COMPETENCIAS DE LA DIRECCION LOCAL DE SALUD • ANEXO TECNICO 2: Informe atención inicial de urgencias • ANEXO TECNICO 3: Solicitud de Autorización de Servicios de Salud • PARA ENVIO DE: • ANEXO TECNICO 4 Respuesta de Autorización a la Solicitud de Servicios • NEGACION DE SERVIOS DE SALUD Y/O MEDICAMENTOS (Circular 021/05)

EJE PROGRAMATICO 2 – PRESTACION Y DESARROLLO DE SERVICIOS DE SALUD Ø COMO ENTE

EJE PROGRAMATICO 2 – PRESTACION Y DESARROLLO DE SERVICIOS DE SALUD Ø COMO ENTE DE INSPECCION Y VIGILANCIA DLS MUNICIPIOS CATEGORIA Medellín Bello Caldas Copacabana Envigado Itaguí La Estrella Rionegro Especial 1 a. 2 a. NOTA: En el resto de municipios (categoría tres en adelante), prestadores y ERP reportan a la dirección departamental de salud la no comunicación para reporte de anexos técnicos. • Disponer en su página web de un espacio • Recepcionar el anexo 2 y el anexo 3, identificar ERP reiterativa y requerir con copia a la Supersalud • Apoyar, a través del CRUE (si lo tiene) o directamente, la regulación de pacientes urgentes, cuando prestador no logre comunicación con la E. R. P. , y definirá el prestador. • Recepcionar el anexo 4, Identificar IPS reiterativa y requerir con copia a la Supersalud.

EJE PROGRAMATICO 2 – PRESTACION Y DESARROLLO DE SERVICIOS DE SALUD RESOLUCION 3047 DE

EJE PROGRAMATICO 2 – PRESTACION Y DESARROLLO DE SERVICIOS DE SALUD RESOLUCION 3047 DE 2008 Ø COMO ENTE DE INSPECCION Y VIGILANCIA (continuación) Todos los municipios independientemente de su categoría deben vigilar la adecuada implementación del decreto 4747 de 2007 y resolución 3047 de 2008 por entidad responsable de pago y prestadores de servicios de salud ubicados en su jurisdicción, en lo que tiene que ver con: correcta utilización de anexos técnicos, implementación de medios de envío, oportunidad en el envío de la información y la respuesta respectiva, cumplimiento de los requisitos mínimos para la contratación.

EJE PROGRAMATICO 2 – PRESTACION Y DESARROLLO DE SERVICIOS DE SALUD SECRETARIA SECCIONAL DE

EJE PROGRAMATICO 2 – PRESTACION Y DESARROLLO DE SERVICIOS DE SALUD SECRETARIA SECCIONAL DE SALUD Y PROTECCION SOCIAL DE ANTIOQUIA COMO ENTIDAD RESPONSABLE DE PAGO (E. R. P. ): ØRecepción del anexo técnico No. 1: Correo para el envío: dssa_3047@ dssa. gov. co A través del Centro Regulador de Urgencias y Emergencias CRUE, se hará la recepción de los siguientes anexos: ØAnexo técnico No. 2: Fax: (094) 362 11 14 Correo electrónico: crue_dssa@ dssa. gov. co

EJE PROGRAMATICO 2 – PRESTACION Y DESARROLLO DE SERVICIOS DE SALUD Anexo técnico No.

EJE PROGRAMATICO 2 – PRESTACION Y DESARROLLO DE SERVICIOS DE SALUD Anexo técnico No. 3: Solicitud de autorización de servicios de salud por parte del prestador de servicios. a) Solicitud de autorización en paciente urgente o de remisión. Envío: Fax: (094) 362 11 14 Correo electrónico: crue_dssa@dssa. gov. co b) Solicitud de autorización en paciente electivo. Medios de recepción: Fax: (094) 362 11 13 Correo electrónico: crae_dssa@ dssa. gov. co Oficina de atención al usuario: 7: 30 am a 1: 30 pm

EJE PROGRAMATICO 2 – PRESTACION Y DESARROLLO DE SERVICIOS DE SALUD Anexo técnico No.

EJE PROGRAMATICO 2 – PRESTACION Y DESARROLLO DE SERVICIOS DE SALUD Anexo técnico No. 4: Autorización de servicios de salud. Se hará a través del Centro Regulador de Urgencias y Emergencias CRUE, al igual que su envío: a) Autorización en paciente urgente o de la remisión b) b) Autorización en paciente electivo Fax: De institución receptora y solicitante Correo electrónico: De institución receptora y solicitante

EJE PROGRAMATICO 2 – PRESTACION Y DESARROLLO DE SERVICIOS DE SALUD Formato de Negación

EJE PROGRAMATICO 2 – PRESTACION Y DESARROLLO DE SERVICIOS DE SALUD Formato de Negación (Circular 021 de 2005 Supersalud): A la solicitud de autorización de servicios de salud y/o medicamentos. Se hará a través del CRUE, al igual que su envío: a) Negación de autorización en paciente urgente b) b) Negación de autorización en paciente electivo Fax: De institución solicitante Correo electrónico: De institución solicitante Oficina de atención al usuario: Para entrega del formato de negación en paciente electivo no prioritario. Horario 7: 30 a. m. a 1: 30 p. m.

