Planificar Desarrollo y Derechos Humanos Mdulo VI Planificacin

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Planificar: Desarrollo y Derechos Humanos Módulo VI Planificación estratégica con un enfoque de derechos

Planificar: Desarrollo y Derechos Humanos Módulo VI Planificación estratégica con un enfoque de derechos de los NNA Lorenzo Marfisi – VIS Bolivia

“Este Modulo se propone de ofrecer a los participantes del Diplomado una ruta, pautas

“Este Modulo se propone de ofrecer a los participantes del Diplomado una ruta, pautas y herramientas para transformar los conocimientos adquiridos durante los anteriores módulos en una lógica de planificación estratégica”

“La lógica de planificación estratégica ha devenido una lógica dominante y difundida entre varios

“La lógica de planificación estratégica ha devenido una lógica dominante y difundida entre varios actores” Instituciones Internacionales Plan Estratégico UNICEF Instituciones Publicas Programa Plurinacional de la Niña, Niño y Adolescente ONG Instituciones Religiosas Plan Estratégico Save the Children POI 2010 - 2014

“Cualquier intervención pública o realizada por instituciones de la sociedad civil, apunta al DESARROLLO

“Cualquier intervención pública o realizada por instituciones de la sociedad civil, apunta al DESARROLLO de los NNA”

EL CONCEPTO DE DESARROLLO Art 27 de la CDN: “Lo Estados Partes reconocen el

EL CONCEPTO DE DESARROLLO Art 27 de la CDN: “Lo Estados Partes reconocen el derecho de todo niño a un nivel de vida adecuado para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social. ” Sin olvidar el desarrollo cultural mencionado en los artículos 20, 23, 29, 30 y 31 de la CDN

NIÑEZ Y DESARROLLO ECONOMICO Art 27 de la CDN: “Lo Estados Partes reconocen el

NIÑEZ Y DESARROLLO ECONOMICO Art 27 de la CDN: “Lo Estados Partes reconocen el derecho de todo niño a un nivel de vida adecuado. . . ” Sin embargo, al principio, desarrollo económico significaba simplemente: • Crecimiento del Producto Nacional Bruto • Avance en el proceso de tecnologización / industrialización • Incremento en las entradas personales

NIÑEZ Y DESARROLLO ECONOMICO AMARTYA SEN El desarrollo puede ser entendido como un proceso

NIÑEZ Y DESARROLLO ECONOMICO AMARTYA SEN El desarrollo puede ser entendido como un proceso de expansión real de las libertades que las personas pueden ejercer. Por libertad Amartya Sen entiende tener más oportunidades y más capacidades de lo que se habían anteriormente.

POBREZA SEGÚN AMARTYA SEN Para tener desarrollo se necesita remover las fuentes que limitan

POBREZA SEGÚN AMARTYA SEN Para tener desarrollo se necesita remover las fuentes que limitan las libertades: como pobreza, tiranía, intolerancia y violencia, etc. En esta visión de. La pobreza no es vista como una falta de ingresos suficientes para sobrevivir, sino más bien en cuanto una condición de privación de oportunidades y capacidades básicas.

DIFERENTES POITICAS DE CONTRASTE A LA POBREZA Si consideramos la pobreza como falta de

DIFERENTES POITICAS DE CONTRASTE A LA POBREZA Si consideramos la pobreza como falta de dinero derivan políticas públicas enfocadas en costosos programas de transferencias económicas en favor de las personas que han perdido un trabajo. Si consideramos la pobreza como privación de oportunidades y capacidades básicas, entonces derivan otros tipos de políticas entre las cuales el incentivo a la adquisición de capacidades técnicas profesionales

IMPACTO DE LAS IDEAS DE AMARTYA SEN

IMPACTO DE LAS IDEAS DE AMARTYA SEN

Objetivos de Desarrollo del Milenio y Derechos de los NNA Art 27. 1 de

Objetivos de Desarrollo del Milenio y Derechos de los NNA Art 27. 1 de la CDN: “Lo Estados Partes reconocen el derecho de todo niño a un nivel de vida adecuado. . . ” Art 28. 1 de la CDN: “ 1. Los Estados Partes reconocen el derecho del niño a la educación y, a fin de que se pueda ejercer progresivamente y en condiciones de igualdad de oportunidades ese derecho, deberán en particular: a) Implantar la enseñanza primaria obligatoria y gratuita para todos; […] Art 2. 1 Los Estados Partes respetarán los derechos enunciados en la presente Convención y asegurarán su aplicación a cada niño sujeto a su jurisdicción, sin distinción alguna, independientemente de la raza, el color, el sexo, el idioma, [. . . ]

