SANCIONES TRIBUTARIAS CALIFICACION DE LAS SANCIONES CUANTIA EJEMPLOS
SANCIONES TRIBUTARIAS CALIFICACION DE LAS SANCIONES ¿ CUANTIA? EJEMPLOS ¿CÓMO SE TRAMITA? WWW. ASESORIAPROMODISA. COM
CALIFICACION DE LAS SANCIONES -Se consideran infracciones MUY GRAVES cuando en su comisión se utilizan medios fraudulentos como falsear facturas, doble contabilidad etc -Se consideran infracciones GRAVES cuando el importe no ingresado supera los 3. 000, 00 € y de ellos más del 10 % obedecen a la ocultación de datos. -Se consideran infracciones LEVES cuando el importe no ingresado es inferior a los 3. 000, 00 € o mayores pero no existe ocultación. CUANTIA DE LA SANCION MUY GRAVES 100 % - 150 % del importe no ingresado GRAVES 50 % - 100 % del importe no ingresado LEVES 50 % del importe no ingresado WWW. ASESORIAPROMODISA. COM
IMPORTANTE Si no se recurre la liquidación provisional se puede aplicar una reducción del 30 % Si tampoco se recurre la sanción se puede aplicar una reducción del 25 % WWW. ASESORIAPROMODISA. COM
EJEMPLOS DE SANCIONES Sanción Integra y reducida (1) GRAVEDAD DE LA INFRACCION Porcentaje de los impuestos no pagados Cuantía fija No ingresar los impuestos resultantes de una autoliquidación 50 (26, 25) n, p No presentar completa y correctamente declaracionies o documentos necesarios para practicar liquidaciones 50 (26, 25) n, p Obtener devoluciones indebidamente 50 (26, 25) n, p No comunicar el cambio de domicilio fiscal n, p 100 (75) Presentar fuera de plazo declaraciones a devolver o complementarias que mermen la devolución aún no recibida n, p 100 (75) No entregar el certificado de retenciones. Al trabajdor, al arrendador etc. n, p 150 (112, 50) No presentar autoliquidaciones o declaraciones a devolver n, p 200 (150) No presentar declaraciones censales n, p 400 (300) 15 (7, 875) n, p 150 (112, 50) 150 % (112, 50 %) n, p LEVES GRAVES Solicitar devoluciones indebidamente No atender un primer requerimiento de Hacienda MUY GRAVE No comunicar correctamente datos al pagador de rentas sometidas a retención o ingreso a cuenta (1) Reducción del 30 % por no recurrir la liquidación y del 25 % adicional por no recurrir la sanción n, p. : No procede WWW. ASESORIAPROMODISA. COM
TRAMITACION Comisión de la infracción Hacienda envía la liquidación provisional. No se recurre. Hacienda le notifica la “propuesta de liquidación” Se hacen alegaciones que se desestiman No se hacen alegaciones Hacienda notifica la sanción definitiva La sanción se paga sin recurrir La sanción se rebaja un 30 % y un 25 % más si se ingresa durante el periodo voluntario Se interpone recurso o reclamación económico administrativa en el plazo de un mes. No dan la razón La sanción se rebaja en un 30 % y sin la rebaja adicional del 25 % No se paga ni se recurre Se pude interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses Hacienda puede exigir la sanción integra más intereses de demora y un recargo de hasta el 20 % WWW. ASESORIAPROMODISA. COM
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