Seminario Taller Nueva Normativa de Contrataciones del Estado

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Seminario Taller Nueva Normativa de Contrataciones del Estado y su Reglamento

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III FASE EJECUCIÓN CONTRACTUAL 3 ERA. SESIÓN

III FASE EJECUCIÓN CONTRACTUAL 3 ERA. SESIÓN

PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO Formalidad • Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE

PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO Formalidad • Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE

Requisitos para suscribir el contrato El ganador de Buena Pro debe presentar los mismos

Requisitos para suscribir el contrato El ganador de Buena Pro debe presentar los mismos requisitos de la normativa anterior así como: – Otros documentos requeridos en las Bases Integradas y en la normativa especial sobre el objeto de contrato: Ej. intermediación laboral, habilitaciones profesionales; colegiaturas, autorizaciones administrativas; estructuras de costos, de ser el caso: documentación proveniente del extranjero; certificados de calidad, entre otros. Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE

Requisito para suscripción del contrato de obra • Documentos obligatorios para el ganador de

Requisito para suscripción del contrato de obra • Documentos obligatorios para el ganador de la buena pro – Constancia de no estar inhabilitado (salvo menor cuantía) – Garantía de fiel cumplimiento – Constancia capacidad libre contratación – Contrato de consorcio firmas legalizadas (ser el caso) Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE

Requisito para suscripción del contrato de obra – – – Designar residente de obra

Requisito para suscripción del contrato de obra – – – Designar residente de obra (de ser el caso) Entregar calendario valorizado obra Entregar programación PERT-CPM Entregar calendario de adquisición materiales Desagregado por partidas de propuesta (suma alzada) Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE

PROCEDIMIENTO DE SUSCRIPCIÓN CITACIÓN: Se cita dentro de los 2 días hábiles siguientes de

PROCEDIMIENTO DE SUSCRIPCIÓN CITACIÓN: Se cita dentro de los 2 días hábiles siguientes de consentida la Buena Pro. SUSCRIPCIÓN: Postor ganador se presenta y suscribe. Dentro del plazo indicado en las Bases (no podrá ser menor a 5 ni mayor a 10 días hábiles siguientes a la recepción de la citación). En AMC para bienes y servicios, dicho plazo no podrá ser mayor a 3 días hábiles. Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE

PROCEDIMIENTO DE SUSCRIPCIÓN Para el postor: Si no se presenta o suscribe: pierde Buena

PROCEDIMIENTO DE SUSCRIPCIÓN Para el postor: Si no se presenta o suscribe: pierde Buena Pro y se cita al que ocupó el 2º lugar. Si el 2º lugar no se presenta o no suscribe: se declara desierto el proceso. Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE

PROCEDIMIENTO DE SUSCRIPCIÓN Para la Entidad: Si no suscribe: Ganador puede emplazar (dentro de

PROCEDIMIENTO DE SUSCRIPCIÓN Para la Entidad: Si no suscribe: Ganador puede emplazar (dentro de 2 días hábiles de vencido el plazo para suscribir el contrato, dándole un plazo de entre 5 a 10 hábiles) y solicitar se deje sin efecto buena pro. Paralelamente puede cobrar penalidad diaria (1/1000 del monto de la oferta económica; tope 10 días hábiles).

PROCEDIMIENTO DE SUSCRIPCIÓN Vencido el plazo, dentro de los 5 días hábiles se podrá

PROCEDIMIENTO DE SUSCRIPCIÓN Vencido el plazo, dentro de los 5 días hábiles se podrá solicitar se deje sin efecto la buena pro. En este caso, la Entidad reconocerá una indemnización sustentada en la solicitud del postor no mayor al 10% del monto adjudicado. La Entidad tiene 10 días para resolver el pedido del postor. Cualquier controversia será resuelta por el Tribunal. Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE

GARANTÍA POR EL MONTO DIFERENCIAL DE LA PROPUESTA Finalidad y vigencia: iguales que la

