Organizacin del centro y documentos institucionales LOMCE Cieza

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Organización del centro y documentos institucionales LOMCE Cieza. 18 de noviembre de 2014. Luis

Organización del centro y documentos institucionales LOMCE Cieza. 18 de noviembre de 2014. Luis José Gómez Rodríguez.

1. ORGANIZACIÓN DEL CENTRO l Participación de la comunidad educativa. l l Autonomía de

1. ORGANIZACIÓN DEL CENTRO l Participación de la comunidad educativa. l l Autonomía de los centros (ligada a la rendición de cuentas). l l Horario: horas de autonomía (1º-4º), ajustes horarios, ampliar horario, horario general. Área de libre configuración autonómica. Elaboración de normas de organización y funcionamiento propias (art 124. 4 LOMCE) Normas de organización y funcionamiento. l l Actuaciones y decisiones que corresponden al Consejo Escolar, al equipo directivo, a los centros (claustros), al equipo docente, al tutor… Medidas de coordinación. Calendario de reuniones y reparto de tareas. Recursos: página web, agenda docente y aula virtual. Aspectos a organizar: l Actuaciones, decisiones y documentos sobre programación, evaluación y metodología.

Organización del centro

Organización del centro

Organización del centro El ciclo de Deming (PDCA) es una fórmula aconsejable en cualquier

Organización del centro El ciclo de Deming (PDCA) es una fórmula aconsejable en cualquier organización como estrategia de mejora continua de la calidad.

Organización del centro AVISO: Las referencias a la “Orden” de las siguientes diapositivas deben

Organización del centro AVISO: Las referencias a la “Orden” de las siguientes diapositivas deben entenderse como borrador de la Orden de XXXXXXXX de 20 XX, de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades, por la que se regula para la Comunidad Autónoma de Murcia la organización y la evaluación en la Educación Primaria, pendiente de publicación a fecha 18 de noviembre de 2014.

Actuaciones y decisiones del Consejo Escolar l Con la LOMCE, pierde competencias que pasan

Actuaciones y decisiones del Consejo Escolar l Con la LOMCE, pierde competencias que pasan al director: l l l Actuaciones del Consejo Escolar en la Orden: l l l Ahora no aprueba la PGA ni proyectos, ni normas, solo los evalúa. Ahora no decide sobre admisión de alumnos, solo informa. Ahora no aprueba la obtención de recursos complementarios (art. 122. 3), solo informa. Ahora no fija las directrices de colaboración con otros organismos, solo informa. Ser informado de las modificaciones para la 2º y 3º evaluación, si existen, en las programaciones docentes (Art. 21. 6) Ser informado de la decisión de cambio de libro de texto (D. adicional tercera 2) Actuaciones del Consejo Escolar en el Decreto 198/2014: l Evaluar la programación general anual (D. transitoria primera 4)

Actuaciones y decisiones del equipo directivo l Nuevas competencias del director (Art. 132, LOMCE)

Actuaciones y decisiones del equipo directivo l Nuevas competencias del director (Art. 132, LOMCE) l l) Aprobar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo II del título V de la presente Ley Orgánica. l l l l l Proyecto educativo (Art 121 LOMCE) Acciones destinadas a fomentar la calidad en los centros docentes (Art. 122 LOMCE) Proyecto de gestión (Art. 123 LOMCE) Normas de organización, funcionamiento y convivencia (Art. 124 LOMCE) Programación General Anual (Art. 125 LOMCE) m) Aprobar la PGA del centro, sin perjuicio de las competencias del Claustro del profesorado, en relación con la planificación y organización docente. n) Decidir sobre la admisión de alumnos y alumnas, con sujeción a la norma. ñ) Aprobar la obtención de recursos complementarios (Art. 122. 3. ) o) Fijar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.

Actuaciones y decisiones del equipo directivo l Autorizar a alumnos que no hayan cursado

Actuaciones y decisiones del equipo directivo l Autorizar a alumnos que no hayan cursado Segunda Lengua Extranjera en quinto a hacerlo en sexto (Art. 3. 10 de la Orden) l A la vista del informe del equipo docente de quinto.

Actuaciones y decisiones del equipo directivo l Atribuir opcionalmente la docencia de áreas no

Actuaciones y decisiones del equipo directivo l Atribuir opcionalmente la docencia de áreas no adscritas a especialidad a un maestro no tutor (Art. 3. 11 de la Orden) l l l Oída la CCP o, en su caso, el Claustro de profesores. Atendiendo a razones pedagógicas Teniendo en cuenta la formación del profesorado.

Actuaciones y decisiones del equipo directivo l Comunicar la decisión de ampliación de horario

Actuaciones y decisiones del equipo directivo l Comunicar la decisión de ampliación de horario a la DG competente en Ordenación Académica (Art. 4. 5 de la Orden) l l Durante el mes de diciembre del curso escolar anterior de aplicación de esta medida. Conforme a lo dispuesto en el anexo I de esta orden.

Actuaciones y decisiones del equipo directivo l Configurar los grupos de alumnos de cada

Actuaciones y decisiones del equipo directivo l Configurar los grupos de alumnos de cada curso (Art. 10. 1 de la Orden) l De acuerdo con los criterios aprobados por el Claustro de profesores y, en su caso, con las propuestas de los equipos docentes.

Actuaciones y decisiones del equipo directivo l Designar los tutores de los grupos (Art.

