RECURSOS DE GRATUIDAD OBJETIVO Orientar sobre el uso
RECURSOS DE GRATUIDAD
OBJETIVO Orientar sobre el uso de los recursos del SGP adicionales a los de calidad con el fin de asegurar la Gratuidad Educativa en el pago de derechos académicos y servicios complementarios, para los estudiantes de los Grados 0 a 11 que pertenezcan a los Niveles de SISBEN I y II, que resulten del cruce de las bases de datos del Sistema de Información Nacional de Educación Básica y Media - SINEB
NORMATIVIDAD v Ley 715 de 2001, Art. 15. v Ley 715 de 2001, Art. 17 v CONPES 112 de febrero de 2008. v Directiva Ministerial No. 12 de junio 20 de 2008. v CONPES 116 de agosto de 2008. v Circula No. 05 de marzo de 2009 v CONPES 122 enero de 2009 a CONPES 130. v CONPES 131 de enero 28 de 2010. v Directiva Ministerial No. 22 de 2010
ASIGNACIÓN DE RECURSOS PARA CALIDAD CONPES Distribuye recursos del SGP a DISTRITOS MUNICIPIOS según Matrícula año anterior Grados 0 a 11 de SISBEN niveles I y II. Para 2010. . Condiciones económico sociales $34. 000. oo Grados 0 – 9 $61. 000. oo Grados 10 – 11.
FINALIDAD DE LOS RECURSOS DE GRATUIDAD Estos recursos, que son girados por la Nación a los municipios y distritos para gratuidad, están orientados a suplir los cobros que realizan los establecimientos educativos estatales y deben transferirse a cada uno de ellos a través del FSE, en las cuantías correspondientes, según la cantidad de población beneficiada.
DESTINACIÓN ESPECIFICA Ø Dotación pedagógica de los establecimientos educativos: mobiliario, textos, bibliotecas, materiales didácticos y audiovisuales. Ø Acciones de mejoramiento de la gestión académica enmarcada en los planes de mejoramiento institucional. Ø Construcción, mantenimiento y adecuación de establecimientos educativos oficiales. Ø Funcionamiento de los establecimientos educativos oficiales, con excepción de servicios púbicos. Ø Pueden ser destinados al pago del servicio de transporte escolar cuando las condiciones geográficas lo requieran para garantizar el acceso y la permanencia en el sistema educativo de niños, niñas y jóvenes pertenecientes a los estratos más pobres. En caso que sea necesario, también pueden destinar recursos para complementar los programas de alimentación escolar, de acuerdo con lo establecido en la directiva ministerial No. 13 de 2002.
LOS RECURSOS DE GRATUIDAD NO PODRÁN DESTINARSE PARA: Ø Cancelar gastos de personal o contratos por servicios personales indirectos (personal supernumerario, honorarios, jornales, remuneración de servicios técnicos), para la prestación del servicio público educativo. Ø Dotaciones particulares de los estudiantes (Kits escolares, cursos preparatorios examen ICFES) Ø Realizar pagos por concepto de servicios públicos domiciliarios (electricidad, agua, aseo, telefonía móvil, gas domiciliario, entre otros). Ø Financiar alimentación escolar. Ø Financiar capacitación de funcionarios Ø Pago de viáticos a personal docente, directivo docente y administrativos de los establecimientos educativos.
INQUIETUDES TRATADAS EN LA CAPACITACION 1. El NO pago de servicios públicos: La Secretaria de Educación de Boyacá, solicito aclaración ante el MEN, información que se dará a conocer oportunamente. 2. El mantenimiento a Establecimientos PRIVADOS y de BIENESTAR FAMILIAR. NO es posible bajo ninguna circunstancia. 3. Los estudiantes mayores de 18 años son beneficiados con recursos de Gratuidad ? No son beneficiarios. En las Bases de Datos del SISBEN y del SINEB no son admitidos por lo tanto se pierden recursos de aquellos estudiantes de edad permitida (Mayores de 5 y menores de 16 años)
Los Rectores y Directores Rurales de los establecimientos educativos beneficiados con recursos de gratuidad, deben incluir dichos recursos en los presupuestos de los FONDOS DE SERVICIOS EDUCATIVOS y reportar su ejecución dentro de los informes Trimestrales, tanto a la Alcaldía correspondiente como a la Secretaria de Educación. Los recursos por gratuidad son recursos adicionales y en ningún caso sustituyen los recursos asignados a los departamentos, distritos y municipios certificados, para prestación de servicio.
IMPORTANTE. El incumplimiento en el giro de los recursos o irregularidades en el uso de los mismos, deberá informarse al Ministerio de Educación Nacional, a la Secretaria de Educación de la Entidad Territorial y a la Contraloría Regional Competente DORIS SUSANA TURMEQUÉ DE MARTINEZ Profesional Especializada – Gestión Financiera “Por los Senderos del Saber”
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