Reglamento Conjunto 2019 Aspectos relevantes del nuevo reglamento

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Reglamento Conjunto 2019 Aspectos relevantes del nuevo reglamento Asociación de Constructores de Puerto Rico

Reglamento Conjunto 2019 Aspectos relevantes del nuevo reglamento Asociación de Constructores de Puerto Rico AIA Puerto Rico Fraternidad Afda, Condado PR 29 de mayo de 2019 REGLAMENTO CONJUNTO 2019

Sistema de evaluación y tramitación de permisos para el desarrollo y procedimientos administrativos uniformes

Sistema de evaluación y tramitación de permisos para el desarrollo y procedimientos administrativos uniformes REGLAMENTO CONJUNTO 2019

ADOPCIÓN JUNTA DE PLANIFICACIÓN Resolución Núm. JP-RP-38: Reglamento Conjunto 7 de mayo de 2019

ADOPCIÓN JUNTA DE PLANIFICACIÓN Resolución Núm. JP-RP-38: Reglamento Conjunto 7 de mayo de 2019 REGLAMENTO CONJUNTO 2019 3

APROBACIÓN GOBERNADOR 8 de mayo de 2019 VIGENCIA 7 de junio de 2019 REGLAMENTO

APROBACIÓN GOBERNADOR 8 de mayo de 2019 VIGENCIA 7 de junio de 2019 REGLAMENTO CONJUNTO 2019

Sistema de evaluación y tramitación de permisos para el desarrollo • La Ley Núm.

Sistema de evaluación y tramitación de permisos para el desarrollo • La Ley Núm. 161 de diciembre de 2009, según enmendada, conocida como la “Ley para la Reforma del Proceso de Permisos de Puerto Rico”, creó un Sistema Integrado de Permisos del Gobierno de Puerto Rico. • No empecé a los esfuerzos la fase de implementación de la Ley 1612009, supra, quedó inconclusa existiendo aún la necesidad de integrar y uniformizar, en alineación productiva, a los demás componentes gubernamentales responsables de esa gestión de permisos como los Municipios Autónomos. REGLAMENTO CONJUNTO 2019

Organización Administrativa SISTEMA DE PERMISOS JUNTA DE PLANIFICACIÓN OFICINA DE GERENCIA DE PERMISOS MUNICIPIOS

Organización Administrativa SISTEMA DE PERMISOS JUNTA DE PLANIFICACIÓN OFICINA DE GERENCIA DE PERMISOS MUNICIPIOS AUTÓNOMOS PROFESIONALES AUTORIZADOS REGLAMENTO CONJUNTO 2019

Junta de Planificación La Junta de Planificación ejercerá las funciones, deberes y responsabilidades delegadas

Junta de Planificación La Junta de Planificación ejercerá las funciones, deberes y responsabilidades delegadas en la Ley 161 -2009, supra, o cualquier otro estatuto que no sean incompatibles con las disposiciones de la misma o la Ley Núm. 75 de 24 de junio de 1975, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica de la Junta de Planificación”. REGLAMENTO CONJUNTO 2019

Junta de Planificación Entre estos deberes está: La Junta de Planificación, con la colaboración

Junta de Planificación Entre estos deberes está: La Junta de Planificación, con la colaboración de la Oficina de Gerencia de Permisos y las Entidades Gubernamentales Concernidas, según aplique, prepararán y adoptarán un Reglamento Conjunto, conforme a las disposiciones de la Ley 161 -2009, supra; las disposiciones contenidas en la Ley 75 -1975, supra; la Ley-1991, según enmendada, conocida como la “Ley de Municipios Autónomos”; y la Ley 38 -2017, según enmendada, conocida como “Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme”. REGLAMENTO CONJUNTO 2019

Oficina de Gerencia de Permisos (OGPe) Los deberes y facultades de la OGPe, están

Oficina de Gerencia de Permisos (OGPe) Los deberes y facultades de la OGPe, están contenidas en la Ley 161 -2009, supra, y las mismas se ejercen a través de su Secretario Auxiliar, la Junta Adjudicativa de la OGPe, los Profesionales Autorizados, Inspectores Autorizados, Gerentes de Permisos o cualquier otro funcionario facultado en Ley, según aplique. SECRETRIO(A) AUXILIAR DE LA OGPe GERENTES DE PERMISOS JUNTA ADJUDICATIVA OGPe INSPECTORES AUTORIZADOS PROFESIONALES AUTORIZADOS REGLAMENTO CONJUNTO 2019