Objetivos de Desarrollo del Milenio y Derechos de los NNA Art 24. 1: Los

Objetivos de Desarrollo del Milenio y Derechos de los NNA Art 24. 1: Los Estados Partes reconocen el derecho del niño al disfrute del más alto nivel posible de salud y a servicios para el tratamiento de las enfermedades y la rehabilitación de la salud. Los Estados Partes se esforzarán por asegurar que ningún niño sea privado de su derecho al disfrute de esos servicios sanitarios. 2. Los Estados Partes asegurarán la plena aplicación de este derecho y, en particular, adoptarán las medidas apropiadas para: a) Reducir la mortalidad infantil y en la niñez; […] Art 24. 2. d) Asegurar atención sanitaria prenatal y postnatal apropiada a las madres; , [. . . ]

Objetivos de Desarrollo del Milenio y Derechos de los NNA Art 24. 1: Los

Objetivos de Desarrollo del Milenio y Derechos de los NNA Art 24. 1: Los Estados Partes reconocen el derecho del niño al disfrute del más alto nivel posible de salud y a servicios para el tratamiento de las enfermedades y la rehabilitación de la salud. Los Estados Partes se esforzarán por asegurar que ningún niño sea privado de su derecho al disfrute de esos servicios sanitarios. 2. Los Estados Partes asegurarán la plena aplicación de este derecho y, en particular, adoptarán las medidas apropiadas para: a) Reducir la mortalidad infantil y en la niñez; […] Art 24. 2. d) Los Estados Partes […] adoptarán las medidas apropiadas para: ; la aplicación de la tecnología disponible y el suministro de alimentos nutritivos adecuados y agua potable salubre, teniendo en cuenta los peligros y riesgos de contaminación del medio ambiente; , [. . . ]

Objetivos de Desarrollo del Milenio y Derechos de los NNA Art 4: En lo

Objetivos de Desarrollo del Milenio y Derechos de los NNA Art 4: En lo que respecta a los derechos económicos, sociales y culturales, los Estados Partes adoptarán esas medidas hasta el máximo de los recursos de que dispongan y, cuando sea necesario, dentro del marco de la cooperación internacional. Art. 17: Los Estados Partes […] b) Promoverán la cooperación internacional en la producción, el intercambio y la difusión de esa información y esos materiales procedentes de diversas fuentes culturales, nacionales e internacionales; Art. 23: Los Estados Partes promoverán, con espíritu de cooperación internacional, el intercambio de información adecuada en la esfera de la atención sanitaria preventiva y del tratamiento médico, psicológico y funcional de los niños impedidos, incluida la difusión de información sobre los métodos de rehabilitación y los servicios de enseñanza y formación profesional. Etc.

Agenda Post 2015 y relación con los Derechos Humanos 1. No dejar a nadie

Agenda Post 2015 y relación con los Derechos Humanos 1. No dejar a nadie atrás, = principio de no discriminación. 2. Poner el desarrollo sostenible al centro de todas iniciativas: derecho a un ambiente salubre. 3. Transformar las economías para que tengan un crecimiento económico inclusivo, es decir, sea más fácil conseguir trabajo, acceder a una educación de calidad o a servicios de salud, servicios básicos, etc. Clara referencia a los derechos económicos y sociales. 4. Fortalecer instituciones que sean para todos efectivas, abiertas y transparentes: este último pilar tiene una relación con los derechos civiles y políticos incluidos en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

Entendimiento Común de NNUU sobre EBDH (2003) 1. Todos los programas, las políticas y

