TUTELAS Y SEGURIDAD SOCIAL POSIBLES CAUSAS Y CONSECUENCIAS
TUTELAS Y SEGURIDAD SOCIAL, POSIBLES CAUSAS Y CONSECUENCIAS Seminario “XXXXXX” 8 de mayo de 2005 Medellín, Colombia GINA MAGNOLIA RIAÑO BARON Directora OISS Ex Ministra de Trabajo y Seguridad Social
AGENDA I. ANTECEDENTES II. SITUACIÓN ACTUAL DE LAS TUTELAS EN SEGURIDAD SOCIAL III. . IMPACTO ECONÓMICO DE LAS TUTELAS EN SALUD. IV. JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL. DE LA CORTE V. . CAUSAS Y CONSECUENCIAS DE LA ACCIÓN DE TUTELA.
I. ANTECEDENTES La acción de tutela es considerada como un compromiso internacional (Artículo 18 Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre). ü La Constitución Política de Colombia dentro del Título I de los Principios Fundamentales establece que éste es un Estado Social de Derecho, que se funda en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general, lo que se traduce en un Estado de Bienestar, cuyos tres pilares son: salud, pensiones y educación, además del impulso que hoy se está dando a los servicios sociales. . ü En el Título I de los Principios Fundamentales fija que éste es un Estado Social de Derecho, que se funda en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general. ü Por su naturaleza la acción de tutela debe ser garantista ya que se deriva del reconocimiento de derechos fundamentales.
II. SITUACIÓN ACTUAL DE LAS TUTELAS EN SEGURIDAD SOCIAL Estudio OISS • Datos del avance exploratorio en instituciones del SGSS: • 50. 000 a 60. 000 tutelas en 12 meses • 170 a 200 tutelas día (Mes de 22 días hábiles) • 20 a 25 tutelas hora (Día de 10 horas hábiles) • Cada 4 a 5 minutos se instaura una tutela
II. SITUACIÓN ACTUAL DE LAS TUTELAS EN SEGURIDAD SOCIAL Estudio OISS • Datos del avance exploratorio en instituciones del SGSS: • El 80% de las tutelas se radican contra instituciones públicas • Más del 75% de las tutelas afectan el régimen de prestación de servicios de salud, seguido del régimen de pensiones (18%) y del régimen de riesgos profesionales (7%).
II. SITUACIÓN ACTUAL DE LAS TUTELAS EN SEGURIDAD SOCIAL Estudio OISS • Datos del avance exploratorio en instituciones del SGSS: • Cerca del 80% de las tutelas instauradas son concedidas en primera instancia • Mas del 70% de las tutelas concedidas en primera instancia son confirmadas por la Corte Constitucional. • Cerca del 60% de las tutelas concedidas generan recobros al Ministerio de la Seguridad Social (FOSYGA)
II. SITUACIÓN ACTUAL DE LAS TUTELAS EN SEGURIDAD SOCIAL Estudio OISS • Datos del avance exploratorio en instituciones del SGSS: • Alrededor del 15% de las tutelas concedidas en primera instancia son impugnadas y tramitadas en segunda instancia. • 30% de las acciones de tutela en salud, son por asuntos que deben ser cubiertos por POS, 60% sobre asuntos que están por fuera del POS y cerca del 10% son asuntos relacionados con períodos mínimos de cotización.
Distribución del número de tutelas, según datos institucionales. Julio 2003 a Junio 2004.
Sentencias Revisadas por la Corte Constitucional. Julio 2003 a Julio 2004. (398) Distribución de las tutelas revisadas por departamentos Departamento Cundinamarca Antioquia Valle del Cauca Atlántico Santander Bolívar Otros Deptos. Porcentaje (%) 32. 4 18. 1 8. 0 5. 5 28. 0 El 58% de las tutelas revisadas está distribuido entre tres departamentos: Cundinamarca, Antioquia y Valle
Sentencias Revisadas por la Corte Constitucional. Julio 2003 a Julio 2004. (398) Distribución de las tutelas revisadas por sistema
Sentencias Revisadas por la Corte Constitucional. Julio 2003 a Julio 2004. (398) Distribución de las tutelas revisadas por tipos de usuario
Sentencias Revisadas por la Corte Constitucional. Julio 2003 a Julio 2004. (398) Distribución de las tutelas revisadas por Primera Instancia
Sentencias Revisadas por la Corte Constitucional. Julio 2003 a Julio 2004. (398) Distribución de las decisiones de Primera Instancia
Sentencias Revisadas por la Corte Constitucional. Julio 2003 a Julio 2004. (398) Distribución de las decisiones de Primera Instancia según régimen de seguridad social Decisión de primera instancia Régimen Concedida (%) Negada (%) Salud 18 82 Pensiones 22 78 Riesgos 26 74 Total 22 78
Sentencias Revisadas por la Corte Constitucional. Julio 2003 a Julio 2004. (398) • El 38. 8% (163) de las 420 tutelas falladas en primera instancia fueron tramitadas en segunda instancia. • La segunda instancia confirmó el 70% de los fallos de primera instancia, revocó sólo el 30% de los mismos. • La Corte Constitucional concedió el 63% de las tutelas a favor del accionante y negó el 35% de ellas.