Oficina de Gerencia de Permisos (OGPe) • Emitirán determinaciones finales, permisos, licencias, certificaciones relacionados

Oficina de Gerencia de Permisos (OGPe) • Emitirán determinaciones finales, permisos, licencias, certificaciones relacionados directa o indirectamente al desarrollo, el uso de terrenos y estructuras. • La OGPe o su Junta Adjudicativa, según sea el caso, evaluará y emitirá licencias y determinaciones finales para las consultas de variación en uso, construcción y consultas de ubicación, incluyendo, pero sin limitarse a las mejoras públicas, proyectos de impacto regional o suprarregional. • La OGPe podrá formalizar acuerdos interagenciales para expedir certificaciones, licencias o documentos de otras agencias, instrumentalidades, corporaciones gubernamentales o entidades gubernamentales que sean requeridos en el trámite y expedición de licencias, certificaciones o permisos para realizar u operar negocios en Puerto Rico. REGLAMENTO CONJUNTO 2019

Municipios Autónomos Los Municipios en virtud de lo establecido en los Capítulos XIII y

Municipios Autónomos Los Municipios en virtud de lo establecido en los Capítulos XIII y XIV, conocida como la Ley de Municipios Autónomos tenga u obtenga del Gobierno Central un convenio de transferencia de facultades de la Junta de Planificación y de la OGPe, las competencias para la evaluación, concesión o denegación de los permisos, le aplicarán todas las disposiciones de la Ley 161 -2009, supra, de este Reglamento, así como cualquier otro reglamento de la OGPe o la Junta de Planificación que les sea aplicable. Los Municipios Autónomos con Jerarquía de la I a la V podrán emitir determinaciones finales y permisos, conforme sus respectivos Convenios, a lo establecido en la Ley 161 -2009, supra, y este Reglamento. REGLAMENTO CONJUNTO 2019

Municipios Autónomos La Ley 19 -2017, supra, enmienda el Artículo 13. 008 sobre la

Municipios Autónomos La Ley 19 -2017, supra, enmienda el Artículo 13. 008 sobre la “Elaboración, Adopción y Revisión de los Planes de Ordenación”, el cual determina entre otras, que: El Reglamento Conjunto de Permisos regirá todos los asuntos y aspectos procesales relacionados a la evaluación y adjudicación de una solicitud por parte de un Municipio Autónomo con Jerarquía de la I a la V. REGLAMENTO CONJUNTO 2019

Municipios Autónomos MUNICIPIOS PLAN DE ORDENACIÓN TERRITORIAL CONVENIO DE TRANSFERENCIA JERARQUÍAS CONSORCIOS Consorcio ABC

Municipios Autónomos MUNICIPIOS PLAN DE ORDENACIÓN TERRITORIAL CONVENIO DE TRANSFERENCIA JERARQUÍAS CONSORCIOS Consorcio ABC 60 con PT 78 Municipios 18 municipios sin PT 17 municipios con Convenios Aibonito, Barranquitas y Comerío Consorcio CCSV Cayey, Coamo, Salinas y Villalba REGLAMENTO CONJUNTO 2019

Reglamento Conjunto de Permisos Este Reglamento se denominará y citará como el “Reglamento Conjunto

Reglamento Conjunto de Permisos Este Reglamento se denominará y citará como el “Reglamento Conjunto para la Evaluación y Expedición de Permisos relacionados al Desarrollo, Usos de Terrenos y Operación de Negocios” o como el “Reglamento Conjunto”. Este Reglamento tiene el propósito de detallar el sistema unificado de información relacionado al desarrollo y uso de terrenos, conforme a la política pública esbozada en la Ley 161 -2009, supra, a través de normas claras, objetivas y uniformes para el manejo ágil y eficaz de procesos, consolidando en un solo lugar, en un orden lógico y sin duplicación innecesaria, todas las reglas aplicables a los mismos. REGLAMENTO CONJUNTO 2019

Reglamento Conjunto de Permisos Reglamento Conjunto establece: 1. Un sistema uniforme de adjudicación. 2.

