Resolucin 223 EXENTA de la SMA Instrucciones Generales

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Resolución 223 EXENTA de la SMA Instrucciones Generales Sobre la Elaboración del Plan de

Resolución 223 EXENTA de la SMA Instrucciones Generales Sobre la Elaboración del Plan de Seguimiento de Variables Ambientales, Informes de Seguimiento Ambiental y la Remisión de Información al Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental

Resolución 223 EXENTA de la SMA Entrada en vigencia a contar del 15 de

Resolución 223 EXENTA de la SMA Entrada en vigencia a contar del 15 de octubre del 2015 Instructivo que establece la forma de presentación de los nuevos Planes de Seguimiento Ambiental que serán ingresados al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) y de los Informes de Seguimiento Ambiental de los proyectos o actividades sometidos al SEIA que deben remitir los titulares de las RCA favorables.

Resolución 223 EXENTA de la SMA Que son los Planes de Seguimiento de Variables

Resolución 223 EXENTA de la SMA Que son los Planes de Seguimiento de Variables Ambientales (PSVA) El Reglamento del SEIA establece que los EIA deben considerar la elaboración de un Plan de Seguimiento de Variables Ambientales, para asegurar que las variables ambientales relevantes del EIA, evolucionan según lo proyectado. El PSVA deberá elaborarse según las instrucciones generales que dicte la SMA. Se conectan los roles del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA. Administra el SEIA) y de la SMA ( Ejecuta, organiza y coordina la fiscalización y seguimiento de las RCA)

Resolución 223 EXENTA de la SMA Qué es un Informe de Seguimiento Ambiental Es

Resolución 223 EXENTA de la SMA Qué es un Informe de Seguimiento Ambiental Es el informe de toda la información ambiental generada durante la ejecución de un proyecto o actividad ingresada al SEIA, vía EIA o DIA, con RCA favorable sujeta a ser informada por el titular a la autoridad. El seguimiento ambiental considera las variables ambientales, cuya condición es valorizada según los parámetros que son medidos en un periodo de observación determinado, siendo estos parámetros indicadores del estado de la variable ambiental.

Resolución 223 EXENTA de la SMA

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Resolución 223 EXENTA de la SMA Párrafo 2° De la elaboración del PSVA Art.

Resolución 223 EXENTA de la SMA Párrafo 2° De la elaboración del PSVA Art. 3°. Destinatarios. Los proponentes de un proyecto o actividad que ingrese al SEIA por medio de un EIA. Deberá elaborar el plan de seguimiento para cada fase del proyecto o actividad durante la cual se realizará muestreo, medición, análisis y/o control considerando cada variable ambiental.

Resolución 223 EXENTA de la SMA Art. 4°. Contenido del PSVA. El Plan considerará

Resolución 223 EXENTA de la SMA Art. 4°. Contenido del PSVA. El Plan considerará los siguientes elementos : a) Componente, subcomponente y variable ambiental que serán objeto de muestreo, medición, análisis y/o control, claramente identificadas. b) Identificación del impacto ambiental y sus medidas asociadas, por componente u subcomponente; c) Ubicación de los puntos i sitios de muestreo, medición, análisis y/o control, según corresponda; d) Parámetros que serán utilizados para caracterizar el estado y evolución de las variables ambientales objeto de muestreo, medición, análisis, según corresponda, claramente identificados

Resolución 223 EXENTA de la SMA Art. 4° … e) Los límites considerados en

Resolución 223 EXENTA de la SMA Art. 4° … e) Los límites considerados en la evaluación; f) Duración y frecuencia de las actividades de muestreo, medición, análisis y/o control para cada parámetro; g) Método o procedimiento de muestreo, medición, análisis y/o control para cada parámetro ; h) Periodo, frecuencia y plazo de entrega de los informes de seguimiento. Toda modificación que se desee realizar a un PSVA, deberá ser solicitada a la Comisión de Evaluación o al Director Ejecutivo del SEA, según corresponda, debiendo el titular informar a la SMA la modificación de la RCA respectiva.

Resolución 223 EXENTA de la SMA Art. 6°. Impacto Ambiental y sus medidas asociadas.

