Proyecto de Ley que crea el Servicio Nacional

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Proyecto de Ley que crea el Servicio Nacional Forestal y modifica la Ley General

Proyecto de Ley que crea el Servicio Nacional Forestal y modifica la Ley General de Urbanismo y Construcciones 18 de Marzo de 2019 Sindicato Nacional de Profesionales de CONAF

SINAPROF ¿Quiénes somos? SINAPROF: Sindicato Nacional de Profesionales de CONAF: Corporación de Derecho Privado

SINAPROF ¿Quiénes somos? SINAPROF: Sindicato Nacional de Profesionales de CONAF: Corporación de Derecho Privado que cumple fines públicos, con mas de 48 años de historia. Es un ente técnico, ajeno a los avatares políticos contingentes. Representamos a 500 trabajadores(as). De todas las profesiones y técnicos con asignación profesional. Que se desempeñan en todas las áreas del quehacer de CONAF. Esta Directiva asumió el 14 de diciembre de 2017 y percibió los graves defectos de que adolece el PL. en trámite.

SINAPROF Diferencia esencial entre derecho privado y derecho público Antes de pensar en crear

SINAPROF Diferencia esencial entre derecho privado y derecho público Antes de pensar en crear una nueva institución, desde una regida por el derecho privado a una regulada por el derecho público, se debe tener presente lo siguiente: En Derecho Privado puede hacerse todo, salvo lo que la Ley expresamente prohíbe. En cambio en Derecho Público solo puede hacerse lo que la Ley expresamente permite, de manera restrictiva. Por lo anterior, un proyecto de Ley que crea un servicio público debe contemplar de manera completa y detallada todas y cada una de las funciones que hoy día ejecuta CONAF. No puede faltar ninguna función. En esto se ha avanzado.

SINAPROF Diferencia esencial entre derecho privado y público Como se dijo antes, el TC

SINAPROF Diferencia esencial entre derecho privado y público Como se dijo antes, el TC No está obligando al Estado a crear una nueva institución, sino solo a regularizar la naturaleza jurídica de la existente (CONAF) por cualquiera de los medios constitucionalmente idóneos que el Gobierno de turno estime adecuado, sugiriendo que puede ser procediendo a dictar el DS a que se refiere el artículo 19 de la Ley 18. 348, publicada en el año 1984. Por lo tanto, la creación de un nuevo ente público no hace mas que pensar que se trata de un intento por generar una institución nueva débil, sin siquiera las actuales funciones de CONAF y sin potestades fiscalizadoras de verdad. Eso beneficia claramente a las empresas forestales.

SINAPROF ¿Servicio Nacional Forestal? ¿Qué se pretende realmente con este proyecto? No nos oponemos

SINAPROF ¿Servicio Nacional Forestal? ¿Qué se pretende realmente con este proyecto? No nos oponemos a que se legisle sobre la regularización de la naturaleza jurídica de CONAF, como lo ha señalado el Tribunal Constitucional en fallo de revisión de Ley de Bosque Nativo N° 20. 283, que en ninguna parte insta a crear un nuevo servicio. Pero nos oponemos firmemente al actual proyecto, que está prácticamente idéntico al 5 de marzo del año pasado. En el plano laboral no se ha avanzado NADA. Ese rechazo era compartido por las actuales autoridades de Conaf. Hay una curiosa vuelta de carnero, siendo el mismo proyecto. Ahora, quienes lo criticaban lo aplauden. Curioso el caso. Por qué será ? ? En todo caso, si se insiste en crear uno, debiera optarse por solo transformar la actual CONAF en una Corporación de Derecho Público, como lo son el Senado, la Cámara de Diputados, CORFO, CONADI, etc. que cumpla con las siguientes características: Descentralizado y ágil. Con objetivos y funciones actuales Que de cuenta de los tiempos modernos Potente y eficaz Con real capacidad de fiscalizar. (Potestad sancionatoria directa, como SAG, SII, Aduanas, Seremis, etc. )

SINAPROF ¿Servicio Nacional Forestal? Con presupuesto suficiente para desarrollar sus tareas. En concordancia con

SINAPROF ¿Servicio Nacional Forestal? Con presupuesto suficiente para desarrollar sus tareas. En concordancia con lo que la Sociedad espera de nosotros. Que las ASP, sean para todos los chilenos no importando su condición social (tal como ocurre hoy) y no un área de negocio. Que se mantenga la administración de las Áreas Silvestres Protegidas del Estado (SNASPE) en manos de CONAF. Función Histórica de CONAF.