Entendimiento Común de NNUU sobre EBDH (2003) 1. Todos los programas, las políticas y la asistencia técnica al servicio de la cooperación para el desarrollo deberían promover la realización de los derechos humanos, en la forma establecida en la Declaración Universal de Derechos Humanos y otros instrumentos internacionales de derechos humanos. 2. Los estándares y principios de derechos humanos contenidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos, así como en otros instrumentos internacionales de derechos humanos, y los principios derivados de los mismos, guían la cooperación y programación para el desarrollo, en todos los sectores y en todas las fases del proceso de programación. 3. La cooperación para el desarrollo contribuye al desarrollo de las capacidades de los “portadores de obligaciones” para cumplir con sus obligaciones y/o las capacidades de los “titulares de derechos” para reclamar sus derechos. OBJETIVO PROCESO RESULTADO

Programación Basada en los Derechos del Niño 1. Realización de los Derechos. Todo el

Programación Basada en los Derechos del Niño 1. Realización de los Derechos. Todo el trabajo programático, incluido el desarrollo y la asistencia humanitaria y todas las intervenciones en políticas, deberían promover la realización de los derechos de los niños establecidos en la Convención internacional sobre los Derechos del Niño (CDN) y otros instrumentos internacionales de derechos humanos

Programación Basada en los Derechos del Niño 2. Estándares y principios. Los valores y

Programación Basada en los Derechos del Niño 2. Estándares y principios. Los valores y principios de los derechos del niño derivados de la CDN y de otros instrumentos internacionales de derechos humanos deberían guiar el trabajo en todos los sectores y en todos lugares, durante todas las etapas del proceso programático

Estándares de Derechos Humanos Fuente: http: //treaties. un. org/ • Existen 130 fuentes jurídicas

Estándares de Derechos Humanos Fuente: http: //treaties. un. org/ • Existen 130 fuentes jurídicas primarias concernientes los DDHH pages/Treaties. aspx? id 1948 Declaración Universal de los Derechos Humanos =4&subid=A&lang=en Promulgada Entrada Estados Bolivia Convención en vigor Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos Pacto Internacional sobre los Derechos Económicos, Sociales y Culturales 1965 1969 Miembr os 175 1966 1976 167 12/08/1982 1966 1976 160 12/08/1982 Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes Convención Internacional sobre los Derechos del Niño 1979 1981 187 08/06/1990 1984 1987 153 12/04/1999 1989 1990 193 22/06/1990 Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migrantes y de sus Familiares 1990 2003 46 12/10/2000 Convención Internacional sobre Derechos de las Personas con discapacidad Convención Internacional sobre la protección de cada persona contra la desaparición forzada 2006 2008 128 16/11/2009 2006 2010 37 17/12/2008 22/09/1970

Quien monitora y estimula la aplicación de los DDHH? Los Sistemas de Protección de

Quien monitora y estimula la aplicación de los DDHH? Los Sistemas de Protección de Derechos Humanos 1. Mecanismos de derechos humanos de las Naciones Unidas • El Consejo de Derechos Humanos (basada por la Carta de las Naciones Unidas): • Órganos de Tratados; 2. Sistemas Regionales de Protección de derechos humanos; 3. Sistemas Nacionales de Protección de derechos humanos.

Mecanismos de NNUU: los Órganos de Tratados http: //www. ohchr. org/SP/HRBodies/Pages/Human. Rights. Bodies. aspx

Mecanismos de NNUU: los Órganos de Tratados http: //www. ohchr. org/SP/HRBodies/Pages/Human. Rights. Bodies. aspx Convención Órganos de Tratados Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (CERD) Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos Comité de Derechos Humanos (CCPR) Pacto Internacional sobre los Derechos Económicos, Sociales y Culturales Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturares (CESCR) Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW) Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes Comité contra la Tortura (CAT) Convención Internacional sobre los Derechos del Niño Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migrantes y de sus Familiares Convención Internacional sobre Derechos de las Personas con discapacidad Convención Internacional sobre la protección de cada persona contra la desaparición forzada Comité de los Derechos del Niño (CDN) Comité para la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familias (CMW) Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CRPD) Comité contra la Desapariciones Forzadas (CED)

Que hacen los Órganos de Tratados Están encargados de supervisar la aplicación de los

Que hacen los Órganos de Tratados Están encargados de supervisar la aplicación de los principales tratados internacionales de derechos humanos. Se han creado de conformidad con lo dispuesto en los tratados que supervisan. Otros Estándares de Derechos Humanos Supervisan y facilitan la aplicación del Tratado a través de: • Observaciones Generales sobre los estándares de derechos humanos contenidos en el Tratado • Examen de los informes de los Estados Partes y de los informes alternativos (elaborados por la sociedad civil y/o por agencias de las Naciones Unidas) • Observaciones Finales y Recomendaciones a los Estados Partes • Examen de denuncias de particulares (algunos de ellos) • Investigaciones confidenciales (algunos de ellos)

