Secretara Tcnica de la Autoridad Presupuestaria Principales Procesos

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Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria Principales Procesos

Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria Principales Procesos

Agenda Bienvenida Exposición • Modificación del Gasto Presupuestario Máximo • Manuales Institucionales de Clases

Agenda Bienvenida Exposición • Modificación del Gasto Presupuestario Máximo • Manuales Institucionales de Clases • Creación y Prórroga de Plazas Refrigerio Exposición • Otros Procesos • Estadísticas Fiscales • Directriz Presidencial No. 009 -H y 14 -H Consultas

Modificación del Gasto Presupuestario Máximo

Modificación del Gasto Presupuestario Máximo

Gasto Presupuestario Máximo • Monto autorizado para un periodo determinado • Crecimiento máximo porcentual

Gasto Presupuestario Máximo • Monto autorizado para un periodo determinado • Crecimiento máximo porcentual

Objetivo Analizar la necesidad que plantea la entidad de utilizar recursos, para atender actividades

Objetivo Analizar la necesidad que plantea la entidad de utilizar recursos, para atender actividades institucionales que no estén contemplados dentro del gasto presupuestario máximo establecido por el Poder Ejecutivo, para emitir la recomendación respectiva

Marco Jurídico Artículo 20 del Reglamento a la Ley No. 8131, Ley de la

Marco Jurídico Artículo 20 del Reglamento a la Ley No. 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos: Corresponde a la Autoridad Presupuestaria dar seguimiento al gasto presupuestario máximo

Procedimiento Modificación de Gasto Presupuestario Máximo Análisis Técnico Dirección Ejecutiva Elaboración del Decreto Firma

Procedimiento Modificación de Gasto Presupuestario Máximo Análisis Técnico Dirección Ejecutiva Elaboración del Decreto Firma del Ministro

Requisitos de Información Firma del Jerarca • Jerarca Supremo o Ejecutivo • Aval del

Requisitos de Información Firma del Jerarca • Jerarca Supremo o Ejecutivo • Aval del Ministro Rector Justificación de los gastos • Amplia • Sustantivos o recurrentes

Requisitos de Información Detalle de cada gasto • Monto y tipo de ingreso que

Requisitos de Información Detalle de cada gasto • Monto y tipo de ingreso que lo financia • Aportar documentación que respalda el origen y aplicación Proyectos de inversión • Mencionar la importancia institucional • Proyección anual del gasto a presupuestar por subpartida con respectiva justificación

Requisitos de Información Gastos de capital ≠ al punto anterior • Presentar detalle por

Requisitos de Información Gastos de capital ≠ al punto anterior • Presentar detalle por subpartida con respectiva justificación y monto Egresos financiados con ingresos temporales • Aclarar necesidad del gasto (detalle y subpartida en que se ubica) • Aportar documentación que respalda la fuente de recursos

Requisitos de Información Gastos que se realicen con superávit • Aportar certificación detallando monto

Requisitos de Información Gastos que se realicen con superávit • Aportar certificación detallando monto (libre o específico) • Aclarar si cumplen con la normativa Análisis de los niveles de ejecución • Ejecución inferior al 90% subpartida • Posibilidad hacer una redistribución de recursos • Cuadros No. 1 y 2

Solicitudes de Modificación del Gasto Presupuestario Máximo en el año 2013 80 70 69

Solicitudes de Modificación del Gasto Presupuestario Máximo en el año 2013 80 70 69 60 50 Presentadas 40 Devueltas 30 20 18 10 0 Fuente: Elaboración propia, año 2013

Manuales Institucionales de Clases

Manuales Institucionales de Clases

Objetivo Verificar el cumplimiento de las Directrices y Procedimientos en materia de cambios en

Objetivo Verificar el cumplimiento de las Directrices y Procedimientos en materia de cambios en los manuales de clases institucionales

Definición de Manual Institucional de Clases Conjunto de clases de puestos específicos de la

Definición de Manual Institucional de Clases Conjunto de clases de puestos específicos de la entidad pública, ministerio u órgano, que ordena los procesos de trabajo en que participan los diferentes puestos de la organización