Actuaciones y decisiones del equipo directivo l Designar los tutores de los grupos (Art. 12. 2 de la Orden, Disposición transitoria cuarta de la Orden) l l Los directores designarán los tutores a propuesta de jefatura de estudios. En función de las posibilidades organizativas de los centros. En base a los criterios pedagógicos aprobados en el Claustro de profesores. Teniendo en cuenta las siguientes consideraciones: l Los alumnos tengan el mismo tutor durante el mayor número posible de cursos escolares de cada uno de los dos tramos de la etapa. l Ningún grupo de alumnos tenga el mismo tutor durante más de tres cursos escolares. l Procurar que el tutor de primer curso de la etapa sea un maestro que pueda darle continuidad a dicha labor durante el primer tramo de la etapa. l Asignar la tutoría preferentemente a los maestros con mayor carga lectiva con todos los alumnos. l Disposición transitoria cuarta: Garantizar la continuidad de los tutores de primero, segundo, tercero y quinto durante el curso 2013 -2014 con sus grupos en el curso 2014 -2015.

Actuaciones y decisiones del equipo directivo l Modificar (opcional) el horario de los futuros

Actuaciones y decisiones del equipo directivo l Modificar (opcional) el horario de los futuros tutores de 1º en junio (Art. 14. 1 a) de la Orden) l l En el caso de que se conozcan quiénes desempeñarán la tutoría de primero. Con objeto de que puedan apoyar a sus futuros alumnos dentro del aula de Infantil.

Actuaciones y decisiones del equipo directivo l Distribuir las horas y medidas de apoyo

Actuaciones y decisiones del equipo directivo l Distribuir las horas y medidas de apoyo y de refuerzo (Art. 16. 2 de la Orden) l l l A la vista de las actas de la sesión de evaluación inicial. Atendiendo a criterios pedagógicos. Pudiendo organizar dicha atención en periodos de al menos treinta minutos si se trata de grupos reducidos (Art 8. 3 del Decreto)

Actuaciones y decisiones del equipo directivo l Elaborar un horario de apoyo y refuerzo

Actuaciones y decisiones del equipo directivo l Elaborar un horario de apoyo y refuerzo en septiembre (Art. 16. 4 de la Orden) l Durante el mes de septiembre, el equipo directivo elaborará un horario de apoyo y refuerzo en el que priorizará el destino de dichos periodos lectivos del profesorado a: l La realización del periodo de adaptación en Primaria. l La realización del periodo de adaptación en Infantil. (incorporación progresiva de los alumnos durante la primera semana de clase, el centro garantizará la presencia de, al menos, dos maestros durante en septiembre, siendo al menos uno de ellos especialista en Educación Infantil). l Cuantos apoyos se consideren absolutamente necesarios.

Actuaciones y decisiones del equipo directivo l Autorizar o revocar la asistencia de alumnado

Actuaciones y decisiones del equipo directivo l Autorizar o revocar la asistencia de alumnado de AA. CC. a sesiones de áreas de cursos de la etapa inmediatamente superiores (Art. 17. 3 y 17. 4 de la Orden) l l Cuando el equipo docente estime conveniente la asistencia del alumno a sesiones de áreas de cursos de la etapa inmediatamente superiores. Sin perjuicio de que los referentes de evaluación sean los estándares de aprendizaje previstos para el curso en que está matriculado. El director podrá autorizar dicha medida siempre y cuando: l Sea inferior al 20% de la jornada escolar. l Se cuente con la aprobación de los padres. l El equipo docente considere que no perjudicará su rendimiento académico. l El orientador informe favorablemente. La decisión adoptada podrá ser revocada por el director.

Actuaciones y decisiones del equipo directivo l Elaborar los apoyos y refuerzos de PT

Actuaciones y decisiones del equipo directivo l Elaborar los apoyos y refuerzos de PT para ACNEE (Art. 18. 2 de la Orden) l l l Asesorado por el orientador correspondiente. Favoreciendo la realización de apoyo y refuerzo tanto dentro como fuera del aula. Cuando el especialista en PT realice apoyo y refuerzo fuera del aula de los aprendizajes relacionados con los estándares básicos o esenciales, preferentemente en las áreas de Lengua Castellana y Literatura y Matemáticas, se tendrán en cuenta las siguientes consideraciones: l Realizar, con carácter general, agrupamientos de entre 3 y 5 alumnos. l El número de sesiones semanales en función de la necesidad. l No coincidir en su totalidad con el horario semanal completo de un área. l Priorizar el agrupamiento de alumnos que puedan trabajar de manera eficaz. l Realizar el refuerzo fuera del aula preferentemente en las áreas en las que presenten mayores dificultades de aprendizaje.

Actuaciones y decisiones del equipo directivo l Elaborar los apoyos y refuerzos de AL

Actuaciones y decisiones del equipo directivo l Elaborar los apoyos y refuerzos de AL para ACNEE (Art. 18. 3 de la Orden) l Apoyo y refuerzo especializado por parte del maestro de AL para dar respuesta a las necesidades educativas especiales relacionadas con las dificultades en la comunicación oral y, en su caso, sobre los estándares de aprendizaje del área de Lengua Castellana y Literatura que se considere, se realice teniendo en cuenta las siguientes consideraciones: l Realizar agrupamientos de 1, 2 o 3 alumnos, en función de la necesidad. l Priorizar el agrupamiento de alumnos, en función de sus necesidades de comunicación, lenguaje o habla, aunque estén matriculados en distintos cursos de la etapa.

Actuaciones y decisiones del equipo directivo l Completar opcionalmente el horario de PT y

Actuaciones y decisiones del equipo directivo l Completar opcionalmente el horario de PT y AL para alumnado con dificultades específicas de aprendizaje (Art. 18. 4 de la Orden) l Atendidas las necesidades de los ACNEE, el equipo directivo podrá completar el horario de los especialistas de AL y PT con alguna de las medidas de apoyo y refuerzo educativo previstas en el artículo 15. 4 de la presente orden, siendo recomendable que se destinen al alumnado con dificultades específicas de aprendizaje.

