DIVISIN DE PODERES EN LOS ESTADOS DEMOCRTICOS Origen

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DIVISIÓN DE PODERES EN LOS ESTADOS DEMOCRÁTICOS

DIVISIÓN DE PODERES EN LOS ESTADOS DEMOCRÁTICOS

Origen Los seres humanos inventaron hace algo más de doscientos años un procedimiento político

Origen Los seres humanos inventaron hace algo más de doscientos años un procedimiento político para establecer esta garantía. Se trata de la división del poder del Estado. El Estado tiene el poder de hacer las leyes, de aplicarlas y de juzgar si se cumplen adecuadamente. En un Estado democrático, la ciudadanía -que es a quien corresponde por derecho la soberanía- ha otorgado tal poder al Estado. Pero si las tres funciones mencionadas recayeran sobre la misma persona o institución política, los ciudadanos nunca podrían estar seguros de que dicha persona o institución no está utilizando en su propio beneficio el poder que ellos mismos le han otorgado. Por eso, dos filósofos políticos de la Modernidad, el británico John Locke y el francés Montesquieu, sugirieron que lo mejor era encomendar el desempeño de cada función fundamental del Estado a una institución distinta, separada e independiente de las demás: a una le correspondería hacer las leyes, a otra aplicarlas o ejecutarlas y a una tercera, juzgar si las leyes se están cumpliendo e imponer sanciones o penas a quien las incumpla. De este modo, el poder del Estado quedaría divido en tres poderes, cada uno de los cuales correspondería a una institución distinta: John Locke Montesquieu

Poder Legislativo El poder legislativo por definición, es el poder que hace las leyes

Poder Legislativo El poder legislativo por definición, es el poder que hace las leyes y también las modifica, facultad que implica la posibilidad de regular en nombre del pueblo los derechos y las obligaciones de sus habitantes en consonancia con las disposiciones constitucionales. [cita requerida] Para ejercer dicha facultad está investida de una incuestionable autoridad que le otorga la representación de la voluntad. Las figuras presentes más importantes son el senado y los diputados.

Poder Ejecutivo En ciencia política y derecho constitucional, el poder ejecutivo (poder administrativo) es

Poder Ejecutivo En ciencia política y derecho constitucional, el poder ejecutivo (poder administrativo) es una de las tres facultades y funciones primordiales del Estado El poder ejecutivo: es responsable de la gestión diaria del Estado, y concibe y ejecuta políticas generales de acuerdo con las cuales las leyes tienen que ser aplicadas; representa a la nación en sus relaciones diplomáticas; sostiene a las fuerzas armadas y en ocasiones aconseja con respecto a la legislación. 1 En los estados democráticos, el poder ejecutivo está considerado como administrador y ejecutor de la voluntad popular a la cual representa y de la que debe ser su más firme garante.

Poder Judicial El Poder Judicial es uno de los tres poderes del Estado, el

Poder Judicial El Poder Judicial es uno de los tres poderes del Estado, el cual y en conformidad con el ordenamiento jurídico vigente, se encarga de administrar la justicia en la sociedad a través de justamente la aplicación de normas jurídicas en los conflictos que se susciten. En tanto, el poder judicial se encuentra encarnado por diversos órganos jurisdiccionales o judiciales, tales como juzgados, tribunales, los cuales ejercen la potestad jurisdiccional y gozan de imparcialidad y autonomía, en los casos ideales, claro está, porque lamentablemente es una realidad que no siempre esta autonomía es real, aún existiendo la división de poderes.

Poder Legislativo en España -El Poder Legislativo es aquel poder que elabora las leyes,

Poder Legislativo en España -El Poder Legislativo es aquel poder que elabora las leyes, y representan al pueblo español por medio de las Cortes Generales, para la participación en los asuntos públicos por medio de sus representantes. -Las Cortes Generales, que ejercen la potestad legislativa además entre sus funciones aprueban los Presupuestos, controlan la acción del Gobierno y aquellas competencias que les atribuya la Constitución. -Se componen de dos Cámaras: El Congreso y el Senado.

Poder Ejecutivo en España - Es el órgano integrado por los diversos Ministros y

Poder Ejecutivo en España - Es el órgano integrado por los diversos Ministros y presidido por el Presidente del Consejo, que decide sobre los asuntos políticos y administrativos más importantes en la vida de una nación. -El Gobierno se compone del Presidente, de los Vicepresidentes, en su caso, de los Ministros y de los demás miembros que establezca la Ley. -El Gobierno dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado. Ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria.

Poder Judicial en España Está integrado por el conjunto de órganos a los que

Poder Judicial en España Está integrado por el conjunto de órganos a los que se les atribuye la función de juzgar y hacer cumplir lo juzgado. Estos órganos son los Jueces y Tribunales. El órgano de gobierno del Poder Judicial es el Consejo General del Poder Judicial, que está integrado por el Presidente del Tribunal Supremo que los presidirá y veinte miembros nombrados por el Rey por un período de cinco años. Estos vocales son elegidos: cuatro a propuesta del Congreso; cuatro a propuesta del Senado, y cada Cámara elegirá otros seis miembros por la misma mayoría, entre Jueces y Magistrados de todas las categorías en servicio activo.