Marco Jurídico • Artículo 29 la Ley No. 6955, Ley para el Equilibrio Financiero

Marco Jurídico • Artículo 29 la Ley No. 6955, Ley para el Equilibrio Financiero del Sector Público: Entidades públicas no podrán ocupar plazas para desarrollar funciones diferentes a las establecidas en el correspondiente manual descriptivo de puestos

Marco Jurídico • Art. 15 y 18 de las Directrices Generales en Materia Salarial,

Marco Jurídico • Art. 15 y 18 de las Directrices Generales en Materia Salarial, Empleo y Clasificación de Puestos (DE N° 37594 -H): Los puestos excluidos del Régimen de Servicio Civil contarán con el respectivo manual institucional de clases y cargos

Procedimiento Manual Institucional de Clases Análisis Técnico Dirección Ejecutiva Aprobación Definitiva del Jerarca Autoridad

Procedimiento Manual Institucional de Clases Análisis Técnico Dirección Ejecutiva Aprobación Definitiva del Jerarca Autoridad Presupuestaria

¿En qué situaciones procede la elaboración o cambios de Manuales? Elaboración por primera vez

¿En qué situaciones procede la elaboración o cambios de Manuales? Elaboración por primera vez Variación en la Ley orgánica Se pretenda una mejoría en la prestación de servicio Cambio en la estructura o reestructuración administrativa aprobada por MIDEPLAN Artículos No. 15 y 18 del Decreto Ejecutivo No. 37594 -H

Consideraciones para la Elaboración Metodología a emplear y cronograma de trabajo • Estudio de

Consideraciones para la Elaboración Metodología a emplear y cronograma de trabajo • Estudio de procesos que fundamenta la reorganización o reestructuración Estudio técnico de los puestos • Misión y visión • Análisis de procesos o funciones, productos y servicios • Ubicación en la estructura ocupacional

Consideraciones para la Elaboración Manual de Cargos • Análisis de puestos de cargos fijos

Consideraciones para la Elaboración Manual de Cargos • Análisis de puestos de cargos fijos • Factores de clasificación, descripción de funciones y consistencia con la estructura orgánica Propuesta del Manual Institucional de Clases • Nombre acorde con la naturaleza del trabajo y grupo ocupacional • Contener los cargos similares • Análisis estructuras: orgánica, ocupacional y salarial

Requisitos de Información Aval del Jerarca Supremo Propuesta de Valoración con su metodología Justificaciones

Requisitos de Información Aval del Jerarca Supremo Propuesta de Valoración con su metodología Justificaciones (mejoras en bienes y servicios) Cuadros comparativos de los factores de clasificación Detalle de la metodología empleada Costo anual del manual y fuente de financiamiento

Aprobación Definitiva del Manual Realizar los ajustes producto de la revisión efectuada por la

Aprobación Definitiva del Manual Realizar los ajustes producto de la revisión efectuada por la STAP Aprobación definitiva del Jerarca La valoración derivada del manual de clases se somete a conocimiento de la Autoridad Presupuestaria

Rige del Manual Será el primer día del mes siguiente de la aprobación definitiva

Rige del Manual Será el primer día del mes siguiente de la aprobación definitiva por parte del jerarca Tendrá un plazo máximo de 6 meses para ubicar en las nuevas clases Aquellos que no reúnan los requisitos serán ubicados en una clase para la cual califiquen Certificación que indique se ha cumplido con lo dispuesto en los artículos 11, 12, 13, 14 y 15 del Decreto No. 37078 -H

Manuales Institucionales de Clases presentados en el año 2013 14 12 12 10 8

Manuales Institucionales de Clases presentados en el año 2013 14 12 12 10 8 6 6 4 2 2 0 Presentadas Devueltas Solicitudes de Información Fuente: Elaboración propia, año 2013

Creación y Prórroga de Plazas

Creación y Prórroga de Plazas

Objetivo Analizar la información que respalda la solicitud de creación o prórroga de plazas,

Objetivo Analizar la información que respalda la solicitud de creación o prórroga de plazas, para determinar si esta se justifica, en concordancia con las directrices

