Prevencin del Lavado de Activos en el Sector

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Prevención del Lavado de Activos en el Sector Mutualista Bienvenidos

Prevención del Lavado de Activos en el Sector Mutualista Bienvenidos

Prevención del Lavado de Activos en el Sector Mutualista Las normas nos exhortan a

Prevención del Lavado de Activos en el Sector Mutualista Las normas nos exhortan a establecer un BLINDAJE ANTILAVADO • PRIMERA CAPA DEL BLINDAJELEY 25246 - ART. 20 BIS- RECABAR DOCUMENTACION Y EFECTUAR ROS. PONER A DISPOSICION UIF LLEVAR A CONOCIMIENTO DE LA UIF Documentación R. O. S.

Prevención del Lavado de Activos en el Sector Mutualista Las normas nos exhortan a

Prevención del Lavado de Activos en el Sector Mutualista Las normas nos exhortan a establecer un BLINDAJE ANTILAVADO • SEGUNDA CAPA DEL BLINDAJERESOLUCION UIF 11/2012 - Específica del sector. Establece las medidas y procedimientos que los sujetos obligados alcanzados por la misma deberán observar para prevenir, detectar y reportar los hechos, actos, operaciones u omisiones que pudieran constituir delitos de LA y FT.

Prevención del Lavado de Activos en el Sector Mutualista Nuestro Manual de P y

Prevención del Lavado de Activos en el Sector Mutualista Nuestro Manual de P y P es nuestro Plan de Acción • POLÍTICAS DE PREVENCION DE LA Y FT, DE CONTROL Y MONITOREO. • FUNCIONES DE AUDITORIA Y PROCEDIMIENTOS DE CONTROL INTERNO. • FUNCIONES ASIGNADAS AL OF. DE CUMPLIMIENTO. • PROGRAMA DE CAPACITACION. • POLITICAS Y PROCEDIMIENTOS DE CONSERVACION DE DOCUMENTOS. • PROCEDIMIENTOS DE SEGMENTACION DEL MERCADO. • REGIMEN SANCIONATORIO.

Prevención del Lavado de Activos en el Sector Mutualista Autoridades de Aplicación y Control

Prevención del Lavado de Activos en el Sector Mutualista Autoridades de Aplicación y Control de las normas ANTILAVADO • INAES doble ROL: Autoridad de Aplicación y Control de la Ley 20321 y demás normas de su especialidad y en su rol de Oficial de Enlace ante la UIF, según Ley 25246 y mod. • UIF Autoridad de Aplicación y Control de las Leyes 25246 y mod. , Res. 11/12 cc. y mod.

Prevención del Lavado de Activos en el Sector Mutualista DEBER DE COLABORACION del INAES

Prevención del Lavado de Activos en el Sector Mutualista DEBER DE COLABORACION del INAES como OFICIAL DE ENLACE- Resolución UIF 229/14 ¿Qué comprende? ü Realizar supervisiones, fiscalizaciones, inspecciones in situ ü Realizar verificaciones y supervisiones extra situ ü Adoptar en las entidades mutuales medidas y acciones correctivas para corregir y/o mejorar procedimientos o para impedir la realización de operaciones riesgosas en materia de lavado RES. INAES 1659/16 La contracara es el DEBER DE COLABORACIÓN DE LOS SUJETOS OBLIGADOS “la denegatoria, entorpecimiento u obstrucción de las supervisiones, fiscalizaciones e inspecciones será considerada FALTA GRAVE”.

