PROCESO ESPECIAL DE PROTECCIN v PROCESO ESPECIAL DE
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PROCESO ESPECIAL DE PROTECCIÓN v PROCESO ESPECIAL DE PROTECCIÓN EN SEDE ADMINISTRATIVA Marisol Piedra Mora Licenciada en Derecho
Situaciones referidas al Área Legal • Situaciones referidas al área legal por parte del equipo de recepción técnica, usualmente dicha labor la realiza una profesional en Trabajo Social o bien Psicología. Las situaciones atendidas son conocidas por la Oficina Local mediante: Referencias de parte de un centro médico Educativo Autoridades judiciales ……………. . Denuncias anónimas o bien por alguna persona que la interponga de manera personal.
Normas aplicables en cualquier proceso de protección en sede administrativa en beneficio de los derechos de la PME. Regulado a partir del artículo 128 del Código de la Niñez y la Adolescencia La constitución Política Convención sobre los Derechos del Niño Principio del Interés Superior Tratados y Convenios internacionales Código de Familia Los Usos y Costumbres propios del medio sociocultural Los Principios Generales del derecho. Ley Orgánica del Patronato Nacional de la Infancia
Inicio del proceso especial de protección corresponden a la acción, omisión de la sociedad o el estado, falta, omisión o abuso de los padres, tutores o encargados. Acciones u omisiones contra sí mismos MEDIDAS DE PROTECCIÓN ØMedida de Cuido Provisional Ø Abrigo temporal ØOrientación apoyo y seguimiento ØMatricula y asistencia obligatoria en establecimientos de enseñanza ØInclusión en programas oficiales o comunitarios de auxilio a la familia ØOrden de tratamiento médico, psicólogo o bien psiquiátrico ØInclusión en programas de tratamiento a alcohólicos o toxicómanos. Medidas para padres o responsables üRemisión a los padres a programas oficiales o comunitarios de apoyo, orientación, tratamiento para problemas de consumo de sustancias adictivas, psicológicos o psiquiátrico
Marisol Piedra Mora, Patronato Nacional de la Infancia, mpiedra@pani. go. cr