Marco Jurídico • Art. 16 de la Ley No. 6955, Ley para el Equilibrio

Marco Jurídico • Art. 16 de la Ley No. 6955, Ley para el Equilibrio Financiero del Sector Público: Faculta a la AP para fijar los lineamientos en materia de empleo público e incluir límites al número de puestos por institución

Marco Jurídico • Art. 20 del Reglamento a la Ley No. 8131, Ley de

Marco Jurídico • Art. 20 del Reglamento a la Ley No. 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos: Verificar e informar sobre los acuerdos tomados por la AP • Art. 7 de las Directrices Salariales y de Empleo vigentes (DE No. 37594 -H): Solo se conocerán las solicitudes de insoslayable necesidad

Procedimiento Creación y Prórroga de Plazas Análisis Técnico Dirección Ejecutiva Autoridad Presupuestaria

Procedimiento Creación y Prórroga de Plazas Análisis Técnico Dirección Ejecutiva Autoridad Presupuestaria

Requisitos de Información Amplia justificación • Necesidad y conveniencia para la prestación del bien

Requisitos de Información Amplia justificación • Necesidad y conveniencia para la prestación del bien o servicio público que brinda la entidad Análisis de estructura ocupacional • Utilización de plazas vacantes • Redistribución o reubicación interna de personal • Traslados horizontales

Requisitos de Información Volumen de trabajo • Aclarar cómo han atendido las funciones con

Requisitos de Información Volumen de trabajo • Aclarar cómo han atendido las funciones con el personal disponible • Volumen y/o estudios de las cargas Tipos de puestos • Cargos fijos • Servicios especiales (proyectos o actividades y plazo) –máximo 3 años– • Puestos de confianza de nivel superior

Requisitos de Información Detalle de los puestos • Cantidad, clase, cargo y funciones, conforme

Requisitos de Información Detalle de los puestos • Cantidad, clase, cargo y funciones, conforme al Manual de Puestos vigente • Ubicación, conforme la estructura orgánica y la estructura ocupacional actual Costo anual • Salario base, pluses salariales y cargas sociales • Dentro del gasto presupuestario máximo • Fuente de financiamiento

Prórroga de Plazas Puestos de servicios especiales • Plazas autorizadas por la AP, con

Prórroga de Plazas Puestos de servicios especiales • Plazas autorizadas por la AP, con el fin de contar con personal contratado por un periodo determinado Requisitos de información • • Cantidad de plazas Justificación Porcentaje y detalle del avance de la obra Fecha de finalización

Solicitudes de Creación de Plazas en el año 2013 50 45 44 40 35

Solicitudes de Creación de Plazas en el año 2013 50 45 44 40 35 30 25 22 Presentadas Devueltas 20 15 10 5 0 Fuente: Elaboración propia, año 2013

Otros Procesos

Otros Procesos

Otros Procesos Documentos Presupuestarios Créditos Proyectos de Reglamento Traslados Horizontales

Otros Procesos Documentos Presupuestarios Créditos Proyectos de Reglamento Traslados Horizontales

Estadísticas Fiscales

Estadísticas Fiscales

Objetivo Estadísticas de las Finanzas Públicas • Estudiar de manera coherente y sistemática la

Objetivo Estadísticas de las Finanzas Públicas • Estudiar de manera coherente y sistemática la situación financiera del sector público • Suministrar información a las autoridades superiores encargadas de formular las políticas macroeconómicas

Estadísticas Fiscales Títulos Valores Conciliaciones Bancarias Flujo de Caja Nivel de Empleo

Estadísticas Fiscales Títulos Valores Conciliaciones Bancarias Flujo de Caja Nivel de Empleo

Nivel de Empleo Artículo 22 del Decreto Ejecutivo No. 37078 -H Informe de Nivel

Nivel de Empleo Artículo 22 del Decreto Ejecutivo No. 37078 -H Informe de Nivel de Empleo y SICCNET Informe de Plazas Ocupadas Estadísticas de Nivel de Empleo Nivel de empleo: Cantidad de plazas autorizadas por la Autoridad Presupuestaria, incorporadas en los presupuestos de las entidades públicas, ministerios u órganos.

