VIOLENCIA DOMSTICA ASPECTOS PSICOLGICOS Y LEGALES Rosa Emilia

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VIOLENCIA DOMÉSTICA ASPECTOS PSICOLÓGICOS Y LEGALES Rosa Emilia Mejía Psicóloga Alejandra Corrales Abogada

VIOLENCIA DOMÉSTICA ASPECTOS PSICOLÓGICOS Y LEGALES Rosa Emilia Mejía Psicóloga Alejandra Corrales Abogada

�Una de cada cinco mujeres ha sido maltratada física o sexualmente por uno o

�Una de cada cinco mujeres ha sido maltratada física o sexualmente por uno o varios hombres en algún momento de su vida. (Banco Mundial) � La violencia es una causa de muerte e incapacidad entre mujeres en edad reproductiva tan grave como el cáncer. (Banco Mundial) � Cada 15 segundos una mujer es agredida. (Organización Mundial de la Salud) �Uno de cada tres hogares han vivido episodios de violencia continuos en forma de maltrato emocional, intimidación, abuso físico y sexual.

etimología Del latín violentĭa, la violencia es la cualidad de violento o la acción

etimología Del latín violentĭa, la violencia es la cualidad de violento o la acción y efecto de violentar o violentarse. Que se ejecuta con fuerza, ímpetu o brusquedad; Que se hace contra el gusto o la voluntad de uno mismo. La violencia, por lo tanto, es un comportamiento deliberado que puede provocar daños físicos o psíquicos al prójimo, puede causar tanto secuelas físicas como psicológicas.

concepto de violencia �La violencia busca imponer u obtener algo por la fuerza. Existen

concepto de violencia �La violencia busca imponer u obtener algo por la fuerza. Existen muchas formas de violencia que son castigadas como delitos por la ley. �De todas formas, es importante tener en cuenta que el concepto de violencia varía según la cultura y la época.

FORMAS DE VIOLENCIA DOMÉSTICA FISICA SEXUAL FORMAS DE VIOLENCIA DOMÉSTICA SICOLOGICA PATRIMON IAL

FORMAS DE VIOLENCIA DOMÉSTICA FISICA SEXUAL FORMAS DE VIOLENCIA DOMÉSTICA SICOLOGICA PATRIMON IAL

VIOLENCIA FISICA. Toda clase de golpes, ya sea en la cara, en los brazos,

VIOLENCIA FISICA. Toda clase de golpes, ya sea en la cara, en los brazos, las piernas, en la espalda, el estómago, así como jalones de pelo, empujones, torceduras de brazos, mordidas, arañazos, o cualquier otra forma de agresión física.

Violencia EMOCIONAL �Violencia Psicológica Toda forma de conducta del hombre para imponer su voluntad

Violencia EMOCIONAL �Violencia Psicológica Toda forma de conducta del hombre para imponer su voluntad a la mujer, para hacerla sentir inferior, controlar sus actividades , escoger sus amistades. �Atemorizándola con gritos, gestos, burlas, groserías, humillaciones realizadas en privado o frente a familiares o extraños, creándole sentimientos de culpabilidad o inseguridad de no hacer bien las cosas.

Violencia SEXUAL �Todo acto o comportamiento del hombre para obligar a la mujer a

Violencia SEXUAL �Todo acto o comportamiento del hombre para obligar a la mujer a tener relaciones sexuales o a realizar actos sexuales en contra de su voluntad. �Tratándola como un objeto, sin tomar en cuenta sus deseos y necesidades, no respetando su autodeterminación sexual, � Prohibirle el uso de anticonceptivos y protección en las relaciones sexuales

Violencia PATRIMONIAL Todo acto violento realizado por el hombre para causar daño o perdida

Violencia PATRIMONIAL Todo acto violento realizado por el hombre para causar daño o perdida de bienes materiales tales como televisores , radios, muebles, destrucción de vivienda Así como sustraer, destruir o retener objetos, documentos personales, negarse a proporcionar a la mujer el dinero para la alimentación de la familia.

