Sucesin testamentaria Testamento Caractres De Derecho Civil Formal

  • Slides: 23
Download presentation
Sucesión testamentaria

Sucesión testamentaria

Testamento: Caractéres De Derecho Civil Formal Personalísimo Unilateral Revocable Mortis causa Art. 665 del

Testamento: Caractéres De Derecho Civil Formal Personalísimo Unilateral Revocable Mortis causa Art. 665 del CC: Acto por el cual una persona dispone para después de su muerte de todos sus bienes o parte de ellos

Formas de testamento Ius Civile (Gayo 2 - 101 -102) Testamentum calatis comitiis Testamentum

Formas de testamento Ius Civile (Gayo 2 - 101 -102) Testamentum calatis comitiis Testamentum in procinctu Testamentum per aes et libram Ius honorarium Bonorum Possessio secundum tabulas testamenti

Ius Novum Testamentos ordinarios Testamentum per nuncupationem (ORAL) Privados Testamentum per scripturam (ESCRITO) TESTAMENTO

Ius Novum Testamentos ordinarios Testamentum per nuncupationem (ORAL) Privados Testamentum per scripturam (ESCRITO) TESTAMENTO OLÓGRAFO Públicos Testamentum apud acta Testamentum principi oblatum

Testamentos extraordinarios Testamentum militis - No se aplica el principio: Nemo pro parte testatus

Testamentos extraordinarios Testamentum militis - No se aplica el principio: Nemo pro parte testatus pro parte intestatum decedere potest - Absoluta libertad de testar Otros - En tiempo de epidemia En el campo El del ciego El del analfabeto En beneficio de la Iglesia

Testamentifactio T. Activa= Capacidad para hacer testamento Capacidad jurídica plena Capacidad de obrar Desde

Testamentifactio T. Activa= Capacidad para hacer testamento Capacidad jurídica plena Capacidad de obrar Desde el momento de otorgar testamento hasta momento de la muerte FICTIO LEGIS CORNELIA T. Pasiva= Capacidad para ser heredero Cives, latini Alieni iuris Esclavos Mujeres NO: Incertae personae Desde el momento de hacer testamento, al momento de la muerte del causante, y al momento de la aceptación

Codicilo Codex Acto de disposición, unilateral, no solemne, extendido a manera de carta que

Codicilo Codex Acto de disposición, unilateral, no solemne, extendido a manera de carta que contiene una o varias disposiciones de última voluntad Origen: época de Augusto Clases: Testamentarios Ab intestato Requisitos: Época clásica: Ninguna formalidad Época postclásica: Las mismas que el testamento. Época justinianea: Equiparado al testamento no institución de heredero no desheredaciones

Capacitas, Indignitas n Capacitas: Derecho a coger los bienes • Finalidad: favorecer la procreación

Capacitas, Indignitas n Capacitas: Derecho a coger los bienes • Finalidad: favorecer la procreación legislación matrimonial de Augusto n Indignitas: Falta de dignidad • Personas que presentan una conducta desleal con el testador • Causas: n n Faltas contra persona del difunto Faltas contra la voluntad del testador

CONTENIDO DEL TESTAMENTO n n n Institución de heredero Desheredación de los Sui Sustituciones

CONTENIDO DEL TESTAMENTO n n n Institución de heredero Desheredación de los Sui Sustituciones Legados y fideicomisos Manumisiones y asignación de libertos

HEREDIS INSTITUTIO Condición necesaria y suficiente para que exista testamento Necesaria: Si no hay

HEREDIS INSTITUTIO Condición necesaria y suficiente para que exista testamento Necesaria: Si no hay institución de heredero no hay testamento Suficiente: Basta la institución de heredero para que haya testamento TITIUS HERES ESTO

Modalidades n n Directamente Sometida a condición o término suspensivo o inicial SEMEL HERES

Modalidades n n Directamente Sometida a condición o término suspensivo o inicial SEMEL HERES SEMPER HERES

División del As hereditario n n Se sigue un sistema DUODECIMAL Cada parte se

División del As hereditario n n Se sigue un sistema DUODECIMAL Cada parte se llama UNCIAE El testador puede formar con el as hereditario el número de unciae quiera para repartirlo entre sus herederos.

problemas. . . que se establezca un testamento con partes o sin partes Sean

problemas. . . que se establezca un testamento con partes o sin partes Sean Ticio y Cayo herederos HEREDES SINE PARTE Que Ticio herede 3 y Cayo herede 9 HEREDES CUM PARTE

HEREDES CUM PARTE 1)Las cuotas de los herederos no agotan el as. . .