Estadísticas Fiscales: SICCNET

Estadísticas Fiscales: SICCNET

Interesados de la Información Banco Central Servicio Civil MIDEPLAN Ministerio de Trabajo Estado de

Interesados de la Información Banco Central Servicio Civil MIDEPLAN Ministerio de Trabajo Estado de la Nación Consultores Prensa Estudiantes

Nivel de Empleo 2009 -2013 Instituciones Total 2009 2011 2012 2013 199. 262 204.

Nivel de Empleo 2009 -2013 Instituciones Total 2009 2011 2012 2013 199. 262 204. 901 207. 832 207. 790 212. 450 5, 82% Ministerios 2010 2, 83% 1, 43% -0, 02% 2, 24% 101. 604 104. 696 106. 121 106. 913 110. 506 Poderes 12. 963 13. 816 13. 559 13. 854 14. 548 Entidades 84. 695 86. 389 88. 152 87. 023 87. 396 Fuente: Elaboración propia a partir de los datos generados por el SICCNET para la Consolidación de Cifras 2013

Estadísticas Fiscales Flujo de Caja Inversiones Financieras Conciliaciones Bancarias Consolidació n de Cifras

Estadísticas Fiscales Flujo de Caja Inversiones Financieras Conciliaciones Bancarias Consolidació n de Cifras

Presentación y Registro • Día 15 de cada mes → Información del mes anterior

Presentación y Registro • Día 15 de cada mes → Información del mes anterior • Flujo Caja → Ingresos, Gastos y Financiamiento • Conciliaciones Bancarias = Caja y Bancos (saldo en libros) • Inversiones Financieras = Títulos Valores

Estadísticas Fiscales: SICCNET siccnet@hacienda. go. cr

Estadísticas Fiscales: SICCNET siccnet@hacienda. go. cr

Interesados de la Información Internos Externos • • • Gobierno de la República Banco

Interesados de la Información Internos Externos • • • Gobierno de la República Banco Central Estado de la Nación Academia Centroamericana • Estudiantes universitarios • CEFSA • Prensa FMI CEPAL Banco Mundial BID FAO Calificadoras de Riesgo Consultores

Consolidación Institucional Gastos Totales: 2005 - 2013 (tasa de variación y millones de colones)

Consolidación Institucional Gastos Totales: 2005 - 2013 (tasa de variación y millones de colones) 9, 000 100% ¢ 7. 857. 616 8, 000 ¢ 7. 140. 860, 0 7, 000 90% 80% ¢ 6. 521. 049, 8 70% ¢ 6. 019. 022, 8 6, 000 ¢ 5. 364. 633, 1 60% 5, 000 ¢ 4. 353. 276, 5 4, 000 3, 000 ¢ 3. 509. 777, 3 40% ¢ 2. 964. 987, 1 ¢ 2. 587. 340, 9 30% 2, 000 1, 000 50% 24. 0% 23. 2% 18. 4% 12. 8% 14. 6% 12. 2% 8. 3% 9. 5% 10. 0% 2011 2012 2013 0 10% 0% 2005 2006 Gobierno Central Instituciones Públicas Financieras Tasa de Variación Gastos Totales 2007 2008 2009 2010 Inst. Descentralizadas no Empresariales Órganos Desconcentrados Empresas Públicas no Financieras Gobiernos Locales Fuente: Elaboración propia a partir de los datos generados por el SICCNET para la Consolidación de Cifras 2013

Consolidación Funcional Sector Público Total 2013 Participación de los grupos funcionales en el gasto

Consolidación Funcional Sector Público Total 2013 Participación de los grupos funcionales en el gasto total (en millones de colones y porcentajes) Prot. Social}; 1, 684, 889. 1; 13% Serv. Púb. Gen. ; 892, 689. 6; 7% Educación; 1, 811, 806. 6; 14% Seguridad; 629, 529. 9; 5% Serv. Dep. Cult. y Relig. ; 54, 828. 9; 0% Salud; 1, 622, 221. 1; 12% Vivienda; 519, 842. 8; 4% Medio Ambiente; 31, 151. 9; 0% Serv. Económicos; 5, 952, 605. 1; 45% Fuente: Elaboración propia a partir de los datos generados por el SICCNET para la Consolidación de Cifras 2013

