Universidad de Cuenca Facultad de Psicologa Orientacin Educativa

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Universidad de Cuenca Facultad de Psicología Orientación Educativa Integrantes: Curso: Andrea Bermeo Jessica Jarro

Universidad de Cuenca Facultad de Psicología Orientación Educativa Integrantes: Curso: Andrea Bermeo Jessica Jarro Gonzálo Reinoso 9 no Educativa Profesora: Mgt. Ma. Lourdes Pacheco Fecha: 06/05/2019

“ ACCIÓN TUTORIAL Y REGLAMENTO DEL DECE 2

“ ACCIÓN TUTORIAL Y REGLAMENTO DEL DECE 2

Ø ACCIÓN TUTORIAL ¿Qué es? Son acciones educativas que contribuyen al desarrollo y fortalece

Ø ACCIÓN TUTORIAL ¿Qué es? Son acciones educativas que contribuyen al desarrollo y fortalece las capacidades básicas de los alumnos, orientándolos a tomar decisiones para su futuro académico y profesional de acuerdo a sus necesidades, intereses y capacidades. 3

“ La tutoría no es una acción aislada, sino una acción colectiva y coordinada

“ La tutoría no es una acción aislada, sino una acción colectiva y coordinada que implica a toda la Institución Educativa. 4

1. Objetivos de la acción tutorial

1. Objetivos de la acción tutorial

1. Contribuir a la individualización de la educación 2. Contribuir al carácter integral de

1. Contribuir a la individualización de la educación 2. Contribuir al carácter integral de la educación favoreciendo el desarrollo de todos los aspectos de la persona 3. Favorecer los procesos de madurez personal, de desarrollo de la propia identidad y sistema de valores y de toma de decisiones. 6

4. Contribuir a la adecuada relación e interacción entre los distintos integrantes de la

4. Contribuir a la adecuada relación e interacción entre los distintos integrantes de la comunidad educativa 5. Proponer recursos didácticos para desarrollar la sesión de tutoría. 6. Fomentar e impulsar la colaboración familia-escuela en la tarea educativa. 7

Principios generales ▪ Labor pedagógica ▪ Acción de enseñanza ▪ Tutoría como proceso de

Principios generales ▪ Labor pedagógica ▪ Acción de enseñanza ▪ Tutoría como proceso de enseñanza

Tipos de Tutoría ▪ ▪ ▪ Tutoría Individual Tutoría en pequeños grupos Tutoría Grupal.

Tipos de Tutoría ▪ ▪ ▪ Tutoría Individual Tutoría en pequeños grupos Tutoría Grupal. Tutoría de Pares Co – tutoría

RECUPERACIÓN PEDAGÓGICA 11

RECUPERACIÓN PEDAGÓGICA 11

Ø Definición ▪ Es el conjunto de actividades educativas que complementan, consolidan o enriquecen

Ø Definición ▪ Es el conjunto de actividades educativas que complementan, consolidan o enriquecen la acción educativa ordinaria y principal del hecho educativo.

Objetivos de la Recuperación Pedagógica

Objetivos de la Recuperación Pedagógica

Potenciar las capacidades de los estudiantes para mejorar sus destrezas en la construcción del

Potenciar las capacidades de los estudiantes para mejorar sus destrezas en la construcción del conocimiento. Generar nuevas estrategias educativas para los estudiantes. Propiciar el desarrollo del pensamiento creativo, la resolución de problemas y la toma de decisiones.

RECUPERACIÓN PEDAGÓGICA EN EL REGLAMENTO A LA LOEI.

RECUPERACIÓN PEDAGÓGICA EN EL REGLAMENTO A LA LOEI.

