Robert Alexy y las teoras de la argumentacin
Robert Alexy y las teorías de la argumentación Universidad Francisco Marroquín Facultad de Derecho Filosofía del Derecho I Lic. Juan Pablo Gramajo Castro
Hermenéutica y argumentación � Aplicación del Derecho no es proceso lógico formal, sino intervienen valoraciones. › Decidir con base en principios exige abandonar razonamiento formal por pensamiento práctico, inevitablemente valorativo. � Sobre esto, en 2ª mitad s. XX se desarrollan: › Filosofía jurídica hermenéutica: Estudia dimensiones subjetivas del conocimiento y aplicación del Derecho. › Teorías de la argumentación: Diseñan modelos de justificación o control de racionalidad de juicios de valor. �Decisiones jurídicas, especialmente judiciales.
Conceptos � Argumentación: Forma que adquiere discurso justificatorio de: › Juicios valorativos. › Proposiciones interpretativas. › Decisiones jurídicas. � Teorías de la argumentación: Modelos para encauzar racionalmente los elementos valorativos que intervienen en la dinámica jurídica.
Argumentación y Derecho � Positividad del Derecho, más que condición inicial, es resultado de procesos argumentativos valorativos. › Argumentación y sus resultados no atañen solo a teoría de la aplicación, sino a teoría del Derecho, por ser instrumento de desarrollo de la positividad.
Sistema jurídico � Según Alexy, sistema jurídico tiene dos lados: › Activo Procedimientos de argumentación y decisión › Pasivo Sistema normativo (reglas y principios) � Derecho integra dimensiones: › Real Institucional › Ideal Pretensión de corrección
Pretensión de corrección � Tanto las normas jurídicas y las decisiones judiciales aisladas, como los sistemas jurídicos en tanto un todo, formulan necesariamente una pretensión de corrección. �Teoría de los actos del habla: Acto de afirmar supone estado mental de creencia. �Si aquél no incluye éste, acto en cuestión no se ejecuta. › Acto de prescribir (promulgar norma jurídica, dictar sentencia) supone el estado mental de creer en su corrección. �Pretensión es elemento necesario del derecho, que lo conecta con la moral.
Pretensión de corrección � Puede formularse o no. › Puede formularse de manera: �Implícita o explícita. �Subjetiva-personal u objetiva-oficial. � Puede satisfacerse o no. › Un sistema que: �No formula la pretensión, no es jurídico. �La formula pero no la satisface, es jurídico pero deficiente. › Una norma o sentencia que no formule ni satisfaga la pretensión, es jurídica pero deficiente. �Siempre la formula de modo objetivo-oficial, porque legislar y juzgar son actos institucionales. �Puede no formularla de modo subjetivo-personal el legislador o juez.
Derecho y moral Pretensión de corrección del derecho incluye pretensión de corrección moral. � Alexy distingue entre: � › Elementos morales activos en el derecho: � Aplicación implica argumentos morales, al menos en casos difíciles. � Legislación pretende ser moralmente justificable, incluso en caso de compromiso político. › Estructura moral derecho: Pretensión de corrección no atañe sólo a corrección moral de decisiones y normas, sino a usar el derecho para resolver problemas sociales, mediante ciertos procedimientos como: � Elección democrática. � Legislación parlamentaria. � Enjuiciamiento regulado por ideas como el principio de audiencia � Tanto a nivel de elementos como de estructura puede haber controversias morales en el derecho.
Derecho y moral � Sistemas jurídicos diferentes expresan concepciones de justicia diferentes. › Conexión necesaria entre derecho y moral no presupone moral compartida por todos. �Es compatible con disputa moral. � Criterio de corrección está abierto, pues cada ordenamiento debe concretizarlo. › Pretensión de corrección moral sólo puede ser satisfecha si juicio es justificable con base en una moral correcta. �Es suficiente la práctica de la argumentación racional sobre lo que es moralmente correcto. �Argumentación se rige por reglas del discurso, bajo las cuales no cualquier argumento puede ser traído a juego. �Incluso después de argumentación puede haber varias respuestas correctas, que es necesario sopesar para ver cuál aplicar.
Corrección práctica � Alcance de juicios sobre corrección es siempre provisional › Puede ser revisado y refutado. � Discurso es mejor procedimiento para acceder a corrección. › Puede hacerse uso incorrecto de él. � Sería error exigir seguridad de corrección absoluta en relación con cuestiones prácticas. › Ningún procedimiento puede garantizarla. › Responder a cuestiones prácticas consiste (no sólo, pero principalmente) en interpretar intereses y ponderarlos.
Teoría de la argumentación de Alexy � Basada en: › Teoría del discurso de Jurgen Habermas. › Filosofía política y social que reconoce valor de racionalidad y democracia. �Teoría del discurso es coherente con Estado democrático constitucional. �Sus reglas básicas expresan ideas de libertad e igualdad universales.
