RGIMEN DE SOCIEDAD CONYUGAL REGIMEN DE SOCIEDAD CONYUGAL

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RÉGIMEN DE SOCIEDAD CONYUGAL

RÉGIMEN DE SOCIEDAD CONYUGAL

REGIMEN DE SOCIEDAD CONYUGAL DEFINICION: “Es la sociedad de bienes que se forma entre

REGIMEN DE SOCIEDAD CONYUGAL DEFINICION: “Es la sociedad de bienes que se forma entre los cónyuges por el hecho del matrimonio”. n Esta compuesta por un grupo de bienes conocidos como haberes sociales. Los haberes sociales representan los ACTIVOS de la sociedad conyugal. Estos haberes pueden ser de 3 tipos: - HABER ABSOLUTO DE LA SOCIEDAD 2

REGIMEN DE SOCIEDAD CONYUGAL n HABER ABSOLUTO DE LA SOCIEDAD CONYUGAL Lo forman todos

REGIMEN DE SOCIEDAD CONYUGAL n HABER ABSOLUTO DE LA SOCIEDAD CONYUGAL Lo forman todos aquellos bienes que ingresan a la sociedad conyugal de manera definitiva, sin derecho a recompensa. Esta integrado por los bienes que señalan los Artículos 1725 Nº 1, 2 y 5; 1730 y 1731 del cc. 3

REGIMEN DE SOCIEDAD CONYUGAL 2. Todos los frutos, réditos, pensiones, intereses y lucros de

REGIMEN DE SOCIEDAD CONYUGAL 2. Todos los frutos, réditos, pensiones, intereses y lucros de cualquier naturaleza que provengan, sea de los bienes sociales o de los bienes propios de cada uno de los cónyuges y que se devenguen durante el matrimonio: Es decir, si un inmueble social o propio de los cónyuges produce rentas (ej. de arrendamiento) estas ingresan de forma inmediata al haber 4

REGIMEN DE SOCIEDAD CONYUGAL 4. 5. Las Minas denunciadas por uno o ambos cónyuges

REGIMEN DE SOCIEDAD CONYUGAL 4. 5. Las Minas denunciadas por uno o ambos cónyuges durante la sociedad conyugal Esto porque se consideran como bienes materiales. Salvo caso de Patrimonio Reservado. La parte del tesoro que corresponde al dueño del sitio en 5

REGIMEN DE SOCIEDAD CONYUGAL n HABER RELATIVO DE LA SOCIEDAD CONYUGAL Lo forman aquellos

REGIMEN DE SOCIEDAD CONYUGAL n HABER RELATIVO DE LA SOCIEDAD CONYUGAL Lo forman aquellos bienes que al ingresar a la sociedad conyugal dan origen a un crédito o recompensa al cónyuge aportante, la que se hace efectiva a la disolución de la sociedad conyugal. 6

REGIMEN DE SOCIEDAD CONYUGAL Cosas fungibles y especies muebles que cualquiera de los cónyuges

REGIMEN DE SOCIEDAD CONYUGAL Cosas fungibles y especies muebles que cualquiera de los cónyuges aporte al matrimonio, o durante el adquiera a título gratuito 3. La parte del tesoro que según la ley pertenece al que lo encuentra (descubridor). 4. La donación remuneratoria mueble que se hace a uno de 2. 7

REGIMEN DE SOCIEDAD CONYUGAL n HABER PROPIO O PERSONAL DE CADA CÓNYUGE Forman parte

REGIMEN DE SOCIEDAD CONYUGAL n HABER PROPIO O PERSONAL DE CADA CÓNYUGE Forman parte de este patrimonio propio: 1. Los inmuebles que un cónyuge tiene al momento de casarse. 2. Los inmuebles adquiridos por uno de los cónyuges durante la vigencia de la sociedad conyugal a título gratuito. (donación, 8

REGIMEN DE SOCIEDAD CONYUGAL PASIVO DE LA SOCIEDAD CONYUGAL n PASIVO ABSOLUTO: Una deuda

REGIMEN DE SOCIEDAD CONYUGAL PASIVO DE LA SOCIEDAD CONYUGAL n PASIVO ABSOLUTO: Una deuda integra este pasivo cuando la sociedad conyugal debe pagarla, sin derecho a recompensa. Es una deuda social desde el punto de vista de la obligación y contribución a la deuda, es decir, la sociedad paga y soporta 9

