LEYES DE RETIRO VOLUNTARIO PARA FUNCIONARIOS MUNICIPALES Ley

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LEYES DE RETIRO VOLUNTARIO PARA FUNCIONARIOS MUNICIPALES Ley Ley N° 19. 529 del 14

LEYES DE RETIRO VOLUNTARIO PARA FUNCIONARIOS MUNICIPALES Ley Ley N° 19. 529 del 14 de Noviembre de 1997. N° 19. 731 del 14 de Junio de 2001. N° 20. 135 del 13 de Diciembre de 2006. N° 20. 387 del 14 de Noviembre de 2009. N° 20. 475 del 24 de Noviembre de 2010. N° 20. 649 del 11 de Enero de 2013. N° 20. 846 del 20 de Julio de 2014. Nº 20. 922 del 25 de Mayo de 2016.

JUSTIFACIÓN DE BONIFICACIÓN DE CARGO MUNICIPAL • 6 Meses • 5 Adicionales (Concejo) •

JUSTIFACIÓN DE BONIFICACIÓN DE CARGO MUNICIPAL • 6 Meses • 5 Adicionales (Concejo) • 10. 600 Beneficiarios • 11 Meses • 9. 000 Beneficiarios • 10 Meses • 7. 000 Beneficiarios Municipal Salud Municipal Asistentes de la Educación Sector Público • 11 Meses • 8. 800 Beneficiarios

RESGUARDO DE REMUNERACIÓN QUE SIRVE DE BASE DE CÁLCULO DE LAS BONIFICACIONES PROYECTO DE

RESGUARDO DE REMUNERACIÓN QUE SIRVE DE BASE DE CÁLCULO DE LAS BONIFICACIONES PROYECTO DE LEY “Será el promedio de las remuneraciones mensuales de los últimos doce meses inmediatamente anteriores al cese de funciones”. ASIGNACIÓN PROFESIONAL Se pagará mensualmente, tendrá carácter imponible y tributable y no se considerará base de cálculo para determinar ninguna otra remuneración o beneficio económico. INCISO SEGUNDO ARTÍCULO PRIMERO LEY 20. 922 ASIGNACIÓN DIRECTIVO-JEFATURA Se pagará mensualmente, tendrá carácter imponible y tributable y no se considerará base de cálculo para determinar ninguna otra remuneración o beneficio económico. ARTICULO UNDÉCIMO LEY 20. 922

PROPUESTAS DE INDICACIONES AL ARTÍCULO 1º Incorporar este párrafo como nuevo inciso tercero: •

PROPUESTAS DE INDICACIONES AL ARTÍCULO 1º Incorporar este párrafo como nuevo inciso tercero: • “Sin perjuicio de lo señalado en el inciso anterior, el alcalde, previo acuerdo del concejo municipal, deberá otorgar a los funcionarios beneficiarios de la bonificación a que se refiere el inciso precedente, en las condiciones y dentro del período señalado, una bonificación por retiro complementaria, la que en conjunto con la establecida en el inciso anterior no podrá sobrepasar los años de servicios prestados en la administración municipal, ni ser superior a once meses de bonificación. El alcalde y el concejo no podrán acordar bonificaciones por retiro complementarias para algunos funcionarios, excluyendo a otros, como tampoco diferenciadas entre ellos”. Incorporar en el actual inciso cuarto que pasa a ser quinto, lo siguiente: • Después de la coma (“, ”) siguiente frase: “incluida asignación profesional y asignación directivo-jefatura, ” la la la

PROPUESTA DE INDICACIÓN AL ARTÍCULO 2º Artículo 2º En el inciso tercero cambiar el

PROPUESTA DE INDICACIÓN AL ARTÍCULO 2º Artículo 2º En el inciso tercero cambiar el vocablo “treinta” por “veinte”.

PROPUESTA DE INDICACIÓN AL ARTÍCULO 4º Año 2020 • 1. 800 cupos Año 2019

PROPUESTA DE INDICACIÓN AL ARTÍCULO 4º Año 2020 • 1. 800 cupos Año 2019 Año 2021 • 1. 800 cupos Año 2018 Años 2022 al 2024 1. 200 cupos 10. 600 Cupos • 1. 600 cupos 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025 1, 100 1, 000 1, 250 1, 500

JUSTIFICACIÓN DE MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 4 Primer Informe Segundo Informe Beneficio 2018 Beneficiarios 2018

JUSTIFICACIÓN DE MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 4 Primer Informe Segundo Informe Beneficio 2018 Beneficiarios 2018 2019 1600 1100 1800 1000 Bonificación Retiro Voluntario 13, 226 0 9, 804 9, 390 Bonificación Adicional 18, 432 0 18, 870 15, 227 410 0 412 683 30 0 49 11 Total Cargo Fiscal 18, 872 0 19, 331 15, 920 TOTAL GASTO 32, 098 0 29, 135 25, 311 Bonificación Antigüedad Bono por Trabajo Pesado Año Primer Informe Segundo Informe 2020 19, 435 7, 524 2021 18, 944 14, 893 2022 12, 991 14, 428 2023 13, 417 15, 128 2024 13, 734 17, 973 2025 0 17, 116 2026 0 16, 120 78, 521 103, 182 TOTAL GASTO Cupos año 2020: 1250

Respuesta Transparencia de la Dipres y Subdere

Respuesta Transparencia de la Dipres y Subdere

PROPUESTA DE INDICACIÓN AL ARTÍCULO 4º Cambiar el texto aprobado por el siguiente: “Podrán

PROPUESTA DE INDICACIÓN AL ARTÍCULO 4º Cambiar el texto aprobado por el siguiente: “Podrán acceder a la bonificación establecida en el inciso primero del artículo 1 y a lo dispuesto en el artículo 9, hasta un máximo de 10. 600 beneficiarios, de conformidad con los cupos anuales que se indican en el inciso siguiente. Para el año 2018 se contemplarán 1. 600 cupos. Para los años 2019, 2020 y 2021, existirán 1. 800 cupos por cada anualidad. A partir del año 2022 y hasta el año 2024, se contemplarán 1. 200 cupos para cada año. Con todo, los cupos que no hubieren sido utilizados en los años 2018 y 2019, incrementarán los cupos del año 2020. A partir de este último año, los cupos que no sean utilizados en cada anualidad incrementarán los del año inmediatamente siguiente”.