GARANTÍA POR EL MONTO DIFERENCIAL DE LA PROPUESTA Finalidad y vigencia: iguales que la GFC. • Servicios: Cuando la propuesta del adjudicatario sea inferior en más del 10% del valor referencial. • Bienes: Cuando la propuesta del adjudicatario sea inferior en más del 20% del valor referencial. • No resulta viable en ejecución de obras, consultorías de obras y consultoría en general. Además no se presenta en contratos derivados de AMC para bienes y servicios • Monto de la garantía: 25% de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica. Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE

Vigencia del contrato • BIENES Y SERVICIOS: rige desde el día siguiente de su

Vigencia del contrato • BIENES Y SERVICIOS: rige desde el día siguiente de su suscripción (o desde la recepción de la orden de compra o de servicio) hasta que el funcionario competente dé la conformidad de la recepción y se efectúe el pago. • Cómputo del plazo en la ejecución contractual: Cómputo en días naturales (regla general), las excepciones están reguladas de forma expresa. • – – Plazo de ejecución contractual: Por uno o más ejercicios presupuestales (máximo 3) Arrendamiento de inmuebles: contratos de hasta 3 años; renovables. Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE

Desarrollo de la ejecución contractual (1) SUBCONTRATACIÓN Excepciones, cuando el contrato lo prohíba y

Desarrollo de la ejecución contractual (1) SUBCONTRATACIÓN Excepciones, cuando el contrato lo prohíba y los casos de contratos personalísimos. • Tope máximo: Las prestaciones a subcontratarse con terceros no excedan del 40% del monto contractual CESIÓN DE POSICIÓN CONTRACTUAL No procede, salvo en casos de transferencia de propiedad de bienes que se encuentren arrendados a las Entidades, cuando se produzcan fusiones o escisiones, o que exista norma legal que lo permita expresamente Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE

Desarrollo de la ejecución contractual (2) § ADICIONALES Y REDUCCIONES: - Excepcionalmente - Previa

Desarrollo de la ejecución contractual (2) § ADICIONALES Y REDUCCIONES: - Excepcionalmente - Previa sustentación del área usuaria. - La Entidad podrá ordenar y pagar directamente la ejecución de prestaciones adicionales en caso de bienes y servicios hasta el 25% de su monto. - Siempre que sean indispensables para alcanzar la finalidad del contrato. Igualmente, podrá disponerse la reducción de prestaciones hasta el 25% Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE

Desarrollo de la ejecución contractual (3) AMPLIACIONES DEL PLAZO CONTRACTUAL • Procede: – Por

Desarrollo de la ejecución contractual (3) AMPLIACIONES DEL PLAZO CONTRACTUAL • Procede: – Por aprobación de adicional que afecte el plazo – Por atrasos y/o paralizaciones no imputables al contratista o por culpa de la Entidad – Por caso fortuito o fuerza mayor Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE

Desarrollo de la ejecución contractual (3) AMPLIACIONES DEL PLAZO CONTRACTUAL • Trámite: – Solicitud

Desarrollo de la ejecución contractual (3) AMPLIACIONES DEL PLAZO CONTRACTUAL • Trámite: – Solicitud fundamentada dentro de los 7 días de finalizado el hecho – Reconocimiento de los costos directos y gastos generales que correspondan. Gastos generales debidamente acreditados Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE

Obras adicionales mayores 15 % • Entidad con resolución aprueba presupuesto adicional. • CGR

Obras adicionales mayores 15 % • Entidad con resolución aprueba presupuesto adicional. • CGR autoriza mediante resolución la ejecución y pago. • Adicionales con carácter de emergencia, la autorización de la CGR será previa al pago. • CGR en 15 días hábiles emite pronunciamiento Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE

Obras adicionales mayores 15 % • CGR solicita Información complementaria en 5 días hábiles.

Obras adicionales mayores 15 % • CGR solicita Información complementaria en 5 días hábiles. • Entidad atiende en 5 días hábiles. Plazo se interrumpe luego reinicia al día siguiente de fecha de presentación • Vencido el plazo el Adicional queda autorizado. • Los adicionales no podrán ser > 50% del MC original, sino resolución de contrato, debe convocarse un nuevo proceso por el saldo de obra. … Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE

Pagos Oportunidad: – Después de ejecutada la prestación (parcial o total) y luego de

Pagos Oportunidad: – Después de ejecutada la prestación (parcial o total) y luego de emitida la conformidad del bien o servicio. Excepciones: – Antes de ejecutada la prestación (según su naturaleza). Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE

Pagos Reajustes: Permitidos sólo cuando las condiciones que dieron origen al contrato han variado.

