PERSONAS JURIDICAS Personas jurdicas Disposiciones generales Personalidad Clasificacin

  • Slides: 15
Download presentation
PERSONAS JURIDICAS Personas jurídicas. Disposiciones generales. Personalidad. Clasificación. Atributos. Funcionamiento, disolución y liquidación. Asociaciones

PERSONAS JURIDICAS Personas jurídicas. Disposiciones generales. Personalidad. Clasificación. Atributos. Funcionamiento, disolución y liquidación. Asociaciones civiles, simples asociaciones, fundaciones

Distinción n n Persona humana: concepción en el seno materno, o implantación del embrión

Distinción n n Persona humana: concepción en el seno materno, o implantación del embrión Persona jurídica desde su constitución q q Atributos de la personalidad: patrimonio denominación, domicilio capacidad La imputación diferenciada de efectos, independientemente de la esfera jurídica de los sujetos que la componen

Tratamiento legislativo anterior n n n n Código Civil Enumeración en la definición de

Tratamiento legislativo anterior n n n n Código Civil Enumeración en la definición de personas Consecuencias en la normativa de la sociedad civil Ley de sociedades comerciales Parte general Disolución Desestimación de la persona jurídica

Tratamiento en el Codigo Civil y Comercial q q q Parte general Clasificación Sus

Tratamiento en el Codigo Civil y Comercial q q q Parte general Clasificación Sus atributos y características esenciales Funcionamiento Disolucion extinción

Concepto n n n Art. 141 C. Civil y Comercial : Entes a los

Concepto n n n Art. 141 C. Civil y Comercial : Entes a los cuales el ordenamiento juridico les confiere aptitud para adquirir derechos y contraer obligaciones Para el cumplimiento de su objeto Los fines de su creación q (Las personas jurídicas pueden, para los fines de su institución, adquirir los derechos que este código establece y ejercer los actos que no les sean prohibidos, por el ministerio de los representantes que sus leyes o estatutos les hubiesen constituidos)

Personalidad diferenciada art 143 n n Los miembros no responde por las obligaciones de

Personalidad diferenciada art 143 n n Los miembros no responde por las obligaciones de la persona jurídica sino cuando expresamente se disponga Aun cuando responda por las obligaciones de la persona jurídica tendrá personalidad diferenciada

Comienzo y fin de la existencia n Comienza desde la constitución art 143 q

Comienzo y fin de la existencia n Comienza desde la constitución art 143 q n El art 45 proclamaba el comienzo de la existencia desde el día que fueran autorizadas por la ley o el gobierno se contradicía con el art. 46 que hace a las asociaciones que no tienen existencia legal Si la asociación civil necesitara autorización para funcionar se rige por las disposiciones de la simple asociación

Inoponibilidad de la persona juridica n n ARTÍCULO 144. - Inoponibilidad de personalidad jurídica.

Inoponibilidad de la persona juridica n n ARTÍCULO 144. - Inoponibilidad de personalidad jurídica. La actuación que esté destinada a la consecución de fines ajenos a la persona jurídica, constituya un recurso para violar la ley, el orden público o la buena fe o para frustrar derechos de cualquier persona, se imputa a quienes a título de socios, asociados, miembros o controlantes directos o indirectos, la hicieron posible quienes responderán solidaria e ilimitadamente por los perjuicios causados. Lo dispuesto se aplica sin afectar los derechos de los terceros de buena fe y sin perjuicio de las responsabilidades personales de que puedan ser pasibles los participantes en los hechos por los perjuicios causados.

Desistimiento de la personalidad jurídica n n Articulo 54 Ley de sociedades y jurisprudencia.

Desistimiento de la personalidad jurídica n n Articulo 54 Ley de sociedades y jurisprudencia. Inoponibilidad de la personalidad jurídica. La actuación de la sociedad que encubra la consecución de fines extrasocietarios constituya un mero recurso para violar la ley, el orden público o la buena fe o para frustrar derechos de terceros, se imputará directamente a los socios o a los controlantes que la hicieron posible, quienes responderán solidaria e ilimitadamente por los perjuicios causados.

Clasificación q q q q q PUBLICAS Estado Nacional Provincias Ciudad Autónoma de Buenos

Clasificación q q q q q PUBLICAS Estado Nacional Provincias Ciudad Autónoma de Buenos Aires Municipios Entidades autarquicas Otras organizaciones constituidas en la Republica Estados extranjeros Personas jurídicas públicas extranjeras

Personas jurídicas privadas Las sociedades Asociaciones civiles Simples asociaciones Las mutuales Cooperativas Fundaciones Consorcio

Personas jurídicas privadas Las sociedades Asociaciones civiles Simples asociaciones Las mutuales Cooperativas Fundaciones Consorcio de propiedad horizontal

Atributos de la personalidad n n Nombre Domicilio y sede social Patrimonio) pudiendo inscribir

Atributos de la personalidad n n Nombre Domicilio y sede social Patrimonio) pudiendo inscribir la persona jurídica en formación preventivamente a su nombre bienes registrables La posibilidad de ser ilimitada en el tiempo, salvo disposición en contrario de la ley o del estatuto Objeto preciso y determinado

Funcionamiento n n Gobierno Administración Representación Fiscalización interna de la persona jurídica Utilización de

Funcionamiento n n Gobierno Administración Representación Fiscalización interna de la persona jurídica Utilización de medios telematicos

Disolución n n n Voluntaria El cumplimiento de la condición resolutoria La consecución del

Disolución n n n Voluntaria El cumplimiento de la condición resolutoria La consecución del objeto El vencimiento del plazo la declaración de quiebra La fusión respecto de las personas jurídicas que se fusionan o la persona o personas jurídicas cuyo patrimonio es absorbido la escisión respecto de la persona jurídica que se divide y destina todo su patrimonio;

Reorganización n n Art 162 Transformacion, fusion escicion

Reorganización n n Art 162 Transformacion, fusion escicion