PROYECTO DE LEY QUE CREA SOCIEDAD ANNIMA DEL

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PROYECTO DE LEY QUE CREA SOCIEDAD ANÓNIMA DEL ESTADO “FONDO DE INFRAESTRUCTURA S. A.

PROYECTO DE LEY QUE CREA SOCIEDAD ANÓNIMA DEL ESTADO “FONDO DE INFRAESTRUCTURA S. A. ” COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS DEL SENADO VALPARAÍSO, 12 DE OCTUBRE 2016

Inversión Pública Inversión pública en infraestructura como porcentaje del PIB 4, 0% 3, 8%

Inversión Pública Inversión pública en infraestructura como porcentaje del PIB 4, 0% 3, 8% 3, 5% Promedio 2000 -2015: 2, 8% 3, 0% 2, 6% 2, 5% 2, 0% 1, 5% 1, 0% 0, 5% 0, 0% 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 Inversión pública sectorial 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 Inversión pública sectorial + concesiones Fuente: CCh. C basado en información DIPRES y CCOP. Es relevante observar la volatilidad que ha experimentado la inversión pública en infraestructura a lo largo del tiempo: Hace 15 años, la inversión pública total en alcanzó a 3, 8% del PIB, mientras que en 2015 fue de 2, 6%.

Inversión a través de Concesiones (Millones de USD) 2 000 UN MECANISMO QUE SE

Inversión a través de Concesiones (Millones de USD) 2 000 UN MECANISMO QUE SE DEJÓ DE UTILIZAR 1 800 1 600 1 400 1 200 1 000 800 600 400 200 0 1993 1994 1995 1996 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016 e Fuente: CCh. C. En cuanto al sistema de concesiones, después de una década en que este mecanismo fue utilizado activamente para potenciar el crecimiento, y pese a demostrar ser una política pública exitosa, le siguió otra década en que se utilizó con bastante menor intensidad.

Ley que crea el Fondo de Infraestructura § Es por ello que valoramos la

Ley que crea el Fondo de Infraestructura § Es por ello que valoramos la iniciativa de crear un Fondo de Infraestructura. § Evidencia la preocupación del Ejecutivo respecto a la necesidad de que el país cuente con una política de inversiones largo plazo en materia de infraestructura. § La creación del Fondo de Infraestructura está alineado con los objetivos y propuestas de la CCh. C relacionados con el desarrollo de la infraestructura en nuestro país. § Como Cámara propiciamos instituciones que permitan establecer políticas públicas de largo plazo, independientes de los gobiernos de turno, y en este caso específico, que dé continuidad a la inversión en infraestructura.

Ley que crea el Fondo de Infraestructura Comentarios Específicos § OBJETO DE LA LEY:

Ley que crea el Fondo de Infraestructura Comentarios Específicos § OBJETO DE LA LEY: ü El artículo 1°se desvía del objetivo de la Ley, cual es crear un Fondo de Infraestructura. El referido artículo consagra una amplia facultad al Estado para desarrollar actividades empresariales vinculadas al área de la construcción. Esto no es consistente con los propósitos expresados en el mensaje de la Ley.

Ley que crea el Fondo de Infraestructura Comentarios Específicos § OBJETO DEL FONDO: ü

Ley que crea el Fondo de Infraestructura Comentarios Específicos § OBJETO DEL FONDO: ü Debe operar sólo entregando garantías, sin invertir en obras de infraestructura. Es decir, es un fondo de garantía, no de inversión. ü La eventual participación del Fondo en la sociedad concesionaria presenta varios problemas, y en todo caso, no parece prudente que ésta supere el 5%, con derecho a un director, como es el caso del Reino Unido. ü Consistentemente con lo anterior, el Fondo no debe tener facultades de endeudamiento, ni ejecutar directa o indirectamente obra alguna. ü Se debe destinar un % del Fondo a la generación y el desarrollo de proyectos. ü Financiamiento minoritario con la garantía adecuada según criterios y normas de la SVS y del mercado financiero.

Ley que crea el Fondo de Infraestructura Comentarios Específicos § GOBERNANZA: ü En cuanto

Ley que crea el Fondo de Infraestructura Comentarios Específicos § GOBERNANZA: ü En cuanto al Directorio, se plantea aumentar a 7 los directores, para dar mayor continuidad al Fondo y sus políticas a través de los directores independientes. De esta manera, 5 de los 7 integrantes del directorio debieran ser elegidos por el sistema de ADP, bajo la modalidad propuesta en el proyecto de Ley. § CARTERA DE PROYECTOS: ü Se propone que el plan de inversiones en proyectos tenga un horizonte de 10 años revisable a 5 años. ü Se debe precisar, cómo se conformará y adecuará la cartera de proyectos, así como las metodologías y criterios para definir las modalidades de financiamiento y su priorización. ü Se debe contar con mecanismos que permita evitar la entrega de garantías a proyectos que no sean atingentes a los objetivos del Fondo.

Ley que crea el Fondo de Infraestructura Comentarios Específicos § ADMINISTRACIÓN: ü Se debe

Ley que crea el Fondo de Infraestructura Comentarios Específicos § ADMINISTRACIÓN: ü Se debe delimitar claramente las funciones del Fondo de Infraestructura y la futura Dirección General de Concesiones, de modo de evitar conflicto de intereses. § REINVERSIÓN DE UTILIDADES: ü Debe quedar establecido en la ley una políticas de reinversión de utilidades, que vaya en directa relación al monto de la cartera de proyectos que se debe garantizar. § SEGUROS: ü Se debe establecer la obligatoriedad de utilización de seguros para todas las obras que se garanticen, de manera de resguardar el patrimonio de la empresa.

PROYECTO DE LEY QUE CREA SOCIEDAD ANÓNIMA DEL ESTADO “FONDO DE INFRAESTRUCTURA S. A.

PROYECTO DE LEY QUE CREA SOCIEDAD ANÓNIMA DEL ESTADO “FONDO DE INFRAESTRUCTURA S. A. ” COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS DEL SENADO VALPARAÍSO, 12 DE OCTUBRE 2016