Consolidación Sectorial 2013 Gasto Consolidado por Sector (en millones de colones y como porcentaje

Consolidación Sectorial 2013 Gasto Consolidado por Sector (en millones de colones y como porcentaje del total) Social ; 375, 126. 3; 3. 0% Ambiente; 3, 498, 148. 2; 27. 7% Financiero; 2, 572, 250. 5; 20. 4% Seg. Ciudadana; 298, 300. 8; 2. 4% Cultura; 36, 559. 8; 0. 3% Productivo; 141, 287. 4; 1. 1% Infraestructura y Transp. ; 309, 079. 5; 2. 4% Política exterior; 19, 300. 6; 0. 2% Poderes; 375, 803. 8; 3. 0% Educativo; 1, 660, 685. 3; 13. 2% Turismo; 17, 556. 0; 0. 1% Salud; 2, 166, 749. 6; 17. 2% Trabajo y Seg. Social; 695, 673. 6; 5. 5% Ciencia y tecnología; 49, 428. 0; 0. 4% Coord. Gubernamental; 408, 830. 8; 3. 2% Fuente: Elaboración propia a partir de los datos generados por el SICCNET para la Consolidación de Cifras 2013

Directriz Presidencial No. 009 -H y 14 -H

Directriz Presidencial No. 009 -H y 14 -H

Objetivo Lograr una sana gestión de los recursos financieros del Estado, a través de

Objetivo Lograr una sana gestión de los recursos financieros del Estado, a través de la austeridad y la reducción del gasto público, asignando los recursos con base en prioridades, para su mejor aprovechamiento, en beneficio del desarrollo económico y social del país

Marco Jurídico Constitución Política Ley General de la Administración Pública Artículo 80 de la

Marco Jurídico Constitución Política Ley General de la Administración Pública Artículo 80 de la Ley No. 7097 Ley para el Equilibrio Financiero del Sector Público Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos y su Reglamento Directriz Presidencial No. 14 -H

Requisitos de Información Art. 1°: Creación de Plazas • No se crearán plazas •

Requisitos de Información Art. 1°: Creación de Plazas • No se crearán plazas • Se exceptúan los puestos del MEP • La AP conocerá y valorará lo estrictamente necesario en razón de conveniencia y necesidad de la Administración

Requisitos de Información Art. 2°: Plazas Vacantes • Aplica para ministerios, así como adscritas

Requisitos de Información Art. 2°: Plazas Vacantes • Aplica para ministerios, así como adscritas y entidades bajo el ámbito de AP que reciban transferencia de Gobierno para el pago de salarios • Durante dos años podrán hacer uso de hasta un 15% de las plazas vacantes (de cada 7 se podrá ocupar 1) • Vacante: no existe persona nombrada, sea interina o en propiedad, para el desempeño de sus deberes y responsabilidad y sobre la cual al momento de emitirse la Directriz Presidencial No. 009 -H (17 de julio de 2014), no se encuentra en proceso de nombramiento de personal • Se debe demostrar la condición de vacante

Requisitos de Información Art. 3°: Excepción del Art. 2° • La AP valorará los

Requisitos de Información Art. 3°: Excepción del Art. 2° • La AP valorará los casos excepcionales en los que pueda dejar de aplicar el artículo 2°, en razón de conveniencia y necesidad de la Administración • Las propuestas de excepción deben ser debidamente justificadas

Requisitos de Información Art. 4°: Remanentes de Remuneraciones • Aplica para ministerios, así como

Requisitos de Información Art. 4°: Remanentes de Remuneraciones • Aplica para ministerios, así como adscritas y entidades bajo el ámbito de AP que reciban transferencia de Gobierno para gastos operativos • No podrán tomar los sobrantes o remanentes que se produzcan, para incrementar otras partidas presupuestarias • Excepción: subpartidas “ 6. 03. 99 Otras Prestaciones” para el financiamiento de subsidios por incapacidad y “ 6. 01. 03 Transferencias corrientes a institucionales descentralizadas no empresariales” (contribuciones sociales estatales)