SINAPROF Apoyamos proceso participativo En el año 2014, apoyamos decididamente y creímos de buena

SINAPROF Apoyamos proceso participativo En el año 2014, apoyamos decididamente y creímos de buena fe en el proceso participativo interno, denominado “Conversemos CONAF”. Este proceso duró 2 años. En él, los trabajadores(as) participaron activamente dando su opinión para la elaboración de la propuesta de ley de un nuevo Servicio Forestal. Los trabajadores creyeron, que ahora sí se consideraría su opinión, mas ello lamentablemente no fue así. Desde que terminó el proceso “Conversemos CONAF”, el año 2016, nunca más la autoridad de CONAF se reunió con los trabajadores para tratar el texto del PL. Los cambios al PL se han dado en sede legislativa, no a instancias de la Dirección Ejecutiva de CONAF. Ahora ha habido un par de reuniones, a las que el Ejecutivo ha llamado por separado a los distintos sindicatos. Pero no ha habido avance en las normas laborales. Actualmente, bajo la nueva administración no ha habido mayor proceso participativo con los trabajadores. Directamente con los trabajadores, como sí se hizo entre 2014 y 2016, no lo ha habido. Sólo ahora, en este último tiempo, se han efectuado las pocas reuniones dichas antes.

SINAPROF ¿Por qué estamos en desacuerdo? 1. Porque el proyecto de ley presentado no

SINAPROF ¿Por qué estamos en desacuerdo? 1. Porque el proyecto de ley presentado no da cuenta de las opiniones de los trabajadores(as), que se encuentra plasmado en el documento Consolidado del proceso participativo, que fue entregado a la comisión de agricultura de la cámara de diputados. 2. El actual proyecto repone normas que habían sido fuertemente resistidas por las Organizaciones Sindicales y eliminadas en la Comisión de Agricultura de la Cámara de Diputados, mediante indicaciones ingresadas a ultima instancia, en la Comisión de Hacienda de la Cámara, como por ejemplo Articulo 2 transitorio numero 1, y el Titulo V. (Directivos -> 27 personas). Continuidad de Directivos y contrata encubierta. 3. Porque precariza la estabilidad laboral y disminuyen los derechos de los trabajadores, como veremos. Nada dice de Carrera Funcionaria o Dotación. 4. No establece la indemnización a que tendrían derecho los trabajadores con motivo del traspaso al nuevo servicio. 5. Porque es un proyecto reactivo que nace producto de los grandes incendios forestales verano 2017. Hecho a la rápida, con errores y omisiones. 6. Se pierden derechos adquiridos por los trabajadores a lo largo de los años, establecidos en el Código del Trabajo y RIOHS. 7. Si bien, hay un Protocolo de acuerdo Ejecutivo – DE – Sindicatos, del 2017, este no se ha cumplido por parte del ejecutivo y no fue suscrito por este Sindicato.

SINAPROF Objeto del Servicio – Artículo 2 No obstante que en la Comisión de

SINAPROF Objeto del Servicio – Artículo 2 No obstante que en la Comisión de Agricultura de la Cámara de Diputados se logró avanzar en cuanto al objeto del Servicio, quedaron fuera de éste importantes elementos tales como los ecosistemas degradados, frágiles y amenazados que constituyen bosque, con lo cual queda desprotegida una vasta extensión del País. (Norte Chico y Norte grande). Además excluye conceptos, tales como: • Incremento (1984) (1998) • Fiscalizar el cumplimiento de normas legales y reglamentarias(1998). Asignación de fiscalización • Ejecutar la Política Forestal (1998) • Contribuir al desarrollo sustentable del país (2011) • Rehabilitación (2011)

SINAPROF Funciones básicas del Servicio que no están consideradas en el proyecto. No hay

SINAPROF Funciones básicas del Servicio que no están consideradas en el proyecto. No hay funciones relativas al tratamiento de cuencas, desertificación y erosión. No están las funciones de administrar, gestionar y fiscalizar el SNASPE. La relega a un segundo plano, consignándolo en un artículo transitorio, el 9°, haciendo caso omiso a la experiencia de más de 48 años de CONAF. Llama profundamente la atención que una de las funciones principales que debiera tener una nueva institucionalidad forestal como es la de Fiscalización no esté contemplada y que el Servicio no esté debidamente dotado de un sistema sancionatorio propio y eficaz como ocurre con los distintos servicios fiscalizadores del País. SII, SAG, ADUANAS, SERNAPESCA, ETC.

SINAPROF Definiciones que faltan Preservación Conservación Protección Ecosistema forestal Desarrollo sustentable Manejo forestal sustentable

SINAPROF Definiciones que faltan Preservación Conservación Protección Ecosistema forestal Desarrollo sustentable Manejo forestal sustentable Silvicultura Rehabilitación ambiental Cambio climático

SINAPROF Funciones del Director(a) NO SE INCLUYEN EXPRESAMENTE Aprobar las bases para los Concursos

SINAPROF Funciones del Director(a) NO SE INCLUYEN EXPRESAMENTE Aprobar las bases para los Concursos de ingreso al Servicio y los internos de Promoción. Curiosamente No se contempla la facultad de interponer querellas y presentar denuncias por infracciones a la legislación forestal. Falta contemplar delegación de facultades a los Directores Regionales. NO SE DEFINEN FUNCIONES PARA EL SUBDIRECTOR NI LOS DIRECTORES REGIONALES

SINAPROF Las Áreas Silvestres Protegidas CONAF es el único servicio que destina recursos a

SINAPROF Las Áreas Silvestres Protegidas CONAF es el único servicio que destina recursos a las áreas protegidas del Estado. Abogamos por fortalecer con presupuesto y personal el accionar de esta función de CONAF, para tan trascendente labor. CONAF tiene la experiencia y expertise en este tema, y por ello debe ser el ente que siga administrando las ASP. No hubo Consulta Indígena, como previene el Convenio 169 de la OIT, como ya ha sido evidenciado con las exposiciones de representantes de pueblos originarios en esta instancia.

SINAPROF Incendios Forestales La Dirección Ejecutiva hace creer a la opinión pública que CONAF

SINAPROF Incendios Forestales La Dirección Ejecutiva hace creer a la opinión pública que CONAF solo se dedica al combate de incendios forestales, siendo que dicha tarea es solo una de las funciones que cumple. Estimamos que una ley específica en materia de incendios forestales sería una mejor opción.

Aspectos laborales Articulado permanente SINAPROF No se respetan los derechos adquiridos por los trabajadores

Aspectos laborales Articulado permanente SINAPROF No se respetan los derechos adquiridos por los trabajadores y que están Incorporados en el actual Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad y del Código del trabajo. NO SE ASEGURA LA ESTABILIDAD LABORAL DE TODOS LOS TRABAJADORES DE CONAF. Si bien, ello se señala en el art. 2° transitorio N° 3 del proyecto, diversas otras normas dejan entrever que no hay claridad respecto de que efectivamente vayan a ser traspasados todos los trabajadores de CONAF, como se indicará mas adelante. EL TRASPASO DE TODO EL PERSONAL DEBIERA OPERAR POR EL SOLO MINISTERIO DE LA LEY, AL IGUAL DE LO QUE OCURRE CON LOS BIENES. (ARTICULO 1 TRANSITORIO DEL PROYECTO). Aunque el artículo 8 señala que el régimen laboral es el del Código del Trabajo: Se establecen nuevas causales arbitrarias de término de contrato, en los artículos 10, 12 inc. 2°, 17 y 18. Normas del Estatuto Administrativo. Dualidad de normativa laboral. Se nos aplican solo las cargas del EA. Trabajadores más desprotegidos de Chile. Se contraviene el articulo 12 del Código del Trabajo, al establecer en el artículo 13 del proyecto de ley, la facultad unilateral de destinación al hacer aplicable el artículo 73 y siguientes de la Ley 18. 834. Esta disposición implica una discriminación arbitraria.

Aspectos laborales Articulado permanente Artículo N° 15 Servicio de Bienestar - Data del año

Aspectos laborales Articulado permanente Artículo N° 15 Servicio de Bienestar - Data del año 1971 - Reglamento vigente desde el 02 de Marzo del 2010, aprobado mediante Resolución N° 093 de la Dirección Ejecutiva. - BENEFICIOS HOY Cartas de Resguardo, garantiza la cancelación del 100% de los gastos hospitalarios generados por el afiliado(a)al Servicio de Bienestar las emite desde su creación. Préstamos médicos, el año 2016 se cursaron préstamos por un total de 730 millones de pesos. Administra y custodia Fondo Solidario creado y financiado por los trabajadores El proyecto no garantiza su continuidad. Y ahora las indicaciones del Ejecutivo sólo permiten que este RSB sea conocido por los trabajadores, no hecho en conjunto con ellos. SINAPROF

Aspectos laborales Articulado permanente SINAPROF Artículo N° 15 Servicio de Bienestar El futuro Servicio

