Secretara de Gestin Pblica ANLISIS DE CALIDAD REGULATORIA
Secretaría de Gestión Pública ANÁLISIS DE CALIDAD REGULATORIA SUBSECRETARÍA DE SIMPLIFICACIÓN Y ANÁLISIS REGULATORIO
Secretaría de Gestión Pública La regulación es esencial para el adecuado funcionamiento de la sociedad y de la economía PARA QUÉ REGULAMOS Algunas veces impone cargas desproporcionadas Barreras – Distorsión de Mercados RETO Emitir regulación de calidad que atienda efectivamente un problema público brindando beneficios (ciudadanos/ empresas) y minimizando costos a la economía
Secretaría de Gestión Pública POR QUÉ REGULAMOS Fallas de Mercado Fallas de Gobierno
Secretaría de Gestión Pública Fallas de Competencia POR QUÉ REGULAMOS Problemas de Información Fallas de Mercado Bienes Públicos Externalidades
Secretaría de Gestión Pública Externalidades POR QUÉ REGULAMOS Bienes Públicos Problemas de Información Regulación Social La regulación social tiene como finalidad mejorar el bienestar y la seguridad de los ciudadanos. Solo de manera indirecta indice en la eficiencia de los mercados
Secretaría de Gestión Pública Externalidades POR QUÉ REGULAMOS Bienes Públicos Problemas de Información • Se produce cuando un agente realiza acciones que generan efectos indirectos sobre otros agentes, y que son transmitidos por vi as distintas a los mecanismos propios del sistema de mercado (precios). • Ejemplo: contaminacio n producida por vehi culos, cuyos propietarios enfrentan el precio de la gasolina que no contempla los dan os ambientales generados por la emisio n de CO 2 • Caterísticas en su consumo: No rivalidad y no exclusión • No rivalidad: El consumo del bien por una persona no impide su consumo simultáneo por otras • Principio de no exclusión: No se puede impedir el consumo del bien • Falla de mercado: Se ofrece cantidad insuficiente de dicho bien • Ejemplo: Alumbrado público • Surgen cuando la eleccio n de los consumidores no son eficientes porque poseen informacio n incompleta o errónea sobre la calidad y cacarterísticas de bienes y servicios. • Falla de mercado: Se producen incentivos para reducir la calidad promedio de un bien
Secretaría de Gestión Pública En el proceso de emisión de regulación POR QUÉ REGULAMOS Cargas administrativas Fallas de Gobierno Costos de cumplimiento En el diseño del marco institucional
Secretaría de Gestión Pública CUÁLES SON LAS FALLAS DE LA REGULACIÓN Fallas de diseño • Legalismo, rigidez e inflexibilidad • Coerción e intrusividad • Regulación vaga, poco clara y compleja • No se hace consulta pública Fallas de implementación • Se sancionan conductas deseables o se permiten conductas indeseables • Captura regulatoria e interferencia polītica • Alto costo en la ejecución de la regulación. Efectos perversos Fallas de evaluación • Las regulaciones no se evalúan periódicamente para determinar si han cumplido sus objetivos • No se determinan indicadores adecuados • Tendencia a la sobreregulación
Secretaría de Gestión Pública POR QUÉ UNA POLÍTICA REGULATORIA La política regulatoria define el proceso por el cual el gobierno, al identificar un objetivo de política, decide usar la regulación como un instrumento de política, y procede a hacer un borrador y adoptar una regulación a través de un proceso de toma de decisiones basado en evidencias. (OCDE)
Secretaría de Gestión Pública QUÉ CARÁCTERÍTICAS DEBE TENER UNA REGULACIÓN DE CALIDAD 1. Debe de basarse en evidencia - ¿Es la regulacio n el mejor medio disponible para hacer frente al objetivo de la poli tica? 2. Diferentes opciones deben ser analizadas 3. Sus costos y beneficios deben ser estimados 4. Los beneficios siempre deben justificar los costos 5. El proceso debe ser transparente y abierto a las partes interesadas
