Regimen Tributario Por rgimen tributario nos referimos al
Regimen Tributario
Por régimen tributario nos referimos al conjunto de normas que regulan el cumplimiento de las obligaciones sustanciales, vinculadas directamente al pago de tributos, y de las obligaciones formales, relacionadas con trámites, documentos o instrumentos que facilitan el pago de tributos. o i r a t u b i r T n e m Régi
El impuesto a la renta. �Es el impuesto que se impone en todos los países a las personas cuyas ganancias producto de sus propiedades o capital, le permite incrementar sus bienes o patrimonio. �Recurso que se obtiene de la utilización de un capital, de un trabajo o la aplicación conjunta de ambos factores y que provienen de una fuente durable y constante que genera ingresos periódicos. . L A R T N E C O N R E I B O G L E A R A P TRIBUTOS
Régimen General. �Es un régimen tributario que comprende las personas naturales y jurídicas que generan rentas de tercera categoría. Es decir las derivadas de actividades comerciales, industriales, servicios o negocios. . s o i r a t u b i r t s e n e m í g e Tipos de r
Régimen Especial Régimen tributario Personas naturales y jurídicas, sucesiones indivisas y sociedades conyugales domiciliadas en el país obtengan rentas de tercera categoría provenientes de: Actividades de comercio y/o industria, entendiéndose por tales a la venta de los bienes que adquieran, produzcan o manufacturen, así como la de aquellos recursos naturales que extraigan, incluidos la cría y el cultivo Actividades de servicios, entendiéndose por tales a cualquier otra actividad no señalada expresamente en el inciso anterior.
Régimen Único Simplificado (RUS). Está dirigido a: �Las personas naturales y sucesiones indivisas domiciliadas en el país, que exclusivamente obtengan rentas por la realización de actividades empresariales de compra o producción y venta, permuta o disposición de bienes (comercio, industria, minería, explotación agropecuaria, forestal y pesquera, prestación de servicios, etc. ) �Las personas naturales no profesionales, domiciliadas en el país, que perciban rentas de cuarta categoría únicamente por actividades de oficios. . s o i r a t u b i r t s e n e m í g e Tipos de r
�Los sujetos de este régimen sólo deben entregar boletas de venta y/o tickets o cintas de máquinas registradoras que no permitan ejercer derecho al crédito fiscal ni sustentar gasto y/o costo para efectos tributarios. �Los sujetos de este régimen que se dedican exclusivamente a la venta en mercados de abastos de productos agrícolas exonerados del IVA, y que tienen ingresos mensuales menores a US$ 620, no están obligados a pagar nada.
Categorías de impuesto a la renta. �Primera categoría, las rentas reales (en efectivo o en especie) del arrendamiento o sub - arrendamiento, el valor de las mejoras, provenientes de los predios rústicos y urbanos o de bienes muebles. �Segunda categoría, intereses por colocación de capitales, regalías, patentes, rentas vitalicias, derechos de llave y otros.
�Tercera categoría, en general, las derivadas de actividades comerciales, industriales, servicios o negocios. �Cuarta categoría, las obtenidas por el ejercicio individual de cualquier profesión, ciencia, arte u oficio. �Quinta categoría, las obtenidas por el trabajo personal prestado en relación de dependencia.
El impuesto general a las ventas. �Están relacionados a la venta en el país de bienes muebles o la importación de bienes, la prestación o utilización de servicios en el país los contratos de construcción. . L A R T N E C O N R E I B O G L E A R A P TRIBUTOS
Impuesto Selectivo al Consumo �Es un tributo al consumo específico, y se refiere a la venta en el país de productos de determinados bienes, la importación de los mismos, la venta en el país de los mismos bienes cuando es efectuada por el importador y los juegos de azar y apuestas. De manera similar a lo que acontece con el Impuesto General a las Ventas este tributo es de realización inmediata, pero se determina mensualmente. Las tasas de este Impuesto oscilan entre 0 y 118%, dependiendo del bien gravado, según las tablas. L respectivas. A R T N E OC O N R E I B O G L E A R A P S O TRIBUT
Impuesto Predial �El Impuesto Predial es un tributo municipal que se paga de forma anual y que determina el valor de los predios urbanos o rústicos. Para este efecto, se consideran predios a los terrenos, las edificaciones e instalaciones fijas y permanentes. �Se encuentran exonerados del Impuesto Predial, entre otros, los de propiedad de las Universidades, centros educativos y los comprendidos en concesiones mineras. . L A R T N E C O N R E I B O G L E A R A P TRIBUTOS
- Slides: 12