PERMISO DE USO DE SUELO ORDENAMIENTO TERRITORIAL rea

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PERMISO DE USO DE SUELO ORDENAMIENTO TERRITORIAL Área Gestión Ambiental

PERMISO DE USO DE SUELO ORDENAMIENTO TERRITORIAL Área Gestión Ambiental

Dec. 4977/09 – Ámbito de Aplicación • El Decreto 4977/09 de Impacto Ambiental es

Dec. 4977/09 – Ámbito de Aplicación • El Decreto 4977/09 de Impacto Ambiental es aprobado en 2009, y entra en vigencia en diciembre de ese mismo año, es el que regula la presentación de estudios ambientales de las actividades productivas y proyectos dentro de la provincia, en el marco de lo dispuesto por la Ley General del Ambiente ley Nº 25. 675; artículos 11, 12 y 13. Paraná Tramite a realizar para la instalación de un proyecto productivo. Concepción del Uruguay

Tramite a realizar para la instalación de un proyecto productivo. Acta Res.

Tramite a realizar para la instalación de un proyecto productivo. Acta Res.

Autorización – Uso de Suelo

Autorización – Uso de Suelo

Carta de Presentación – art. 7 Anexo II • 2. - Ubicación y descripción

Carta de Presentación – art. 7 Anexo II • 2. - Ubicación y descripción general de la actividad ó proyecto. • 2. 1 - Nombre de la actividad propuesta ó proyecto. • 2. 2 - Ubicación física de la actividad propuesta ó proyecto. Incluir croquis de localización del sitio elegido señalando: • a - Superficie total y cubierta (Ha, m 2, etc. ), detallar el uso de cada sector (producción, administración, etc. ) • b - Departamento, localidad. • c - Zonificación Municipal o de la Junta de Gobierno según corresponda. • d - Uso conforme de autoridad local.

Principales inconvenientes encontrados Los permisos presentados no cuentan con datos suficientes. No presentan referencias

Principales inconvenientes encontrados Los permisos presentados no cuentan con datos suficientes. No presentan referencias a ordenanzas o resoluciones locales. Son diferentes entre sí. Son provisorios o precarios sin especificar el modo en que se vuelven permanentes o con plazos. • Son manuscritos e ilegibles. • Son demasiado onerosos, y no se especifica la resolución por la cual se cobró el arancel. • •

Ordenamiento Ambiental del Territorio (OAT): Es una herramienta de política ambiental que tiene por

Ordenamiento Ambiental del Territorio (OAT): Es una herramienta de política ambiental que tiene por objeto la organización espacial de las actividades en un ámbito territorial determinado. Es, esencialmente, un proceso de ordenamiento racional y participativo, en función de aptitudes de usos y ecosistemas.

En el derecho comparado, la Carta Europea de Ordenación del Territorio (1983) “a la

En el derecho comparado, la Carta Europea de Ordenación del Territorio (1983) “a la vez una disciplina científica, una técnica administrativa y una política concebida como un enfoque interdisciplinario y global cuyo objetivo es un desarrollo equilibrado de las regiones y la organización física del espacio según un concepto rector”.

Re Recomendaciones sobre los contenidos mínimos que debería incluir una política de OAT •

Re Recomendaciones sobre los contenidos mínimos que debería incluir una política de OAT • Reconocer e integrar todos los derechos constitucionales y regímenes legales vigentes. • Noción pública de la propiedad. • Sistema de información. • Desarrollo de escenarios futuros posibles. • Vinculo con otras herramientas estratégicas: OAT, EAE Y EIA.

Re Recomendaciones sobre los contenidos mínimos que debería incluir una política nacional de OAT

Re Recomendaciones sobre los contenidos mínimos que debería incluir una política nacional de OAT Reconocer e integrar todos los derechos constitucionales y regímenes legales vigentes: Deben tenerse en cuenta diversos valores y requisitos fundamentales que forman parte de la constitución Nacional y de la legislación existente, tales como el concepto de presupuestos mínimos de protección ambiental (artículo 41 de la Constitución Nacional), las herramientas de OAT ya existentes en la Ley General del Ambiente, la ley de presupuestos mínimos de bosques nativos y la ley de presupuestos mínimos de protección del ambiente glaciar y periglacial.