Prevención del Lavado de Activos en el Sector Mutualista UIF- Creada por Ley 25246

Prevención del Lavado de Activos en el Sector Mutualista UIF- Creada por Ley 25246 y mod. AUTÓNOMA y AUTÁRQUICA en jurisdicción del MINISTERIO DE FINANZAS v FUNCION Análisis, tratamiento y transmisión de la información a los efectos de prevenir e impedir el delito de lavado de activos y financiamiento del terrorismo. v FACULTADES ü Solicitar informes, documentos, antecedentes, etc y en el caso requerir orden jud. a través del Ministerio Público ü Requerir colaboración de todos los servicios de info. del Estado ü Actuar en toda la RA en cumplimiento de sus funciones ü Disponer la implementación de sistemas de contralor interno para los SO ü Aplicar las sanciones previstas en la Ley 25246 y mod. ü Emitir directivas e instrucciones que deberán cumplir e implementar los SO

PROCEDIMIENTO DE SUPERVISION, FISCALIZACION e INSPECCION IN SITU- RES. INAES 6742/14 üRESOLUCION 6742/14 es

PROCEDIMIENTO DE SUPERVISION, FISCALIZACION e INSPECCION IN SITU- RES. INAES 6742/14 üRESOLUCION 6742/14 es su Manual de Supervisión, Fiscalización y Verificación ü Alcance y fin de las inspecciones: EFICACIA DEL PROGRAMA DE CUMPLIENTO y CUMPLIMIENTO DE EXIGENCIAS NORMATIVAS üPasos del procedimiento: PASO 1 - PLANIFICACION- Inicio PASO 2 - INSPECCION IN SITU- Pruebas de cumplimiento y testeo PASO 3 - FINALIZACION DE LA INSPECCIÓN PASO 4 - ELEVACION DEL INFORME FINAL A LA UIF.

Prevención del Lavado de Activos en el Sector Mutualista INSPECCION IN SITU PASO 1

Prevención del Lavado de Activos en el Sector Mutualista INSPECCION IN SITU PASO 1 - Con o sin Acta de Requerimiento previo- Relevamiento in situ de la estructura, y mecanismos de prevención y control de la entidad. Comienza con entrevistas continúa con relevamiento de registros, libros y documentación. ¿Quién deberá estar presente en la inspección? 1º OFICIAL DE CUMPLIMIENTO/ 2º MAXIMA AUTORIDAD que se encuentre en el lugar / 3º APODERADO DEL SUJETO OBLIGADO PASO 2 - Pruebas de cumplimiento- COMO MÍNIMO (Obligaciones Res UIF 11/12 : ü Procedimientos de identificación de clientes ü Políticas de conocimiento del cliente ü Perfil de Clientes ü Medidas de debida diligencia ampliada ü Análisis de riesgos ü Mecanismos de control ü Monitoreo de operaciones ü Y todo otro análisis que el Of. Cumplimiento del INAES estime pertinente.

PASO 3 y 4 - FINALIZACIÓN Y CIERRE- ELEVACION INFORME UIF CONFECCION MEMO del

PASO 3 y 4 - FINALIZACIÓN Y CIERRE- ELEVACION INFORME UIF CONFECCION MEMO del Inspector 30 días INFORME PRELIMINAR del Inspector 15 días PIDE AL INSPECTOR SE ABOQUE A x CUESTIONES 1. Decide el cierre 15 días (10 días) 2. Aplica medidas correctivas y de seguimiento 3. ELEVA A LA UIF 10 días APRUEBA LO ACTUADO Análisis de informe preliminar por el OFICIAL DE CUMPLIMIENT O analiza y se expide 15 días Informe Final del Inspector

PROCEDIMIENTO DE SUPERVISION, FISCALIZACION e INSPECCION IN SITU- Res. UIF 229/14 ü RESOLUCION UIF

PROCEDIMIENTO DE SUPERVISION, FISCALIZACION e INSPECCION IN SITU- Res. UIF 229/14 ü RESOLUCION UIF 229/14 es su Manual de Supervisión, Fiscalización, Inspección y Verificación üAlcance y fin de las inspecciones: q INTEGRALES: de cumplimiento de la totalidad de las políticas y proc. materia de cumplimiento de Ley 25. 246 y Res. UIF. q ESPECÍFICAS: verificar el cumplimiento de determinadas políticas y proc. ü Pasos del procedimiento: PASO 1 - PLANIFICACION- Inicio – Acta de constatación PASO 2 - INSPECCION IN SITU- Pruebas de cumplimiento y testeo PASO 3 - FINALIZACION DE LA INSPECCIÓN PASO 4 - ELEVACION DEL INFORME FINAL A LA UIF.

