TEMA 20 DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD DEL TRFICO

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TEMA 20. - DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD DEL TRÁFICO modalidades típicas

TEMA 20. - DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD DEL TRÁFICO modalidades típicas

I. Delitos contra la seguridad en el tráfico • Introducción. – Son delitos de

I. Delitos contra la seguridad en el tráfico • Introducción. – Son delitos de propia mano: sólo puede realizarlo el conductor del vehículo • No es conductor: – Quien empuja un carro de ruedas – Quien empuja el carrito de un niño – No cabe la autoría mediata – Si cabe la coautoría (Ej: profesor de autoescuela) – Sí cabe cualquier forma de participación (inducción o cooperación): el acompañante

I. 1. - Delitos contra la seguridad en el tráfico • Art. 379. 1

I. 1. - Delitos contra la seguridad en el tráfico • Art. 379. 1 CP: – Conducir un vehículo a motor o ciclomotor a velocidad superior en 60 Km/h por vía urbana o en 80 Km/h en interurbana a la permitida reglamentariamente Prisión de 3 a 6 meses o multa de 6 a 12 meses y trabajo en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días Privación del derecho a conducir vehículos de motor o ciclomotores de 1 a 4 años. - Se pretende incrementar el control sobre el riesgo por la expresa previsión de excesos de velocidad

I. 2. - Delitos contra la seguridad en el tráfico • Art. 379. 2

I. 2. - Delitos contra la seguridad en el tráfico • Art. 379. 2 CP: Conducción bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas o bebidas alcohólicas • Mismas penas del art. 379. 1 CP • Será castigado el que conduzca con una tasa de alcohol espirado superior a 0, 60 miligramos por litro o con una tasa de alcohol en sangre de 1, 2 gramos por litro • La reforma concreta la tasa de alcohol para imputar el delito. • Se trata de un delito permanente ya que dura todo el tiempo que se conduzca bajo los efectos del alcohol o drogas

I. 3. - Delitos contra la seguridad en el tráfico • Art. 380 CP:

I. 3. - Delitos contra la seguridad en el tráfico • Art. 380 CP: Conducción temeraria – Prisión de 6 meses a 2 años y privación del derecho a conducir vehículos de motor por tiempo superior a 1 año y hasta seis años – Se requiere temeridad manifiesta y poner en peligro concreto la vida y la integridad de las personas – La conducción será temeraria cuando se den los supuestos del art. 379. 1 y 2 CP

I. 4. - Delitos contra la seguridad en el tráfico • Se trata de

I. 4. - Delitos contra la seguridad en el tráfico • Se trata de un tipo doloso • Tipo de peligro concreto: una o varias personas deben haber estado en contacto con la fuente de peligro • Antes la temeridad manifiesta era conducir a más velocidad de la permitida o por el carril contrario al debido. Hoy lo marca el art. 379 CP

I. 5. - Delitos contra la seguridad en el tráfico • Art. 381 CP:

I. 5. - Delitos contra la seguridad en el tráfico • Art. 381 CP: Conducción temeraria con manifiesto desprecio por la vida de los demás • Prisión de 2 a 5 años, multa de 12 a 24 meses y privación del derecho a conducir vehículos de motor y ciclomotores de 6 a 10 años • Características: – 1. manifiesto desprecio hacia la vida de los demás – 2. realizar la conducta descrita en el capítulo anterior

I. 6. - Delitos contra la seguridad en el tráfico • Art. 381. 2

I. 6. - Delitos contra la seguridad en el tráfico • Art. 381. 2 CP: Cuando no se ponga en concreto peligro la vida y la integridad de las personas • Prisión de 1 a 2 años, multa de seis a doce meses y privación del derecho a conducir vehículos de motor y ciclomotores de 6 a 10 años

I. 7. - Delitos contra la seguridad en el tráfico • El manifiesto desprecio

I. 7. - Delitos contra la seguridad en el tráfico • El manifiesto desprecio por la vida por los demás tiene como origen las apuestas clandestinas de las carreras ilegales en la carretera de la Coruña a Madrid • Elementos típicos: – A) Objetivo: conducción temeraria – B) subjetivo: Consciente desprecio por la vida de los demás (dolo eventual)

I. 8. - Delitos contra la seguridad en el tráfico • Se trata de

I. 8. - Delitos contra la seguridad en el tráfico • Se trata de un delito de propia mano • Caben formas generales de participación: Ej: apuestas clandestinas en las carreras donde los sujetos asumen al situación y jalean al conductor por su “hazaña”. • El juicio de peligrosidad es “ex ante” • La infracción del código de circulación es un indicio pero se ha de estar al caso concreto.

