SITUACIN DE LA PROTECCIN AMBIENTAL PORTUARIA DE CHILE
“SITUACIÓN DE LA PROTECCIÓN AMBIENTAL PORTUARIA DE CHILE” I Conferencia Hemisférica sobre Protección Ambiental Portuaria CIP / OEA” 10 al 13 de abril de 2007
TEMARIO I. III. IV. V. INTRODUCCIÓN MARCO JURISDICCIONAL NORMATIVA NACIONAL NORMATIVA INTERNACIONAL AMBIENTAL PORTUARIA PRINCIPALES AVANCES ALCANZADOS Y PROBLEMAS ENCONTRADOS PARA SU CUMPLIMIENTO
TEMARIO I. III. IV. V. INTRODUCCIÓN MARCO JURISDICCIONAL NORMATIVA NACIONAL NORMATIVA INTERNACIONAL AMBIENTAL PORTUARIA PRINCIPALES AVANCES ALCANZADOS Y PROBLEMAS ENCONTRADOS PARA SU CUMPLIMIENTO
INTRODUCCIÓN La protección por el medio ambiente representa una preocupación que el Estado de Chile ha incluído en su extensa legislación, comenzando por la Constitución Política de la República. Con el objeto de cautelar el cumplimiento de esta normativa, nuestro país ha instaurado una sólida institucionalidad compuesta por diversos órganos públicos, quienes efectúan una fuerte labor de fiscalización de las actividades y faenas que se desarrollan a lo largo de todo el país, incluyendo las instalaciones portuarias y los terminales marítimos.
ORGANISMOS GUBERNAMENTALES FISCALIZADORES DIRECTEMAR Ministerio de Salud Servicio de Salud FISCALIZADORES
MISIÓN DE LA AUTORIDAD MARÍTIMA La Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante es el organismo de la Armada, mediante el cual el Estado de Chile cautela el cumplimiento de las leyes y acuerdos internacionales vigentes, para proteger la vida humana, el medio ambiente, los recursos naturales y regular las actividades que se desarrollan en el ámbito de su jurisdicción, con el propósito de contribuir al desarrollo marítimo de la nación.
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MARCO JURISDICCIONAL LEY ORGÁNICA, Art. 6, DFL 292, 1953. • Establece las funciones y atribuciones de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante. LEY DE NAVEGACIÓN, Art. 142, DL 2. 222, 1978. • Establece la prohibición absoluta de arrojar materias, sustancias o energías que ocasionen daños o perjuicios a las aguas jurisdiccionales, y en puertos, ríos y lagos.
DIRECCIÓN GENERAL DEL TERRITORIO MARÍTIMO Y DE MARINA MERCANTE DIRECTEMAR DIRECCIÓN DE INTERESES MARÍTIMOS Y MEDIO AMBIENTE ACUÁTICO DIRINMAR DIRECCIÓN DE SEGURIDAD Y OPERACIONES MARÍTIMAS DIRSOMAR Organismo Técnico en materia de seguridad de la nave y de protección y auxilio de la vida humana en el mar. GOBERNACIONES MARÍTIMAS 16 CAPITANÍAS DE PUERTO 61 ALCALDÍAS DE MAR 266 Organismo Técnico en materia de intereses marítimos y medio ambiente acuático y combate a la contaminación
MARCO JURISDICCIONAL Alta Mar ZEE 200 mn. Zona Mar Contigua Territorial 24 mn. 12 mn. Aguas Interiores Líneas de base, ríos y lagos. 12 mn. , cumplimiento de la Ley de Navegación y otras normas ambientales aplicadas a Chile territorial. 200 mn. , cumplimiento de la Ley de Navegación y preferentemente de los Tratados Internacionales, incluyendo aquellos de preservación del medio marino de la CPPS, OMI, entre otros. Compromisos Internacionales LOS RÍOS INFLUENCIADOS POR LAS MAREAS Y LAGOS NAVEGABLES POR EMBARCACIONES DE MÁS DE 100 TRG.