Pagos Reajustes: Permitidos sólo cuando las condiciones que dieron origen al contrato han variado. Se aplica cuando se produce incremento en los costos del contratista: IGV, RMV, aumento en los costos de materiales (Rubus Sic Stantibus) Plazos: – Conforme al contrato – Retraso = Interés Legal Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE

Penalidades por incumplimiento § Por mora: – Retraso injustificado. – Aplicar fórmula. – Máximo

Penalidades por incumplimiento § Por mora: – Retraso injustificado. – Aplicar fórmula. – Máximo a cobrar 10% del monto materia de contrato. – Para el cálculo se considerará monto del contrato vigente § Otras penalidades: – Distintas a la mora. EJEMPLO: en los casos de mensajería y el caso de la póliza de deshonestidad. – Hasta por un monto máximo del 10% del monto del contrato vigente Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE

Resolución del Contrato Es una atribución de las partes para dejar sin efecto las

Resolución del Contrato Es una atribución de las partes para dejar sin efecto las obligaciones derivadas del contrato. Causales: – Mutuo acuerdo; – Caso fortuito o fuerza mayor; – Incumplimiento injustificado de una de las partes; y, – Acumulación del monto máximo de la penalidad por mora o de las otras penalidades. Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE

Resolución del Contrato • Procedimiento de resolución de contrato: Carta Notarial requiriendo cumplimiento de

Resolución del Contrato • Procedimiento de resolución de contrato: Carta Notarial requiriendo cumplimiento de obligación, bajo apercibimiento. • Plazo: – Ordinariamente : No mayor a 5 días. – Casos complejos (Por ej. Obras): 15 días. • Carta Notarial de resolución. Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE

Resolución del Contrato • Controversias pueden ser sometidas a conciliación y/o arbitraje. • No

Resolución del Contrato • Controversias pueden ser sometidas a conciliación y/o arbitraje. • No será necesario efectuar requerimiento previo cuando la resolución del contrato se deba a la acumulación del monto máximo de la penalidad por mora, o por otras penalidades, o cuando la situación de incumplimiento no pueda ser revertida. Bastará la resolución comunicada mediante Carta Notarial. Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE

Resolución de Contrato de Obra • Causales de resolución : Art. 168º • Requerimiento

Resolución de Contrato de Obra • Causales de resolución : Art. 168º • Requerimiento notarial : 15 días para levantar incumplimientos. • Acta de Constatación Física e Inventario Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE

Resolución de Contrato de Obra • Continuación de la obra: 1º. Administración Directa 2º.

Resolución de Contrato de Obra • Continuación de la obra: 1º. Administración Directa 2º. Por convenio con otra Entidad 3. Invitación a postores según orden de prelación 4º. Convocando nuevo proceso de selección • Conciliación o arbitraje : 10 días hábiles de notificada la resolución Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE

Nulidad del contrato Se declara de oficio por la Entidad cuando el contratista incurra

Nulidad del contrato Se declara de oficio por la Entidad cuando el contratista incurra en las causales contenidas en el artículo 56º de la Ley: – Trasgresión al principio de presunción de veracidad. – Suscripción cuando se encontraba en trámite recurso de apelación. – No utilización del proceso de selección correspondiente. Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE

Culminación del contrato CULMINACIÓN DEL CONTRATO • En caso de BIENES Y SERVICIOS: concluyen

Culminación del contrato CULMINACIÓN DEL CONTRATO • En caso de BIENES Y SERVICIOS: concluyen con la conformidad de la última prestación más el pago correspondiente (para bienes y servicios) • En caso de OBRAS: Concluyen con el consentimiento de la liquidación más pago correspondiente. Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE

Culminación del contrato RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS • BIENES Y SERVICIOS: Un año (01)

