Prof Ezzat Chelhod FORO ELECCIONES RECTORALES DE LA

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Prof. Ezzat Chelhod FORO ELECCIONES RECTORALES DE LA USB RECTOR, VICERRECTOR ACADÉMICO, VICERRECTOR ADMINISTRATIVO

Prof. Ezzat Chelhod FORO ELECCIONES RECTORALES DE LA USB RECTOR, VICERRECTOR ACADÉMICO, VICERRECTOR ADMINISTRATIVO Y SECRETARIO

Contexto normativo 08/09/1970 - Ley de Universidades (Gaceta Oficial No. 1. 429 Extraordinario). Artículo

Contexto normativo 08/09/1970 - Ley de Universidades (Gaceta Oficial No. 1. 429 Extraordinario). Artículo 1, 9 y 30. Claustro universitario: Profesores Representantes estudiantiles Representantes de egresados

Contexto normativo 24/03/2000 – Constitución. Artículo 109. 27/04/2001 - Reglamento General de la USB

Contexto normativo 24/03/2000 – Constitución. Artículo 109. 27/04/2001 - Reglamento General de la USB (Gaceta No. 37. 186). Artículo 14. 12/01/2005 - Reglamento de Elecciones. Articulo 25. 15/08/2009 - Ley Orgánica de Educación (Gaceta Oficial No. 5. 929 Extraordinaria). Artículo 34 numeral 3.

Decisión 0324 ¿Cuáles son los orígenes de la decisión 0324? Tiene sus orígenes en

Decisión 0324 ¿Cuáles son los orígenes de la decisión 0324? Tiene sus orígenes en la entrada en vigencia de la Ley Orgánica de Educación (15/08/2009) y en cinco procesos judiciales:

Proceso judicial N° 1 - Rectores Inició: 07/10/2009 – Se interpone recurso de nulidad

Proceso judicial N° 1 - Rectores Inició: 07/10/2009 – Se interpone recurso de nulidad por inconstitucionalidad contra la Ley Orgánica de Educación. 11/04/2011 - Solicitud de medida cautelar innominada, consistente en la suspensión, mientras dure el juicio de nulidad y con carácter frente a todos, de los efectos del artículo 34, numeral 3, de la Ley Orgánica de Educación. 26/05/2011 - Se designa como ponente en el recurso de nulidad por inconstitucionalidad contra la Ley Orgánica de Educación a Carmen Zuleta de Merchán, para conocer del caso (N° Expediente: 09 -1170). [Hasta la fecha no ha culminado]

Proceso Judicial N° 2 – Rector USB Inició: 07/02/2013 – El Rector introdujo en

Proceso Judicial N° 2 – Rector USB Inició: 07/02/2013 – El Rector introdujo en el Tribunal Supremo de Justicia un recurso de interpretación y medida cautelar del numeral 3 del artículo 34 de la Ley Orgánica de Educación. Culminó: 15/05/2013 – La Sala Electoral del TSJ declara inadmisible el recurso de interpretación del numeral 3 del artículo 34 de la Ley Orgánica de Educación que introdujo el rector de la USB el 07/02/2013 (N° Sentencia: 21, N° Expediente: AA 70 -E-2013 -000008).

Proceso Judicial N° 3 Personal Inició: 22/04/2013 – Miembros del personal técnico administrativo, obreros

Proceso Judicial N° 3 Personal Inició: 22/04/2013 – Miembros del personal técnico administrativo, obreros y estudiantes, presentaron ante la Sala Electoral del TSJ, recurso con solicitud de medida cautelar para impugnar la decisión de no incluirlos en el registro electoral. 15/05/2013 - La Sala Electoral del TSJ ordena la suspensión de la elección hasta tanto se dicte sentencia definitiva (N° Sentencia: 25, N° Expediente: AA 70 -E-2013 -000023).

Proceso Judicial N° 4 Docentes Inició: 30/04/2013 – Miembros del personal docente y de

Proceso Judicial N° 4 Docentes Inició: 30/04/2013 – Miembros del personal docente y de investigación de la USB: presentaron ante la Sala Electoral del TSJ, recurso con solicitud de medida cautelar contra: el numeral 2 del artículo 14 del Reglamento General de la USB, y contra el artículo 25 del Reglamento de Elecciones de la USB. Culminó: 03/12/2014 - La Sala Electoral del TSJ declara con lugar el recurso contencioso electoral interpuesto.

Proceso Judicial N° 5 – Rector USB Inició: 12/03/2015 – La USB interpuso solicitud

Proceso Judicial N° 5 – Rector USB Inició: 12/03/2015 – La USB interpuso solicitud de revisión constitucional conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, contra la sentencia N° 216 dictada por la Sala Electoral del TSJ. 29/04/2015 – Suspende la orden impartida por la Sala Electoral.

Proceso judicial N° 1 - Rectores Continúa: 26/05/2011 - Se designa como ponente en

Proceso judicial N° 1 - Rectores Continúa: 26/05/2011 - Se designa como ponente en el recurso de nulidad por inconstitucionalidad contra la Ley Orgánica de Educación a Carmen Zuleta de Merchán, para conocer del caso. 27/08/2019 – Decisión 0324.

Decisión 0324 – 27/08/2019 ¿Cuál es su contenido? ORDENA a la UCV la celebración

Decisión 0324 – 27/08/2019 ¿Cuál es su contenido? ORDENA a la UCV la celebración de elecciones de autoridades universitarias con período académico vencido, en un plazo de seis (6) meses. SUSPENDE DE OFICIO cautelarmente la aplicación de los artículos 31, 32 y 65 de la Ley de Universidades. ORDENA al CNU a establecer un cronograma para la realización de las elecciones de las autoridades universitarias de las demás Universidades Nacionales. ORDENA la publicación del fallo en la Gaceta Oficial (Número 41729 del 2 Octubre 2019) y Judicial de la República Bolivariana de Venezuela. ORDENA la continuación del trámite de la demanda de nulidad. Es decir: el proceso no termina con esta decisión.

Fundamentos de la Decisión 0324 - ¿Por qué la toman? 1. Porque los Reglamentos

Fundamentos de la Decisión 0324 - ¿Por qué la toman? 1. Porque los Reglamentos de elecciones de las distintas Universidades no han sido actualizados. ¿Cómo se van a actualizar si se encuentra pendiente por decisión un recurso de nulidad por inconstitucionalidad contra la Ley Orgánica de Educación interpuesto el 07/10/2009?

Fundamentos de la Decisión 0324 - ¿Por qué la toman? 2. Porque se encuentran

Fundamentos de la Decisión 0324 - ¿Por qué la toman? 2. Porque se encuentran vencidos los períodos de las autoridades universitarias. Se encuentran vencidos porque la Sala Electoral del TSJ el 15/05/2013 ordenó la suspensión de las elecciones.

Fundamentos de la Decisión 0324 - ¿Por qué la toman? 3. Porque las sentencias

Fundamentos de la Decisión 0324 - ¿Por qué la toman? 3. Porque las sentencias dictadas por la SE-TSJ han insistido en las elecciones con sufragio universal y directo. El TSJ no tiene entre sus atribuciones constitucionales el de insistir, sino el de declarar la nulidad e interpretar normas bajo los límites establecidos en la Constitución.

Fundamentos de la Decisión 0324 - ¿Por qué la toman? 4. Porque no ha

Fundamentos de la Decisión 0324 - ¿Por qué la toman? 4. Porque no ha sido reformada la Ley de Universidades. Con esta afirmación está reconociendo que se trata de una norma que se encuentra vigente y que está desaplicando por mero capricho.

Pautas cautelares dictadas para efectuar las elecciones de las autoridades universitarias: El Registro Electoral

Pautas cautelares dictadas para efectuar las elecciones de las autoridades universitarias: El Registro Electoral Universitario de cada Universidad comprenderá cinco (5) registros: a) profesores; b) estudiantes; c) egresados; d) personal administrativo; y e) personal obrero. Basamento: artículo 34 numeral 3 de la LOE.

Situación actual ¿Qué pone en evidencia la decisión? 1. Se legisló: creando un régimen

Situación actual ¿Qué pone en evidencia la decisión? 1. Se legisló: creando un régimen transitorio para la convocatoria y celebración de las elecciones, distinto al previsto en la Ley de Universidades vigente incorporando a sectores no señalados por la Constitución, para participar en las elecciones (Claustro Universitario). Incumplimiento de los artículos 31, 32 y 65 de la Ley de Universidades; y los artículos 109, 334 y 335 de la Constitución.

Situación actual ¿Qué pone en evidencia la decisión? 2. Se quiere imponer por vía

Situación actual ¿Qué pone en evidencia la decisión? 2. Se quiere imponer por vía judicial, la disposición que fue rechazada en el proyecto de reforma constitucional del año 2007, donde se quería incluir la siguiente disposición: (…) La ley garantizará el voto paritario de los y las estudiantes, los profesores y las profesoras, trabajadores y trabajadoras para elegir las autoridades universitarias (…)

¿Qué opciones tenemos? Opción 1. Celebrar elecciones bajo las condiciones de la Ley de

¿Qué opciones tenemos? Opción 1. Celebrar elecciones bajo las condiciones de la Ley de Universidades vigente. Opción que fue descartada cuando se acató la decisión de la Sala Electoral del TSJ de fecha 15/05/2013, donde ordena la suspensión de las elecciones.

¿Qué opciones tenemos? Opción 2. Celebrar elecciones bajo las condiciones de la decisión. Y

¿Qué opciones tenemos? Opción 2. Celebrar elecciones bajo las condiciones de la decisión. Y asumir tanto la carga de la opinión pública como el riesgo de que resulten exitosas, gravosas o impugnadas.

¿Qué opciones tenemos? Opción 3. Dejar de celebrar las elecciones. De no haber elecciones

¿Qué opciones tenemos? Opción 3. Dejar de celebrar las elecciones. De no haber elecciones en el período establecido, se declararán vacantes de forma absoluta los cargos y el Consejo Nacional de Universidades designará nuevas autoridades hasta tanto sean celebradas las elecciones. Artículo 20. Ley de Universidades. Son atribuciones del Consejo Nacional de Universidades: (…) 15. Designar a las autoridades interinas que hayan de asumir la dirección de las Universidades (…)

¿A qué nos enfrentamos? Sabemos que constitucionalmente está previsto que: 1. Toda autoridad usurpada

¿A qué nos enfrentamos? Sabemos que constitucionalmente está previsto que: 1. Toda autoridad usurpada es ineficaz y sus actos son nulos (138). 2. La Constitución no pierde su vigencia si dejare de observarse por acto de fuerza (333). 3. Todo ciudadano investido o no de autoridad tiene el poder de colaborar en el restablecimiento de la efectiva vigencia de la Constitución (333).

¿A qué nos enfrentamos? Sin embargo, nos enfrentamos a: 1. Un territorio nacional sin

¿A qué nos enfrentamos? Sin embargo, nos enfrentamos a: 1. Un territorio nacional sin estado de derecho. Quienes están ocupando/usurpando cargos de autoridad, no se encuentran sometidos al cumplimiento de las normas legales ni constitucionales. 2. Instituciones y trabajadores públicos al servicio de un partido político con poder económico centralizado, control de las armas y del modo de actuar y pensar y de parte de las personas que habitan el territorio nacional.

¿Qué hacemos? Asumir la responsabilidad de decidir entre estas alternativas: - Salir del territorio

¿Qué hacemos? Asumir la responsabilidad de decidir entre estas alternativas: - Salir del territorio nacional y olvidarme de Venezuela. - Servir al mantenimiento de la situación actual. - Hacer oposición con la finalidad de procurar cambios a la situación actual. ¿Cómo lo hacemos? La respuesta en cada uno. Dependerá de sus capacidades, habilidades y disposición. Se oyen sus propuestas.

Prof. Ezzat Chelhod Gracias por su asistencia ¿Preguntas, comentarios?

Prof. Ezzat Chelhod Gracias por su asistencia ¿Preguntas, comentarios?