Reglamento Conjunto de Permisos Reglamento Conjunto establece: 1. Un sistema uniforme de adjudicación. 2. Procesos uniformes para la evaluación y expedición de determinaciones finales, permisos y recomendaciones relacionados a obras de construcción y uso de terrenos. 3. Guías de diseño verde para la capacitación de los Profesionales Autorizados y a cualquier otra persona que le interese certificarse bajo estas en Puerto Rico. REGLAMENTO CONJUNTO 2019

Reglamento Conjunto de Permisos Reglamento Conjunto establece (cont. ): 4. Procedimiento de auditorías y

Reglamento Conjunto de Permisos Reglamento Conjunto establece (cont. ): 4. Procedimiento de auditorías y querellas a seguir por la Junta de Planificación, las Entidades Gubernamentales Concernidas y los Municipios Autónomos con Jerarquía de la I a la V, según aplique. 5. Cualquier otro asunto que la Ley 161 -2009, supra, haya referido atenderse mediante reglamentación y aquellas específicamente concernientes a la Oficina de Gerencia de Permisos. REGLAMENTO CONJUNTO 2019

Reglamento Conjunto de Permisos Este Reglamento Conjunto aplicará a: • Toda la extensión territorial

Reglamento Conjunto de Permisos Este Reglamento Conjunto aplicará a: • Toda la extensión territorial de Puerto Rico y a toda persona natural y jurídica, pública o privada, o cualquier agrupación de ellas, sobre las cuales el Gobierno de Puerto Rico tenga jurisdicción. • Regirá todos los aspectos procesales relacionados a la evaluación y adjudicación de una solicitud por parte de la OGPe, los Municipios Autónomos con Jerarquía de la I a la V, del PA y las Agencias Concernidas. • Las disposiciones de este Reglamento prevalecerán sobre cualquier otro Reglamento vigente que pueda ser de aplicación al caso en particular. REGLAMENTO CONJUNTO 2019

Disposiciones de Otros Reglamentos • Sus disposiciones se complementarán e interpretarán a la luz

Disposiciones de Otros Reglamentos • Sus disposiciones se complementarán e interpretarán a la luz de las políticas públicas establecidas mediante la Ley 161 -2009, supra. • Aplicarán en la jurisdicción del municipio del Culebra, las disposiciones contenidas en el “Volumen III – Reglamentación del Plan de Ordenación Territorial, Normas Especiales para el Municipio Autónomo de Culebra”, vigente, y la Ley Núm. 66 de 22 de junio de 1975, conocida como la “Ley de Conservación y Desarrollo de Culebra”. Para todo aquello que no esté contemplado o que no conflijan con esta reglamentación aplicará el Reglamento Conjunto, vigente, conforme lo dispuesto en la Ley 161 -2009, supra. REGLAMENTO CONJUNTO 2019

Estructura del Reglamento Conjunto • El Reglamento Conjunto está ordenado en Tomos, Reglas y

Estructura del Reglamento Conjunto • El Reglamento Conjunto está ordenado en Tomos, Reglas y Secciones, con el fin de tener un documento manejable y estructurado. • Tiene su tabla de contenido para fácil referencia. • Los Tomos del Reglamento Conjunto podrán enmendarse de forma parcial, conforme a lo dispuesto en el reglamento. REGLAMENTO CONJUNTO 2019

TOMO I Reglamento Conjunto para la Evaluación y Expedición de Permisos Relacionados al Desarrollo,

TOMO I Reglamento Conjunto para la Evaluación y Expedición de Permisos Relacionados al Desarrollo, Uso de Terrenos y Operación de Negocios 12 TOMOS 66 CAPÍTULOS TOMO III Sistema de Evaluación y Tramitación de Permisos para el Desarrollo Procedimientos Administrativos, Funciones y Actividades Delegadas Permisos para el Desarrollo de Negocios TOMO IV Licencias y Certificaciones para la Operación de Negocios TOMO VI Urbanizaciones, Lotificaciones y Residenciales de Interés Social Distritos de Calificación TOMO VII Procesos ante la Junta de Planificación TOMO II TOMO VIII Edificabilidad y Construcción REGLAS SECCIONES TOMO IX Infraestructura y Ambiente TOMO X Conservación de Recursos Históricos TOMO XI Revisiones, Querellas, Multas y Auditorías TOMO XII Glosario de Planificación REGLAMENTO CONJUNTO 2019

Procedimientos Administrativos PROPÓSITO Establecer las normas para regular los procedimientos administrativos relacionados a la