IEDO Como afecta la** MTviolencia domÉstica EMOR *TEMOR *ANGUSTIA *TERROR *AISLAMIENTO Y SOLEDAD *INCAPACIDAD

IEDO Como afecta la** MTviolencia domÉstica EMOR *TEMOR *ANGUSTIA *TERROR *AISLAMIENTO Y SOLEDAD *INCAPACIDAD DE DEFENDERNOS DE LA AGRESIÓN *CULPABILIDAD Y VERGÜENZA **D S ETSI P SE MEI R EA NN TZ OAS D E I N U T I L I D A D EN *TRISTEZA *DESILUSIÓN *DEPRESIÓN

Incapacidad Aprendida “Un sentimiento de impotencia, de indefensión, que genera desesperanza y, finalmente, depresión.

Incapacidad Aprendida “Un sentimiento de impotencia, de indefensión, que genera desesperanza y, finalmente, depresión. De alguna manera sabemos, porque así lo hemos ‘aprendido’, que hagamos lo que hagamos, los resultados seguirán siendo los mismos. ”

Creencias y comportamientos que justifican la violencia CULPAN LA MUJER EL HOMBRE JUSTIFICA HACER

Creencias y comportamientos que justifican la violencia CULPAN LA MUJER EL HOMBRE JUSTIFICA HACER LA VIOLENCIA COMO ALGO NATURAL

LEGISLACIÓN INTERNACIONAL DECLARACIÓN INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS CONVENCIÓN SOBRE LA ELIMINACIÓN DE TODAS

LEGISLACIÓN INTERNACIONAL DECLARACIÓN INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS CONVENCIÓN SOBRE LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACION CONTRA LA MUJER 4 DE ENERO DE 1969 CONVENCIÓN DE BELEN DO PARÁ CONVENCIÓN DE BEJIN

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Legislación � La ley contra la violencia Domestica fue promulgada en el mes de

Legislación � La ley contra la violencia Domestica fue promulgada en el mes de Septiembre de 1997, y publicada el 15 de Noviembre del mismo año en el “Diario Oficial la Gaceta” numero 28414 y entro en vigencia tres meses después de su publicación, en el mes de febrero de 1998. Incluye reformas aprobadas por el Congreso Nacional el uno de Septiembre del 2005.

Violencia Intrafamiliar �Es un delito contenido en el artículo 179 Ay B del código

Violencia Intrafamiliar �Es un delito contenido en el artículo 179 Ay B del código Penal “Quien emplee fuerza, intimidación o haga objeto de persecución a un cónyuge o ex cónyuge a la persona con quien conviva o haya mantenido una relación o aquella quien haya procreado un hijo o hija, con la finalidad de causarle daño físico, emocional o para dañar sus bienes, será sancionado con reclusión de uno(1) a tres (3) años, sin prejuicio de la pena que corresponda a las lesiones o daños causados”.

Violencia Doméstica �“Cuando el esposo, ex-esposo, novio, ex-novio, compañero , ex-compañero provoca daño, dolor,

Violencia Doméstica �“Cuando el esposo, ex-esposo, novio, ex-novio, compañero , ex-compañero provoca daño, dolor, sufrimiento, vergüenza, humillación a la mujer, por abuso de poder sin llegar a causar delito, en los casos de reincidencia se procederá de acuerdo al artículo” 179.

Propósito de la ley �Lo que toda ley persigue es poner remedio a uno

Propósito de la ley �Lo que toda ley persigue es poner remedio a uno o varios problemas existentes en la sociedad y que afectan la armonía social, ya sea entre grupos de ciudadanos, en la familia o en la comunidad. �El Propósito de la Ley contra la violencia domestica es proteger a la mujer contra toda forma de violencia realizada por el esposo, ex esposo, compañero, ex compañero, novio, ex novio o pretendiente con quien mantenga o haya mantenido una relación sexual o sentimental, evitando males mayores para la mujer.