Secretaría de Gestión Pública DESARROLLO DEL PROCESO: HITOS Diciembre 2016 DS N° 075 -2017 -PCM - Reglamento ACR RM N° 196 -2017 -PCM - Manual ACR Primer grupo en realizar el ACR Decreto Legislativo 1310 Aprobación del Análisis de Calidad Regulatoria Jul/Ago/ Set 2017 Set 2018 DL N° 1446 - Modifica La Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado DL N° 1448 - Modifica el artículo 2 del DL N° 1310 DL N° 1452 - Modifica La Ley del Procedimiento Administrativo General DS N° 110 -2018 -PCM DS N° 130 -2018 -PCM Nov/Dic 2018 Enero 2019 Aprobación tercer Decreto Supremo ratificador
Secretaría de Gestión Pública Presidencia del Consejo de Ministros – Secretaria de Gestión Pública Gobernanza Regulatoria • PCM Ministerio de Economía y Finanzas MEF • • Autoridad técnico normativa – Rectoría en simplificación administrativa Preside la CCR Emisión de normas Supervisión y fiscalización Opiniones vinculantes MINJUS Ministerio de Justicia y Derechos Humanos INDECOPI CONTRALORÍA Identificación de barreras burocráticas/Sanción/ Mecanismo ex post Control posterior de cumplimiento normas/Sanción
Marco legal para la mejora de la calidad regulatoria Decreto Legislativo 1310 Decreto Legislativo 1446 Establece como una de las finalidades del Establece la obligación de las entidades del Sistema Administrativo de Modernización de la Poder Ejecutivo de realizar un análisis de Gestión Pública promover la mejora de la calidad regulatoria de procedimientos de las regulaciones y la simplificación administrativos (ACR) Marco legal eadministrativa Decreto Legislativo 1452 institucional para la mejora de la calidad regulatoria Modifica la Ley del Procedimiento Administrativo General, y entre otras medidas, establece como obligación para la creación de procedimientos administrativos realizar el ACR Decreto Legislativo 1448 Establece el marco legal para el desarrollo de una política de calidad regulatoria así como los instrumentos para la mejora de la calidad regulatoria – Incorpora el RIA Recomendaciones del estudio sobre Política Regulatoria (2016) elaborado por la OCDE
Secretaría de Gestión Pública QUE ES EL ACR
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO FINALIDAD DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRTIVO Mediante el procedimiento administrativo la administración pública no solo controla la legalidad del ejercicio de actividades económicas o sociales a través del otorgamiento de actos administrativos habilitantes sino además equilibra el interés privado frente al público FINALIDAD INSTRUMENTAL
Secretaría de Gestión Pública PROCECIMIENTO ADMINISTRATIVO Y CALIDAD REGULATORIA El procedimiento administrativo orienta de manera positiva la actuación discrecional de la administración pública con la finalidad de legitimar sus decisiones FUNCIÓN LEGITIMADORA Mediante el procedimiento administrativo la administratición pública adotpta sus decisiones, (otorga licencias, permisos, autorizaciones, brinda servicios a la ciudadanía) FUNCIÓN CONSTITUTIVA Mediante el procedimiento administrativo la administración adopta la mejor decisión posible considerando de manera diligente todos los elementos de hecho y de derecho FUNCIÓN OBJETIVADORA Y RACIONALIZADORA
Decreto Legislativo N° 1310 Qué es el ACR ØCon el ACR el Estado peruano inicia la política para la mejora de la calidad regulatoria (OCDE) Ø Permite “ordenar” el stock de PAs (innecesarios, injustificados) Ø Es un proceso de análisis del procedimiento administrativo dirigido a simplificar y a determinar las cargas administrativas. ØOrientado a desarrollar capacidades en el Poder Ejecutivo. ØIntroduce elementos del RIA (principio de necesidad).