EJE PROGRAMATICO 2 – PRESTACION Y DESARROLLO DE SERVICIOS DE SALUD Recepcionar el anexo

EJE PROGRAMATICO 2 – PRESTACION Y DESARROLLO DE SERVICIOS DE SALUD Recepcionar el anexo 3: Fax o correo electrónico dssa_3047@dssa. gov. co , cuando el prestador no logre comunicación con E. R. P. luego de tres intentos, según categoría del municipio. • Identificar E. R. P. reiterativa y requerir con copia a la Supersalud. Apoyar, a través del CRUE, la regulación de pacientes urgentes, según categoría del municipio cuando prestador no logre comunicación con la E. R. P. o con el ente territorial en caso de municipios categoría especial, uno y dos. Recepcionar el anexo 4: Fax o correo electrónico dssa_3047@dssa. gov. co, cuando el responsable de pago no logre comunicación con el prestador de servicios luego de tres intentos, según categoría del municipio. Identificar I. P. S. reiterativa y requerir con copia a la Supersalud.

EJE PROGRAMATICO 2 – PRESTACION Y DESARROLLO DE SERVICIOS DE SALUD La Secretaría Seccional

EJE PROGRAMATICO 2 – PRESTACION Y DESARROLLO DE SERVICIOS DE SALUD La Secretaría Seccional de Salud y Protección Social de Antioquia como Ente Territorial para la inspección –vigilancia y control debe: • Disponer en su página web de un espacio Ya se tiene el portal en la web: www. dssa. gov. co Se requiere código de ingreso dado por la DSSA. • Identificar E. R. P. reiterativa y requerir. Recepcionar el anexo 2 Informe de atención inicial de urgencias, cuando el prestador no identifique la E. R. P. , vía fax o correo electrónico dssa_3047@dssa. gov. co según categoría del municipio.

EJE PROGRAMATICO 2 – PRESTACION Y DESARROLLO DE SERVICIOS DE SALUD SOSTENIBILIDAD FINANCIERA DE

EJE PROGRAMATICO 2 – PRESTACION Y DESARROLLO DE SERVICIOS DE SALUD SOSTENIBILIDAD FINANCIERA DE LAS IPS PÚBLICAS 1. CONDICIONES INTERNAS a. Portafolio de servicios habilitado. b. Personal calificado, idóneo y suficiente. c. Estamento de dirección (Junta Directiva y gerente) con capacidad de liderazgo y autonomía administrativa para tomar decisiones. d. Plataforma estratégica. e. Presupuesto ajustado a condiciones legales, de mercado y realidad del sector. f. Implementar sistema de costos.

EJE PROGRAMATICO 2 – PRESTACION Y DESARROLLO DE SERVICIOS DE SALUD SOSTENIBILIDAD FINANCIERA DE

EJE PROGRAMATICO 2 – PRESTACION Y DESARROLLO DE SERVICIOS DE SALUD SOSTENIBILIDAD FINANCIERA DE LAS IPS PÚBLICAS 2. CONDICIONES EXTERNAS La dirección Local de Salud, o quien haga sus veces, tiene gran incidencia en la sostenibilidad financiera de las IPS públicas porque: a. TIENEN contratar todos los recursos de Salud Pública con la ESE. b. DEBEN contratar todos los recursos del SGP para prestación de servicios a la población pobre no cubierta con subsidios a la demanda. c. El municipio es responsable de los contratos de aseguramiento con las EPS’S, que luego se convierten en contratos de prestación de servicios con la ESE, donde se debe verificar: Base de datos de afiliados, red de prestadores de la EPS’S, suficiencia patrimonial, etc.

EJE PROGRAMATICO 2 – PRESTACION Y DESARROLLO DE SERVICIOS DE SALUD SOSTENIBILIDAD FINANCIERA DE

EJE PROGRAMATICO 2 – PRESTACION Y DESARROLLO DE SERVICIOS DE SALUD SOSTENIBILIDAD FINANCIERA DE LAS IPS PÚBLICAS 2. CONDICIONES EXTERNAS (cont. ) d. Por tener asiento propio en la Junta Directiva, como estamento Político -Administrativo debe conocer toda la situación administrativa y financiera de la ESE (Informes del decreto 2193). e. Son responsables de la evaluación del gerente. f. Hacer conocer al gerente del manejo del Fondo Local de Salud. g. Proceso recertificación municipal en el área financiera

EJE PROGRAMATICO 2 – PRESTACION Y DESARROLLO DE SERVICIOS DE SALUD MUCHAS GRACIAS “Hay

EJE PROGRAMATICO 2 – PRESTACION Y DESARROLLO DE SERVICIOS DE SALUD MUCHAS GRACIAS “Hay que decir no a mil cosas para estar seguro de que no te estás equivocando o que intentas abarcar demasiado" - Steve Jobs