Las Observaciones Generales de los Órganos de Tratados Cada Comité deputado a promover y

Las Observaciones Generales de los Órganos de Tratados Cada Comité deputado a promover y supervisar la aplicación de un tratado internacional de derechos humanos publica su interpretación del contenido de las disposiciones de derechos humanos en forma de OBSERVACIONES GENERALES sobre cuestiones temáticas o métodos de trabajo Las Observaciones Generales de los Comités constituyen otro estándar internacional en tema de Derechos Humanos (DDHH)

Las Observaciones Generales de los Órganos de Tratados • • Comité de los Derechos

Las Observaciones Generales de los Órganos de Tratados • • Comité de los Derechos del Niño (CDN) http: //www 2. ohchr. org/english/bodies/crc/comments. htm Las finalidades de la Educación – OG N. 1 (2001) La salud y el desarrollo de los adolescentes – OG N. 4 (2003) Realización de los derechos del niño en la primera infancia – OG N. 7 (2005) El derecho del niño a la protección contra los castigos corporales y otras formas de castigo crueles o degradantes - OG N. 8 (2006) Los derechos de los niños con discapacidad - OG N. 9 (2006) Los niños indígenas y sus derechos – OG N. 11 (2009) El derecho del niño a ser escuchado – OG N. 12 (2009) Derecho del niño a no ser objeto de ninguna forma de violencia – OG N. 13 (2011) • • • Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturares (CESCR) http: //www 2. ohchr. org/english/bodies/cescr/comments. htm El derecho a una vivienda adecuada – OG N. 4 (1991) Planos de Acciones por la primera infancia – OG N. 11 (1999) El derecho a una alimentación adecuada – OG N. 12 (1999) El derecho a la educación – OG N. 13 (1999) El derecho al agua – OG. N. 15 (2002) El derecho al trabajo – OG N. 18 (2005) • •

Las Observaciones Generales de los Órganos de Tratados Comité de Derechos Humanos (CCPR) http:

Las Observaciones Generales de los Órganos de Tratados Comité de Derechos Humanos (CCPR) http: //www 2. ohchr. org/english/bodies/hrc/comments. htm • El derecho a la vida – OG N. 6 (1982) y N. 14 (1984) • La familia – OG N. 19 (1990) • Prohibición de la tortura y de un trato cruel – OG N. 20 (1992) • Derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión – OG N. 22 (1993) • Libertad de movimiento – OG N. 27 (1999) • • Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW) http: //www 2. ohchr. org/english/bodies/cedaw/comments. htm Educación y programas informativos públicos – OG N. 3 (1987) Violencia contra la mujer – OG N. 12 (1989) y N. 19 (1992) Las principales obligaciones de los Estados Partes bajo el art. 2 de la Convención (principio de la no discriminación) -OG N. 28 (2010)

Examen de los informes de los Estados Partes y de los informes alternativos Las

Examen de los informes de los Estados Partes y de los informes alternativos Las Observaciones Finales del Comité Informe del Estado Parte Informe Sociedad Civil Observaciones Finales por parte del Comité

3. Sistemas Regionales de Derechos Humanos Europa: Instrumentos Convención Europea para la Protección de

3. Sistemas Regionales de Derechos Humanos Europa: Instrumentos Convención Europea para la Protección de Derechos Humanos y Libertades Fundamentales Mecanismos de Protección Corte Europea de Derechos Humanos América: Convención Americana sobre Derechos Humanos y Pacto de San José sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales África: Carta Africana sobre los Derechos Humanos y de los Pueblos Estados Árabes: Carta Árabe de Derechos Humanos Comisión Interamericana de Derechos Humanos Corte Interamericana de Derechos Humanos Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos Corte Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos

Consejo de Derechos Humanos http: //www 2. ohchr. org/spanish/bodies/hrcouncil/ ¿Qué es ? Un órgano

Consejo de Derechos Humanos http: //www 2. ohchr. org/spanish/bodies/hrcouncil/ ¿Qué es ? Un órgano intergubernamental, subsidiario de la Asamblea General integrado por 47 Estados Miembros (cada 3 años).