Procedimientos Administrativos PROPÓSITO Establecer las normas para regular los procedimientos administrativos relacionados a la toma de decisiones sobre permisos, consultas, transacciones de terrenos públicos, certificaciones, autorizaciones y documentos ambientales, entre otros, con el fin de mejorar la calidad y eficiencia de todos los procesos del sistema integrado de permisos. REGLAMENTO CONJUNTO 2019 21

Procedimientos Administrativos ALCANCE • El Capítulo 2. 1 aplicará a todos los procedimientos administrativos

Procedimientos Administrativos ALCANCE • El Capítulo 2. 1 aplicará a todos los procedimientos administrativos que se ventilen ante la Junta de Planificación, la OGPe, Junta Adjudicativa, los Municipios Autónomos con Jerarquía de la I a la V, los Profesionales Autorizados y los Inspectores Autorizados, a tenor con las disposiciones de la Ley 161 -2009, supra. • Se uniforman todos los procesos administrativos para todas las agencias y Municipios Autónomos. REGLAMENTO CONJUNTO 2019 22

Sistema Unificado de Información (SUI) La OGPe contará con el SUI mediante el cual

Sistema Unificado de Información (SUI) La OGPe contará con el SUI mediante el cual se tramitarán y evaluarán las solicitudes que se presenten relacionadas al desarrollo, construcción, uso de propiedades en Puerto Rico tales como licencias, permisos, inspecciones, querellas, certificaciones, consultas, autorizaciones y cualquier trámite necesario para la operación o que incida de alguna forma en la operación de un negocio en Puerto Rico. Actualmente se le conoce al sistema como el “Single Business Portal” o “SBP”. REGLAMENTO CONJUNTO 2019

Nuevos distritos de calificación y procedimientos ante la Junta de Planificación REGLAMENTO CONJUNTO 2019

Nuevos distritos de calificación y procedimientos ante la Junta de Planificación REGLAMENTO CONJUNTO 2019

Distritos de Calificación La Ley 161 -2009, supra, establece que los municipios que cuenten

Distritos de Calificación La Ley 161 -2009, supra, establece que los municipios que cuenten con un Plan de Ordenación Territorial (“POT”) aprobado en el cual se utilice una nomenclatura diferente a la aquí provista para sus Distritos de Calificación, tendrán que armonizar sus distritos al Reglamento Conjunto. REGLAMENTO CONJUNTO 2019

Distritos de Calificación Se establece y define las diferentes tipologías de calificación del suelos

Distritos de Calificación Se establece y define las diferentes tipologías de calificación del suelos que han de regir a través de toda la Isla, en virtud de las disposiciones de la Ley 161 -2009, supra, la cual, entre otras cosas, ordena a la JP revisar todos los distritos de calificación contenidos en el Reglamento Conjunto o en cualquier otro reglamento de planificación, así como en todos los planes de ordenación territorial municipal aprobados o en proceso ante la Junta de Planificación, a los fines de establecer usos y distritos de calificación uniformes para todo Puerto Rico. REGLAMENTO CONJUNTO 2019

Distritos de Calificación Por otra parte, también se establecen las equivalencias que de forma

Distritos de Calificación Por otra parte, también se establecen las equivalencias que de forma transicional habrá entre los distritos existentes, ya sea por reglamentación especial, planes de ordenación territorial o el Reglamento Conjunto previo. La cantidad de distritos de calificación se reduce mediante la consolidación de aquéllos que sean afines o similares, además, se adoptan zonas o áreas especiales sobrepuestas para atender las particularidades de aquellos distritos que deban ser tratados de manera especial, conforme se establece en el Capítulo 7. 3 (Zonas y Áreas Especiales Sobrepuestas) en el Tomo VII de este Reglamento. REGLAMENTO CONJUNTO 2019

Distritos de Calificación Se crean nuevos distritos que permitan regular actividades no contenidas en

Distritos de Calificación Se crean nuevos distritos que permitan regular actividades no contenidas en los distritos existentes o que deben atenderse de forma particular. Cada distrito contiene disposiciones generales, usos permitidos de forma ministerial o vía excepción, parámetros de diseño y consideraciones especiales, simples, funcionales y cónsonas con las nuevas tendencias de hacer negocio a nivel global. REGLAMENTO CONJUNTO 2019

