UNIDAD DIDCTICA 1 El DERECHO DEL TRABAJO Unidad
UNIDAD DIDÁCTICA 1: El DERECHO DEL TRABAJO
Unidad Didáctica 1: El Derecho del trabajo ¿Qué es el Derecho? Es el conjunto de normas, reglas y principios que regulan las relaciones sociales que la convivencia humana, en cada momento histórico, ha hecho necesarias.
Unidad Didáctica 1: El Derecho del trabajo La historia social del trabajo Antigüedad Esclavos: (3000 a. c. hasta siglo V d. c. ) §No eran considerados personas sino cosas. §Fue legal en Europa y América hasta el siglo XIX. Alta Edad Media Siervos: (Siglo V al siglo XI) §Trabajaban la tierra del señor feudal y ligados a ella. §Eran dueños de su economía privada. Baja Edad Media Gremios: (Siglo XII al siglo XV) §Grupos cerrados de artesanos y comerciantes. §Tres tipos: maestros, oficiales y aprendices. Revolución Industrial Obreros: § Aparición fábricas e innovaciones tecnológicas. (Siglo XVIII al siglo XX) Nacimiento Derecho Laboral Intervención del Estado en las relaciones laborales. § Contrato de arrendamiento de servicios. PROTEGE A LOS TRABAJADORES Mejores condiciones sociales y económicas. Aparición de los sindicatos.
Unidad Didáctica 1: El Derecho del trabajo ¿Qué es el Derecho del trabajo? relaciones individuales y colectivas que se desarrollan en el ámbito profesional y que tienen su origen en el trabajo prestado de forma personal, voluntaria, por cuenta ajena y en dependencia del empresario/a.
Unidad Didáctica 1: El Derecho del trabajo Relación laboral PERSONAL Es el propio trabajador el que debe acudir personalmente a trabajar, no puede enviar a nadie a trabajar por él. VOLUNTARIO REQUISITOS Nadie está obligado a firmar un contrato de trabajo. Además se puede renunciar al contrato preavisando con unos plazos. Para ser CONTRATO DE TRABAJO RETRIBUIDO Se debe obtener un beneficio económico, se trabaja por dinero no por amistad o ayuda a otra persona. DEPENDIENTE El trabajador tiene que cumplir las instrucciones de la empresa. CUENTA AJENA El trabajador cobra un salario fijo con independencia de si la empresa ha obtenido beneficios
Unidad Didáctica 1: El Derecho del trabajo y la relación laboral Relaciones de trabajo RELACIONES DE TRABAJO Relaciones laborales especiales Relaciones no laborales Se regulan por … Derecho laboral Norma especial Otras normas
Unidad Didáctica 1: El Derecho del trabajo y la relación laboral Relaciones laborales especiales §El personal de alta dirección §El servicio del hogar familiar §Los penados en instituciones penitenciarias Relaciones laborales especiales §Los deportistas profesionales §Los artistas en espectáculos públicos §Los representantes de comercio sin asumir el riesgo §Los minusválidos en centros especiales de empleo §Los estibadores portuarios §Cualquier otro declarado por una ley
Unidad Didáctica 1: El Derecho del trabajo y la relación laboral Relaciones no laborales §La relación de servicio de los funcionarios públicos §Las prestaciones personales obligatorias §La de los consejeros en las empresas societarias cuando no desarrollen otra actividad en la empresa Relaciones no laborales §Los trabajos realizados a título de amistad, benevolencia o buena vecindad §Los trabajados familiares, salvo que asalariado §Los agentes comerciales que asuman el riesgo §La actividad de los transportistas con autorización §La de los trabajos efectuados por cuenta propia
Unidad Didáctica 1: El Derecho del trabajo y la relación laboral Fuentes generales del Derecho ¿Quién crea el Derecho? Los poderes o colectivos con facultad para crear normas Fuentes materiales §Poder legislativo §Poder ejecutivo §Otros órganos: (diputaciones, Municipios, …) ¿Cómo se manifiestan las normas que constituyen el Derecho? Existen diferentes formas mediante las que se puede crear las normas jurídicas Fuentes formales §La ley (conjunto de normas escritas) §La costumbre (actuar de una colectividad) §Los principios generales del Derecho (reglas que se aplican cuando no existe ley o costumbre aplicable)
Unidad Didáctica 1: El Derecho del trabajo Fuentes del Derecho del trabajo 1) NORMANTIVA DE LA UE: está por encima incluso de la Constitución. Hay varios tipos de normas pero destacamos las Directivas son normas para todos los países de la UE pero cada país puede mejorarlas. JERARQUIA Fuentes del Derecho del trabajo 2) CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA: es la principal norma y reconoce algunos derechos laborales (derecho a la huelga, a los convenio colectivos, a la seguridad social, vacaciones, etc. 3) TRATADOS INTERNACIONALES: deben ser ratificados por nuestro país. Destacan los Convenios de la OIT (Organización Internacional del Trabajo. 4) LEYES: Aprueban las Cortes Generales y su función es desarrollar la Constitución. Tipos: leyes orgánicas (derechos fundamentales de la CE; huelga), leyes ordinarias (resto de los derechos), Real Decreto Legislativo (unificar varias leyes, ET), Real Decreto Ley (aprobado por el gobierno en caso de urgente necesidad pero después convalidado por el congreso.