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NORMATIVA NACIONAL LEY N° 19. 542/1997 MODERNIZACIÓN DEL SECTOR CONSTITUCIÓN DE NAVEGACIÓN PORTUARIO ESTATAL D. S. LEY Nº 90/2000 POLÍTICA DE Título 9°, Art. como 142, Tiene objetivoabsolutamente modernizar losarrojar puertos mediante licitaciones NORMA DEProhíbe REGLAMENTO PARACHILE CONTROL DE lastre, EMISIÓN escombros o. RILES basuras y derramar petróleo o a los privados LEY 19. 300 SOBRE BASES GENERALES DEL MEDIO públicas, de los puertos, dándole un rol DEconcesión CONTAMINACIÓN A CUERPOS DE sus derivados o residuos, aguas. AMBIENTE de relaves de protagónico. ACUÁTICA minerales u AGUA otras materias nocivas o peligrosas de Se danque dos figuras: puertos de Administración Privada o. N° 2. 222 Mixta. y crea Ley Marco establece la institucionalidad ambiental del Estado, LEY DE SUPERFICIALES • ocasionen Establece régimen prevención, vigilancia y cualquier especie que daños o de Los operadores tienen a su cargo los sitios dede atraque para la atención por medio de su Reglamento el Sistema Evaluación de Impacto NAVEGACIÓN CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LAel depósito combate dejurisdicción la contaminación aguas de perjuicios en laslas aguas sometidas a la de Ambiental naves, explanadas para movilización de cargas, eny las o mar, (SEIA). REPÚBLICA CHILE NORMATIVA Puertos, ríos y. DE sometidos. Marítima a la Jurisdicción de. Lagos ellas. En este contextonacional. incluye laalmacenaje participación de la Autoridad en los D. S. Establece Nº 90/2000 NORMA DE EMISIÓN DE RILES A el derecho de vivir en un Medio Ambiente Nacional y Regula NACIONAL Comités Técnicos de las. Descargas COREMAS. en Navegación. LEYnaves para D. S. (M) DE AGUA SUPERFICIALES • Indica medidas a adoptar en las Inciso N° 1/1992 sexto. CUERPOS “Sólolibre la Autoridad Marítima en(Art. de contaminación 19 N° 8) N° 19. 542/1997 REGLAMENTO de contaminación por Tiene como al objetivo deprevención protección ambiental “prevenir la Hidrocarburos, contaminación por conformidad Reglamento, podrá autorizar MODERNIZACIÓN PARA de EL aguas sucias, provenientes naves o artefactos las marinasseñaladas y continentales superficiales de DEL la República, alguna de. CONTROL lasaguas operaciones en el inciso SECTOR DE LA por debiendo basuras y poravertimiento delíquidos desechos y mediante el control de navales, contaminantes asociados los residuos primero, cuando ellas sean necesarias, PORTUARIO CONTAMINACIÓN otras materias. se de descargan a estos cuerpos receptores”. señalar el lugar y que forma proceder”. (Excepción). ESTATAL ACUÁTICA Prohibe la máximos descargapermitidos o vertimiento de de desechos La Norma establece • los valores de emisión LEY N° 19. 300 nucleares opor radioactivos transportados por buques. contaminantes por medio Residuos Industriales Líquidos a cuerpos de Art. 151. Las sanciones yde multas las SOBRE BASES • Regula la 5 contaminación por fuentes agua superficiales, a través de Tablas específicas para los terrestres. diferentes infracciones indicadas se aplican previa DEL • de Gradúa multas y sanciones en caso de tipos. Administrativa cuerposlas dede agua Investigación Sumaria los receptores. MEDIO contravención. hechos. AMBIENTE
