Universidad de Oviedo Derecho Constitucional I Leccin 1

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Universidad de Oviedo Derecho Constitucional I Lección 1: La formación del Estado moderno y

Universidad de Oviedo Derecho Constitucional I Lección 1: La formación del Estado moderno y del Estado constitucional Paloma Requejo Rodríguez-Miguel A. Presno Linera Profesores Titulares de Derecho Constitucional presno@uniovi. es http: //presnolinera. wordpress. com http: //www. uniovi. es/contitucional/miembr/presno. htm

LOS ORDENAMIENTOS JURÍDICOS PREESTATALES I 1. Ubicación cronológica: De la Edad antigua al renacimiento

LOS ORDENAMIENTOS JURÍDICOS PREESTATALES I 1. Ubicación cronológica: De la Edad antigua al renacimiento 2. Presupuestos económicos, sociales, políticos y filosóficos A) Localismo económico y político B) Relaciones sociales primarias y secundarias C) Presencia espiritual y terrenal de la Iglesia D) Identidad de lo público y de lo privado E) Aristotelismo y escolástica 1. El hombre es un ser social por naturaleza, lo que sólo es posible en la comunidad o polis; 2. Tan natural como el hombre y la sociedad es la existencia en su seno de relaciones de dominación => necesaria organización política; 3. La naturaleza o Dios fundamentan el poder político, pero también lo limitan, en tanto debe cumplir determinados fines: realizar la naturaleza humana, la voluntad divina o el bien común; 4. Teoría de los regímenes: Formas puras y corruptas de gobierno; 5. Derecho de resistencia.

LOS ORDENAMIENTOS JURÍDICOS PREESTATALES II 3. Caracteres A) Dispersión de procedimientos de creación normativa:

LOS ORDENAMIENTOS JURÍDICOS PREESTATALES II 3. Caracteres A) Dispersión de procedimientos de creación normativa: Descentralización 1. Derecho popular: consuetudinario o de juristas 2. Derecho real B) Fundamentos metapositivos de validez: antigüedad y justicia; C) Límites metapositivos de validez: derecho natural o derecho divino; D) Estatismo: Reducida innovación y mutabilidad del derecho; E) Relación entre derechos no de jerarquía, sino de eficacia//aplicabilidad; F) Ausencia de “problema constitucional”. Función Leyes Fundamentales.

LOS ORDENAMIENTOS JURÍDICOS ESTATALES I 1. Presupuestos económicos, sociales, políticos y filosóficos: A) Decadencia

LOS ORDENAMIENTOS JURÍDICOS ESTATALES I 1. Presupuestos económicos, sociales, políticos y filosóficos: A) Decadencia feudalismo, economía de propiedad privada, auge comercio, mercantilismo, desarrollo monetario y finanzas internacionales; B) Dinamicidad social; C) Pérdida de la influencia universal de la Iglesia por la caída del Sacro Imperio romano-germánico y la reforma protestante; D) Separación de lo público y lo privado; E) Racionalismo filosófico, individualismo y separación entre moral y derecho: Hobbes 1) Estado de naturaleza: hombre lobo para el hombre, 2) Pacto entre individuos aislados, libres e iguales por autoconservación y estabilidad, 3. Creación artificial del Estado soberano (Leviatán) para garantizar libertad e igualdad de unos individuos que renunciaron a sus derechos absolutos, cediendo al Estado el monopolio del uso de la fuerza y la creación del derecho, otorgándole con ello un poder ilimitado.

LOS ORDENAMIENTOS JURÍDICOS ESTATALES II 2. Caracteres: A) Centralización (no monopolio) en los procedimientos

LOS ORDENAMIENTOS JURÍDICOS ESTATALES II 2. Caracteres: A) Centralización (no monopolio) en los procedimientos de creación normativa; B) Fundamento de validez: positividad; C) Dinamicidad: 1) Posibilidad de aplicación a un número indeterminado de sujetos; 2) Posibilidad de institucionalizar el propio cambio; 3) Posibilidad ilimitada de crear normas que regulen cualquier materia; D) Relación entre derechos: jerarquía; E) Monopolio del poder público por el Estado aparato: 1) Diferencia entre Estado-ordenamiento y Estado-aparato, 2) Poder público: concepto, manifestaciones, titularidad. F) La soberanía como expresión de la positividad del ordenamiento. Aparición del “problema constitucional”.

LA SOBERANÍA 1) Ausencia del concepto en la Edad Media por autonomía del poder

LA SOBERANÍA 1) Ausencia del concepto en la Edad Media por autonomía del poder y la “iuris-dictio”; 2) Aparición del concepto por la concentración del poder normador en manos del Rey; 3) Bodino: primer teórico de la soberanía como poder supremo, originario, absoluto, único, indivisible y perpetuo; 4) Hobbes: riesgos, el Estado soberano garantiza la libertad frente a los individuos pero no frente al propio Estado; 5) Solución: atribución de la soberanía a la colectividad: A) El pacto como sumisión a la voluntad general, B) Soberanía popular fraccionada roussoniana: niega el Estado y el Derecho, C) Soberanía nacional liberal, con distinción entre titularidad y ejercicio, D) Soberanía jurídica del ordenamiento y soberanía nacional/popular como indicadores de una determinada estructuración del ordenamiento.