Secretaría de Gestión Pública Objetivo del ACR Simplificar/eliminar PA y/o requisitos y determinar las cargas administrativas. 3
SUT Ordena el Stock de PAs Permite contar con el universo de PAs para su posterior registro en el SUT (catálogo de procedimientos administrativos) Evita la corrupción Beneficios del ACR Limita la discrecionalidad y arbitrariedad en la atención de los procedimientos administrativos Libera recursos El ahorro en los procedimientos administrativos permite dinamizar la economía Mayor Transparencia y predictibilidad
Secretaría de Gestión Pública COMO SE HACE EL ACR
Secretaría de Gestión Pública Del responsable de la conducción y remisión del Análisis de la Calidad Regulatoria – Art 8° El Secretario / Gerente General de la entidad del Poder Ejecutivo es el encargado de conducir y coordinar dentro de cada entidad la efectiva realización del ACR y de remitir la documentación relativa al análisis de calidad regulatoria a la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria. El Director o Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica es el responsable de revisar y verificar si el proyecto de disposición normativa crea o modifica PA y de recomendar la realización y remisión del ACR correspondiente Entidad Secretario General de la entidad del Poder Ejecutivo Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria (Subsecretaría de Simplificación y Análisis Regulatorio)
Secretaría de Gestión Pública Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria – Art 10° Reglamento ACR Secretario(a) General de la Presidencia del Consejo de Ministros PCM Viceministro(a) de Economía del Ministerio de Economía y Finanzas MEF MINJUS Viceministro(a) de Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
Secretaría de Gestión Pública Tipos de análisis de calidad regulatoria (ACR) ACR Stock PA vigentes a la fecha de la publicación de la RM que aprueba el Manual ACR Ex Ante Proyectos de disposiciones normativas que crean o modifican PA
Secretaría de Gestión Pública Qué ingresa al ACR por parte de las Entidades del Poder Ejecutivo Procedimientos administrativos establecidos en disposiciones normativas vigentes (ACR Stock, culmina el 30/06/2019). Procedimientos administrativos establecidos en proyectos de disposiciones normativas, antes de su aprobación. Procedimientos administrativos, que habiendo contado con la validación de la Comisión Multisectorial, fueron ratificados por el Consejo de Ministros o emitidos por la entidad competente, ingresan al ciclo de revisión en plazos no menores de tres (03) años desde la entrada en vigencia de la disposición normativa que establece o modifica el procedimiento administrativo o desde su última ratificación. Modificación de procedimientos administrativos establecidos en disposiciones normativas vigentes, antes de la aprobación de la modificación a la disposición normativa respectiva.
Secretaría de Gestión Pública Proceso de Evaluación Proceso de evaluación del ACR Tipo de resultados de la evaluación del ACR Fichas ACR Procedimientos Administrativos PAs GRUPO 2: 534 Resultado de la evaluación 1 Improcedente Procedimientos Administrativos 2 Eliminado 3 Validado 2 PAs eliminados 3 PAs Improcedentes 1 PAs validados Descripción Es aquel procedimiento que luego de la evaluación se determina que se encuentra en una de los supuestos establecidos en la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento del artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1310 aprobado por Decreto Supremo Nº 075 -2017 -PCM o las excepciones establecidas en el artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1310. Es aquel procedimiento que luego de la evaluación se recomienda su eliminación por no cumplir con el principio de legalidad, necesidad o ambos. Es aquel procedimiento que luego de la evaluación cumple con los cuatro principios y procede su validación por parte de la CMCR. 25
Secretaría de Gestión Pública Principios que se evalúan en el Análisis de Calidad Regulatoria Las Entidades del Poder Ejecutivo realizan el análisis de calidad regulatoria de acuerdo a lo dispuesto en el “Manual para la aplicación del Análisis de Calidad Regulatoria”. Manual para la aplicación del Análisis de Calidad Regulatoria Principio de Legalidad Principio de Necesidad Valor Público Principio de Efectividad Principio de Proporcionalidad
Secretaría de Gestión Pública Principio de Legalidad ¿Qué evalúa? • Identificación de la naturaleza del PA para categorizar si produce efectos jurídicos sobre intereses, obligaciones o derechos de los administrados. • Determinación de la competencia de la entidad Identificar las normas (leyes y reglamentos) que otorgan la competencia a la entidad para pronunciarse sobre el PA. • Base legal del PA y sus requisitos Las Entidades del Poder Ejecutivo identifican la normas que regulan el procedimiento y sus requisitos al amparo de lo dispuesto en el artículo 39 del TUO de la Ley 17444.