Distritos de Calificación Este capítulo a su vez establece normativas especiales para optimizar el

Distritos de Calificación Este capítulo a su vez establece normativas especiales para optimizar el uso del suelo, así como de la estructura, formulación de política pública y parámetros para viabilizar un desarrollo ordenado del tejido urbano y de las áreas rurales, en armonía con el estado de derecho aplicable. REGLAMENTO CONJUNTO 2019

Cláusula de transitoriedad y equivalencia Los Distritos de Calificación contenidos en este Reglamento aplicarán

Cláusula de transitoriedad y equivalencia Los Distritos de Calificación contenidos en este Reglamento aplicarán de forma inmediata a todo Puerto Rico, no obstante, y hasta tanto los correspondientes mapas sean revisados para reflejar las nomenclaturas correspondientes al distrito que ostente la propiedad, de forma transitoria se utilizarán las equivalencias en la Tabla 6. 1 - Equivalencias Distritos de Calificación. El RC 2010 constaba de 50 distritos de calificación y el nuevo RC 2019 consta de 22 distritos, entre nuevos y consolidados. REGLAMENTO CONJUNTO 2019

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Equivalencia distritos de calificación de planes de ordenación territorial y planes especiales Planes de

Equivalencia distritos de calificación de planes de ordenación territorial y planes especiales Planes de Ordenación Territorial • Barceloneta • Caguas • Carolina • Corozal • Guaynabo • Juncos • Mayagüez • Ponce • Rincón • San Juan • Vieques REGLAMENTO CONJUNTO 2019

Equivalencia distritos de calificación de planes de ordenación territorial y planes especiales Planes Especiales

Equivalencia distritos de calificación de planes de ordenación territorial y planes especiales Planes Especiales • Reserva Natural de la Bahía Bioluminicente de Vieques • Plan de Usos de Terrenos para el Área de Planificación Especial de Piñones • Plan Especial para el Desarrollo de Castañer • Plan de Conservación de Áreas Sensitivas para Adjuntas y Municipios Adyacentes • Plan y Reglamento del Área de Planificación Especial del Carso (PRAPEC) • Plan Sectorial para la Reserva Natural de Río Cialitos REGLAMENTO CONJUNTO 2019

Distrito Comercial Liviano (C-L) • Se mantiene el Distrito Comercial Liviano (C-L) como uno

Distrito Comercial Liviano (C-L) • Se mantiene el Distrito Comercial Liviano (C-L) como uno para facilitar la ubicación de usos comerciales livianos que son tolerables en las áreas residenciales, este distrito excluye aquellas actividades o usos comerciales que resultan nocivos o incongruentes con el uso residencial predominante en el área. • Este distrito comercial de baja intensidad se establece para clasificar áreas comerciales, que puedan suplir las necesidades diarias de residentes de una (1) o más comunidades, sin afectar la calidad de vida. • Se promueve estimular el establecimiento de comercios pequeños y medianos promoviendo el ordenamiento del espacio urbano con las actividades propuestas y las comunidades donde se propone su ubicación. REGLAMENTO CONJUNTO 2019

Distrito Comercial Liviano (C-L) USOS NO PERMITIDOS Los siguientes usos no serán permitidos en

Distrito Comercial Liviano (C-L) USOS NO PERMITIDOS Los siguientes usos no serán permitidos en este distrito de calificación, a fin de mantener el carácter comercial de forma limitada, tales como: a. Usos reservados para el distrito C-I b. Comercios para instalación de neumáticos y piezas de vehículos de motor c. Ferretería que incluya venta de madera, arena, piedra, cemento, cal, varilla de acero u otros materiales pesados d. Talleres de mecánica e. Talleres de hojalatería y pintura REGLAMENTO CONJUNTO 2019

Distrito Comercial Liviano (C-L) USOS NO PERMITIDOS (cont. ) f. Talleres de reparación abiertos

Distrito Comercial Liviano (C-L) USOS NO PERMITIDOS (cont. ) f. Talleres de reparación abiertos al exterior g. Panadería y repostería que utilice hornos eléctricos o de gas fluido y cuyos productos se vendan al por mayor h. Cafetín, barra, sport bar, música en vivo, karaokes, DJ’s i. Comercios dedicados principalmente al expendio de bebidas alcohólicas o al entretenimiento REGLAMENTO CONJUNTO 2019