TODO HOMBRE TIENE EL DEBER Y LA OBLIGACION DE RESPETAR Y TRATAR CONSIDERACION A

TODO HOMBRE TIENE EL DEBER Y LA OBLIGACION DE RESPETAR Y TRATAR CONSIDERACION A SU ESPOSA O COMPAÑERADE HOGAR, AUN CUANDO LA RELACION SENTIMENTAL HAYA TERMINADO �El fundamento de este compromiso se encuentra en los Artículos de la Constitución de la República. * Art. 59: “ La dignidad del ser humanos es inviolable” * Art. 68: “Toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral”.

Compromiso del gobierno La presente ley obliga al Gobierno Central y a las Municipalidades

Compromiso del gobierno La presente ley obliga al Gobierno Central y a las Municipalidades en coordinación con ciertas organizaciones de la Sociedad Civil, a crear mecanismos y a tomar medidas para proteger a la mujer victima de violencia domestica, tales como: Construcción o acondicionamiento de casas refugio a nivel nacional para brindar apoyo y auxilio a las mujeres que sufren violencia domestica. Girar instrucciones precisas a las autoridades como la Policía Nacional, los juzgados, las fiscalías y los servicios de salud etc. . Para que cumplan con la ley, prestando auxilio inmediato a toda mujer que sea victima de violencia domestica.

Garantias de la ley Ø LA ACCION PUBLICA Ø GRATUIDAD Ø CELERIDAD Ø SECRETIVIDAD

Garantias de la ley Ø LA ACCION PUBLICA Ø GRATUIDAD Ø CELERIDAD Ø SECRETIVIDAD O CONFIDENCIALIDAD

Compendio de la Legislación sobre la Mujer a nivel nacional y los Convenios internacionales

Compendio de la Legislación sobre la Mujer a nivel nacional y los Convenios internacionales referentes a los Derechos de la Mujer. Ø Ley del Instituto Nacional de la Mujer, Ø Ley Contra la Violencia Domestica, Ø Ley de Igualdad de Oportunidades para la Mujer, Ø Convención sobre la Eliminación. Ø Convención Interamericana sobre la Concesión de los Derechos Civiles a la Mujer. Ø Convención sobre la Nacionalidad de la Mujer Casada, conforme a la Declaración Universal de Derechos Humanos, Ø Convenio para la Represión de la Trata de Personas y de la Explotación de la Prostitución Ajena. Ø Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer,

Ley contra la violencia doméstica Consta de 23 Artículos v Disposiciones de la presente

Ley contra la violencia doméstica Consta de 23 Artículos v Disposiciones de la presente ley v Medidas, compromisos y lineamientos del Estado. v Conceptos básicos de tipos de violencia v Medidas de seguridad, Precautorias, Cautelares. v Mecanismos de protección, su vigilancia y control v Sanciones para el agresor v Procedimientos de la denuncia v Responsabilidad del INAM, plan nacional, ministerio publico, secretaria de estado en el despacho de seguridad, juzgados y otros v Derechos de las mujeres afectadas por violencia domestica.

El proceso de la denuncia

El proceso de la denuncia

PROCEDIMIENTO PARA INTERPONER UNA DENUNCIA DE VIOLENCIA DOMESTICA 1. Denunciar en forma verbal o

PROCEDIMIENTO PARA INTERPONER UNA DENUNCIA DE VIOLENCIA DOMESTICA 1. Denunciar en forma verbal o escrita los actos de agresión en el juzgado que conoce los casos de violencia domestica, fiscalía especial de la mujer en el ministerio publico, en la posta policial más cercana ( en caso de emergencia lo puede hacer vía telefónica) La denuncia también puede ser presentada por terceros ( vecinos, familiares o amigos) Al momento de presentar denuncia no se necesita buscar los servicios de un abogado o abogada.