Secretaría de Gestión Pública Principio de Necesidad ¿Qué evalúa? • Identificar el problema que busca resolver la regulación vinculada al procedimiento administrativo • El objetivo del procedimiento administrativo y como contribuye a resolver el problema identificado • Riesgos de eliminar el procedimiento administrativo • Si existe algún mecanismo alternativo
Principio de Efectividad Detectar los requisitos que contribuyen al objetivo del PA ¿Qué evalúa? Detectar requisitos injustificados Detectar requisitos innecesarios Detectar requisitos redundantes
Principio de Proporcionalidad ¿Qué evalúa? • Se basa en analizar la debida proporción entre el objeto del PA y los requisitos exigidos, mediante la determinación y reducción de las cargas administrativas que se generan a los administrados. • Permite identificar requisitos alternativos que generen menores costos al administrado. ¿Qué es una carga administrativa? Son los costos en los que incurren los administrados como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones de información (requisitos) impuestas por la regulación en el trámite de un PA.
Secretaría de Gestión Pública ¿Qué está fuera del alcance del análisis de calidad regulatoria? - Art. 18 del Reglamento ACR La eliminación de procedimientos administrativos o requisitos o la simplificación de los mismos, así como aquellas modificaciones que no impliquen la creación de nuevos procedimientos o requisitos, contenidos en las Resoluciones Ministeriales que se emiten dentro de un proceso de simplificación administrativa por parte de las entidades del Poder Ejecutivo. Procedimientos sancionadores, procedimientos administrativos disciplinarios, procedimientos administrativos de gestión interna, procedimientos iniciados y tramitados de oficio por parte de las entidades, y en general todo aquel procedimiento administrativo que no sea de iniciativa de parte. Las disposiciones normativas emitidas por los Organismos Reguladores referidos a su función reguladora; disposiciones del Poder Ejecutivo que no establezcan procedimientos administrativos de iniciativa de parte. Los ROF y demás instrumentos de gestión los mismos que se elaboran y aprueban en el marco de las disposiciones vigentes que los regulan Procedimientos administrativos de naturaleza tributaria así como los procedimientos administrativos contenidos o derivados de los acuerdos comerciales internacionales suscritos por el Perú.
Secretaría de Gestión Pública Efectos de no contar con la validación del Análisis de Calidad Regulatoria Quedan derogadas, en la parte pertinente, las disposiciones normativas que establecen los procedimientos administrativos no ratificados expresamente por Decreto Supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros. No continúan con el proceso de aprobación, en tanto la Comisión no haya validado el análisis de calidad regulatoria elaborado por la Entidad del Poder Ejecutivo mediante opinión previa favorable. § Proyectos de disposiciones normativas que establecen procedimientos administrativos. § Proyectos de modificación de disposiciones normativas vigentes que establecen procedimientos administrativos, antes de su aprobación. Quedan automáticamente derogadas, en la parte pertinente, las disposiciones normativas que establecen o regulan procedimientos administrativos que habiendo ingresado al Ciclo de Revisión no han sido validados por la Comisión y ratificados expresamente por Decreto Supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros. El Ciclo de Revisión se realiza en plazos no menores de tres años.
Secretaría de Gestión Pública Proceso de aprobación de normas multisectoriales • Analisis de Calidad Regulatoria – ACR: Si el proyecto establece un procedimiento administrativo (trámite) esta sujeto a la revisión y evaluación de la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria (PCM-MEF-MINJUS). Solo se evalúa el procedimiento. • RIA: Revisión a cargo de PCM-MEF-MINJUS. En esta etapa la PCM (SGP) revisa materias de organización y estructura; MEF (DGAEICP) el costo beneficio y MINJUS (DGDNCR) la constitucionalidad y legalidad. • Nota: En la etapa 1 y 2 intervienen los mismos órganos de los tres ministerios: SGP, DGAEICP y la Dirección General de Desarrollo Normativo y Calidad Regulatoria. • CCV: Revisión que llevan a cabo los 19 sectores. Cada sector revisa en el marco de sus competencias en el proyecto, lo cual incluye la revisión de otros órganos de la PCM y MEF. En el caso del MINJUS la revisión esta a cargo de Gabinete de Asesores.