Culminación del contrato RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS • BIENES Y SERVICIOS: Un año (01) contado a partir de la conformidad otorgada, excepción bienes fungibles o perecibles siempre que no se adecúen al plazo. • OBRAS: Siete (07) años. Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE

Contratación Complementaria Es considerada un contrato nuevo. Las condiciones para que se realice son

Contratación Complementaria Es considerada un contrato nuevo. Las condiciones para que se realice son las siguientes: § Dentro de los 3 meses de culminado el contrato original. § Con el mismo contratista. § Y en tanto culmine el proceso de selección convocado § Por los mismos bienes y/o servicios. § Por única vez. Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE

Contratación Complementaria § Hasta por un máximo del 30% del contrato original. § Preservando

Contratación Complementaria § Hasta por un máximo del 30% del contrato original. § Preservando las condiciones que dieron lugar a la adquisición o contratación original. Los requisitos § No estar inhabilitado. § Estar inscritos en el RNP § Garantías, cuando corresponda Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE

REGISTRO DE INFORMACIÓN DE LOS CONTRATOS EN EL SEACE Los contratos y, en su

REGISTRO DE INFORMACIÓN DE LOS CONTRATOS EN EL SEACE Los contratos y, en su caso, las órdenes de compra o de servicio, así como la información referida a su ejecución, deberán ser registrados en el SEACE en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles siguientes a su perfeccionamiento, ocurrencia o aprobación, según corresponda. Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE

Solución de Controversias en la Etapa Contractual ¿Cómo solucionar las controversias? Las Controversias que

Solución de Controversias en la Etapa Contractual ¿Cómo solucionar las controversias? Las Controversias que surjan desde la suscripción del contrato se resolverán mediante: – Conciliación – Arbitraje Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE

Solución de Controversias en la Etapa Contractual Materias Conciliables o Arbitrables 1. Todas las

Solución de Controversias en la Etapa Contractual Materias Conciliables o Arbitrables 1. Todas las controversias que surjan entre las partes sobre la ejecución, interpretación, resolución, inexistencia, ineficacia, nulidad o invalidez del contrato, hasta antes de la culminación del mismo. 2. Plazo de caducidad: Dentro de la vigencia del contrato y según lo dispuesto en los artículos 214 y 215 del Reglamento de la Ley de Contrataciones. 3. Adicionales de obra - artículo 2 del Decreto 1071 ydelartículo 23 de la Ley Nº Organismo. Legislativo Supervisor de las Contrataciones Estado - OSCE

ARBITRAJE Vías alternativas del Arbitraje • Arbitraje institucional. • Arbitraje ad hoc. Tipos de

ARBITRAJE Vías alternativas del Arbitraje • Arbitraje institucional. • Arbitraje ad hoc. Tipos de Arbitraje • Siempre Arbitraje de Derecho (Árbitro Único y Presidente del Tribunal, deben ser necesariamente abogados). • Arbitraje de Conciencia y otros tipos como el Arbitraje Técnico (pericia arbitral) no están permitidos. Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE

Convenios arbitrales Ad hoc. - Las partes deciden someterse a la administración por parte

Convenios arbitrales Ad hoc. - Las partes deciden someterse a la administración por parte de los propios árbitros. En caso de omisión se incorpora la cláusula del artículo 216 del Reglamento, incorporándose bajo la competencia del SNA de OSCE. Institucional. - Centro de Arbitraje al que se someten las partes de modo voluntario. Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE

Requisitos para designación arbitral • Ser abogado (unipersonal y Presidente de Tribunal Arbitral) •

Requisitos para designación arbitral • Ser abogado (unipersonal y Presidente de Tribunal Arbitral) • Especialización acreditada en Derecho Administrativo, arbitraje y contrataciones del Estado • No estar incurso en causales de impedimentos (artículo 221 del Reglamento) Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE

Incumplimiento del deberes de los árbitros • Implica que puedan ser sancionados por el

Incumplimiento del deberes de los árbitros • Implica que puedan ser sancionados por el OSCE mediante: A) Amonestación escrita B) Suspensión temporal C) Inhabilitación permanente para ejercer el cargo del árbitro • Es aplicable el mecanismo de recusación arbitral como un remedio Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE

Acumulación arbitral • Sólo es procedente cuando exista acuerdo entre las partes. • Se

Acumulación arbitral • Sólo es procedente cuando exista acuerdo entre las partes. • Se solicita dentro del plazo de caducidad. • Si no se pactó en el contrato la acumulación , una vez iniciada la etapa de pruebas, los árbitros deciden sobre esta. Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE

Laudo Arbitral • Es definitivo e inapelable • Para cuestionarlo vía anulación, se puede

Laudo Arbitral • Es definitivo e inapelable • Para cuestionarlo vía anulación, se puede establecer en el convenio la constitución de garantía. • El impugnante debe comunicar al Tribunal Arbitral que interpuso anulación; caso contrario se considerará como consentido en sede arbitral • Las sentencias que resuelven las anulaciones deben remitirse al OSCE para su publicación. Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE

Cuadro resumen Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE

Cuadro resumen Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE

Ejecución contractual Actualmente Decreto Legislativo N° 1017 Modificaciones al contrato Siempre que no implique

Ejecución contractual Actualmente Decreto Legislativo N° 1017 Modificaciones al contrato Siempre que no implique variar Podrá incorporarse otras características técnicas, precio, modificaciones expresamente objeto, plazo, calidad y condiciones establecidas en Reglamento ofrecidas en proceso de selección. Adicionales y Reducciones Adicionales 15% monto contractual. Hasta 25% monto contractual Reducción sólo Servicios y Obras Reducción: Bienes Servicios y Obras Subcontra – tación Hasta el 60% de prestaciones Hasta el 40% de prestaciones Registro de Contratos La Entidad llevará un registro de los procesos que convoque y de los contratos suscrito y su información básica La Entidad deberá registrar en el SEACE todos los actos realizados en cada proceso, los contratos suscritos y su ejecución. Culminación del Con la conformidad de recepción Contrato de la última prestación pactada Con conformidad de recepción de última prestación pactada y el pago correspondiente.

ARBITRAJE EN CONTRATACIONES PUBLICAS Actualmente Decreto Legislativo N° 1017/ Decreto Supremo Nº 138 Arbitrabilidad

ARBITRAJE EN CONTRATACIONES PUBLICAS Actualmente Decreto Legislativo N° 1017/ Decreto Supremo Nº 138 Arbitrabilidad de adicionales de obra La Ley Nº 27785 establece que las decisiones del Contraloría General de la República son inarbitrables Se extiende la inarbitrabilidad a las decisiones de la Entidad sobre adicionales de obra. Acumulación de pretensiones Cualquiera de la partes puede pedir la acumulación Para proceder a la acumulación se requiere acuerdo de ambas partes Prelación normativa en la solución de controversias No se establece prelación alguna. Cada Tribunal Arbitral decide Se establece prelación: 1º Ley de Contrataciones y su Reglamento; 2º Normas de derecho público y 3º Normas de derecho privado Sanciones para los árbitros No dispone Sí estable la posibilidad de aplicación de sanción, según el Reglamento y Código de Etica Presentación de carta fianza para recurso de anulación No se establece la posibilidad Sí se establece la posibilidad Tema Organismo Supervisor de las Contrataciones del

preguntas Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE

preguntas Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE

refrigerio

refrigerio

SEACE Y PROCESOS ELECTRÓNICOS

SEACE Y PROCESOS ELECTRÓNICOS

SEACE: INFORMACIÓN DISPONIBLE • Información de las contrataciones publicadas por las entidades contratantes. –

SEACE: INFORMACIÓN DISPONIBLE • Información de las contrataciones publicadas por las entidades contratantes. – Plan Anual de Contrataciones. – Procesos de selección. – Contratos y ejecución contractual. • Información general (Consultas, Estadísticas) – Proveedores con Buena Pro por: RUC, razón social, tipo de procesos, por producto, modalidad de selección, top 100. – Oportunidades de Negocio. – Detalle de los planes anuales informados. Organismo Supervisor de las Contrataciones del

OBLIGATORIEDAD DEL USO DEL SEACE Todas las entidades referidas en el numeral 3. 1