REGIMEN DE SOCIEDAD CONYUGAL PASIVO ABSOLUTO DE LA SOCIEDAD CONYUGAL Lo integran las siguientes

REGIMEN DE SOCIEDAD CONYUGAL PASIVO ABSOLUTO DE LA SOCIEDAD CONYUGAL Lo integran las siguientes deudas: 1. Las pensiones e intereses que corran, sea contra la sociedad o contra cualquiera de los cónyuges y que se devenguen durante la sociedad. 2. Las deudas y las obligaciones contraídas durante el matrimonio 10

REGIMEN DE SOCIEDAD CONYUGAL PASIVO ABSOLUTO DE LA SOCIEDAD CONYUGAL Todas las cargas y

REGIMEN DE SOCIEDAD CONYUGAL PASIVO ABSOLUTO DE LA SOCIEDAD CONYUGAL Todas las cargas y reparaciones usufructuarias de los bienes sociales o de cada cónyuge. (ej. , pago de contribuciones de bienes raíces) 5. Gastos de mantenimiento de los cónyuges; mantenimiento, 4. 11

REGIMEN DE SOCIEDAD CONYUGAL PASIVO RELATIVO DE LA SOCIEDAD CONYUGAL Este pasivo esta integrado

REGIMEN DE SOCIEDAD CONYUGAL PASIVO RELATIVO DE LA SOCIEDAD CONYUGAL Este pasivo esta integrado por las deudas personales de los cónyuges. ¿Cuáles son? Ejemplos: - Deudas anteriores al matrimonio. - Deudas contraídas durante el matrimonio y que ceden en beneficio exclusivo de uno de los 12

REGIMEN DE SOCIEDAD CONYUGAL LA RECOMPENSAS Se suele definir como “conjunto de créditos o

REGIMEN DE SOCIEDAD CONYUGAL LA RECOMPENSAS Se suele definir como “conjunto de créditos o indemnizaciones en dinero que se hacen valer al momento de liquidar la sociedad conyugal, a fin que cada cónyuge aproveche los aumentos y soporte las cargas que legalmente le corresponden” o bien “son los créditos que el marido, mujer y sociedad pueden reclamarse recíprocamente”. OBJETIVOS DE LA RECOMPENSAS: 13

REGIMEN DE SOCIEDAD CONYUGAL 1. 2. CLASIFICACION DE LAS RECOMPENSAS Pueden ser de tres

REGIMEN DE SOCIEDAD CONYUGAL 1. 2. CLASIFICACION DE LAS RECOMPENSAS Pueden ser de tres tipos: Recompensas adeudadas por uno de los cónyuges a la sociedad conyugal: ej. , por una deuda personal del cónyuge que fue pagada por la sociedad conyugal. Recompensas debidas por la sociedad a uno de los cónyuges: ej. , las especies muebles o dineros que el cónyuge aporto a la sociedad conyugal o que adquirio a título gratuito durante su 14

ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL ADMINISTRACION ORDINARIA DE LA SOCIEDAD CONYUGAL La administración ordinaria

ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL ADMINISTRACION ORDINARIA DE LA SOCIEDAD CONYUGAL La administración ordinaria de la sociedad conyugal, sea de los bienes sociales, sea de los bienes propios de la mujer, corresponde únicamente al MARIDO. (Art. 1749, 1752 y 1754 inciso final cc. ). El Marido es el “JEFE DE LA SOCIEDAD CONYUGAL”. 15

ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL b) 1. 2. 3. Las impuestas por el Titulo

ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL b) 1. 2. 3. Las impuestas por el Titulo XXII del Libro IV del Código Civil. Se refieren a una serie de actos jurídicos en los cuales el marido necesita autorización de la mujer para realizarlos, estos son: Para enajenar voluntariamente los bienes raíces sociales; Para gravar voluntariamente los bienes raíces sociales; Para prometer enajenar o gravar voluntariamente los bienes raíces sociales; 16

ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL CARACTERISTICAS de la autorización de la mujer: 1. Debe

ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL CARACTERISTICAS de la autorización de la mujer: 1. Debe ser especifica, es decir, para celebrar un acto jurídico determinado. 2. Es solemne, es decir, debe ser otorgada por escrito o por escritura pública según sea el acto para el cual se va a dar la autorización. 3. Se puede prestar 17

ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL SANCION para la falta de autorización de la mujer:

ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL SANCION para la falta de autorización de la mujer: n n Regla General: Nulidad Relativa. Excepción: a) Cuando la mujer no autoriza el contrato de arrendamiento o ceder la tenencia de un inmueble social por más de 5 años si es urbano o por más de 8 si es rustico: Sanción: 18

ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL Situaciones excepcionales en que la mujer participa en la

ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL Situaciones excepcionales en que la mujer participa en la Administración de los bienes sociales y los obliga: Las compras que la mujer haga al fiado de objetos muebles naturalmente destinados al consumo ordinario de la familia (ej. , comprar pan, etc) 2. Caso de impedimento del 1. 19

ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL ADMINISTRACION DE LOS BIENES PROPIOS DE LA MUJER: Art.

ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL ADMINISTRACION DE LOS BIENES PROPIOS DE LA MUJER: Art. 1754 cc. La administración de estos bienes corresponde al MARIDO, pero con facultades más limitadas que respecto de los bienes sociales, ya que está administrando bienes ajenos. 20

ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL LIMITACIONES A LAS FACULTADES DEL MARIDO EN ESTA ADMINISTRACIÓN:

ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL LIMITACIONES A LAS FACULTADES DEL MARIDO EN ESTA ADMINISTRACIÓN: (necesita consentimiento de la mujer) Aceptación o repudiación de una herencia o legado. 2. Aceptación o repudiación de una donación. 3. Nombramiento de partidor 1. 21

ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL Para dar en arriendo o ceder la tenencia de

ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL Para dar en arriendo o ceder la tenencia de bienes raíces más allá de 5 u 8 años, según se trate de predios urbanos o rústicos. 7. Para enajenar o gravar bienes raíces de la mujer. 6. (la voluntad de la mujer deberá ser especifica y por escritura pública… Art. 1754 /2º cc ) SANCION: 22

ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL ADMINISTRACION EXTRAORDINARIA DE LA SOCIEDAD CONYUGAL La administración extraordinaria

ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL ADMINISTRACION EXTRAORDINARIA DE LA SOCIEDAD CONYUGAL La administración extraordinaria de la sociedad conyugal, es la que procede en los casos en que por incapacidad o larga ausencia del marido éste no puede ejercerla. (Art. 138 cc) Art. 138 /1 cc “si por impedimento de larga o indefinida duración, o por prolongada ausencia, o desaparecimiento del marido, se suspenderá la administración ordinaria y se procederá a la administración extraordinaria de la sociedad 23 conyugal”.

ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL SITUACION DE AUSENCIA DEL MARIDO (Art. 473 cc) Para

ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL SITUACION DE AUSENCIA DEL MARIDO (Art. 473 cc) Para que de origen a la administración extraordinaria de la sociedad conyugal es necesario que se reúnan las siguientes circunstancias: 1. Que no se sepa su paradero o que a lo menos haya dejado de estar en comunicación con los suyos (familiares) y que de la falta de comunicación se originen 24

ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL CASOS EN QUE LA ADMINISTRACION EXTRAORDINARIA LE CORRESPONDE A

ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL CASOS EN QUE LA ADMINISTRACION EXTRAORDINARIA LE CORRESPONDE A LA MUJER: (debe haber sido designada curadora del marido) 1. Demencia 2. Sordomudez, que no puede darse a entender claramente 3. Minoría de edad 4. Ausencia, siempre que reúna los requisitos establecidos por la ley. CASOS EN QUE LA ADMINISTRACION EXTRAORDINARIA LE CORRESPONDE 25

ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL FACULTADES CON QUE SE EJERCE ESTA ADMINISTRACIÓN: ADM. EJERCIDA

ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL FACULTADES CON QUE SE EJERCE ESTA ADMINISTRACIÓN: ADM. EJERCIDA POR UN TERCERO: En este caso se trata de una administración de bienes ajenos, por tanto, el tercero que la ejerza se denominará curador y la ejercerá en conformidad a las reglas propias de los tutores o curadores, esto es, Art. 390 al 427 cc y Art. 487 al 490 cc. en el caso del marido ausente. 26

ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL Administración Bienes Sociales: Cuando la mujer ejerce esta administración,

ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL Administración Bienes Sociales: Cuando la mujer ejerce esta administración, lo hace con las mismas facultades que tenía el marido al administrar en forma ordinaria. Por tanto, las limitaciones son las siguientes: 1. Para enajenar o gravar voluntariamente o prometer enajenar o gravar bienes raíces sociales requerirá de autorización judicial conocimiento de causa. 2. Para disponer entre vivos y a título A) 27

ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL SANCION PARA LA MUJER QUE REALICE ESTOS ACTOS (sin

ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL SANCION PARA LA MUJER QUE REALICE ESTOS ACTOS (sin autorización judicial conocimiento de causa): Si se trata de los actos Nº 1 y 2: NULIDAD RELATIVA. Si se trata del caso Nº 3: LA MUJER SOLO OBLIGA SUS BIENES PROPIOS Y LOS QUE ADMINISTRA EN CONFORMIDAD A LOS ART. 150, 166 Y 167 CC. No obliga los bienes sociales. 28

ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL B) Administración Bienes Propios del Marido: Respecto de estos

ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL B) Administración Bienes Propios del Marido: Respecto de estos bienes la mujer los administrará de acuerdo a las reglas dadas para la curaduría. (Art. 1759 cc). La mujer debe rendir cuenta de su administración, en su carácter de curadora de él igual, como lo realiza cualquier tutor o curador. TERMINO DE LA ADMINISTRACION 29

PATRIMONIO RESERVADO DE LA MUJER CASADA EN SOCIEDAD CONYUGAL DEFINICIÓN: “Son aquellos bienes que

PATRIMONIO RESERVADO DE LA MUJER CASADA EN SOCIEDAD CONYUGAL DEFINICIÓN: “Son aquellos bienes que la mujer adquiere con el fruto de su trabajo separado de su marido”. Esta reglamentado en el Art. 150 cc. CARACTERISTICAS: 1. Forman un patrimonio especial, con activo y pasivo propios. 2. Constituyen una protección que la ley otorga a la mujer que trabaja. 30

PATRIMONIO RESERVADO DE LA MUJER CASADA EN SOCIEDAD CONYUGAL Requisitos para estar en presencia

PATRIMONIO RESERVADO DE LA MUJER CASADA EN SOCIEDAD CONYUGAL Requisitos para estar en presencia de este patrimonio: 1. Es necesario que la mujer casada bajo régimen de sociedad conyugal ejerza un trabajo. 2. El trabajo debe ser remunerado: Las labores domesticas que haga en el hogar o los servicios de beneficencia que realice no van a generar bienes reservados. n 31

PATRIMONIO RESERVADO DE LA MUJER CASADA EN SOCIEDAD CONYUGAL ACTIVO: 1. 2. 3. Los

PATRIMONIO RESERVADO DE LA MUJER CASADA EN SOCIEDAD CONYUGAL ACTIVO: 1. 2. 3. Los bienes que la mujer obtenga con su trabajo. (remuneración, etc) Los bienes que adquiera con el producto de su trabajo, sean muebles o inmuebles. Los frutos de los bienes antes señalados: (ej. Intereses que le da el Banco, etc) PASIVO (deudas): 1. 2. Las provenientes de los actos y contratos celebrados por la mujer dentro de este patrimonio. Las provenientes de los actos y contratos 32

PATRIMONIO RESERVADO DE LA MUJER CASADA EN SOCIEDAD CONYUGAL ADMINISTRACION DE ESTE PATRIMONIO: La

PATRIMONIO RESERVADO DE LA MUJER CASADA EN SOCIEDAD CONYUGAL ADMINISTRACION DE ESTE PATRIMONIO: La administración de estos bienes la ejerce la mujer con amplias facultades. La ley considera que para estos efectos se entiende que estuviera separada de bienes. Con la ley 19. 335 se otorga la posibilidad que estos bienes puedan ser declarados bienes familiares. Sin embargo, existen casos en que el MARIDO puede tener la administración de 33

PATRIMONIO RESERVADO DE LA MUJER CASADA EN SOCIEDAD CONYUGAL PRUEBA: Se debe probar: 1.

PATRIMONIO RESERVADO DE LA MUJER CASADA EN SOCIEDAD CONYUGAL PRUEBA: Se debe probar: 1. - La existencia del patrimonio reservado y que se actúo dentro de este patrimonio: La ley estableció una presunción en beneficio de terceros que contratan con la mujer: siempre que la mujer haya acreditado mediante algún documento que deberá ser mencionado en el contrato, por ejemplo, liquidación de sueldo, patente profesional, etc. 2. Prueba de que un determinado bien es parte del patrimonio reservado: El art. 150 cc. señala que corresponde a la 34