Secretaría de Gestión Pública RESULTADOS
Secretaría de Gestión Pública Análisis de Calidad Regulatoria – ACR Stock Han ingresado 3255 procedimientos del Poder Ejecutivo de acuerdo al siguiente detalle: Entidades de los Sectores Cantidad de PAs remitidos revisiones Total de revisiones Presidencia del Consejo de Ministros, Ambiente y, Comercio Exterior y Turismo. 319 x 3 957 Agricultura y Riego, Cultura, Relaciones Exteriores, Mujer y Poblaciones Vulnerables 483 x 3 1449 Trabajo y Promoción del Empleo, Vivienda, Construcción y Saneamiento, Justicia y Derechos Humanos. 359 X 3 1077 Salud, Producción, Transportes y Comunicaciones y, Educación. 1354 x 2 2708 Energía y Minas, Defensa, Interior y, Economía y Finanzas. 740 x 1 740 Hasta la fecha han ingresado 3255 PAs y se han realizado 6931 revisiones
Secretaría de Gestión Pública Primer Decreto Supremo Concluido el proceso de evaluación final del primer grupo de fichas, del total de (319) fichas revisados, la CCR propone la validación de doscientos treinta y siete (237), equivalente al 75% del total de las fichas remitidas. Asimismo, se propone eliminar treinta (30) procedimientos, equivalente al 9%; y, finalmente se declaran improcedentes cincuenta y dos (52) fichas evaluadas, equivalente al 16%. [PORCENTAJ E] 16% Validados Improcedentes Eliminados N° PA 30 PAs 52 PAs 75% Improcedente Presidencia del Consejo de Ministros INDECOPI, INEI, OSINERGMIN, OSINFOR, OSIPTEL, OSITRAN, SERVIR, SUNASS 207 54 10 28 Ambiente MINAM, SENACE, OEFA, IGP 20 11 8 1 Comercio Exterior y Turismo MINCETUR 92 54 10 28 319 237 52 30 75% 16% 9% Totales 237 Validado EPPE Sectores Eliminado % 36
Secretaría de Gestión Pública Segundo Decreto Supremo Concluido el proceso de evaluación final de fichas, del total de (448) fichas revisadas, la CCR propone la validación de 281 PA, equivalente al 63% del total de las fichas remitidas. Asimismo, se propone eliminar 54 PA, equivalente al 12%; y, finalmente se declaran improcedentes 113 fichas evaluadas, equivalente al 25%. 113 PAs 281 63% Improcedentes Eliminados Agricultura y Riego MINAGRI, SENASA, SERFOR, ANA, INIA 341 248 75 18 Cultura CULTURA, BNP, AGN 37 9 1 27 Mujer y Poblaciones Vulnerables MIMP, CONADIS 30 9 18 3 Relaciones Exteriores RREE, APCI 28 15 7 6 Vivienda, Construcción y Saneamiento SENCICO, OTASS 6 6 Justicia y Derechos Humanos INPE 6 6 Totales Validados N° PA 54 PAs 25% EPPE Sectores 12% Improcedente Eliminado % 448 281 113 54 63% 25% 12% 37
Secretaría de Gestión Pública Tercer Decreto Supremo Concluido el proceso de evaluación final de fichas, del total de (266) fichas revisadas, la CCR propone la validación de 120 PA, equivalente al 45% del total de las fichas remitidas. Asimismo, se propone eliminar 70 PA, equivalente al 26%; y, finalmente se declaran improcedentes 76 fichas evaluadas, equivalente al 29%. EPPE Sectores Validados Improcedentes Eliminados N° PA 26% 70 PAs 45% 120 PAs 76 PAs PRODUCE, INACAL, IMARPE 90 59 17 14 Trabajo y Promoción del Empleo MTPE, ESSALUD, SUNAFIL 112 25 48 39 Vivienda, Construcción y Saneamiento MVCS 33 21 3 9 Justicia y Derechos Humanos MINJUS 31 15 8 8 266 120 76 70 45% 29% 26% Totales % 29% Validado Producción Improcedente Eliminado 38
Secretaría de Gestión Pública Gracias
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