OBLIGATORIEDAD DEL USO DEL SEACE Todas las entidades referidas en el numeral 3. 1 del artículo 3° de la Ley están obligadas a registrar información sobre su Plan Anual de Contrataciones, los procesos de selección, los contratos y su ejecución, y todos los actos que requieran ser publicados. Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE

ACCESO AL SEACE • Para interactuar con el SEACE, tanto las Entidades como los

ACCESO AL SEACE • Para interactuar con el SEACE, tanto las Entidades como los proveedores, deberán utilizar el Certificado SEACE emitido por el OSCE. • Es responsabilidad de la Entidad solicitar ante el OSCE la desactivación del Certificado SEACE de aquellos funcionarios -usuarios que ya no se encuentren autorizados para registrar información en el SEACE. Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE

Acceso al SEACE Art. 286º Del Proyecto del Reglamento El ingreso al SEACE se

Acceso al SEACE Art. 286º Del Proyecto del Reglamento El ingreso al SEACE se realiza desde la página Web del SEACE: www. seace. gob. pe, utilizando el usuario y contraseña asignado al funcionario-usuario. Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE

ACCESO AL SEACE ARTÍCULO 286º DEL REGLAMENTO El ingreso al SEACE también puede realizarse

ACCESO AL SEACE ARTÍCULO 286º DEL REGLAMENTO El ingreso al SEACE también puede realizarse desde la página Web del CONSUCODE: www. consucode. gob. pe. Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE

¿QUÉ INFORMACIÓN REGISTRA LA ENTIDAD PÚBLICA? Programación • Plan Anual • Declaración de desierto

¿QUÉ INFORMACIÓN REGISTRA LA ENTIDAD PÚBLICA? Programación • Plan Anual • Declaración de desierto • Expediente de Contratación • Consentimiento de la Buena Pro • Comité Especial • Nulidades • Prepublicación de bases • Cancelación • Bases • Resolución que resuelve el recurso de apelación Selección • Convocatoria o invitación • Registro de Participantes • Pliego de absolución de consultas y/u observaciones • Pronunciamiento • Bases Integradas • Propuestas • Buena Pro • Acta y cuadro comparativo de la BP Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE • Exoneración de proceso Ejecución Contractual • Contrato . Garantías • Sanciones . Prórrogas • Complementarios • Adicionales o reducciones • Resolver Contrato • Intervención Económica • Conformidad o Liquidación

RÉGIMEN DE NOTIFICACIONES ARTÍCULOS 25º Y 290° DEL REGLAMENTO • Todos los actos realizados

RÉGIMEN DE NOTIFICACIONES ARTÍCULOS 25º Y 290° DEL REGLAMENTO • Todos los actos realizados a través del SEACE se entenderán notificados el mismo día de su publicación. • La notificación a través el SEACE prevalece sobre cualquier medio que se haya utilizado adicionalmente, siendo responsabilidad del participante el permanente seguimiento del respectivo proceso en el SEACE. Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE

PROCESOS ELECTRÓNICOS: Introducción 1. Se implementará en base al Módulo de Transacciones sin acto

PROCESOS ELECTRÓNICOS: Introducción 1. Se implementará en base al Módulo de Transacciones sin acto público utilizado por algunas Entidades desde el año 2006 2. El módulo de transacciones electrónicas estará a disposición de los proveedores desde la página principal del SEACE. 3. Los proveedores del Estado podrán interactuar con las entidades públicas contratantes participando en procesos de selección electrónicos. Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE

PROCESOS ELECTRÓNICOS: Introducción • • • Con esta herramienta, los proveedores ya no necesitarán

PROCESOS ELECTRÓNICOS: Introducción • • • Con esta herramienta, los proveedores ya no necesitarán entregar la documentación de sus propuestas en forma presencial y podrán realizar el seguimiento del proceso de contratación a través del SEACE. Se dispondrán de todos los mecanismos de seguridad apropiados para garantizar la inviolabilidad de las propuestas (sobres electrónicos) presentadas por los usuarios proveedores. Únicamente los usuarios autorizados de las entidades públicas realizarán la apertura de las propuestas presentadas. Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE

PROCESOS ELECTRÓNICOS: Obligatoriedad y gradualidad de su aplicación • • • Tipo de proceso