Actuaciones y decisiones del equipo directivo l Elaborar los apoyos y refuerzos de Compensatoria

Actuaciones y decisiones del equipo directivo l Elaborar los apoyos y refuerzos de Compensatoria para ACNEAE (Art. 18. 5 de la Orden) l A la hora de realizar la distribución del horario definitivo de compensatoria, destinado a alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo derivadas de condiciones personales o de historia escolar, el equipo directivo deberá tener en cuenta: l Las propuestas recogidas en el Plan de trabajo individualizado del alumno correspondiente al curso anterior. l Las propuestas recogidas en el acta de la sesión de evaluación inicial. l Que dicha atención sea prestada por el menor número de maestros posible.

Actuaciones y decisiones del equipo directivo l Dinamizar la elaboración de la propuesta curricular

Actuaciones y decisiones del equipo directivo l Dinamizar la elaboración de la propuesta curricular (Art. 20. 2 de la Orden) l Partiendo de las propuestas de la memoria anual del curso anterior, la CCP o, en su caso, el equipo directivo y los coordinadores pedagógicos de cada uno de los dos tramos de la etapa, dinamizarán la elaboración de la propuesta curricular.

Actuaciones y decisiones del equipo directivo l Impulsar la elaboración de la programación docente

Actuaciones y decisiones del equipo directivo l Impulsar la elaboración de la programación docente (Art. 21. 4 de la Orden) l El jefe de estudios o, en su caso, el coordinador pedagógico de cada uno de los dos tramos impulsará que los equipos docentes de cada curso elaboren la programación antes del comienzo de las actividades lectivas con alumnos.

Actuaciones y decisiones del equipo directivo l Resolver y notificar, en su caso, la

Actuaciones y decisiones del equipo directivo l Resolver y notificar, en su caso, la permanencia de un curso más en 6º de Primaria de los ACNEE (Art. 23. 7 de la Orden) l Se podrá prolongar un curso más la escolarización de los ACNEES al finalizar la Educación Primaria (artículo 14. 3 del Real Decreto 126/2014) l l l A propuesta del tutor. Previo acuerdo del equipo docente. Requiere la aprobación de los padres del alumno. Requiere el informe del orientador en el que conste que dicha decisión favorece la integración socioeducativa del alumno. El director resolverá y notificará la decisión adoptada a los padres.

Actuaciones y decisiones del equipo directivo l Acudir, si fuera conveniente, a las sesiones

Actuaciones y decisiones del equipo directivo l Acudir, si fuera conveniente, a las sesiones de evaluación (Art. 24. 1 de la Orden) l Podrán contar, cuando se estime conveniente, con la presencia de algún miembro del equipo directivo.

Actuaciones y decisiones del equipo directivo l Impulsar la evaluación de la práctica docente

Actuaciones y decisiones del equipo directivo l Impulsar la evaluación de la práctica docente de los maestros y equipos docentes con resultados significativamente diferentes al resto (Art. 132. h de la LOMCE, art. 31. 5 del decreto, art. 29. 4 y 23. 5 de la Orden) l 132. h) LOMCE: Impulsar las evaluaciones internas del centro y colaborar en las evaluaciones externas y en la evaluación del profesorado. l El director del centro impulsará la evaluación de la práctica docente de los maestros y de los equipos docentes cuyos alumnos presenten diferencias significativas respecto a la media de resultados del resto de maestros del mismo equipo docente o respecto a otros equipos docentes del mismo curso de la etapa. Dicha evaluación requerirá la emisión de un informe por parte del docente o del equipo docente con resultados significativamente por encima o por debajo de la media del mismo equipo docente o de otros equipos docentes respectivamente en el que conste: l El análisis de los resultados. l Las posibles causas de la desviación producida. l Las acciones o planes de mejora a adoptar, en su caso. l l Actuará igual en desviaciones en evaluaciones individualizadas.

Actuaciones y decisiones del equipo directivo l Comprobar los requisitos en los documentos de

Actuaciones y decisiones del equipo directivo l Comprobar los requisitos en los documentos de evaluación recibidos en alumno que procede de otro centro (Art. 32. 4 de la Orden) l La matrícula en el nuevo centro de destino no será definitiva hasta que el equipo directivo del centro receptor compruebe los requisitos en los documentos de evaluación recibidos.

Actuaciones y decisiones del equipo directivo l Publicar la relación de libros de texto

Actuaciones y decisiones del equipo directivo l Publicar la relación de libros de texto (Disposición adicional tercera 4 de la Orden) l l La dirección del centro deberá publicar la relación de libros de texto y demás materiales curriculares seleccionados antes del 30 de junio. Una vez hecha pública dicha relación, no podrá introducirse modificación alguna, salvo que el centro modifique su oferta educativa a raíz de convocatorias oficiales que se resuelvan con posterioridad a dicha fecha, en cuyo caso, el centro deberá informar a las familias afectadas por dicho cambio a la mayor brevedad posible.

Actuaciones y decisiones del equipo directivo l Elaborar la memoria anual (Disposición adicional quinta

Actuaciones y decisiones del equipo directivo l Elaborar la memoria anual (Disposición adicional quinta 4 de la Orden) l Finalizadas las actividades lectivas, el Consejo escolar evaluará la PGA mediante una memoria anual elaborada por el equipo directivo.