Unidad Didáctica 1: El Derecho del trabajo Fuentes del Derecho del trabajo 5) REGLAMENTOS: los aprueba el gobierno y su función es concretar aún más las leyes. JERARQUIA 6) CONVENIOS COLECTIVOS: son un pacto privado entre sindicatos y empresarios que tiene fuerza de norma. La ley marca un mínimo y luego el CC puede mejorarlo. Fuentes del Derecho del trabajo 7) CONTRATOS DE TRABAJO: es un pacto privado entre un trabajador y un empresario. Puede mejorar la ley y el CC. 8) USOS Y COSTUMBRES: es una norma de conducta por una práctica social constante, local y profesional Solo si no hay una norma que se aplique a un caso concreto (los camareros en Canarias han de ir afeitados….
Unidad Didáctica 1: El Derecho del trabajo y la relación laboral Principales leyes laborales Estatuto de los trabajadores Ley Orgánica de Libertad Sindical Legislación básica por la que se rige el Derecho Laboral. Desarrolla los principales derechos y deberes laborales de la C. E. Regula el derecho constitucional a la sindicalización, su régimen jurídico, representatividad, la acción sindical y la tutela libertad sindical Ley de prevención de Regula las medidas y las actividades necesarias para la prevención de los riesgos derivados del trabajo riesgos laborales Ley General de la Seguridad Social Regula la estructura, funcionamiento y gestión de la S. S. : afiliación, cotizaciones, recaudación y prestaciones Ley de Infracciones y sanciones en el orden Regula las infracciones y sanciones en el orden social
Unidad Didáctica 1: El Derecho del trabajo Principios de aplicación del Dº Laboral Principio de irrenunciabilidad de derechos Los trabajadores no pueden renunciar a los derechos que tengan reconocidos en las normas legales (p. e. al salario o vaciones) Principio in dubio pro operario En caso de duda las normas se interpretarán a favor del trabajador (p. e. en los finiquitos se incluyen las pagas extras)
Unidad Didáctica 1: El Derecho del trabajo Principios de aplicación del Dº Laboral Principio de jerarquía normativa Principio de Condición más beneficiosa Las normas superiores están por encima de las inferiores (p. e. una ley no puede contradecir a la CE) Si el contrato pactase una condición más beneficiosa para el trabajador de lo que dicen las leyes o los convenios se aplicaran estas condiciones.
Unidad Didáctica 1: El Derecho del trabajo y la relación laboral Derechos y deberes laborales T r a b a j a d o r e s Cumplir la normativa laboral Derechos Deberes Básicos Respetar De la relación laboral Exigir, controlar y sancionar Poder de dirección Poder disciplinario Deberes Potestades E m p r e s a r i o s
Unidad Didáctica 1: El Derecho del trabajo Derechos laborales §Libre sindicalización, elegir si sindicarse o no. § Negociar convenios colectivos. Derechos colectivos §Reunión §Derecho a la huelga §Participación en la empresa; a través de los delegados de personal y lo comités de empresa
Unidad Didáctica 1: El Derecho del trabajo Derechos laborales §Ocupación efectiva del puesto (el empresario debe darle trabajo) §Promoción y formación profesional en el trabajo (ascensos si regulados por CC, a acudir a exámenes oficiales o a elegir turno para estudios oficiales) §Política de seguridad e higiene Derechos individuales §Respeto a la intimidad y a la dignidad (Protección frente a ofensas verbales, físicas o sexuales) §Percepción puntual del salario (el impago o retraso son motivo de extinción del CT por el trabajador) §Al descanso (vacaciones, descanso semanal, etc. ) §Trato igual y no discriminatorio por razón de sexo, raza, creencias religiosas, estado civil. .