Re Recomendaciones sobre los contenidos mínimos que debería incluir una política nacional de OAT

Re Recomendaciones sobre los contenidos mínimos que debería incluir una política nacional de OAT Noción pública de la propiedad: Introducir limitaciones conceptuales en función de una visión del derecho de propiedad, encausado jurídicamente en áreas de interés general, ante la necesidad de incorporar horizontes de largo plazo en favor de las generaciones futuras y la preservación de la calidad ambiental del planeta en su conjunto, no se trata de suplantar el derecho de propiedad por concepciones de propiedad colectiva.

Re Recomendaciones sobre los contenidos mínimos que debería incluir una política nacional de OAT

Re Recomendaciones sobre los contenidos mínimos que debería incluir una política nacional de OAT Sistema de información: Es necesario contar con información territorial confiable, suficiente y actualizada, que sirva de insumo a los instrumentos de planificación que se quieren implementar. Se recomienda así generar un sistema de información geográfica que integre distintos datos relevantes del lugar para la toma de decisiones estratégicas. se da especial relevancia para este objetivo al montaje de sistemas de información geográfica –SIG-.

Re Recomendaciones sobre los contenidos mínimos que debería incluir una política nacional de OAT

Re Recomendaciones sobre los contenidos mínimos que debería incluir una política nacional de OAT Desarrollo de escenarios futuros posibles: La información recabada debe servir a los fines de desarrollar distintos escenarios a futuro, vinculados a las distintas alternativas de desarrollo posibles de elección, las cuales estarán en sintonía con la cultura local, la ideología política, la estrategia económica, etc. Estos escenarios deben estar construidos con cierta capacidad de adaptación a condiciones de contexto cambiante, esta flexibilidad permitirá evaluar la política con el fin de corregirla o redireccionarla en cado de que sea necesario.

Re Recomendaciones sobre los contenidos mínimos que debería incluir una política nacional de OAT

Re Recomendaciones sobre los contenidos mínimos que debería incluir una política nacional de OAT Vinculo con otras herramientas estratégicas: OAT, EAE Y EIA: El Ordenamiento Ambiental del Territorio, consagrado en la Ley General del Ambiente constituye un instrumento de gestión ambiental, de toma de decisiones públicas. La EIA, un procedimiento técnico administrativo con un análisis interdisciplinario al que debe someterse un proyecto con significativo impacto al ambiente. La Evaluación Ambiental Estratégica es un procedimiento que tiene por objeto la evaluación de las consecuencias o impactos ambientales en la formulación de las decisiones estratégicas por parte del sector gubernamental.

Autorización – Uso de Suelo

Autorización – Uso de Suelo

Pasos de implementación de una estrategia de OAT 1. Definir las actividades con prospección

Pasos de implementación de una estrategia de OAT 1. Definir las actividades con prospección a futuro 2. Dentro de las temáticas a considerar se encuentran: áreas con potencial productivo (agrícola, ganadero, minero, pesquero, etc. ), dispersión de la población y estructura de los asentamientos urbanos y rurales, sistema de infraestructura vial y de servicios, tratamientos sanitarios, áreas de importancia para la conservación (protegidas o no), identificación de cuencas hidrográficas, zonas con valor arqueológico y patrimonial, áreas costeras, áreas forestales, áreas vulnerables, entre otras. 3. Marco regulatorio general y de cada actividad. 4. Características ambientales, recursos con los que se cuenta, dirección de los vientos, etc. 5. Desarrollo de la ordenanza. 6. Revisión, actualización y mejora continua. (Flexibilidad).

Agradecemos su atención! Unidad de Gestión Ambiental Región Paraná - Laprida 386 - Paraná

Agradecemos su atención! Unidad de Gestión Ambiental Región Paraná - Laprida 386 - Paraná -Entre Ríos - CP 3100 - (0343)4208879 Unidad de Gestión Ambiental Región Uruguay - Supremo Entrerriano 108 - C. del Uruguay - CP 3260 - (03442)437912 Plan Provincial Manejo del fuego – Laprida 465, 3º Piso – Paraná – Entre Ríos – CP 3100 – (0343)4840555 www. entrerios. gov. ar/ambiente - secretariadeambiente@entrerios. gov. ar