2. Pedir en el acto la denuncia a la autoridad ( juez, fiscal, policía

2. Pedir en el acto la denuncia a la autoridad ( juez, fiscal, policía que aplique al denunciado, los mecanismos de protección, según sea el caso) 3. colaborar con la autoridad en la identificación de testigos y búsqueda de otras pruebas necesarias para demostrar la agresión. 4. Pedir que un medico (a) forense reconozca de los golpes o heridas recibidas durante la agresión

MEDIDAS DE SEGURIDAD 1. Separar temporalmente al denunciado del hogar que comparte con la

MEDIDAS DE SEGURIDAD 1. Separar temporalmente al denunciado del hogar que comparte con la mujer agredida 2. Prohibir al denunciado(a) acercarse a la casa de habitación centro de trabajo o lugares frecuentados por el denunciante. 3. Detener al denunciado por un termino no mayor de 24 horas cuando sea sorprendido dentro del hogar o el lugar público cometiendo actos de violencia. 4. Prohibir al denunciado realizar actos de intimidadción o perturbación contra la mujer o cualquier otro miembro del grupo familiar o a las personas relacionadas con la denunciante. 5. Retener inmediatamente y temporalmente las armas encontradas en poder del denunciado.

6. Negar suspender o cancelar los permisos para portar armas de fuego, cuando sean

6. Negar suspender o cancelar los permisos para portar armas de fuego, cuando sean utilizadas en actos de violencia domestica. 7. Asegurar el regreso de la mujer y del grupo familiar al hogar , del cual salió por razones de seguridad así como la restitución de los bienes que le pertenecen y el menaje del hogar 8. Ingreso de la autoridad a la casa de habitación cuando el denunciado sea sorprendido cometiendo actos de violencia domestica. ordenándole al denunciado salir temporalmente del hogar que comparte con la denunciante 9. Cuando la mujer decide salir del hogar podrá llevarse los objetos que garantice su bienestar y el del grupo familiar.

¿QUIENES PUEDEN SOLICITAR LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD CUANDO LA MUJER AGREDIDA SE ENCUENTRA IMPOSIBILITADA

¿QUIENES PUEDEN SOLICITAR LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD CUANDO LA MUJER AGREDIDA SE ENCUENTRA IMPOSIBILITADA FISICA, SICOLOGICA O EMOCIALMENTE PARA HACERLO? �Cualquier pariente cercano que conviva con la afectada por violencia domestica o que conozca del hecho �Cualquier funcionario (a) o empleado(a) público que tenga contacto con la mujer afectada por violencia doméstica �Instituciones del gobierno y organizaciones no gubernamentales que atiendan casos de violencia domestica o de familia y derechos humanos �Cualquier persona que conozca el caso

� Las medidas de seguridad serán aplicadas con un mínimo de dos meses, a

� Las medidas de seguridad serán aplicadas con un mínimo de dos meses, a criterio del juez (a) o a solicitud de la mujer agredida en la presentación de la denuncia; y en casos urgente por la policía o los (as) fiscales del ministerio público y en la audiencia podrá solicitarse su ampliación hasta por seis meses como máximo

MEDIDAS PRECAUTORIAS �Asistencia obligatoria a las consejerías de familia o cualquiera otra institución que

MEDIDAS PRECAUTORIAS �Asistencia obligatoria a las consejerías de familia o cualquiera otra institución que determine la autoridad según el caso, para recibir en forma individual charlas, en el hombre para corregir su conducta agresora durante tres meses y en la mujer para elevar su autoestima durante dos meses. �Los patronos están obligados a conceder permiso a sus empleados(as) para asistir a las consejerías de familia.

Medidas cautelares Solo pueden ser aplicadas por los (as) jueces (as) encargados de aplicar

Medidas cautelares Solo pueden ser aplicadas por los (as) jueces (as) encargados de aplicar la ley contra la violencia domestica Son aquellas que la mujer puede utilizar cuando el denunciado no quiere ayudarle económicamente con la responsabilidades familiares en el sostenimiento del hogar y de los hijos.