Actuaciones y decisiones del equipo directivo l Aprobar los horarios antes del 15 de

Actuaciones y decisiones del equipo directivo l Aprobar los horarios antes del 15 de octubre y archivarlos en papel (Instrucción 12. 3 de la Orden 23/06/14 RRHH) l l l 1. Los directores de los centros aprobarán definitivamente los horarios antes del 15 de octubre y los archivarán en formato papel con las firmas pertinentes, quedando bajo su custodia y a disposición de la Administración Educativa, sin que sea necesaria su remisión salvo petición expresa del órgano competente. 2. Cualquier acceso posterior a la aplicación Plumier XXI para modificar los horarios deberá ser comunicada a la Inspección de Educación. 3. La Inspección de Educación podrá supervisar dichos horarios y emitir el correspondiente informe. En caso de que dichos horarios no respeten los criterios establecidos en las normas que regulan la organización y el funcionamiento de los respectivos centros educativos, propondrá al órgano competente la adopción de las medidas relativas a las correcciones de los horarios, así como las medidas disciplinarias que procedan.

Actuaciones y decisiones de los centros l Autonomía (Prólogo de la Orden) l Se

Actuaciones y decisiones de los centros l Autonomía (Prólogo de la Orden) l Se favorece de manera especial la autonomía pedagógica y organizativa de los centros, que podrán: l Incrementar los contenidos de las áreas. l Diseñar e implantar métodos pedagógicos y didácticos propios l Configurar la oferta formativa de la etapa incluyendo: l l La decisión de las áreas a impartir en algunos cursos de la misma (un área de LCA de 4º a 6º) Determinar parte de la carga horaria correspondiente a algunas áreas (troncales, de 1º a 4º)

Actuaciones y decisiones de los centros a) Formular al equipo directivo y al Consejo

Actuaciones y decisiones de los centros a) Formular al equipo directivo y al Consejo Escolar propuestas para la elaboración de los proyectos del centro y de la programación general anual. l b) Aprobar y evaluar la concreción del currículo y todos los aspectos educativos de los proyectos y de la programación general anual. l Artículo 129 de la LOE (no modificado por la LOMCE)

Actuaciones y decisiones de los centros l Decidir el área de libre configuración autonómica

Actuaciones y decisiones de los centros l Decidir el área de libre configuración autonómica de segundo tramo (Art. 3. 4 de la Orden) l l En función de criterios pedagógicos. Pudiendo ofertar más de una siempre y cuando dicha oferta no suponga aportación económica por parte de las familias ni exigencias para la Administración educativa. Los alumnos solo podrán elegir una, no pudiendo cambiar su elección salvo causa de fuerza mayor.

Actuaciones y decisiones de los centros l Impartir determinadas áreas de LCA en centros

Actuaciones y decisiones de los centros l Impartir determinadas áreas de LCA en centros autorizados (Art. 3. 8 y 3. 9 de la Orden) l l Español Lengua Extranjera, en lugar de la Segunda Lengua Extranjera (para alumnado extranjero con desconocimiento del castellano) Lengua de Signos Española, en lugar de la Segunda Lengua Extranjera (para alumnado con discapacidad auditiva a petición de las familias).

Actuaciones y decisiones de los centros l Distribución de las horas lectivas de autonomía

Actuaciones y decisiones de los centros l Distribución de las horas lectivas de autonomía de centro previstas para las asignaturas troncales (Art. 4. 2 de la Orden) l l Podrán ser libremente distribuidas entre una o más de las asignaturas troncales de 1º a 4º de Primaria. La duración de los periodos lectivos podrá oscilar entre 45 y 90 minutos. Atendiendo a criterios pedagógicos y, en su caso, a los resultados en evaluaciones externas. Antes del inicio de las actividades lectivas con alumnos.

Actuaciones y decisiones de los centros l Ajuste horario de áreas por razones organizativas

Actuaciones y decisiones de los centros l Ajuste horario de áreas por razones organizativas (Art. 4. 3 de la Orden) l Cuando por razones organizativas no pueda distribuirse el horario de las áreas según lo dispuesto en el anexo III del citado decreto, los centros podrán: l Ajustar la carga lectiva de algún área en un máximo de media hora semanal en alguno de los cursos, desde primero hasta cuarto, compensando este ajuste con las horas de autonomía de centro, sin que ello suponga modificación alguna sobre el número total de horas previstas para dicha autonomía ni para las áreas a lo largo de la etapa. l Ajustar la carga lectiva en un máximo de un cuarto de hora semanal entre dos áreas, sin que este ajuste suponga modificación alguna sobre el número total de horas previstas para estas áreas a lo largo de la etapa.

Actuaciones y decisiones de los centros l Ampliar el número mínimo de horas lectivas

Actuaciones y decisiones de los centros l Ampliar el número mínimo de horas lectivas semanales previstas para cada área (Art. 4. 4 de la Orden) l Siempre que: l Sea acordada por el Claustro de profesores. l No suponga modificación del currículo establecido. l No supere un máximo de seis horas lectivas al día, incluido el recreo. l No suponga comenzar la actividad lectiva antes de las 8: 00 horas. l No suponga aportación económica por parte de las familias. l No suponga exigencias para la Administración educativa.

Actuaciones y decisiones de los centros l Fomentar (opcionalmente) la actividad física (Art. 5

Actuaciones y decisiones de los centros l Fomentar (opcionalmente) la actividad física (Art. 5 de la Orden) l l l Se podrá fomentar la actividad física diaria de los alumnos. Se podrá elaborar un plan. Se podrá utilizar el modelo del anexo II.

Actuaciones y decisiones de los centros l Seguir (opcionalmente) las orientaciones metodológicas (Art. 6.