HEREDES CUM PARTE 1)Las cuotas de los herederos no agotan el as. . . solución: se incrementan proporcionalmente las cuotas de los herederos 2) Las cuotas de los herederos exceden el as. . . solución: se reducen proporcionalmente las cuotas de los herederos o se divide el as en tantas fracciones como sugiera el testador

3) Concurren herederos cum parte y sine parte a) Si los herederos cum parte

3) Concurren herederos cum parte y sine parte a) Si los herederos cum parte no agotan el as. . . solución: se reparte lo quede entre los sine parte de forma proporcional b) Si los herederos cum parte exceden el as. . . solución: Se multiplica es as por dos DUPONDIUM y se reparte de forma proporcional

INSTITUTIO EX RE CERTA Designación de heredero respecto a una cosa determinada del caudal

INSTITUTIO EX RE CERTA Designación de heredero respecto a una cosa determinada del caudal hereditario Problema: Se produce una ambigüedad Solución: -Es heredero a título universal (x favor testamenti) - Justiniano: la cosa es un legado, con lo que no hay heredero (prevalece la voluntas)

SUSTITUCIONES Institución de heredero subordinada a otra de carácter preferente Fin: evitar la apertura

SUSTITUCIONES Institución de heredero subordinada a otra de carácter preferente Fin: evitar la apertura de la sucesión intestada Tipos: 1) Vulgar: “Si Ticio no es heredero que lo sea Cayo” 2) Pupilar: “Sea heredero mi hijo. Si muriese antes de los 14 años, entonces sea heredero Ticio” 3) Cuasi-pupilar: (Justiniano): Lo mismo que la anterior pero en relación al furiosus

LEGADOS Sucesión mortis causa a título particular Disposición testamentaria por la que el testador

LEGADOS Sucesión mortis causa a título particular Disposición testamentaria por la que el testador concede a una persona determinados bienes o derechos que segrega de la herencia, sin conferirle la cualidad de heredero.

Sujetos Testador: el que determina el legado = legante: el que lega Heredero: Gravado

Sujetos Testador: el que determina el legado = legante: el que lega Heredero: Gravado con el legado Legatario: el que recibe el legado. Objeto En general, todo lo que tenga valor patrimonial

Adquisición de legado Problema: es necesario que exista heredero para que pague el legado

Adquisición de legado Problema: es necesario que exista heredero para que pague el legado y que este llegue a adir la herencia Solución: • Dies cedens: (fallecimiento del causante) n n Empieza a deberse el legado pero no es exigible. Se tiene una expectativa de derecho sobre el legado • Dies veniens: (Aceptación de la herencia) n El heredero debe pagar el legado. Es exigible.

Límites a la facultad de legar No hay límites …Problema: el heredero puede no

Límites a la facultad de legar No hay límites …Problema: el heredero puede no aceptar la herencia cargada de legados. Si lo hace se abre la sucesión intestada …Solución: ESTABLECER LÍMITES: 1) Lex Furia: los legatarios no pueden recibir más de 1000 ases. 2) Lex Voconia: Se prohíbe que el legatario reciba una cantidad superior que la recibida por el heredero 3) Lex Falcidia: El testador no puede legar más de ¾ partes de la herencia Quarta Falcidia

FIDEICOMISO Disposición de última voluntad, por las que una persona (fideicomintente) encomienda a la

FIDEICOMISO Disposición de última voluntad, por las que una persona (fideicomintente) encomienda a la buena fe de otra (fiduciario) que haga algo a favor de una tercera (fideicomisario) Forma: petición o ruego Origen: Obviar la falta de testamentifactio pasiva; Obviar los límites de los legados Protección: es un ruego, por lo que es un deber moral, no exigible jurídicamente (ep. Arcaica), con Constantino se equipara al legado

Legado Fideicomiso Es formal No requiere formalidades: se basa en la buena fe Está

Legado Fideicomiso Es formal No requiere formalidades: se basa en la buena fe Está en el testamento Está en el codicilo Se protege por el procedimiento formulario Se protege por via de la cognitio extra ordinem