� Fijar una pensión alimenticia provisional de acuerdo con la necesidades de la familia

� Fijar una pensión alimenticia provisional de acuerdo con la necesidades de la familia y la capacidad económica del agresor. � Según el caso deberá practicarse el embargo provisional de alimentos. � Establecer la guarda y cuidado provisional de los hijos e hijas menores de edad a cargo de la afectada o a terceras personal tales como abuelos(as) tíos(as) hermanos(as) de la mujer afectada por violencia domestica en algunos casos se podrá establecer un régimen especial de visitas para el padre. � Prohibir al denunciado celebrar actos y contratos sobre bienes muebles e inmuebles o desplazamiento de mobiliario del hogar de la vivienda familiar y los muebles de la casa

 CASTIGOS PARA EL AGRESOR Cuando el agresor comete actos de violencia domestica será

CASTIGOS PARA EL AGRESOR Cuando el agresor comete actos de violencia domestica será sancionado así: � Debe prestar obligatoriamente servicios a la comunidad, realizando actividades impuestas por el (la) juez (a) tales como: barrer la calles, limpiar sanitarios públicos, pintar escuelas, abrir zanjas para agua o alcantarillado, por el termino de uno(1) a tres (3) meses si la denuncia de violencia domestica se pudo comprobar.

�La prestación del servicio a la comunidad consistirá en una profesión u oficio diferente

�La prestación del servicio a la comunidad consistirá en una profesión u oficio diferente a la que realiza el denunciado y será equivalente a una jornada de dos (2) horas diarias y serán determinadas por la alcaldía municipal correspondiente.

Al encarcelamiento por el delito de desobediencia por el incumplimiento de la sanción (

Al encarcelamiento por el delito de desobediencia por el incumplimiento de la sanción ( articulo nro. 346 del código penal) � �A restituir los gastos y reparar los daños ocasionados a la victima.

AUTORIDADES COMPETENTES PARA CONOCER LOS CASOS DE VIOLENCIA DOMÉSTICA �Juzgados Especiales De Violencia Domestica

AUTORIDADES COMPETENTES PARA CONOCER LOS CASOS DE VIOLENCIA DOMÉSTICA �Juzgados Especiales De Violencia Domestica �Fiscalía Especial De La Mujer �Comisionado Nacional De Los Derechos Humanos �Policía Nacional (Postas Policiales Línea 114) �Dirección Nacional De Investigación Criminal (D. N. I. C. ) �Centro De Derechos De Mujeres (C. D. M. ) �Asociación De Mujeres Por La Paz Visitación Padilla �Centro De Estudios De La Mujer Hondureña �Consultorio Gratuito De Las Universidades UNAH, Católica, UTH

estadísticas

estadísticas

� Bolivia: El 66% de los 1, 432 casos de agresión física denunciados en

� Bolivia: El 66% de los 1, 432 casos de agresión física denunciados en la Clínica Forense de La Paz en 1996 eran mujeres; de estas, un 60. 7% fueron agredidas por el cónyuge, un 22. 6% fueron violadas, y un 16. 7% fueron agredidas por otros familiares o vecinos. Chile: En Santiago, el 80% de las mujeres han sido víctimas de abuso físico, emocional o sexual por parte de su compañero o de un familiar. <Colombia: El 65% de las mujeres declaran haber sido golpeadas por su marido o compañero. Costa. Rica: El 95% de las madres jóvenes son víctimas de incesto.

