Puntos bsicos de la doctrina positivista Universidad Francisco
Puntos básicos de la doctrina positivista Universidad Francisco Marroquín Facultad de Derecho Filosofía del Derecho I Licda. María José de Mendoza Lic. Juan Pablo Gramajo
Tres aspectos del positivismo Siete puntos o problemas I. Positivismo como método para el estudio del Derecho: 1. Modo de aproximarse al estudio del Derecho II. Positivismo como teoría del Derecho: 2. 3. 4. 5. 6. Definición del Derecho Fuentes del Derecho Teoría de la norma jurídica Teoría del ordenamiento jurídico Método de la ciencia jurídica: la interpretación III. Positivismo como ideología del Derecho: 7. Teoría de la obediencia
Siete puntos o problemas • Modo de aproximarse al estudio del Derecho • Derecho como hecho, no como valor. • Teoría de validez: formalismo jurídico. • Definición del Derecho • En función de la coacción. • Fuentes del Derecho • Legislación como fuente principal del Derecho. • Doctrina de relación entre legislación y: • • Costumbre Derecho judicial Derecho consuetudinario Fuentes presuntas o aparentes (equidad, naturaleza)
Siete puntos o problemas • Teoría de la norma jurídica • Norma como mandato: • Teoría imperativista y sus subteorías. • Problema de las normas permisivas. • Problema de los destinatarios de la norma. • Teoría del ordenamiento jurídico • Coherencia: no hay antinomias. • Plenitud: no hay lagunas. • Método de la ciencia jurídica: la interpretación • Interpretación mecanicista, prevalece elemento declarativo sobre productivo o creativo. • Teoría de la obediencia • Positivismo ético: obediencia absoluta a la ley en cuanto ley.
Teoría positivista • Según Bobbio, la teoría positivista implica seis teorías: • Pilares de la teoría positivista: • Teoría coactiva del Derecho. • Teoría legislativa del Derecho. • Teoría imperativa del Derecho. • Teorías positivistas de importancia secundaria: • Teoría de la coherencia del ordenamiento jurídico. • Teoría de la plenitud del ordenamiento jurídico. • Teoría de la interpretación lógica o mecanicista del Derecho. • Por tanto, la teoría positivista puede ser: • En sentido estricto: acepta las seis teorías. • En sentido amplio: acepta únicamente las primeras tres.
Relación entre los aspectos • Según Bobbio: • Aceptar el método no implica aceptar la teoría. • Aceptar el método y la teoría no implica aceptar ideología. • Aceptar la ideología implica aceptar la teoría y el método. • Por tanto, no puede criticarse genéricamente el positivismo, sino diferenciar el rasgo o rasgos que recogen.
Crítica del positivismo • Según aspecto que se critique, crítica será de carácter: • Método – conveniencia. • Si el método es idóneo al fin. • Teoría – veracidad o falsedad. • Si corresponde a la realidad. • Ideología – valor. • Si es buena o mala, justa o injusta. • Al finalizar el curso, veremos la postura de Bobbio sobre todos los aspectos del positivismo jurídico.
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