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TU DEPARTAMENTO TÉCNICO TE INFORMA…. FORMULACIÓN MAGISTRAL AVISO SOBRE LA FORMULA MAGISTRAL JARABE DE

TU DEPARTAMENTO TÉCNICO TE INFORMA…. FORMULACIÓN MAGISTRAL AVISO SOBRE LA FORMULA MAGISTRAL JARABE DE RANITIDINA Comunicamos a los farmacéuticos que elaboran la fórmula magistral del Jarabe de Ranitidina, bajo prescripción médica , que la caducidad de dicho preparado que hasta ahora era de 15 días, se ha aumentado a 30 días, ya que existen estudios de estabilidad fidedignos en los que se llega a demostrar que durante este periodo de tiempo no existen cambios significativos ni en las propiedades físico-químicas ni en la concentración de dicho fármaco. Recomendamos que a partir de ahora, así lo expliquen a los usuarios que se les ha estado haciendo dicho jarabe. DT Informa nº 11 - Abril 2012 954979602 detelaboratorio@redfarma. org

CENTRODE DE INFORMACIÓN CENTRO DEL MEDICAMENTO Y ATENCIÓN FARMACÉUTICA DEL MEDICAMENTO DOPAJE EN EL

CENTRODE DE INFORMACIÓN CENTRO DEL MEDICAMENTO Y ATENCIÓN FARMACÉUTICA DEL MEDICAMENTO DOPAJE EN EL DEPORTE A raíz de las publicaciones aparecidas en medios de comunicación este último mes sobre sustancias y métodos prohibidos en el deporte, se ha visto conveniente repasar algunos conceptos relativos al dopaje. Son muchas las definiciones que se ha dado al término dopaje, pero en la actualidad se acepta la dada por la Agencia Mundial Antidopaje, que lo define como la concurrencia de una o más violaciones de las reglas anti-doping establecidas en los artículos que van desde el 2. 1 hasta el 2. 8 del Código Mundial Antidopaje 1: üPresencia de sustancias prohibidas (o marcadores) en la muestra del deportista. üUso o intento de uso de una sustancia o método prohibido. 954979603 üNegativa, resistencia o evasión, sin justificación válida, a la toma de muestras. cimse@redfarma. org üNo estar disponible para las pruebas fuera de competición, o poner trabas a la realización de las mismas (en tres ocasiones a lo largo de 18 meses). üIntento de alteración de cualquier parte del control antidopaje. üEstar en posesión de sustancias o métodos prohibidos. üTráfico o intento de tráfico de sustancias o métodos prohibidos. üCualquier otro tipo de complicidad en relación con las reglas antidopaje. Asimismo, es conveniente destacar que la lista anual de sustancias y métodos prohibidos en el deporte 2 los determina un organismo internacional, la Agencia Mundial Antidopaje (ADA), creada bajo la iniciativa del Comité Olímpico Internacional (COI) en Noviembre de 1999 para promover y coordinar la lucha contra el dopaje en el deporte a nivel internacional. En el caso de necesidad terapéutica de alguno de los fármacos incluidos en la lista por motivos de salud del deportista, existe un formulario de autorización para el uso terapéutico 3 que será autorizado o denegado por el Comité de Autorizaciones para el Uso Terapéutico. La lista de sustancias y métodos prohibidos, se puede dividir en función de la actividad que provocan en el organismo, en 3 grupos: üProductos ergogénicos: aumentan el rendimiento atlético. üProductos ergolíticos: disminuyen el rendimiento, interesante en el caso de deportes en los que se requiera un considerable grado de tranquilidad. üProductos neutros. Es muy frecuente en las competiciones la administración de analgésicos y antiinflamatorios para reducir el dolor y la inflamación en caso de lesión. La lista completa en vigor (correspondiente al año 2012) se encuentra disponible en http: //www. boe. es/boe/dias/2011/12/27/pdfs/BOE-A-2011 -20277. pdf 1 http: //www. olympic. org/documents/fight_against_doping/world_anti_doping_agency/2009_world_anti_doping_cod e-en. pdf 2 http: //www. boe. es/boe/dias/2011/12/27/pdfs/BOE-A-2011 -20277. pdf 3 http: //www. boe. es/boe/dias/2010/09/14/pdfs/BOE-A-2010 -14132. pdf DT Informa nº 11 - Abril 2012 954979603 cimse@redfarma. org