INSPECCION IN SITU PASO 1 - Con o sin Acta de Requerimiento previo- Relevamiento

INSPECCION IN SITU PASO 1 - Con o sin Acta de Requerimiento previo- Relevamiento in situ de la estructura, y mecanismos de prevención y control de la entidad. * Orden de Supervisión/* fecha/* SO/* domicilio/* Info/* Docu solictada. Comienza con entrevistas continúa con relevamiento de registros, libros y documentación. ¿Quién deberá estar presente en la inspección? 1º OFICIAL DE CUMPLIMIENTO/ 2º MAXIMA AUTORIDAD que se encuentre en el lugar / 3º APODERADO DEL SUJETO OBLIGADO PASO 2 - Pruebas de cumplimiento- COMO MÍNIMO: ü Procedimientos de identificación de clientes ü Políticas de conocimiento del cliente ü Perfil de Clientes ü Medidas de debida diligencia ampliada ü Análisis de riesgos ü Mecanismos de control ü Monitoreo de operaciones ü Y todo otro análisis que el Of. Cumplimiento de la UIF estime pertinente.

Paso 3 y Paso 4 - Cierre y Resolución INFORME DEL DIRECTOR DE SUPERVISION

Paso 3 y Paso 4 - Cierre y Resolución INFORME DEL DIRECTOR DE SUPERVISION RESOLUCIÓN DEL PRESIDENTE DE LA UIF Adopción de medidas correctivas Aplicación del Régimen Penal Sancionatorio “INICIO DE SUMARIO”

Prevención del Lavado de Activos en el Sector Mutualista REGIMEN PENAL ADMINISTRATIVO ley 25246

Prevención del Lavado de Activos en el Sector Mutualista REGIMEN PENAL ADMINISTRATIVO ley 25246 • Art. 24 La persona que actuando en representación de una Ps Jca, o una persona de existencia visible, que incumpla alguna obligación de la UIF, será pasible de una multa de 1 a 10 veces el valor de los bienes involucrados en la operación, siempre y cuando no constituya un delito mas grave. • La misma sanción se le aplica a la Ps Jca • Si no se pudiere determinar el valor de los bienes, la multa será de $ 10. 000 a $ 100. 000

Prevención del Lavado de Activos en el Sector Mutualista REGIMEN PENAL ADMINISTRATIVO ley 25246

Prevención del Lavado de Activos en el Sector Mutualista REGIMEN PENAL ADMINISTRATIVO ley 25246 • Art. 23 Cuando el órgano ejecutor de una Ps Jca, hubiere recolectado o provisto bienes o dinero a un miembro de una organización terrorista, se le aplica una multa de 5 a 20 veces el valor de los bienes. • Cuando el órgano ejecutor de una Ps Jca, violare el deber de confidencialidad, se le aplica una multa de $ 50. 000 a $ 500. 000

Prevención del Lavado de Activos en el Sector Mutualista COMO APLICA LAS MULTAS LA

Prevención del Lavado de Activos en el Sector Mutualista COMO APLICA LAS MULTAS LA UIF ? MEDIANTE UN PROCESO SUMARIAL REGLAMENTADO EN LA RESOLUCION 111/2012

Prevención del Lavado de Activos en el Sector Mutualista CONSIDERACIONES PREVIAS • El art.

Prevención del Lavado de Activos en el Sector Mutualista CONSIDERACIONES PREVIAS • El art. 24 del Dec N° 290/07 estableció que todo proceso sumarial que tramite ante la UIF, se aplicará en lo pertinente las normas de la Ley Nacional de Procedimiento Administrativo N° 19549; su Dec Regl N° 1759/72 (TO 1991, y el CPCCN). • Los sumarios tienen su origen en las fiscalizaciones y requerimientos efectuados por la UIF. • La resolución que aplique sanciones será comunicada a los Organismos de Control o Reguladores a los fines que los Sujetos Obligados y las personas físicas que hayan actuado sean evaluados a los efectos de la aplicación de sanciones efectivas, proporcionadas y disuasivas de acuerdo a lo previsto por el GAFI