Actuaciones y decisiones de los centros l Seguir (opcionalmente) las orientaciones metodológicas (Art. 6. 1 de la Orden) l La actividad docente propiciará la adquisición de las competencias del currículo por parte del alumnado, para lo cual se podrán seguir las orientaciones metodológicas recogidas en el artículo 13 y los anexos I (currículo áreas troncales y específicas) y II (currículo áreas de LCA) del Decreto 198/2014 de 5 de septiembre (Ver diapositiva siguiente)

Actuaciones y decisiones de los centros l Orientaciones metodológicas (Art. 13. 1 del Decreto

Actuaciones y decisiones de los centros l Orientaciones metodológicas (Art. 13. 1 del Decreto 198/2104) l l l l l a) Se diseñarán actividades de aprendizaje integradas que permitan a los alumnos avanzar hacia los resultados de aprendizaje de más de una competencia al mismo tiempo. b) La acción docente promoverá que los alumnos sean capaces de aplicar los aprendizajes en una diversidad de contextos. c) Se fomentará la reflexión e investigación, así como la realización de tareas que supongan un reto y desafío intelectual para los alumnos. d) Se podrán diseñar tareas y proyectos que supongan el uso significativo de la lectura, escritura, tecnologías de la información y la comunicación (TIC) y la expresión oral mediante debates o presentaciones orales. e) La actividad de clase favorecerá el trabajo individual, el trabajo en equipo y el trabajo cooperativo. f) Asimismo, podrán realizarse agrupamientos flexibles en función de la tarea y de las características individuales de los alumnos con objeto de realizar tareas puntuales de enriquecimiento o refuerzo. g) Se procurará organizar los contenidos en torno a núcleos temáticos cercanos y significativos. h) El espacio deberá organizarse en condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación necesarias para garantizar la participación de todos los alumnos en las actividades del aula y del centro. i) Se procurará seleccionar materiales y recursos didácticos diversos, variados, interactivos y accesibles tanto en lo que se refiere al contenido, como al soporte.

Actuaciones y decisiones de los centros l Orientaciones metodológicas (Art. 13. 2 del Decreto

Actuaciones y decisiones de los centros l Orientaciones metodológicas (Art. 13. 2 del Decreto 198/2104) l Los centros docentes podrán diseñar e implantar métodos pedagógicos propios, previo acuerdo del Claustro de profesores, teniendo en cuenta las características de los alumnos.

Actuaciones y decisiones de los centros l Elaborar un Plan Lector (Art. 8. 2

Actuaciones y decisiones de los centros l Elaborar un Plan Lector (Art. 8. 2 de la Orden) l Para la mejora de la comprensión lectora y el fomento del gusto por la lectura l Podrá usarse el modelo del anexo III.

Actuaciones y decisiones de los centros l Elaborar un Plan Lógico-matemático (Art. 9. 2

Actuaciones y decisiones de los centros l Elaborar un Plan Lógico-matemático (Art. 9. 2 de la Orden) l Para: l Promover la puesta en práctica de los procesos de razonamiento que llevan a la resolución de problemas o a la obtención de información. l Desarrollar la habilidad de seguir determinados procesos de pensamiento, como la deducción y la inducción, y de aplicar algoritmos de cálculo o elementos de la lógica. l Podrá usarse el modelo del anexo IV.

Actuaciones y decisiones de los centros l Aprobar criterios para la configuración de los

Actuaciones y decisiones de los centros l Aprobar criterios para la configuración de los grupos de alumnos (Art. 10. 1 de la Orden) l l l La configuración corresponde al equipo directivo De acuerdo con los criterios aprobados por el Claustro de profesores Con las propuestas de los equipos docentes, en su caso.

Actuaciones y decisiones de los centros l Establecer (opcional) agrupamientos flexibles (Art. 10. 4

Actuaciones y decisiones de los centros l Establecer (opcional) agrupamientos flexibles (Art. 10. 4 de la Orden) l l Con los recursos disponibles. Para la realización de tareas puntuales de enriquecimiento o refuerzo por parte de: l Alumnos de distintos grupos del mismo curso de la etapa. l Alumnos de diferentes cursos de la etapa. l Otras posibilidades organizativas que, con carácter pedagógico, sean acordadas por el Claustro de profesores.

Actuaciones y decisiones de los centros l Destinar (opcional) un espacio del centro como

Actuaciones y decisiones de los centros l Destinar (opcional) un espacio del centro como aula de creatividad (Art. 11. 2, 11. 3 y 11. 4 de la Orden) l l l Se podrá destinar un espacio del centro como aula específica de la creatividad. Que promueva la autonomía, el emprendimiento, el aprendizaje autónomo, la originalidad y el pensamiento crítico. Podrá organizarse en los siguientes espacios: mediateca, dramatización, plástica, construcción, lógico matemático, experimentos, entre otros. En caso de no disponer de espacios para habilitar un aula de creatividad, los centros fomentarán el uso de dichos espacios en las aulas del centro mediante rincones de actividad. Se fomentará el uso del entorno como recurso didáctico, acercando el conocimiento a su realidad.

Actuaciones y decisiones de los centros l Uso semanal de la biblioteca de centro

Actuaciones y decisiones de los centros l Uso semanal de la biblioteca de centro (Art. 11. 6 de la Orden) l Uso de la biblioteca escolar en horario lectivo al menos una vez a la semana para cada grupo.

Actuaciones y decisiones de los centros l Condiciones de accesibilidad y no discriminación de

Actuaciones y decisiones de los centros l Condiciones de accesibilidad y no discriminación de los espacios (Art. 11. 7 de la Orden) l Para la organización de los espacios y el uso del entorno, los centros educativos deberán tener en cuenta las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación necesarias para garantizar la participación de todo el alumnado en las actividades del aula y del centro, y en particular de aquellos que presentan necesidades educativas especiales.