Distrito Industria Especializada (I-E) • Se crea el Distrito Industria Especializada (I-E), con el

Distrito Industria Especializada (I-E) • Se crea el Distrito Industria Especializada (I-E), con el fin de identificar proyectos industriales que por su naturaleza requieran de ubicaciones especiales tales como: canteras, depósitos de relleno sanitarios, energía renovable y otros usos. • La propuesta de estos usos o actividades deberán tomar en consideración entre otros, los ruidos, vibraciones, uso de explosivos, impacto sobre las vías por maquinaria, equipo, camiones, deterioro de las vías de tránsito, rotulación adecuada y seguridad. • Se promueve conservar y estimular el establecimiento de estos usos para atender las necesidades primordialmente asociadas a las actividades del recurso tierra y del sector de la construcción en el país y eventualmente conformar las actividades incompatibles existentes. REGLAMENTO CONJUNTO 2019

Distrito Industrial (I) • Este Distrito Industrial (I) se establece para identificar industrias o

Distrito Industrial (I) • Este Distrito Industrial (I) se establece para identificar industrias o áreas industriales tanto de carácter liviano como pesadas, desarrolladas o que puedan desarrollarse. • La extensión de terrenos para estas industrias estará basada en las potencialidades del área, la capacidad de la infraestructura, la dirección de los vientos, efectos sobre la calidad del aire, agua y terreno, así como el potencial que tenga la actividad de producir olores, ruidos, emanaciones, vibraciones, reflejos de luces de las implicaciones del tránsito generado en el sistema de transportación y de la mejor organización del uso de los terrenos. • Como objetivo se persigue que los terrenos se dediquen a tales fines, excluyendo el uso residencial. • El distrito permite establecer ciertos usos comerciales para atender las necesidades del área. REGLAMENTO CONJUNTO 2019

Distrito Dotacional (D) • Los usos dotacionales: DT-G y DT-P, se consolidan en un

Distrito Dotacional (D) • Los usos dotacionales: DT-G y DT-P, se consolidan en un Distrito Dotacional (D) al que se le incluyen nuevos usos a permitirse. • Este distrito se establece para clasificar terrenos públicos o privados ocupados o a ocuparse con usos dotacionales, institucionales, turísticos, comerciales, recreativos, cívicos, docentes, filantrópicos, culturales, científicos, educativos, religiosos o similares como medio para asegurar que sean desarrollados en armonía con el Plan de Usos de Terrenos de Puerto Rico, vigente. • El distrito promueve, además, preservar el carácter abierto de espacios grandes y poderlos dedicar a la recreación pública como lugares de recreación pasiva y activa. REGLAMENTO CONJUNTO 2019

Distrito de Área Rural Desarrollada (ARD) • Se crea el Distrito de Área Rural

Distrito de Área Rural Desarrollada (ARD) • Se crea el Distrito de Área Rural Desarrollada (ARD), para facilitar el control del crecimiento urbano y para maximizar la utilización de la infraestructura disponible, identificar terrenos que con una moderada inversión en infraestructura puedan desarrollarse o que por sus características particulares no sean aptos para el desarrollo urbano. • El Distrito Área Desarrollada (A-D) se hace formar parte del Distrito Área Rural Desarrollada (ARD), con el propósito de identificar desarrollos desconectados de los suelos urbanos pero que tiene cierta organización espacial y cuentan con la infraestructura básica para atender las comunidades establecidas. REGLAMENTO CONJUNTO 2019

Distrito de Riesgo para Espacios Abiertos (R-EA) • Se crea el distrito de Riesgo

Distrito de Riesgo para Espacios Abiertos (R-EA) • Se crea el distrito de Riesgo para Espacios Abiertos (R-EA) para identificar terrenos declarados como espacios abiertos (“open spaces”) según la Reglamentación Federal (44 CFR Parte 80), por existir una condición de riesgo como consecuencia de un evento natural. • Estos espacios pueden incluir, pero no limitarse, a inundaciones severas y deslizamientos de terrenos. • Existen condiciones en estas áreas que son desfavorables o perjudiciales a la salud, seguridad o al bienestar general y puede existir un riesgo de pérdida de vida y propiedad. • No se considerarán cambios a las calificaciones. • La condición de espacio abierto permanecerá a perpetuidad. REGLAMENTO CONJUNTO 2019