PROCESOS ELECTRÓNICOS: Obligatoriedad y gradualidad de su aplicación • • • Tipo de proceso de selección: Adjudicación de menor cuantía. Tipo de objeto: Servicios Tipo de Entidad: Entidades del Gobierno Nacional Organismos Constitucionalmente Autónomos Poder Judicial (Corte Suprema y Academia de la Magistratura) Poder Legislativo (Oficialía Mayor) Mediante Directiva, el OSCE señalará la forma en que se aplicará la obligatoriedad para los demás tipos de proceso, objeto y Entidad

ACCESO AL MÓDULO DE TRANSACCIONES ELECTRÓNICAS PARA LOS PROVEEDORES Acceso al Módulo de Transacciones

ACCESO AL MÓDULO DE TRANSACCIONES ELECTRÓNICAS PARA LOS PROVEEDORES Acceso al Módulo de Transacciones Electrónicas: AParticipar en Procesos de Selección Electrónicos Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE

PROCESO DE SELECCIÓN ELECTRÓNICO ü Proceso llevado a cabo íntegramente por Internet (SEACE). ü

PROCESO DE SELECCIÓN ELECTRÓNICO ü Proceso llevado a cabo íntegramente por Internet (SEACE). ü Registro de participación se efectuará con usuario y contraseña RNP. ü Los usuarios aceptan las condiciones de uso del sistema. ü Registro de propuesta con usuario y contraseña RNP. Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE

PROCESOS ELECTRÓNICOS PROCEDIMIENTO DEL PROCESO DE SELECCIÓN POR ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Organismo Supervisor

PROCESOS ELECTRÓNICOS PROCEDIMIENTO DEL PROCESO DE SELECCIÓN POR ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE

Beneficios ü Permite racionalizar recursos → Ahorro de tiempo, dinero y RR. HH. ü

Beneficios ü Permite racionalizar recursos → Ahorro de tiempo, dinero y RR. HH. ü Facilita la supervisión de las contrataciones efectuadas ü Posibilita la participación de proveedores de diversas localidades ü Mayor transparencia en las contrataciones → genera confianza para hacer negocios con el Estado ü Reducción de costos burocráticos. Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE

Cuadro resumen Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE

Cuadro resumen Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE

SEACE Tema Actualmente Decreto Legislativo N° 1017/ Decreto Supremo Nº 138 Efectos de las

SEACE Tema Actualmente Decreto Legislativo N° 1017/ Decreto Supremo Nº 138 Efectos de las Notificaciones Al día siguiente de El mismo día de publicado en el SEACE. registrado en el SEACE. Convocatorias ADS y AMC, por invitación LP, CP, ADP a través de su publicación en el SEACE Todos los procesos de selección se convocan a través de su publicación en el SEACE. Obligatoriedad de registro en el SEACE Normativa dispersa: Ley, Reglamento y Directivas. Se menciona la obligatoriedad de registro de información de todas las etapas. Registro de resumen ejecutivo de posibilidades que ofrece el mercado No se registra Registro obligatorio en el SEACE para los procesos de LP, CP, ADS. Validación de la vigencia del RNP Presentación de propuestas y suscripción del contrato Durante todo el proceso de selección y a la suscripción del contrato. Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE

PROCESOS ELECTRÓNICOS Tema Actualmente Prepublicación de las Obligatorio para los Bases procesos de LP,

PROCESOS ELECTRÓNICOS Tema Actualmente Prepublicación de las Obligatorio para los Bases procesos de LP, CP, ADP Decreto Legislativo N° 1017 Facultativo para los todos los procesos de selección. Plazo para publicar el PAC Dentro de los 30 días Dentro de los 15 hábiles luego de calendarios luego de haber aprobado el PIA Obligatoriedad de su uso Las AMC se realizan facultativamente en forma electrónica Las AMC se realizan obligatoriamente en forma electrónica Entidades que lo aplican Las Entidades que lo soliciten Se emitirá una lista de las Entidades obligadas. Registro de participante y presentación de propuestas Física y electrónicamente Íntegramente vía electrónica Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE

preguntas Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE

preguntas Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE