RECURSOS HUMANOS Bienvenidos as Resea Histrica antecedentes y
RECURSOS HUMANOS Bienvenidos (as)
Reseña Histórica (antecedentes y naturaleza) • En 1911 -Inician las funciones del Departamento de Agricultura, precursor del actual Ministerio de Agricultura y Ganadería. Se fomenta la extensión, la salud animal, vegetal y la actividad forestal. El café, el banano y la ganadería eran las principales actividades agropecuarias del país.
Reseña Histórica (antecedentes y naturaleza) • 1949 -Por medio de la nueva constitución se crea el MAG. • 1974 -Se promulgó la Ley de Salud Animal
Reseña Histórica (antecedentes y naturaleza) • 2006 -Se crea el Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA), a partir de la Dirección de Salud Animal.
Misión Brindar servicios de calidad que permitan al sector pecuario integrarse al plan de desarrollo del país, facilitar el comercio de animales, productos y subproductos pecuarios en los mercados internacionales; vigilar, operar y negociar políticas en materia de su competencia, en la importación y comercio nacional; mediante una organización armonizada y equivalente, que asegure que las medidas veterinarias se basan en evaluación de riesgos para la salud animal y la salud pública veterinaria; gozando así del respeto y confianza de la comunidad nacional e internacional.
Visión El SENASA será un servicio oficial que brinde confianza y credibilidad, ofreciendo capacidad de organización y gestión, contando con infraestructura administrativa con soporte legal; todo dentro del ámbito de su competencia en medicamentos veterinarios, alimentos para animales, inocuidad de alimentos de origen animal, cuarentena interna y externa, salud animal, salud pública veterinaria, ensayos de laboratorio y salud reproductiva; con independencia en el ejercicio de funciones y la existencia de programas y campañas de prevención control y erradicación de enfermedades y plagas de los animales.
Objetivos del SENASA • Conservar, promover, proteger y restablecer la salud de los animales, a fin de procurarles mayor bienestar y productividad, en armonía con el medio ambiente. • Procurar al consumidor la seguridad sanitaria de los alimentos de origen animal y, con ello, la protección de la salud humana.
Objetivos del SENASA • Regular y supervisar el uso e intercambio del material genético de origen animal; así como determinar el riesgo sanitario que ese material pueda representar para la salud pública veterinaria o animal.
Objetivos del SENASA • Registrar, regular y supervisar los medicamentos veterinarios y los alimentos para consumo animal, de manera que no representen un peligro para la salud pública veterinaria, la salud animal y el medio ambiente
Objetivos del SENASA • Procurar el respeto y la implementación de los diferentes acuerdos internacionales, suscritos por Costa Rica en materia de su competencia, según los fines y objetivos de esta Ley.
Objetivos del SENASA • Establecer los mecanismos de coordinación entre las diferentes instituciones nacionales y los organismos internacionales involucrados con la materia de esta Ley.
Objetivos del SENASA • Establecer los mecanismos de participación de los grupos organizados y los usuarios de los servicios que brinda el SENASA en los planes y las acciones de su competencia.
Valores Institucionales
Código de Conducta del SENASA • Respeto a la legalidad y los valores éticos • Respeto a las personas • Desarrollo profesional e igualdad oportunidades de
Código de Conducta del SENASA • • Cooperación y dedicación Seguridad y salud en el trabajo Uso y protección de los activos Imagen y reputación institucional
Código de Conducta del Personal • Lealtad a la institución y conflicto de intereses • Compensaciones impropias y tráfico de influencias • Relaciones con los usuarios de los servicios • Respeto al medio ambiente
Organigrama
REGLAMENTO AUTONOMO DE SERVICIO DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA
OBJETIVO GENERAL PROMULGAR EL CONOCIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES NORMATIVAS QUE REGULAN LA UTILIZACION DEL RECURSO HUMANO
QUE EL SERVIDOR DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA DEBE DISPONER, CONOCER Y UTILZAR LA NORMATIVA JURIDICA QUE SUSTENTA SU RELACION DE SERVICIO CON EL MINISTERIO
DISPOSICIONES GENERALES El Departamento de Recursos Humanos tiene las potestades y responsabilidades definidas en el Estatuto y su Reglamento, de velar por el efectivo cumplimiento del presente Reglamento, estableciendo las investigaciones y los procedimientos disciplinarios necesarios
RELACIONES DE SERVICIO La Relación de Servicio, entre el Ministerio y sus servidores esta regulada por lo que dispone : Régimen del Servicio Civil
Reglamento Autónomo de Servicio del Ministerio de Agricultura y Ganadería
Ley General de la Administración Publica
Ley Orgánica de la Contraloría General de la Republica
Ley de Salarios de la Administración Publica
Ley General de Control Interno
Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito
Ley de Administración Financiera
A falta de disposiciones en dicho ordenamiento, se aplicara lo que establezca el Código de Trabajo.