Actuaciones y decisiones de los centros l Acordar criterios pedagógicos para la designación de

Actuaciones y decisiones de los centros l Acordar criterios pedagógicos para la designación de tutorías (Art. 12. 2 de la Orden) l En función de las posibilidades organizativas de los centros y en base a los criterios pedagógicos aprobados en el Claustro de profesores, los directores designarán, a propuesta de jefatura de estudios, los tutores de los grupos (teniendo en cuenta las consideraciones establecidas)

Actuaciones y decisiones de los centros l Establecer las medidas de coordinación entre los

Actuaciones y decisiones de los centros l Establecer las medidas de coordinación entre los maestros del último curso de Educación Infantil y los docentes de los grupos de primer curso de Educación Primaria (Art. 14. 1 de la Orden) l Para favorecer una incorporación a la etapa gradual y positiva, se podrán realizar las siguientes acciones: l Modificar el horario de los futuros tutores de 1º (si se conocen) en junio para que puedan apoyar a sus futuros alumnos dentro del aula de Infantil. l Los alumnos del último curso de Infantil podrán visitar las clases de 1º. l Se realizará al menos una sesión de coordinación a principios de septiembre entre los tutores de 1º y los tutores del último curso de Infantil o el coordinador de ciclo, para analizar los informes y aspectos relevantes sobre el alumnado que se incorpora a 1º. l Se establecerá un periodo de adaptación durante (septiembre) en el que se facilite que un maestro de infantil (el tutor anterior, el maestro de apoyo, el coordinador de ciclo…) realice apoyo dentro del aula de 1º, al menos durante una sesión lectiva diaria. l En septiembre, los maestros de 1º seguirán una metodología y organización del aula que facilite el cambio desde Infantil.

Actuaciones y decisiones de los centros l Actuaciones del centro ante la incorporación de

Actuaciones y decisiones de los centros l Actuaciones del centro ante la incorporación de un alumno a Primaria iniciado el curso escolar (Art. 14. 2 de la Orden) l El centro receptor realizará las siguientes actuaciones: l Abrir el correspondiente expediente académico. l Solicitar al centro de origen copia del historial académico de Educación Primaria y el informe personal por traslado, en su caso. l Mantener una entrevista el tutor con las familias para informarles sobre los aspectos académicos del curso, así como para obtener información relevante sobre el proceso educativo del alumno. l Realizar el equipo docente un seguimiento individualizado sobre su integración social y académica en el centro, de acuerdo con lo establecido en el plan de acogida incluido en las normas de organización y funcionamiento. l Mantener el equipo docente una reunión para analizar la situación del alumno y adoptar las medidas que procedan.

Actuaciones y decisiones de los centros l Decidir y desarrollar medidas organizativas y curriculares

Actuaciones y decisiones de los centros l Decidir y desarrollar medidas organizativas y curriculares de apoyo y refuerzo (Art. 16. 3. y 16. 4 del Decreto 198/2014) l l Se recomienda que durante los tres primeros cursos se dirijan preferentemente a la prevención de dificultades de aprendizaje de los estándares esenciales de Lengua y, fundamentalmente, de Lectura Comprensiva. Se establecerán mecanismos de refuerzo, organizativos o curriculares, tan pronto como se detecten dificultades de aprendizaje. Entre estas medidas podrán considerarse el apoyo en el grupo ordinario, los agrupamientos flexibles o las adaptaciones del currículo.

Actuaciones y decisiones de los centros l Decidir y desarrollar medidas organizativas y curriculares

Actuaciones y decisiones de los centros l Decidir y desarrollar medidas organizativas y curriculares de apoyo y refuerzo (Art. 15. 3 y 16. 1 de la Orden) l l Una vez asignada la carga lectiva de todas las áreas de la etapa y la atención de los apoyos específicos de PT y AL de los ACNEES, el Claustro de profesores decidirá qué medidas organizativas y curriculares (del artículo 15. 4) desarrollar distribuyendo la carga horaria destinada a cada una de ellas. En el ejercicio de su autonomía y en consonancia con los objetivos y prioridades de su proyecto educativo Atendiendo a los resultados de las evaluaciones individualizadas Siendo recomendable en las áreas que contribuyan más directamente a la competencia en comunicación lingüística y a la competencia matemática y CCBB en ciencia y tecnología.

Actuaciones y decisiones de los centros l Medidas organizativas y curriculares de apoyo y

Actuaciones y decisiones de los centros l Medidas organizativas y curriculares de apoyo y refuerzo (Art. 15. 4 de la Orden) l l l l l La ampliación de horas lectivas. Los agrupamientos flexibles. Los apoyos. Las medidas de enriquecimiento curricular. El refuerzo educativo por parte de otro maestro. El refuerzo educativo fuera del horario lectivo. El refuerzo educativo en alumnos con dificultades específicas de aprendizaje. El desdoble de un grupo de alumnos en una o varias áreas. Los desdobles específicos en Inglés. Otras (solicitadas en diciembre anterior, justificadas y autorizadas).

Actuaciones y decisiones de los centros l Garantizar la presencia de, al menos, dos

Actuaciones y decisiones de los centros l Garantizar la presencia de, al menos, dos maestros con cada grupo del primer curso de Infantil durante el periodo de adaptación (Art. 16. 4 b de la Orden) l El centro garantizará la presencia de, al menos, dos maestros con cada grupo de Infantil 3 años en septiembre, siendo al menos uno de ellos especialista en Educación Infantil.

Actuaciones y decisiones de los centros l Arbitrar lugares y momentos específicos para el

Actuaciones y decisiones de los centros l Arbitrar lugares y momentos específicos para el desarrollo de proyectos con alumnos de AA. CC. (Art. 17. 2 de la Orden) l l Este alumnado podrá desarrollar proyectos de enriquecimiento curricular dentro de su grupo de referencia o fuera del mismo. A tal fin, los centros podrán arbitrar lugares y momentos específicos para el desarrollo de dichos proyectos, siempre y cuando el alumnado esté acompañado por un maestro del centro.