Sistema de procedimientos � Comprende cuatro subsistemas: › Procedimiento del discurso práctico en general › Procedimiento para creación estatal del Derecho �Práctica de la discusión racional debe presidir la elaboración legislativa, sustituyendo el juego de intereses de grupos. › Procedimiento del discurso o argumentación jurídica › Procedimiento del proceso judicial
Reglas del discurso � 28 reglas del discurso, clasificadas en: › › › Fundamentales De razón Sobre carga de la argumentación De fundamentación De transición Formas de los argumentos
Fundamentales � Principio de no contradicción � Sinceridad en la discusión � Coherencia del hablante en sus expresiones descriptivas y valorativas � Comunidad de uso del lenguaje
De razón � Deber general de fundamentación � Libre admisión al discurso � Exigencia de igualdad de derechos � Protección del hablante frente a la coacción
Sobre carga de la argumentación � Obligación de justificar el trato desigual � Deber de razonar cuando se ataca una norma o proposición no discutida � Deber de aportar argumentos suplementarios sólo en caso de contraargumentos � Deber de fundamentar las afirmaciones o manifestaciones no referidas como argumentos a una manifestación anterior
De fundamentación � Tres variantes de la idea de universalizabilidad: › Principio o regla de intercambio de roles › Principio o regla de consenso › Principio o regla de publicidad (generalidad y apertura a las reglas) � Dos reglas sobre la prueba crítica de las convicciones normativas o morales de quien argumenta: › Deben poderse justificar racionalmente en el momento actual. › No se pueden determinar únicamente a partir de condiciones de socialización no justificables � Regla de la realizabilidad › Discurso práctico versa sobre cuestiones prácticas reales
De transición � Permiten que, en cualquier momento, cualquier participante pueda pasar entre: › › Discurso práctico Discurso teórico (empírico) Discurso de análisis del lenguaje Discurso sobre la teoría del discurso
Formas de los argumentos � Justificación de proposiciones normativas: › Por referencia a reglas › Por referencia a consecuencias � Fundamentación de reglas: › Por referencia a consecuencias › Mediante reglas � Reglas de prioridad, para dirimir entre dos fundamentaciones de la misma forma o de formas diferentes: › Justificación de la preferencia absoluta › Justificación de la preferencia condicional entre reglas y principios
Discurso práctico � Uso de las reglas y formas de argumentos incrementa posibilidades de consenso en cuestiones prácticas, pero no lo garantiza, ni su carácter definitivo, porque: › Discurso práctico no prescribe premisas normativas de partida de los participantes en el discurso. › No establece todos los pasos argumentativos para alcanzar un resultado. › Algunas reglas sólo pueden cumplirse de forma aproximada.
Discurso jurídico Caso especial de discurso práctico. � Opera bajo serie de condiciones delimitadoras que enmarcan la discusión y el diálogo jurídico: � › Sujeción a: �Ley �Precedentes �Dogmática �Reglas procesales
Tipos de justificación jurídica Interna: Sus reglas se refieren a la estructura formal de la fundamentación (silogismo jurídico) y se fundan en el principio de universalidad. � Externa: Su objeto es la fundamentación de las premisas usadas en la justificación interna, que son: › Reglas del derecho positivo: Se fundamentan demostrando que satisfacen los criterios de validez del ordenamiento jurídico. › Enunciados empíricos: Se fundamentan con: � �Métodos de ciencias empíricas. �Máximas de presunción racional. �Reglas de carga de la prueba. › Otras premisas que no son ni lo uno ni lo otro.
Reglas y formas de argumentación externa � De interpretación (de la ley) � De argumentación dogmática � De uso de precedentes � De argumentación práctica en general � De argumentación empírica � Formas especiales de argumentos jurídicos
De interpretación (de la ley) � Semántica � Genética � Histórica � Comparativa � Sistemática � Teleológica
Clarificación y prevalencia � Para clarificar reglas interpretativas, se debe determinar: › › › � Su ámbito de su aplicabilidad Su estatus lógico Requisito de saturación Problema de la jerarquía Diversas funciones de las diferentes formas Resolución del problema de la jerarquía en la teoría del discurso jurídico Argumentos que expresan vinculación al tenor literal de la ley o a voluntad del legislador histórico prevalecen, salvo motivos racionales para conceder prioridad a los otros argumentos.
De argumentación dogmática � Dogmática jurídica es serie de enunciados sobre normas establecidas y aplicación del Derecho, pero no son su descripción. › Tienen coherencia mutua. › Se forman y discuten en una ciencia jurídica institucionalizada. › Tienen contenido normativo. � Funciones: › › › Estabilización Progreso Descarga Técnica Control Heurística
De argumentación dogmática � Comprobación sistemática en �Amplio: Coherencia práctica. �Estricto: Coherencia lógica. sentido: › Si se pone en duda un enunciado dogmático, hay que fundamentarlo mediante al menos un argumento práctico general. › Todo enunciado dogmático debe poder pasar una comprobación sistemática, tanto en sentido estricto como amplio.
De uso de precedentes � Debe citarse un precedente cuando pueda hacerse a favor o en contra de una decisión. � Quien se quiera apartar del precedente debe asumir la carga de la argumentación.
Formas especiales de argumentos jurídicos � Analogía � Argumento a contrario � Reducción al absurdo
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