I. 9. - Delitos contra la seguridad en el tráfico • Art. 381. 3

I. 9. - Delitos contra la seguridad en el tráfico • Art. 381. 3 CP: El vehículo a motor o ciclomotor que se utilice se considerará instrumento delito los efectos del comiso del art. 127 CP

I. 10. - Delitos contra la seguridad en el tráfico • Art. 382 CP:

I. 10. - Delitos contra la seguridad en el tráfico • Art. 382 CP: Regla específica de consunción • Cuando en los preceptos 379, 380 y 381 CP además del riesgo prevenido se produzca un resultado lesivo • Se apreciará la infracción más gravemente penada • Se aplica la pena en su ½ superior • Se condena en todo caso al resarcimiento de la responsabilidad civil que se hubiera originado.

I. 11. - Delitos contra la seguridad en el tráfico • Art. 383 CP:

I. 11. - Delitos contra la seguridad en el tráfico • Art. 383 CP: Delito de desobediencia • A) El conductor que haya sido requerido por un agente • B) Se negare a someterse a las pruebas legalmente establecidas para observar las tasas de alcohol o de drogas, estupefacientes, etc a las que se refieren los artículos anteriores • C) Prisión de 6 meses a 1 año y privación de conducir vehículos a motor o ciclomotores por un tiempo superior a 1 y hasta cuatro años • * Su tipificación ha sido polémica pues se puede violar el derecho a no autoinculparse • * No parece que afecte a ningún bien jurídico relacionado con la seguridad del tráfico

I. 12. - Delitos contra la seguridad en el tráfico • Art. 384 CP:

I. 12. - Delitos contra la seguridad en el tráfico • Art. 384 CP: Conducir en los casos de pérdida de vigencia del permiso • El sujeto que condujere vehículos a motor o ciclomotores en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de puntos asignados legalmente • Prisión de 3 a 6 meses o multa de 12 a 24 meses y TBC de 31 a 90 días • Mismas penas al que realizare la conducción tras haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial • También al que condujere el vehículo de motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca el permiso

I. 13. - Delitos contra la seguridad en el tráfico • Art. 385 CP:

I. 13. - Delitos contra la seguridad en el tráfico • Art. 385 CP: Creación de grave riesgo para la seguridad del tráfico • Prisión de 6 meses a 2 años o multa de 12 a 24 meses y TBC de 10 a 40 días • Sujeto que origina grave riesgo para la circulación de alguna de las siguientes formas A) Colocando obstáculos imprevisibles B) Derramando sustancias deslizantes o inflamables C) Mutando, sustrayendo o anulando la señalización D) Por cualquier otro medio (Ej: Tirar piedras a los coches desde un puente. Comportamiento de un peatón jugando a los toros con los coches El nº 2 señala la conducta de no reestablecer la seguridad de la vía, cuando haya obligación de hacerlo.

I. 14. - Delitos contra la seguridad en el tráfico • Se trata de

I. 14. - Delitos contra la seguridad en el tráfico • Se trata de un delito de peligro concreto – Ej: el cochero de caballos que va por la mitad de la vía y lo lleva de manera incorrecta, responde por lesiones u homicidio imprudente si su conducta provoca un accidente pero no por la vía del art. 385 • Cabe la imprudencia: Ej: camión cisterna que no guarda correctamente las medidas de seguridad y derrama cualquier sustancia tóxica. El hecho de que no exista la vía imprudente hace que no se pueda castigar.