Aspectos laborales Articulado permanente SINAPROF Artículo N° 15 Servicio de Bienestar El futuro Servicio de Bienestar no será regido por el DS 28 -1994, que aprobó el Reglamento General para los Servicios de Bienestar Fiscalizados por la Superintendencia de Seguridad Social, lo que parece correcto por cuanto con ello no se pierden derechos o beneficios como el FAS, prestamos médicos y cartas de resguardo. Entonces, si no estará regido por el DS 28 -1994 no se ve la necesidad de que se dicte un nuevo reglamento por el Director Nacional. Debiera seguir rigiendo el mismo actual reglamento del Servicio de Bienestar. Y en caso que se quiera dictar uno, debiese hacerse en un trabajo conjunto con los trabajadores, y no solo conocimiento de ellos, como pretende ahora el actual Ejecutivo. ¿Operará y mantendrá los actuales beneficios? No, no hay seguridad de que se mantengan los actuales beneficios.

Aspectos laborales Articulado permanente Reglamento Interno SINAPROF Sistema de Evaluación y Provisión de Cargos

Aspectos laborales Articulado permanente Reglamento Interno SINAPROF Sistema de Evaluación y Provisión de Cargos Sobre estos dos temas debiera seguir rigiendo el actual Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad En la actualidad ambos tópicos se encuentran regulados por el Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad, en donde los trabajadores a través de sus organizaciones, participan en su elaboración. Es decir, pedimos que sobre estas materias rija el RIOHS generado internamente entre la Dirección y los trabajadores.

Aspectos laborales Articulado transitorio SINAPROF Artículo 1 transitorio, traspasa por el solo Ministerio de

Aspectos laborales Articulado transitorio SINAPROF Artículo 1 transitorio, traspasa por el solo Ministerio de la Ley los bienes y derechos de CONAF al nuevo Servicio. ¿Por qué no se traspasa por el solo Ministerio de la Ley a todo el personal de CONAF al nuevo Servicio? ¿O acaso los bienes tienen mayor valor que las personas ? Artículo 2 transitorio N° 1 relativo a la continuidad de los funcionarios directivos: impresentable, atendido que importa la reposición de una norma que fue eliminada por la Comisión de Agricultura de la Cámara de Diputados, mediante indicación del ejecutivo en la Comisión de Hacienda de la misma Corporación. La continuidad de los actuales Directivos no tiene fundamento alguno y ella la está reiterando la actual autoridad. Con la indicación del Ejecutivo son 25 cargos. Fue lo más resistido por los actuales Directivos y ahora lo reafirman. INMORAL. Artículo 2 transitorio N° 3, no asegura que todo el personal será traspasado al nuevo servicio, pues se dispondrá el traspaso por uno o más DFL o DS fijándose el N° de personal a traspasar y el plazo en que se llevará este proceso. Además, la individualización del personal traspasado se llevara a cabo por decretos del MINAGRI. Además, según el artículo. Eso no es garantía de continuidad y estabilidad laboral para ningún trabajador. Artículo 2 transitorio N° 3, letra a), habla “del personal traspasado”; la letra b), también habla del personal traspasado, d), señala “el personal traspasado…. ” con lo cual se quiere decir nuevamente que no todo el personal será traspasado. Artículo 2 transitorio N° 4, se faculta al Presidente de la Republica a fijar la dotación máxima de personal del Servicio. Lo que también implica inestabilidad laboral. Artículo 2 transitorio N° 5, habla de los “funcionarios que sean traspasados desde la CONAF al Servicio”, con lo cual nuevamente nos preguntamos si todos los trabajadores serán traspasados.

SINAPROF Conclusiones No se asegura el traspaso de todos los trabajadores(as) de Conaf, ni

SINAPROF Conclusiones No se asegura el traspaso de todos los trabajadores(as) de Conaf, ni mucho menos. El proyecto es reactivo a un evento puntual y no aborda el objeto ni todas las funciones que debiera tener un servicio forestal moderno. Este proyecto no crea una institución con potestades suficientes para asegurar el cumplimiento de los fines que persigue. No se tomó en cuenta la experiencia, conocimiento y sentir de los trabajadores de CONAF, al hacer caso omiso al trabajo participativo interno denominado CONVERSEMOS LA CONAF. La Ley debiera asegurar la continuidad de la administración de las Areas Silvestres Protegidas del Estado, debido a la vasta competencia demostrada en esta tarea durante su larga trayectoria. En la tramitación no se ha hecho la debida Consulta Indígena (C. 169 OIT). Hay que tener como principal guía el bien del país, y por ello se requiere de un profundo estudio de las materias que este proyecto de ley involucra.