Resolución 223 EXENTA de la SMA Art. 6°. Impacto Ambiental y sus medidas asociadas. El PSVA deberá ser elaborado con relación al impacto ambiental considerado en la evaluación, la forma en que las medidas asociadas se harán cargo de cada impacto y la proyección del comportamiento de la variable ambiental en el tiempo. Art. 7°. Ubicación de los puntos o sitios de muestreo, medición, análisis y control.

Resolución 223 EXENTA de la SMA Art. 8°. Parámetros que serán utilizados para caracterizar

Resolución 223 EXENTA de la SMA Art. 8°. Parámetros que serán utilizados para caracterizar el estado y evolución de las variables ambientales. Art. 9°. Los límites considerados en la evaluación. El Plan deberá indicar los límites de los parámetros que han sido considerados en la EIA, indicando su origen y/o referencia

Resolución 223 EXENTA de la SMA Art. 10°. Duración y frecuencia de las actividades

Resolución 223 EXENTA de la SMA Art. 10°. Duración y frecuencia de las actividades de muestreo, medición, análisis y/o control para cada parámetro. Art. 11°. Método o procedimiento de muestreo, medición, análisis y/o control para cada parámetro. Art. 12°. Período, frecuencia y plazo de entrega de los informes de seguimiento.

Resolución 223 EXENTA de la SMA Párrafo 3°. Del Informe de Seguimiento Ambiental Art.

Resolución 223 EXENTA de la SMA Párrafo 3°. Del Informe de Seguimiento Ambiental Art. 14°. Destinatarios. Los titulares de proyectos o actividades que hayan ingresado al SEIA poe medio de una DIA o un EIA y que en la RCA se contemple la ejecución de actividades de muestreo. Medición, análisis y/o control, deberán presnetar los resultados de acuerdo a lo dispuesto en este párrafo

Resolución 223 EXENTA de la SMA Art. 15°. Contenidos del Informe de Seguimiento Ambiental.

Resolución 223 EXENTA de la SMA Art. 15°. Contenidos del Informe de Seguimiento Ambiental. Los informes de seguimiento de cada una de las variables ambientales, deberán considerar las siguientes secciones, según corresponda : a) Resumen b) Introducción c) Objetivos d) Materiales y métodos e) Resultados f) Discusiones

Resolución 223 EXENTA de la SMA Art. 24°. Anexos. En la sección final del

Resolución 223 EXENTA de la SMA Art. 24°. Anexos. En la sección final del informe de seguimiento ambiental se deberá incluir, a lo menos : a) Los medios de verificación que permitan realizar una trazabilidad de los resultados obtenidos en las actividades de muestreo, medición, análisis y/o control, tales como informes de análisis, fichas de registro, datos utilizados, cadena de custodia de las muestras, fotografías, actas de terreno, entre otros; b) Las autorizaciones y/o acreditaciones pertinentes, según corresponda

Resolución 223 EXENTA de la SMA c) Las certificaciones y/o calibraciones de los equipos

Resolución 223 EXENTA de la SMA c) Las certificaciones y/o calibraciones de los equipos utilizados, según corresponda ; d) Responsables y participantes de las actividades de muestreo, medición, análisis y/o control, además de la elaboración del informe de seguimiento ambiental, singularizando cargos o funciones desempeñadas.

Resolución 223 EXENTA de la SMA Párrafo 4° Del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental

Resolución 223 EXENTA de la SMA Párrafo 4° Del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental Art. 27°. Sistema electrónico de seguimiento ambiental. La SMA administrará un sistema electrónico de seguimiento ambiental. Donde los titulares de proyectos o actividades que hayan ingresado al SEIA y hayan obtenido la RCA respectiva, deberán ingresar los informes de seguimiento ambiental y, en general, cualquier otra información destinada al seguimiento del proyecto o actividad, según las obligaciones establecidas en dicha resolución.

Resolución 223 EXENTA de la SMA Art. Final. Vigencia. Las presentes instrucciones generaels entrarán

Resolución 223 EXENTA de la SMA Art. Final. Vigencia. Las presentes instrucciones generaels entrarán en vigencias dentro del plazo de seis meses contados desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial (15 Abril 2015).