Universidad Nacional de Colombia Facultad de Derecho y
Universidad Nacional de Colombia Facultad de Derecho y Ciencias Políticas. Sede Bogotá 2018 Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos Docente: Harbey Peña Sandoval. Presentado por: Paula Andrea Ortegón Herrera Eliana del Pilar Serrano Mariño Daniel Arturo Suárez Solano Pilar del Socorro Urbina Villalobos Angela López Ferreira Álvaro José Marín Arias
Articulación y Complementación entre el Arbitraje y la Amigable composición.
Arbitraje ¿ Qué es? Es un M. A. S. C en el que un “ tercero imparcial” soluciona un conflicto. Profiere una decisión denominada Laudo arbitral. Contexto Normativo Cons. Política. Artículo 116 Ley 1563 de 2012 ¿ Cómo surge? Principio de la “autonomía de la voluntad de las partes” Caracteristicas de la decisión: “ Laudo arbitral” tiene efectos de una sentencia y de “cosa juzgada”. Sentencia C- 014 /10 Arbitro: Es un tercero imparcial, particular investido por la ley para adminstar justicia, dirimir conflictos. Naturaleza: Heterocompositiva. Procesal- Formal La ley consagra expresamente cuales controversias son objeto de arbitramento y cuales no ( concordancia: Código Civil art. 16).
Características del Arbitraje Oneroso Temporal Voluntad de las partes De orden procesal Excepcional
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Amigable Composición Definición: M. A. S. C particulares-entidades públicas delegan a un AMIGABLE COMPONEDOR para dirimir controversia contractual Vínculo entre el A. C y las partes : Contrato de mandato. Se firma un “ convenio de compisición”. Contexto Normativo: artículo 116 y 128 Cons. Política, ley 1563 de 2012, concordancia artí. 2469, 2483 C. C Amigable Componedor: es Singular o plural. Nombrado por las partes o por un tercero designado. Está facultado para decidir con fuerza vinculante entre las partes y dar cumplimeinto de una relación jurídica sustancial suceptible de transacción. Naturaleza: modalidad de negocio contractual cuyo origen deviene de las instituciones de derecho sustancial, en especial, del derecho de los contratos.
Características de la Amigable Composicón De orden sustancial Partes suscriben acuerdos que hacia futuro son vinculantes y definitivos. Voluntad de las partes Opera en materia contractual La decisión no es de naturaleza judicial y se delega a un tercero.
Ventajas de la Amigable Composición. El acuerdo logrado tiene efectos de transacción Solución pronta y amistosa de los conflictos contractuales El amigable componedor debe tener conocimientos particulares y técnicas en el caso que debe resolver Las partes pueden elegir directamente al A. C o a un tercero que lo designe examinando sus calidades.
Semejanzas y complementación entre ambos mecanismos. El arbitramento y la amigable composición se legitiman por el acuerdo de voluntad de las partes, con el fin de que particulares puedan dirimir un conflicto de intereses. (El Congreso de la República de Colombia, 2010) Ambos son agiles y pertinentes para la solución de conflictos. Se complementan ya que unen criterios y normas legales para agilizar el aparato jurisdiccional y evitar congestiones judiciales Ambos mecanismos son de carácter temporal, es decir, tanto árbitro como amigable componedor están facultados para actuar mientras finaliza el procedimiento. (Corte Constitucional de Colombia, 2010)
Articulación y concordancias- Arbitro y Amigable componedor. Tanto en la amigable composición como en el arbitraje un tercero interviene para solucionar el conflicto Los árbitros o amigables componedores pueden ser uno o varios. La designación de los árbitros y del amigable componedor se puede encomendar a un tercero. (Corte Constitucional de Colombia, 2000)
Ariculación y complementariedad en las decisiones, propuesta concreta.
Fuentes de Información Imágenes: Buscador GOOGLE, febrero de 2018. Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá. (05 de mayo de 2017). Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá. Obtenido de https: //www. centroarbitrajeconciliacion. com/Sobre-nosotros-CAC/Reglamento-general Corte Constitucional de Colombia. (09 de mayo de 2012). Relatoría de la Corte Constitucional. Obtenido de http: //www. corteconstitucional. gov. co/relatoria/2012/C-330 -12. htm Corte Constitucional de Colombia. (02 de febrero de 2000). Relatoría de la Corte Constitucional. Obtenido de http: //www. corteconstitucional. gov. co/relatoria/2000/su 091 -00. htm Corte Constitucional de Colombia. (20 de enero de 2010). Relatoría de la Corte Constitucional de Colombia. Obtenido de http: //www. corteconstitucional. gov. co/relatoria/2010/c-014 -10. htm El Congreso de la República de Colombia. (2010). Consejo Superior de la Judicatura, Sala Administrativa, Centro de Documentación Judicial. Obtenido de https: //www. ramajudicial. gov. co/documents/10228/1547471/CONSTITUCION-Interiores. pdf El Congreso de la República de Colombia. (12 de julio de 2012). Alcaldía Mayor de Bogotá D. C. Obtenido de Ley 1563 de 2012: http: //conciliacion. gov. co/portal/Amigable-Composici%C 3%B 3 n/-Qu%C 3%A 9 -es-Amigable-Composici%C 3%B 3 n Corte Constitucional de Colombia. (09 de mayo de 2012). Relatoría de la Corte Constitucional de Colombia. Obtenido de http: //www. corteconstitucional. gov. co/relatoria/2012/C-330 -12. htm Corte Constitucional de Colombia. (19 de enero de 2010). Relatoría de la Corte Constitucional de Colombia. Obtenido de http: //www. corteconstitucional. gov. co/relatoria/2010/c-014 -10. htm Corte Constitucional de Colombia. (Corte Constitucional 2 de Febrero de 2000). Relatoría de la Corte Constitucional de Colombia. Obtenido de http: //www. corteconstitucional. gov. co/relatoria/2000/su 091 -00. htm Corte Constitucional de Colombia. (20 de enero de 2005). Relatoría de la Corte Constitucional de Colombia. Obtenido de http: //www. corteconstitucional. gov. co/relatoria/2005/t-017 -05. htm Escobar, C. M. (2013). Clases de Arbitraje en la Nueva Ley de Arbitraje. En Estatuto Arbitral Colombiano (págs. 2 -3). Colombia: Consejo de Estado Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, en sentencia del 6 de febrero de 1998 Radicación No. 11477,
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