AMBITO DE APLICACIÓN Art. 1, todos los sumarios iniciados por UIF por quienes incumplan

AMBITO DE APLICACIÓN Art. 1, todos los sumarios iniciados por UIF por quienes incumplan con la ley 25. 246 ACTOS INICIALES Art. 2 todo ACCION u OMISIÓN que tenga entidad suficiente para ser tipificada como una infracción de la prevista en los arts. 23 y 24 de ley 25246, dará lugar a la iniciación del sumarial, puede ser promovido de oficio o por denuncia escrita o verbal. INICIACION DEL SUMARIO: Art. 3 La Resolución que disponga la iniciación de un Sumario debe ser dictada por el Presidente de UIF y debe contener: a) la formulación precisa de los cargos, con clara identificación de los hechos que originan los presuntos incumplimientos y la individualización de los responsables. b) prevenir al sujeto obligado que las posibles infracciones reciben una calificación legal que podrá varia en cualquier momento del proceso.

PARTES DEL PROCESO – DERECHOS Y DEBERES • PRESIDENTE DE LA UIF (Resolución de

PARTES DEL PROCESO – DERECHOS Y DEBERES • PRESIDENTE DE LA UIF (Resolución de Apertura – Resolución Final) • INSTRUCTOR DEL SUMARIO (Instrucción del Sumario – Impulso) • OFICIAL DE APOYO (Copias – Notificaciones – Audiencias) • SUMARIADO (Descargo – Recusación – Diligenciar Pruebas – Alegar – Recurrir) • APODERADO • PATROCINANTE

DOMICILIOS • La notificación de la apertura del sumarios se hace al domicilio constituido

DOMICILIOS • La notificación de la apertura del sumarios se hace al domicilio constituido en la UIF. • En su defecto a las personas físicas al domicilio del padrón electoral • En su defecto las Ps Jcas hayan constituido en IPJ, en los Registros Públicos de Comercio, o en los registros que lleven los organismos de supervisión y control que regulen las actividades que desarrollen (INAES) • En su defecto por EDICTOS publicados en el Boletín Oficial por tres días • DOMICILIO LEGAL en la primer presentación del sumariado debe constituir domicilio legal en la CABA de lo contrario quedará notificado en la sede la UIF al siguiente día hábil de dictada la providencia

NOTIFICACIONES • Personalmente • Por vista • Por telegrama • Por CD • Por

NOTIFICACIONES • Personalmente • Por vista • Por telegrama • Por CD • Por Cedula • Por Oficio • Por cualquier otro medio que de certeza de su contenido y fecha de recepción • Por edictos x 3 días en el BO

COMPUTO DE PLAZOS • Se computan como días hábiles administrativos • Todos los plazos

COMPUTO DE PLAZOS • Se computan como días hábiles administrativos • Todos los plazos comienzan a correr al día siguiente de su notificación y expiran a las 16 hs del día de su vencimiento, pero existe el cargo de hora al día hábil siguiente del vencimiento de 11 a 13 hs. • los escritos llevan el sello fechador de mesa de entradas • los escritos recibidos por correo se consideran presentados en la fecha que se despacho por la oficina de correo.

 • APERTURA DE SUMARIO SU NOTIFICACION • DESCARGOS • INCOMPARECIENCIA - AUSENCIA DE

• APERTURA DE SUMARIO SU NOTIFICACION • DESCARGOS • INCOMPARECIENCIA - AUSENCIA DE DESCARGO • PRODUCCIÓN DE LA PRUEBA • CLAUSURA • ALEGATOS • INFORME FINAL • RESOLUCION FINAL • RECURSOS

Prevención del Lavado de Activos en el Sector Mutualista Muchas gracias www. aguilargiraudo. com

Prevención del Lavado de Activos en el Sector Mutualista Muchas gracias www. aguilargiraudo. com Avda. Rafael Núñez 3578 Piso 1 Oficina 6 - Cerro de las Rosas Córdoba Tel. 351 4825913 contacto@aguilargiraudo. com