Procesos ante la Junta de Planificación • Se establece un nuevo Tomo de los

Procesos ante la Junta de Planificación • Se establece un nuevo Tomo de los procesos ante la Junta de Planificación con el propósito de que ésta se dedique a su función primaria de planificar, creando nuevas herramientas de planificación y actualizando las existentes. • Entre estas se destacan los siguientes tramites: • Transacciones públicas, que no estén exentas por ley o resolución de la Junta de Planificación; • Plan Maestro; • Zonas y Áreas Sobrepuestas; • Designación de Zonas Escolares; y • Cambios de Calificación. REGLAMENTO CONJUNTO 2019

Planes Maestros • El propósito es establecer las guías y normas de planificación aplicables

Planes Maestros • El propósito es establecer las guías y normas de planificación aplicables para regular los procedimientos a llevarse a cabo para la elaboración de un Plan Maestro en Puerto Rico. • Este Plan especial se utiliza para delimitar y planificar el desarrollo de un área en particular a corto y mediano tiempo. • Este documento de planificación sirve de guía para promover una visión y un marco de referencia para dirigir el crecimiento de un área o parcela de terreno específica. • Este plan contiene estrategias para organizar el territorio físico, en una propuesta de diseño que toma en consideración las clasificaciones y calificaciones de los terrenos, vigentes. REGLAMENTO CONJUNTO 2019

ÁREAS ESPECIALES SOBREPUESTAS El propósito de las zonas y áreas especiales sobrepuestas es viabilizar

ÁREAS ESPECIALES SOBREPUESTAS El propósito de las zonas y áreas especiales sobrepuestas es viabilizar los objetivos y políticas públicas sobre los usos de terrenos, con atención a los relacionados con protección, conservación y rehabilitación, entre otros, en zonas identificadas sin que esto conlleve afectar el derecho adquirido y que la reglamentación prevalece sobre el segundo. ZONAS ESPECIALES SOBREPUESTAS Zonas y áreas especiales sobrepuestas 1. Zona de Interés Turístico (ZIT) 2. Zona Histórica (ZH) 3. Zona Escolar (ZE) 4. Zona Especial de Planificación (ZEP) 5. Zona Portuaria (ZP) 6. Zona de Riesgo (ZR) 1. Áreas de Planificación Especial (APE), conforme al Programa de la Zona Costanera, vigente. 2. Reservas Naturales (RN) 3. Reservas Agrícolas (RA) REGLAMENTO CONJUNTO 2019

Zona de Riesgo (ZR) • Esta iniciativa de la Junta de Planificación surge a

Zona de Riesgo (ZR) • Esta iniciativa de la Junta de Planificación surge a raíz de cambios ocurridos en Puerto Rico en las últimas décadas, específicamente tomando en consideración los impactos sufridos por eventos naturales, se establece como nueva política pública la creación de zona sobrepuesta de riesgo para atender áreas específicas de riesgo o zonas que han sufrido o pudieran sufrir en mayor magnitud a raíz de eventos atmosféricos u otras condiciones, que han representado pérdidas para los propietarios y para el gobierno tanto estatal como federal. REGLAMENTO CONJUNTO 2019

Zona de Riesgo (ZR) • El propósito esencial de la Zona de Riesgo (ZR)

Zona de Riesgo (ZR) • El propósito esencial de la Zona de Riesgo (ZR) es reconocer las características especiales de estos suelos con relación a deslizamientos, inundaciones, áreas costeras de alto peligro, marejadas, erosión y otras condiciones desfavorables buscando proteger la vida y propiedad de los residentes y dueños de las mismas. • Además, se busca proteger los suelos del proceso urbanizador y de actividades humanas que detonen el potencial de riesgo de estos terrenos, reducir las pérdidas severas y repetitivas de propiedad, infraestructura pública o privada, la necesidad de inversión de fondos, públicos y federales, y los esfuerzos de rescate, entre otros. REGLAMENTO CONJUNTO 2019

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Portal Internet http: //jp. pr. gov/ Correo electrónico info@jp. pr. gov Cuadro Telefónico (787)

Portal Internet http: //jp. pr. gov/ Correo electrónico info@jp. pr. gov Cuadro Telefónico (787) 723 -6200 Dirección Postal P. O. Box 41119 San Juan PR 00940 -1119 @JPlanificacion REGLAMENTO CONJUNTO 2019 48