Unidad Didáctica 1: El Derecho del trabajo y la relación laboral Deberes de los trabajadores §Actuar de buena fe (p. e no divulgar secretos de la empresa. Trabajar con honestidad) §Actuar con diligencia (poner cuidado y atención en el trabajo) §Observar las medidas de seguridad e higiene Deberes laborales §Cumplir las ordenes e instrucciones del empresario (siempre que sean legales y no supongan un daño para el trabajador y no afecte a su vida privada o dignidad) §Contribuir a la mejora de la productividad en la empresa (que la cantidad y calidad de lo producido sea mayor y mejor) §No realizar competencia desleal (p. e. no trabajar de lo mismo en otra empresa)
Unidad Didáctica 1: El Derecho del trabajo El poder de dirección y vigilancia El poder de dirección supone que el empresario tiene el poder de dictar instrucciones a los trabajadores siempre que sean legales y no supongan un daño o afecten a su vida privada. El poder de vigilancia Registros Vigilancia por cámaras Si se tiene la seguridad o se sospeche que un trabajador ha realizado un robo se podrá registrar al propio trabajador, su taquilla, bolsos o vehículo. Presencia de un representante de los trabajador u otro trabajador. Se podrá vigilara mediante cámaras en los lugares de trabajo no en zonas de descanso, vestuarios, comedores o servicios. Deberán estar desprovistas de audio. Los representantes de los trabajadores deberán estar informados.
Unidad Didáctica 1: El Derecho del trabajo Poder disciplinario 1. Los convenio colectivos son los que establecen que conductas son faltas leves, graves y muy graves El empresario puede sancionar al trabajador por incumplir sus órdenes 2. Los convenios colectivos también señalan el tipo de sanciones que dichas faltas llevan aparejadas 3. Las sanciones nunca podrán reducir el sueldo o la pérdida de vacaciones o descanso obligatorio 4. Si el trabajador no está conforme podrá reclamar ante el juzgado en el plazo de 20 días 5. Cuando han pasado un tiempo (10 días para las leves, 20 para las graves y 60 para las muy graves) las faltas prescriben
Unidad Didáctica 1: El Derecho del trabajo y la relación laboral La administración laboral La Administración laboral tiene como principales funciones: Desarrollar la política laboral mediante el MTAS y las consejerías de las CCAA Velar por el cumplimiento de la normativa laboral mediante la Inspección de Trabajo Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales: El ministro es el máximo responsable político y administrativo. Su intervención normativa mediante Reales Decretos y Ordenes Ministeriales. Las funciones del MTAS se descentralizan a través de la Direcciones Provinciales. Competencias de las comunidades autónomas: El Estado tiene competencia exclusiva en promulgación de la normativa y las CCAA en función de sus estatutos podrán dictar normas de desarrollo y ejecutar la normativa estatal laboral a través de las consejerías.
Unidad Didáctica 1: El Derecho del trabajo y la relación laboral La Inspección de Trabajo FUNCIONES §Investigar las infracciones en materia laboral, de seguridad e higiene y proponer, en su caso, a la autoridad laboral la sanción correspondiente §Asesorar a los trabajadores y empresarios sobre sus derechos y obligaciones §Mediar en los conflictos colectivos de trabajo §Emitir informes en procesos de clasificación profesional, expedientes de crisis y accidentes de trabajo §Adoptar medidas en materia de seguridad e higiene para proteger la salud de los trabajadores
Unidad Didáctica 1: El Derecho del trabajo y la relación laboral La jurisdicción Social Tribunal Supremo Audiencia Nacional Recurso de suplicación Tribunales Superiores de Justicia de las comunidades autónomas Juzgados de lo Social Recurso de casación
Unidad Didáctica 1: El Derecho del trabajo Los tribunales laborales JUZGADO DE LO SOCIAL Es el primer órgano judicial al que se acude cuando un trabajador interpone una demanda Su ámbito es provincial TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Resuelve los recursos de suplicación contra las sentencias de los juzgados de lo social su ámbito es autonómico AUDIENCIA NACIONAL Resuelve materias sindicales y colectivas que Traspasen una comunidad autónoma TRIBUNAL SUPREMO Resuelve los recursos de casación contra las Sentencias de los Tribunales Superiores de Justicia. Ámbito estatal TRIBUNAL CONSTITUCIONAL No es un tribunal laboral sin embargo puede Interpretar artículos de la CE como el derecho A la intimidad, no discriminación…
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