Requisitos de Información Art. 5°: Venta de Activos • Aplica para todas las entidades

Requisitos de Información Art. 5°: Venta de Activos • Aplica para todas las entidades del Sector Público • Se autoriza la venta de todos los activos que resulten ociosos, innecesarios o suntuarios que se refieran a bienes inmuebles no afectados al dominio público, así como el equipo mobiliario • Los recursos producto de estas ventas se deberán utilizar para apoyar el financiamiento del gasto de inversión

Requisitos de Información Art. 6°: Reserva Directriz 013 -H (modificada por 040 -H) •

Requisitos de Información Art. 6°: Reserva Directriz 013 -H (modificada por 040 -H) • Los montos reservados no podrán ser utilizados en el año 2014 • Los órganos desconcentrados y entidades podrán utilizar esos recursos en el año 2015 (informar a más tardar el 30 -09 -2014) • La reserva que contenga recursos de superávit libre solo podrá financiar gastos orientados a incrementar inversión en actividades sustantivas (Decreto Ejecutivo 32452 -H y sus reformas)

Requisitos de Información Art. 7°: 20% de Gastos Operativos • Recortar un monto equivalente

Requisitos de Información Art. 7°: 20% de Gastos Operativos • Recortar un monto equivalente al 20% de la sumatoria de saldos presupuestarios existentes • Considerar los gastos comprometidos a terceros • Excepciones: los gastos que son financiados con fondos externos y de contrapartida asociados a un proyecto de inversión financiado con endeudamiento público, así como otros específicos • Para el 2015, las entidades y órganos desconcentrados podrán utilizar esos recursos en gastos de inversión en proyectos (estudios de factibilidad)

Requisitos de Información Art. 8°: Vehículos • Aplica para todas las entidades del Sector

Requisitos de Información Art. 8°: Vehículos • Aplica para todas las entidades del Sector Público • Durante la vigencia de la directriz no podrán comprar vehículos ni sustituirlos (excepto en pérdida total del automotor) • Se exceptúan: vehículos híbridos (ecológicos), de emergencia (necesidad debidamente justificada) y policiales

Requisitos de Información Art. 9°: Alquileres • Remitir un informe a la STAP (plazo

Requisitos de Información Art. 9°: Alquileres • Remitir un informe a la STAP (plazo de dos meses a partir de la Directriz Presidencial No. 009 -H), sobre el estado de los contratos por a) alquiler de edificios y mobiliario y b) alquiler de equipo informático • Nuevos alquileres: Demostrar el estado ruinoso de la infraestructura existente o que esta haya sido declarada inhabitable

Requisitos de Información Art. 10: Financiamiento con Recursos Propios • Las entidades públicas y

Requisitos de Información Art. 10: Financiamiento con Recursos Propios • Las entidades públicas y órganos desconcentrados con capacidad legal para cobrar por los servicios, deberán continuar el establecimiento de precios y tarifas que cubran gastos operativos (incluye pago de planilla) • No menos del 25% de la totalidad de sus gastos operativos deben ser cubiertos con recursos por tarifas • Si no logran el 25%, deben justificarlo e indicar las medidas para su cumplimiento en el Presupuesto Ordinario 2016

Requisitos de Información Art. 14: Informes Trimestrales • Los jerarcas serán los responsables de

Requisitos de Información Art. 14: Informes Trimestrales • Los jerarcas serán los responsables de la aplicación de la directriz • Deberán informar trimestralmente a la STAP, sobre su cumplimiento a más tardar dentro de los primeros 5 días hábiles una vez vencido el trimestre • La AP informará trimestralmente al Presidente de la República sobre el cumplimiento de esta directriz • En caso de incumplimientos, la AP informará al Presidente de la República, para que se implementen las acciones inherentes al establecimiento de responsabilidades

Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria Principales Procesos

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