Ø Art. 117. - De la Jornada Laboral. ▪ Señala que se deberán planificar

Ø Art. 117. - De la Jornada Laboral. ▪ Señala que se deberán planificar "actividades de recuperación pedagógica“. 16

Art. 204. - Proceso de evaluación, retroalimentación y refuerzo académico. ▪ A fin de

Art. 204. - Proceso de evaluación, retroalimentación y refuerzo académico. ▪ A fin de promover el mejoramiento académico y evitar que los estudiantes finalicen el año escolar sin haber cumplido con los aprendizajes esperados las I. E. deben cumplir, como mínimo, con los procesos de evaluación, retroalimentación y refuerzo académico. 17

Art. 210. - Examen de recuperación o de la mejora del promedio. ▪ El

Art. 210. - Examen de recuperación o de la mejora del promedio. ▪ El examen de recuperación tiene como objetivo dar la oportunidad de mejorar los promedios y se ofrece a cualquier estudiante que hubiere aprobado la asignatura con un promedio inferior a 10. 18

Art. 212. - Examen supletorio. ▪ Si un estudiante hubiere obtenido un puntaje promedio

Art. 212. - Examen supletorio. ▪ Si un estudiante hubiere obtenido un puntaje promedio anual de 5 a 6, 9/10 como nota final de cualquier asignatura, podrá rendir un examen supletorio acumulativo, que será una prueba de base estructurada. 19

Art. 213. - Examen remedial. ▪ Si un estudiante hubiere obtenido un puntaje promedio

Art. 213. - Examen remedial. ▪ Si un estudiante hubiere obtenido un puntaje promedio anual menor a 5/10 como nota final de cualquier asignatura o no aprobare el examen supletorio, el docente de la asignatura correspondiente deberá elaborar un cronograma de actividades académicas para que 15 días antes de la fecha de inicio de clases, rinda por una sola vez un examen remedial acumulativo. 20

REGLAMENTO DEL DECE 21

REGLAMENTO DEL DECE 21

Ø DECE - Responsable de la atención integral de los estudiantes. - Su propósito:

Ø DECE - Responsable de la atención integral de los estudiantes. - Su propósito: brindar apoyo y acompañamiento psicológico, psicoeducativo, emocional y social, en concordancia con el marco legal vigente. 22

Normativa para la Implementación, Organización y Funcionamiento del DECE. 23

Normativa para la Implementación, Organización y Funcionamiento del DECE. 23

Ø Art. 5. - Criterio de Conformación Número estudiantes de Número de profesionales en

Ø Art. 5. - Criterio de Conformación Número estudiantes de Número de profesionales en el DECE 450 - 675 Un profesional 676 - 1125 Dos profesionales 1126 - 1575 Tres profesionales 24

▪ Para el caso de las instituciones educativas de 450 a 675 estudiantes que

▪ Para el caso de las instituciones educativas de 450 a 675 estudiantes que cuenten con más de una jornada, se podrá vincular un profesional adicional. 25

La conformación del equipo de profesionales del DECE, se sujetará a los siguientes criterios:

La conformación del equipo de profesionales del DECE, se sujetará a los siguientes criterios: 3. En el caso de requerir más de tres profesionales, la selección del perfil se realizará en función de las necesidades de la institución educativa y lo establecido en esta normativa. Profesionales del DECE 1. El primer y segundo profesional deberá contar con un título de tercer nivel en el campo de la psicología y/o de apoyo a la inclusión 2. El tercer profesional deberá contar con un título de tercer nivel preferentemente en trabajo social 26

Ø Art. 8. - Confidencialidad y registro de información ▪ El personal está obligado

Ø Art. 8. - Confidencialidad y registro de información ▪ El personal está obligado a garantizar la no divulgación de la información confidencial que ha sido revelada por los estudiantes; salvo aquellas situaciones en donde se deba precautelar el interés superior del NNA o sea requerido por parte las autoridades del sistema de justicia. 27

Ø Art. 9. - Responsabilidad. ▪ En caso de que se tenga conocimiento de

Ø Art. 9. - Responsabilidad. ▪ En caso de que se tenga conocimiento de hechos que podrían considerarse infracciones penales o que afecten la integridad física, psicológica y/o sexual de los estudiantes, se deberá proceder de acuerdo a la normativa vigente y a las rutas y protocolos de actuación establecidas para el efecto. 28

Ø Art. 12. - Jornada Laboral ▪ Instituciones educativas de sostenimiento fiscal, todos los

Ø Art. 12. - Jornada Laboral ▪ Instituciones educativas de sostenimiento fiscal, todos los profesionales que conforman el DECE deberán completar cuarenta (40) horas semanales de trabajo. 29

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