ARTÍCULO 5º APROBADO Postulación Reglamento Municipio Dictar Resolución Municipio Remitir Postulaciones a la Subdere

ARTÍCULO 5º APROBADO Postulación Reglamento Municipio Dictar Resolución Municipio Remitir Postulaciones a la Subdere Determinará la Nómina de Beneficiarios Criterios de Selección Proceso de Notificación Beneficiario Fecha de Retiro Procesos de Desistimiento

PROPUESTA DE INDICACIÓN AL 5º BENEFICIARIOS ARTÍCULO 3 (Edad antes del 30 de Junio

PROPUESTA DE INDICACIÓN AL 5º BENEFICIARIOS ARTÍCULO 3 (Edad antes del 30 de Junio de 2014) • 500 BENEFICIARIOS ARTÍCULO 2 (Pensión de Invalidez y Declaración de Vacancia del Cargo) • 100 BENEFICIARIOS ARTÍCULO 9 (Funcionarios de los Cementerios Municipales) • 200 BENEFECIARIOS ARTÍCULO 1 (01 de Julio del 2014 y vigencia de la ley) • 1600 Actual Edad Salud Edad Años de Servicio Modificar en el inciso quinto la ubicación de los siguientes textos: La letra b) pasa a ser letra a) y la letra a) a ser b). Propuesta

PROPUESTA DE INCORPORACIÓN DE NUEVO ARTÍCULO 7º “No obstante lo dispuesto en los artículos

PROPUESTA DE INCORPORACIÓN DE NUEVO ARTÍCULO 7º “No obstante lo dispuesto en los artículos anteriores los funcionarios que han sido calificados para optar al incentivo por resolución municipal y que no se encuentren dentro de algunos de los cupos asignados anualmente por la Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo para el año respectivo, podrán igualmente ejercer su renuncia contar de la fecha de la resolución indicada en el inciso cuarto del artículo quinto, siempre que tengan cumplidos 60 años en el caso de las mujeres y 65 años en el caso de los hombres, manteniendo un derecho preferente para que dicho cupo sea asignado al año siguiente por el organismo competente. A contar de la fecha de la resolución de la Subsecretaria, los funcionarios y funcionarias indicadas en este artículo tendrán derecho a ejercer la opción señalada en el inciso anterior dentro del plazo que fije el reglamento respectivo, siendo irrevocable su renuncia desde que ejerza la referida opción. Respecto de los funcionarios o funcionarias que ejerzan la opción de este artículo, los beneficios que le correspondan se pagaran al mes siguiente de la total tramitación de la resolución que les conceda el cupo. Menor Cantidad de Cupos Posibilidades Mayor Tiempo para Retiro

JUSTIFICACIÓN DE INDICACIÓN AL ARTÍCULO 9º (NUEVO) (PAGOS EXTEMPORANEOS) APORTE DEL FISCO 17 Resoluciones

JUSTIFICACIÓN DE INDICACIÓN AL ARTÍCULO 9º (NUEVO) (PAGOS EXTEMPORANEOS) APORTE DEL FISCO 17 Resoluciones 28 Municipios Resolución Nº 12346 fecha 17 -10 -16. Retiro Octubre 2015. 30 Resoluciones Resolución Nº 9391 Fecha: 24 -07 -2015 Retiro Funcionarios Fecha: 31 -03 -2015 25 Funcionarios Fecha de Total Tramitación 24 -08 -2015 CONVENIO PAGO MUNICIPAL

PROPUESTA DE INDICACIÓN AL ARTÍCULO 9º ACTUAL 8º Incorporar un nuevo inciso final en

PROPUESTA DE INDICACIÓN AL ARTÍCULO 9º ACTUAL 8º Incorporar un nuevo inciso final en el actual artículo 8º que pasaría a ser 9º: COHERENCIA “El funcionario municipal cesará en funciones sólo si la municipalidad empleadora pone a su disposición la totalidad de esta bonificación”. Artículo 10 Bono de Antigüedad Artículo 11 Bono por Trabajo Pesado

ANTECEDENTES ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO “Se propone eliminar el artículo primero transitorio, con la finalidad

ANTECEDENTES ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO “Se propone eliminar el artículo primero transitorio, con la finalidad de que todos los potenciales beneficiarios de la ley se regulen en el reglamento a que se refiere el actual artículo 17 que pasaría a ser 18”. La Norma Regula el Retiro de los funcionarios al año 2018 Artículo 17º Fija el Reglamento 90 días

UFEMUCH DEMANDA SENADORES Acoger las Indicaciones. Generar un Proceso Ágil y Participativo. GOBIERNO Patrocinar

UFEMUCH DEMANDA SENADORES Acoger las Indicaciones. Generar un Proceso Ágil y Participativo. GOBIERNO Patrocinar las Indicaciones. Retirar la Reserva de Constitucionalidad. Resguardo de Heredabilidad EN GENERAL Una Ley de Retiro Digna para los Funcionarios Municipales de Chile.