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NORMATIVA INTERNACIONAL AMBIENTAL PORTUARIA CONVENIO PARA LA PROTECCIÓN DEL MARPOL 73/78 MEDIO AMBIENTE MARINO Y ZONA Anexo I Prevención de la Contaminación por CONVENIO DE COSTERA DELCOOPERACIÓN PACÍFICO SUDESTE CONVENIO PARA (14 Hidrocarburos. En. LONDRES vigor nacional desde CONVENIO SOBRE PREVENIR 04. 05. 1995 SOBREPREPARACIÓN YDE JUNIO DE 1986) LUCHA CONTRA LA VERTIMIENTOS LA CONTAMINACIÓN DEL Anexo II Prevención. LC/72 de la. Objetivo: Contaminación Establece las medidas para prevenir, reducir CONTAMINACIÓN POR MAR (MARPOL 73/78) por Sustancias nocivas Líquidas y controlar la contaminación del medio marino, la HIDROCARBUROS Transportadas a Granel. Enerosión vigor de nacional la zona costera, la cooperación en casos de un Marco Mundial para la cooperación desde 04. 05. 1995 Proporcionacontaminación resultante de situaciones de Internacional en la lucha contra sucesos importantes o Anexo III Prevención de. CONVENIO la Contaminación SOBRE LA de PREVENCIÓN DE la emergencia, la vigilancia la contaminación, de transportadas contaminación en el mar, a POR por Sustancias amenazas perjudiciales evaluación de las repercusiones endebido el. MAR medio ambiente, LA CONTAMINACIÓN DEL NORMATIVA derrames de hidrocarburos. por mar en Bultos. En vigor nacional desde de información y la cooperación el. INTERNACIONAL intercambio VERTIMIENTO DE DESECHOS Y OTRAS 04. 05. 1995 científica y tecnológica. Anexo IV Prevención de la Contaminación MATERIAS Objetivo: Todos los vertimientos desde buques, por aguas sucias. En vigor nacional desde CONVENIO SOBRE aeronaves, plataformas, desechos. COOPERACIÓN de dragados u otras 27. 09. 2003 CONVENIO PARA LA construcciones en el mar PREPARACIÓN deben contar. Y LUCHA con un PROTECCIÓN Anexo V Basuras. DEL (*) MEDIO PERMISO CONTRA concedido LA AMBIENTE MARINO Y Anexo VI Emisiones de Gases. (*) de la Autoridad Marítima, CONTAMINACIÓN PORal COSTERA DEL específicamente, habiendo previamente ingresado (*) en ZONA vigor internacional – no ratificado por HIDROCARBUROS S. E. I. A. Chile PACÍFICO SUDESTE.
TEMARIO I. III. IV. V. INTRODUCCIÓN MARCO JURISDICCIONAL NORMATIVA NACIONAL NORMATIVA INTERNACIONAL AMBIENTAL PORTUARIA PRINCIPALES AVANCES ALCANZADOS Y PROBLEMAS ENCONTRADOS PARA SU CUMPLIMIENTO
PRINCIPALES AVANCES ALCANZADOS Y PROBLEMAS EN SU CUMPLIMIENTO AVANCES • Implementación de Normas Institucionales Ambientales en los Puertos. La internacionalización de los servicios portuarios y los rápidos avances registrados en el mundo, en cuanto al manejo ambiental de la actividad portuaria, como elemento fundamental para garantizar la trazabilidad de los bienes que circulan en el comercio marítimo, ha dado lugar a la incorporación de la variable ambiental en diversos puertos nacionales. • Creación de Manual para la cuantificación de externalidades de proyectos portuarios.
PRINCIPALES AVANCES ALCANZADOS Y PROBLEMAS EN SU CUMPLIMIENTO PROBLEMAS • Desde el punto de vista de los problemas encontrados para el cumplimiento, el más significativo dice relación con el hecho que el Manual de Cuantificación de Externalidades anteriormente citado no ha sido incorporado a la legislación nacional y por ello, su valor intelectual sólo cuenta como referencia bibliográfica técnica, de uso no obligatorio para el desarrollo de proyectos portuarios.
CONCLUSIONES El Estado de Chile ha desarrollado una institucionalidad ambiental sustentada en una abundante normativa, órganos fiscalizadores y procedimientos rigurosos que permiten contar con una cultura de protección del ambiente acuático. La Dirección General del Territorio Marítimo y MM. como órgano del Estado de Chile, cuenta con el marco legal para proteger el medio ambiente acuático, función que desarrolla en el mar y en la zona del borde costero que incluye la actividad de los puertos y terminales marítimos.
FIN
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