• OBLIGACIONES DE LOS SERVIDORES
OBLIGACIONES DE LOS SERVIDORES • Cumplir con las disposiciones normativas que regulan su relación de servicio, así como con todas aquellas de orden interno actuales o futuras, sin perjuicio de hacer valer sus derechos, por los medios y procedimientos legalmente establecidos.
OBLIGACIONES DE LOS SERVIDORES Respeto de la jornada laboral. Atender y cumplir de manera eficiente y oportuna las ordenes de sus superiores. Responder por los objetos o herramientas de trabajo. Notificar al superior inmediato, verbalmente o por escrito, a mas tardar el segundo día de su ausencia la causa que le impida asistir a su trabajo.
OBLIGACIONES DE LOS SERVIDORES Registrar personalmente su asistencia a la hora de entrada y salida de su jornada de trabajo. No sobrepasar las horas destinadas para tomar refrigerios y el almuerzo. Guardar la debida discreción sobre los aspectos relacionados con su trabajo.
PROHIBICIONES
DE LAS PROHIBICIONES De acuerdo con lo establecido en los artículos 40 del Estatuto y 51 de su Reglamento, 72 del Código de Trabajo y otras normas del presente Reglamento es prohibido para los servidores del Ministerio:
DE LAS PROHIBICIONES Ausentarse del trabaja sin causa justificada y sin el permiso correspondiente. Aceptar pagos de cualquier persona en razón de su cumplimiento de sus funciones. Hacer propaganda política dentro de las instalaciones oficiales en horas laborales o bien utilizar cualquier bien mueble o inmueble.
DE LAS PROHIBICIONES Presentarse al trabajo en estado de embriaguez o bajo cualquier otra condición. Usar los vehículos, útiles, materiales, herramientas y cualquier otro objeto, suministrados por el ministerio, para satisfacer necesidades personales o ajenas al servicio por brindar. Alterar el registro de asistencia en libros, o la marca tarjetas y efectuar tales registros por cuenta y a nombre de otro servidor.
PROHIBICIONES Llevarse y guardar los vehículos fuera de las instalaciones oficiales, en horas y días no hábiles, salvo los declarados de uso discrecional. Realizar funciones profesionales o técnicas, en forma particular, si se encuentra recibiendo el pago por Prohibición o por Dedicación Exclusiva.
• DERECHOS DE LOS SERVIDORES
DERECHOS DE LOS SERVIDORES Recibir capacitación que les permita obtener nuevos conocimientos. Optar a la carrera administrativa, y que cumplan con los requisitos que el puesto exige. Asistir a las asambleas ordinarias y extraordinarias de los diferentes sindicatos o accionistas, siempre que sean miembros activos.
DERECHOS DE LOS SERVIDORES Recibir la inducción necesaria, así como las instrucciones sobre sus deberes y responsabilidades en el cargo. Optar por los beneficios o incentivos económicos , legales. Contar con los instrumentos, equipo y materiales necesarios que le permitan ejecutar su trabajo.
DERECHOS DE LOS SERVIDORES Obtener el pago de viáticos por concepto de transporte , hospedaje y alimentación, al ejecutar giras en el ejercicio de sus funciones. Optar por el beneficio de asueto media jornada el día de su cumpleaños. ( días hábiles ) Después de quince años de prestar servicios para el Estado, serán eximidos del control de asistencia.
DISFRUTE DE VACACIONES
Los servidores disfrutaran de vacaciones anuales de la siguiente manera: Quince días hábiles, cuando hayan trabajado de uno hasta cinco años. Veinte días hábiles, cuando hayan trabajado de seis hasta diez años. Un mes calendario, después de once años de servicio o a veintiséis días hábiles.
OBSERVACIONES El Derecho de Vacaciones se obtiene cuando el servidor ha completado cincuenta semanas continuas de servicio. Si no cumpliera el plazo por terminación de su relación de servicio, tendrá derecho al pago de vacaciones proporcionales: a) Un día por cada mes trabajado b) 1, 25 por cada mes trabajado / 15 días c) 1, 66 por cada mes trabajado / 20 días d) 2, 16 por cada mes trabajado / 26 días
OBSERVACIONES El pago de vacaciones cuando corresponda se hará con base en le promedio del salario ordinario y extraordinario devengado durante el ultimo año en que adquirió el derecho. Las vacaciones podrán fraccionarse hasta en tres oportunidades. Las vacaciones profilácticas consistirán en el disfrute de cinco días hábiles adicionales a las vacaciones ordinarias.
OBSERVACIONES Las vacaciones profilácticas no pueden ser acumuladas ni fraccionadas. Serán disfrutadas tres días hábiles entre marzo y abril y dos días hábiles durante octubre y noviembre de cada año ( cronograma de disfrute ). Para disfrutar de estas vacaciones deberán estar al día con el disfrute de las vacaciones ordinarias.
Horarios: Ausencias
AUSENCIAS Registrar la asistencia por medio de marca de acuerdo al Capítulo 6, artículo 16. Notificar al superior inmediato , cuenta con dos días hábiles después de su ingreso para aportarle las pruebas que justifiquen su ausencia.
AUSENCIAS Se considera llegada tardía la presentación al trabajo después de diez minutos de la hora señalada. Las ausencias por enfermedad que excedan de tres días , deberá justificarlas el servidor con incapacidad medica extendida por la CCSS o el INS. Las ausencias por enfermedad hasta por dos días que no sean justificadas mediante la presentación de comprobante medico.
AUSENCIAS Cuando la ausencia no sea por enfermedad y sea justificada por le Jefe inmediato se procederá con el rebajo salarial por la jornada correspondiente. Cuando la ausencia no sea justificada se procederá con el rebajo salarial y se aplicara la sanción disciplinaria correspondiente
Horario de trabajo • Jornada laboral de 8: 00 am a 4: 00 pm. • Respaldado por Capítulo 5, art. 10 del Reglamento Interno del MAG.
Días de pago Correo electrónico el día del pago para recibir la colilla salarial o comprobante de pago
FUNCIONES • Las funciones deben ser asignadas por el Superior inmediato. • Las mismas deben ser registradas en el documento SENASA-PG-005 -RE-009 • Competencias del Personal. • Respaldado en el Capítulo II, artículo 4, inciso c).
• BENEFICIOS E INCENTIVOS ECONOMICOS
Los funcionarios profesionales podrán acogerse a los beneficios de Carrera Profesional y Dedicación Exclusiva de conformidad con los requisitos establecidos. Podrán optar igualmente los servidores al pago de incentivo por zonaje regionalización y peligrosidad.
EVALUACION DE DESEMPEÑO
EVALUACION DE DESEMPEÑO El personal será evaluado por lo menos una vez al año en cada uno de los factores de sus funciones y se efectuara conforme lo establezca el Reglamento del Estatuto de Servicio Civil. El ciclo de evaluación se establece del 01 de Enero al 31 Diciembre de cada año.
Presentación de videos • http: //www. senasa. go. cr/senasa/sitio/index. php/secciones/view/2
¡Muchas gracias! Ministerio de Agricultura y Ganadería Servicio Nacional de Salud Animal Tel. : (506) 25871622 Correo: osanchez@senasa. go. cr www. senasa. go. cr Formato PPT 8 -2009. Comunicación y Notificación
- Slides: 61