� Perú: El 70% de todos los crímenes denunciados a la policía son mujeres

� Perú: El 70% de todos los crímenes denunciados a la policía son mujeres golpeadas por sus maridos. En el Hospital Materno de Lima, el 90% de las madres de entre 12 y 16 años han sido violadas por su padre, padrastro, o por un familiar cercano. Venezuela: En Caracas, durante la primera semana de funcionamiento del Servicio Municipal para Mujeres, en 1985, el 89% de los casos atendidos estaban relacionados con el grave maltrato físico por parte de sus compañeros. � Nicaragua: Según el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), el 52% de las mujeres de Managua (el 60% según varias organizaciones no gubernamentales) sufren algún tipo de violencia a manos de su pareja. La violencia doméstica le cuesta al Estado 29. 5 millones de dólares al año (el 1. 6% del producto interior bruto) sólo en pérdidas laborales. � � El 30% de las mujeres que sufrieron abusos en 1997 fueron hospitalizadas, y de ellas un 15% necesitó cirugía compleja. En el barrio Cuba libre de Managua el 95% de las agresiones a mujeres ocurren en el domicilio familiar; en un 53% de los casos el hombre estaba bebido y en un 47% el motivo de la paliza era los celos.

�San Pedro Sula, Honduras. (05 mayo 2009) Cada día la violencia familiar aumenta a

�San Pedro Sula, Honduras. (05 mayo 2009) Cada día la violencia familiar aumenta a niveles alarmantes en el país. Sólo en los tres últimos meses se registraron más de mil denuncias en el Ministerio Público. La violencia doméstica constituye el delito más frecuente en Honduras, donde cada trimestre los juzgados registran un promedio de dos mil 500 denuncias. Los casos relacionados con esa problemática encabezan la lista de las acusaciones que ingresan al Ministerio Público. Sin embargo, la respuesta investigativa es la más baja en relación con el resto de las violaciones, afirmó la fiscal especial de la Mujer, Irma Grissel.

�“En el país van subiendo cada vez más los índices de violencia doméstica e

�“En el país van subiendo cada vez más los índices de violencia doméstica e intrafamiliar y en consecuencia aumentan las muertes”, subrayó la fiscal. La indiferencia estatal agrava esa situación que afecta principalmente a las féminas, quienes realizaron unas dos mil 744 denuncias contra hombres (agresores más comunes) en el 2008, explicó. Al respecto, la abogada Marla Irina Cruz del Centro de Derechos de Mujeres, indicó que el Estado emite leyes que amparan a las víctimas de actos brutales en el seno familiar, pero le falta voluntad para ejecutarlas.

�La fiscal de la Mujer, Claudia Calderón, explicó que las estadísticas demuestran que en

�La fiscal de la Mujer, Claudia Calderón, explicó que las estadísticas demuestran que en el primer trimestre de 2009 las denuncias por violencia doméstica se han incrementado en comparación a otros años. Cada mes el Ministerio Público recibe un promedio de 300 denuncias de violencia doméstica y en los últimos meses se han incrementado porque el último trimestre se cerró con más de mil denuncias y en 2008 se dieron tres mil denuncias.

CONCLUSIONES Según las investigaciones realizadas, podemos concluir: � Que la aplicación de la Ley

CONCLUSIONES Según las investigaciones realizadas, podemos concluir: � Que la aplicación de la Ley contra la Violencia Doméstica, ha generado una disminución en la denuncia a nivel nacional en el presente año por lo que se presume, que la efectividad de la ley ha sido positiva, ya sea por que los hombres se abstienen de agredir a las mujeres por temor a las sanciones legales que la ley dicta. � Se desconocen las estadísticas de los casos denunciados antes de la entrada en vigencia de la aplicación de la ley contra la Violencia Doméstica, por ser manejadas como una problemática de orden privado y con el objetivo de lograr una conciliación de pareja. � Las instituciones que aplican la ley de Violencia Doméstica , tienen representatividad en los dieciocho(18) departamentos y 298 municipios del país, a través de las Oficinas Municipales de la Mujer, los Juzgados Móviles, Oficinas del INAM, ONG’s dedicadas a la defensa de los Derechos de la Mujer, Postas policiales, a fin de garantizar el acceso la justicia , el respeto de los derechos y la seguridad de la mujer hondureña.

FAMILIA Y AUTOESTIMA

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MUJER

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GRACIAS POR SU ATENCIÓN !!

GRACIAS POR SU ATENCIÓN !!