Las Funciones del Consejo de Derechos Humanos El Consejo trabaja a través de 4

Las Funciones del Consejo de Derechos Humanos El Consejo trabaja a través de 4 mecanismos: 1)El Examen Periódico UNiversal – UPR; 2)Los Procedimientos Especiales; 3)Procedimiento de denuncias individuales; Fortalecer la promoción y protección de los Derechos humanos en todos los Estados Miembros de las NNUU (también los que Votaron contra su creación). 4)Comité Asesor

LLOS PROCEDIMIENTOS ESPECIALES 33 Temáticos, entre ellos: Geográficos Belarús - Burundi Camboya – Cuba

LLOS PROCEDIMIENTOS ESPECIALES 33 Temáticos, entre ellos: Geográficos Belarús - Burundi Camboya – Cuba RD Corea – RD Congo. Haití – Liberia- Myanmar – Territorios Palestinos Ocupados - Somalia – Sudán -Uzbekistán Derecho a la Educación Derecho a la Alimentación Derecho al agua Detención Arbitraria Libertad de Expresión Libertad de Religión Migrantes Personas Internamente Desplazadas Pobreza Extrema Pueblos Indígenas Venta de Niños Violencia Contra la Mujer http: //www 2. ohchr. org/spanish/bodies/c hr/special/themes. htm

Examen Periódico Universal (EPU) http: //www. upr-info. org/es/review/Bolivia-%28 Plurinational-State-of%29 • Es el único mecanismo

Examen Periódico Universal (EPU) http: //www. upr-info. org/es/review/Bolivia-%28 Plurinational-State-of%29 • Es el único mecanismo del Consejo de Derechos Humanos con el objeto de mejorar la situación de derechos humanos en el terreno de cada uno de los Países miembros de la ONU. • La situación de cada país es revisada cada 4 años. • El resultado es un “informe final” que lista las recomendaciones hechas al Estado bajo revisión incluyendo las que aceptó. • El ultimo informe EPU de Bolivia es de Octubre 2014

Programación Basada en los Con Silvia Mazzarelli (tema 4) volveremos Derechos del Niño sobre

Programación Basada en los Con Silvia Mazzarelli (tema 4) volveremos Derechos del Niño sobre este ultimo paso 3. Obligaciones y deberes Todo el trabajo deberá contribuir al desarrollo de las capacidades de los portadores de obligaciones de cumplir con sus obligaciones de respetar, proteger y cumplir con los derechos de los niños. Para esto, se deberá empoderar y apoyar a niños y niñas como sujetos de derechos, directamente y por medio de sus familias y comunidades, así como contribuir a la exigencia de sus derechos.

Diferencia entre una planificación con enfoque en los Derechos Humanos (DDHH) y un enfoque

Diferencia entre una planificación con enfoque en los Derechos Humanos (DDHH) y un enfoque basado en las necesidades ENFOQUE BASADO EN LAS NECESIDADES ENFOQUE BASADO EN LOS DDHH • Los destinatarios tienen necesidades • Los beneficiarios tienen derechos • Los destinatarios necesitan asistencia reconocidos (SUJETOS DE DERECHOS) • Los sujetos de derechos necesitan cambios • Caridad privada • Voluntario • Hace frente a los síntomas • • Normalmente, se interviene ex-post, cuando la necesidad ya se manifestó • • A veces, la identificación de una necesidad es subjetiva • Algunas necesidades son generalmente • consideradas más importantes que otras (la alimentación es más importante que la • educación) • • Asigna mayor importancia al resultado (legislación, políticas, iniciativas, actitudes, participación etc. ) Derechos, responsabilidad (social de empresa), obligaciones, deberes Obligatorio Hace frente a las raíces y a las causas subyacentes Se interviene permanentemente, también para prevenir violaciones de derechos Se hace referencia a estándares internacionales Los derechos humanos no admiten jerarquía Asigna igual importancia tanto al resultado como al proceso

“No se llega a ningún lugar al menos que se sepa a dónde se

“No se llega a ningún lugar al menos que se sepa a dónde se quiere ir…” (Willian Cohen) GRACIAS