POR Natalia Gmez Pea Investigadora rea de Ciudadana
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POR: Natalia Gómez Peña. Investigadora Área de Ciudadanía, Acceso a la Información y Participación en materia ambiental
¿Qué es el SIDH? � El Sistema Interamericano de Derechos Humanos es un escenario regional constituido por los Estados que integran la Organización de Estados Americanos (OEA). Su principal función es velar por el respeto, protección y realización de los derechos humanos en el continente americano
Nacimiento del Sistema � 1948: aprobación de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre en la Novena Conferencia Internacional Americana celebrada en Bogotá � 1969: aprobacion Convención Americana sobre Derechos Humanos, que entró en vigor en 1978 y que ha sido ratificada por 24 países
¿Cómo esta compuesto el SIDH? �La Comisión Interamericana de Derechos Humanos �La Corte Interamericana de Derechos Humanos
Procedimiento de Peticiones � Toda persona puede presentar una petición ante la Comision contra uno o más Estados miembros de la OEA que se considere han violado los derechos humanos contenidos en la Declaración Americana, la Convención Americana y otros tratados interamericanos de derechos humanos
¿Cuando se puede presentar una petición ante la comisión? � 1)cuando hay una violación a los derechos humanos protegidos por el sistema interamericano � 2) cuando el responsable de dicha violación sea uno o mas estados miembros de la OEA � 3)cuando se agotaron los recursos judiciales internos de conformidad con la legislación vigente en el Estado.
¿Cuáles son los recursos judiciales internos que deben agotarse? � aquellos que sean adecuados y efectivos. � Recurso adecuado: cuando su interposición puede proteger el derecho que se alega violado. � Recurso efectivo: cuando es capaz de obtener el resultado para el cual fue creado. � Excepción: En caso de no ser posible agotar los recursos internos, se tendrán que explicar las razones y en ciertos casos la Comisión puede entrar a conocer la petición.
Excepción al agotamiento de recursos internos las leyes internas no establecen el debido proceso para proteger los derechos que se alegan violados � no se ha permitido a la presunta víctima el acceso a los recursos internos o se le ha impedido agotarlos; � hay demora en emitir una decisión final sobre el caso sin que exista una razón válida. �
procedimiento Imagen tomada de gaceta 2. CIDH
Medidas cautelares � En ciertos casos de gravedad y urgencia, y siempre que se cumplan ciertos requisitos, la Comisión puede solicitar a iniciativa propia o a petición de parte que un Estado adopte medidas cautelares a fin de prevenir daños irreparables a personas que se encuentren bajo la jurisdicción de éste, en forma independiente de cualquier petición o caso pendiente
PROCEDIMIENTO DE CASOS ANTE LA CORTE � Si la Comisión decide someter el caso a la Corte IDH, ésta lo analizará y emitirá una sentencia definitiva e inapelable en la que declara las violaciones de derechos humanos y la responsabilidad del Estado o la ausencia de éstas. � Si el Estado es condenado, la Corte determina en la sentencia, o en sentencia aparte, la reparación del daño.
Jurisprudencia Interamericana medio ambiente � Ni la Corte ni la Comisión Interamericana de Derechos Humanos han resuelto casos específicos sobre violaciones al medio ambiente. � La jurisprudencia se ha relacionado en torno a la protección de los derechos de comunidades indígenas, reconociendo una estrecha relación entre las comunidades y sus territorios tradicionales y los recursos naturales. Se establece que hay un elemento cultural y espiritual que debe ser respetado por los Estados
Caso Mayagna Awas Tingni vs. Nicaragua
Claude Reyes y otros vs. Chile
Petición de Medidas cautelares San Mateo de Huanchor Vs. Perú
Jurisprudencia Salud � los derechos económicos, sociales y culturales no fueron incluidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Para que la Corte en su jurisprudencia haya podido hacer mención a estos derechos, la Comisión, al someter el caso, ha tenido que fundamentarlo en violaciones de alguno de los derechos protegidos por la Convención Americana. � Hasta el momento no se han sometido a consideración de la Corte casos que involucran directamente violaciones al derecho a la salud. � caso Suárez Peralta vs. Ecuador
GRACIAS!!
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