Actuaciones y decisiones de los centros l Elaborar la propuesta curricular de la etapa

Actuaciones y decisiones de los centros l Elaborar la propuesta curricular de la etapa (Art. 20. 1 de la Orden) l La propuesta curricular de etapa que elaboren los centros que impartan la etapa de Educación Primaria se ajustará a lo establecido en el artículo 25 del Decreto 198/2014 de 5 de septiembre.

Actuaciones y decisiones de los centros l Establecer los mecanismos de coordinación entre el

Actuaciones y decisiones de los centros l Establecer los mecanismos de coordinación entre el profesorado de la etapa (Art. 20. 3 y 20. 4 de la Orden) l l En el ejercicio de su autonomía, los centros establecerán los mecanismos de coordinación entre el profesorado de la etapa, debiendo garantizar que la organización escolar permite la coordinación de: l Los maestros del mismo equipo docente (grupo). l Los maestros del mismo tramo. l Los maestros que imparten la misma área. l Los maestros del mismo curso (nivel). Así mismo, los centros docentes favorecerán el trabajo en equipo y la coordinación entre el profesorado y el personal de atención educativa complementaria que atienda al alumnado.

Actuaciones y decisiones de los centros l Aprobar las modificaciones para la segunda y

Actuaciones y decisiones de los centros l Aprobar las modificaciones para la segunda y tercera evaluación de las programaciones docentes (Art. 21. 6 de la Orden) l En el caso de que se propongan modificaciones en las programaciones docentes para la segunda y tercera evaluación, deberán ser l l l Aprobadas por el Claustro de profesores. Incorporadas a la propuesta curricular y por tanto a la PGA, en su caso. Informando al Consejo Escolar.

Actuaciones y decisiones de los centros l Aprobar los criterios de promoción (Art. 23.

Actuaciones y decisiones de los centros l Aprobar los criterios de promoción (Art. 23. 2 de la Orden) l l Serán incluidos en la propuesta curricular de la etapa Permitirán a los equipos docentes decidir sobre la promoción de cada alumno: l l Tras un análisis individual. De manera colegiada. En función del grado de adquisición de los objetivos de la etapa y las competencias del currículo. Teniendo en especial consideración la información y el criterio del tutor.

Actuaciones y decisiones de los centros l Decidir el ¿peso? de los estándares esenciales

Actuaciones y decisiones de los centros l Decidir el ¿peso? de los estándares esenciales y los perfiles de las competencias (Art. 23. 4 de la Orden) l Para valorar el grado de adquisición de las competencias del currículo, los centros docentes deberán: l Decidir la importancia o peso de los estándares que los docentes consideren esenciales o básicos en cada área, el cual será acordado por el Claustro de profesores. l Elaborar los perfiles de las mismas, para lo cual se relacionarán los estándares de aprendizaje de cada área con la competencia o las competencias a las que dicho estándar contribuya más directamente.

Actuaciones y decisiones de los centros l Decidir el ¿porcentaje? de los estándares esenciales

Actuaciones y decisiones de los centros l Decidir el ¿porcentaje? de los estándares esenciales (Anexo 6 de la Orden) l l l El claustro de profesores decidirá el porcentaje de valor que corresponda a todos los estándares de aprendizaje básicos o esenciales y el que corresponda al resto de estándares para todas las áreas y cursos del centro. Se recomienda que el peso de la calificación de los estándares de aprendizaje evaluables básicos o esenciales no sea inferior al 50%. El maestro decidirá la importancia o peso en la calificación final que tendrá cada uno de los estándares de aprendizaje, distribuyendo el porcentaje que corresponda a todos los estándares de aprendizaje básicos o esenciales y el que corresponda al resto de estándares.

Actuaciones y decisiones de los centros l ¿Decidir el peso o el porcentaje de

Actuaciones y decisiones de los centros l ¿Decidir el peso o el porcentaje de los estándares esenciales? l l l Si se decide el mismo peso genera porcentajes distintos para cada área. Si se decide el mismo porcentaje genera pesos distintos para cada área. En este último caso, no sería necesario el acuerdo de claustro que marca la norma ya que cada área podría tener su propio porcentaje, el que más se adapte a su proporción entre estándares normales y esenciales.

Actuaciones y decisiones de los centros l ¿Peso o porcentaje? (Explicación del porqué de

Actuaciones y decisiones de los centros l ¿Peso o porcentaje? (Explicación del porqué de la necesidad de aclarar este punto con un ejemplo) l En 3º de Primaria, a la competencia Aprender contribuyen, entre otros, los siguientes estándares esenciales: l MATEMÁTICAS: Bloque 2. 3. 1 Usa estrategias de cálculo mental como una manera rápida de encontrar el resultado. l LENGUA CASTELLANA Y LITERATURA: Bloque 1. 1. 3. Sigue las normas para el intercambio comunicativo: respeto y consideración por las ideas ajenas, escucha atenta, turno de palabra. l INGLÉS: Bloque 3. 4. Comprende las ideas principales de historias breves y sencillas e identifica los principales personajes, con ayuda de apoyo visual. l Imaginemos que un alumno es notable (8) en Matemáticas, insuficiente (3) en Lengua e insuficiente (1) en Inglés. l De la contribución de estas áreas a Aprender podría deducirse que tiene, en su grado de adquisición, un promedio insuficiente (8+3+1= 12 y 12/3= 4) (IN). l Sin embargo, si damos un porcentaje del 50 %, el estándar esencial de Matemáticas pesa 7, 55, el de Lengua 3, 4 y el de Inglés 1, 6. l Si el peso de los estándares es diferente de un área a otra, al alumno en cuestión, el grado de adquisición de la competencia Aprender, se desvirtuaría, pasando de un 4 (IN) a un 5, 75 (BI). l El 10 sería 10 x 7, 55 (75, 5; Matemáticas) + 10+3, 4 (34; Lengua) + 10 x 1, 6 (16; Inglés)=125, 5. l 8 x 7, 55 (60, 4) + 3 x 3, 4 (10, 2) + 1 x 1, 6 (1, 6)= 72, 2. l Si 125, 5 es un 10, 72, 2 es un 5, 75