Sentencias Revisadas por la Corte Constitucional. Julio 2003 a Julio 2004. (398) • El derecho alegado en la tutela fue el mismo derecho tutelado por la corte constitucional en el 88% de los casos. • El tiempo de cumplimiento de la tutela ordenado por la Corte fue de 48 horas en 84% de los casos de tutelas concedidas. • El 90% de las tutelas tienen tiempos de cumplimiento de 5 días o menos (120 horas). • La Corte ordeno recobrar al FOSYGA en el 35% de las tutelas concedidas en salud.
Sentencias Revisadas por la Corte Constitucional. Julio 2003 a Julio 2004. (398) Distribución de las tutelas instauradas según sexo y régimen de seguridad social En el sistema de salud, las proporciones de mujeres fueron siempre superiores a los hombres, pero significativamente mayor la diferencia en el régimen subsidiado: 79% mujeres y 21% hombres.
Sentencias Revisadas por la Corte Constitucional. Julio 2003 a Julio 2004. (398) • Del total de tutelas, el 27% (108) fueron interpuestas contra el ISS. De esas 108, 62 (57. 4%) fueron en el régimen de pensiones y 45 (41. 7%) fueron en el régimen de salud. • Del total de tutelas el 8. 3% (33) fueron interpuestas contra Cajanal. De esas 33, 16 (48. 1%) fueron en el régimen de pensiones y 17 (51. 5%) fueron en el régimen de salud. • En total, el 65% de las tutelas fueron interpuestas con entidades del sector público y el 35% contra instituciones del sector privado.
II. SITUACIÓN ACTUAL DE LAS TUTELAS EN SEGURIDAD SOCIAL Fondo de Previsión Social del Congreso de la República Año 2004 79 Tutelas que causaron impacto en 2004 7 Valor $1. 507. 381. 756. 30 Año 2005 87 Tutelas que causaron impacto en 2005 17 Valor $7. 369. 548. 991. 24 Año 2006 (marzo 16) 18
II. SITUACIÓN ACTUAL DE LAS TUTELAS EN SEGURIDAD SOCIAL Instituto de Seguros Sociales
III. IMPACTO ECONÓMICO DE LAS TUTELAS EN SALUD. Desde 1997 hasta la fecha, se han radicado ante el FOSYGA las siguientes solicitudes de recobro por medicamentos No POS y por fallos de Tutela: AÑO 2000* 2001 2002 NUMERO 1088 638 68986 VALOR ($) 4, 243, 707, 788 5, 312, 065, 336 56, 741, 403, 512 2003 2004 2005* * 133070 156788 212237 113, 708, 143, 232 170, 154, 746, 532 214, 666, 743 Fuente: Base de datos de recobros administrada por el Consorcio FIDUFOSYGA 2005.
IV. JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE • La Corte ha reagrupado en cuatro ejes las líneas jurisprudenciales que ha sentado en materia de salud: ü Principio de progresividad como límite a la libertad de configuración del legislador; üDisponibilidad, üAcceso; y üCalidad de la salud.
IV. JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL • DE LA CORTE Acceso a la salud : ü La protección constitucional especial a los ü ü ü niños Las personas discapacitadas Los grupos étnicos Los adultos mayores Los enfermos de Sida Personas privadas de la libertad Los desplazados internos
IV. JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL • DE LA CORTE Calidad a la salud: ü Derecho a que el servicio de salud sea prestado eficientemente idóneo y capacitado. por personal ü Derecho a recibir medicamentos de calidad
V. CAUSAS Y CONSECUENCIAS DE LA ACCIÓN DE TUTELA. Causas 1. Inexistencia de acciones propia de la Seguridad Social o de una acción de amparo en salud. 2. Falta de claridad en la regulación del Plan Obligatorio de Salud POS y del Plan Obligatorio de Salud Subsidiado POSs. 3. Crisis en la gestión. 4. Exceso de normatividad. 5. Desconocimiento de los derechos por parte de los usuarios.
V. CAUSAS Y CONSECUENCIAS DE LA ACCIÓN DE TUTELA. Consecuencias 1. Carga laboral adicional en los despachos judiciales. 2. Aumento de beneficios a los accionantes. 3. Destino de parte de los recursos de la seguridad social por parte de instituciones públicas para asumir los costos de los trámites administrativos de la tutela.
Gina Magnolia Riaño Barón Directora OISS Ex Ministra de Trabajo y Seguridad Social
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