Actuaciones y decisiones de los centros l Realizar tres, al menos, tres sesiones de

Actuaciones y decisiones de los centros l Realizar tres, al menos, tres sesiones de evaluación en cada curso escolar e informar a las familias (Art. 31. 4 del Decreto 198/2014 y art. 24. 5 de la Orden) l Los centros realizarán, al menos, una sesión de evaluación durante la primera y otra durante la segunda evaluación, a raíz de las cuales : l l Se entregará a las familias las calificaciones obtenidas en las diferentes áreas. Se facilitará información cualitativa sobre los aspectos en los que el alumno ha mejorado, así como en los que debe mejorar y, en su caso, sobre las medidas de apoyo o refuerzo educativo que se vayan a adoptar. Finalizadas las actividades lectivas con los alumnos, el equipo docente realizará la sesión de evaluación final en la que decidirá sobre la promoción de cada alumno de manera individual. El Claustro de profesores analizará y valorará los resultados académicos de los alumnos al finalizar cada evaluación, adoptando planes específicos de mejora a raíz de dicho análisis.

Actuaciones y decisiones de los centros l Otorgar Menciones Honoríficas (Art 21 de la

Actuaciones y decisiones de los centros l Otorgar Menciones Honoríficas (Art 21 de la Orden) l l l Los centros podrán otorgar una Mención Honorífica a los alumnos que hayan obtenido en determinada área la calificación de 10. Serán atribuidas de manera colegiada por los maestros de 6º, a propuesta de los que hayan impartido el área. La atribución de la mención honorífica se consignará en los documentos oficiales de evaluación con el término “MH” acompañado de la calificación numérica. El número máximo de Menciones Honoríficas que podrá otorgar un centro no podrá superar el 10% del número de alumnos matriculados en 6º curso. Los centros deberán establecer el criterio de desempate.

Actuaciones y decisiones de los centros l Actuación del centro de origen en alumno

Actuaciones y decisiones de los centros l Actuación del centro de origen en alumno trasladado a otro centro (Art. 32 de la Orden) l Traslado para seguir cursando Primaria: l l l Dentro de la comunidad autónoma: remitirá copia del historial académico y del informe personal por traslado, a petición del centro de destino. Fuera de la comunidad autónoma: además de remitir el informe personal por traslado, se deberá emitir el historial académico original y entregarlo al interesado. Traslado para cursar 1º de la ESO: l l Se entregará a las familias el historial académico de la Educación Primaria. Se remitirá al centro de destino, a petición de este: l l Copia del historial académico. Informe de aprendizaje.

Actuaciones y decisiones de los centros l Comprobar que los libros de texto propuestos

Actuaciones y decisiones de los centros l Comprobar que los libros de texto propuestos para ser cambiados se adaptan a lo normativa (Disposición adicional tercera 2 de la Orden) l Para adoptar un libro de texto, los Claustros de profesores deberán comprobar que se adaptan a lo dispuesto en la disposición adicional cuarta de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, para lo cual analizarán el informe que realicen los maestros de cada curso de la etapa, debiendo informar de la decisión adoptada al Consejo escolar del centro.

Actuaciones y decisiones de los centros l Actuación en el caso de cambio anticipado

Actuaciones y decisiones de los centros l Actuación en el caso de cambio anticipado de libros de texto (D. adicional tercera 3 de la Orden) l Una vez seleccionado un libro, este no podrá ser sustituido en los siguientes cinco años, salvo que: l l Se haya dejado de editar. El centro modifique su oferta educativa Se opte por usar libros o recursos en soporte digital. Cuando el cambio anticipado se deba a que el anterior ha dejado de editarse, los centros docentes podrán: l l l Promover el préstamo gratuito de libros. Favorecer el uso de ambas ediciones hasta que se cumplan los cincos años desde su adopción. En ambos casos se informará al Consejo escolar del cambio producido, de la causa del cambio anticipado y de las medidas adoptadas para minimizar el impacto de dicho cambio en las familias.

Actuaciones y decisiones de los centros l Confidencialidad de los datos personales de los

Actuaciones y decisiones de los centros l Confidencialidad de los datos personales de los alumnos (D. adicional séptima de la Orden) l l En lo referente a la obtención de los datos personales del alumnado, a la cesión de los mismos de unos centros a otros y a la seguridad y confidencialidad de estos, se estará a lo dispuesto en la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal. Con el fin de salvaguardar la identidad de los alumnos, en caso de hacer públicas las actas de evaluación o cualquier otra relación de alumnos del centro, deberán incluirse los respectivos números de expedientes en lugar de sus nombres.

Actuaciones y decisiones de los centros l Facilitar a los padres acceso a los

Actuaciones y decisiones de los centros l Facilitar a los padres acceso a los documentos de evaluación de sus hijos (Art. 28. 3 del Decreto 198/2014) l Los centros educativos facilitarán a los padres, madres o tutores legales el acceso a los documentos oficiales de evaluación, a los exámenes y a cuantos documentos se deriven de las evaluaciones que se realicen a sus hijos. l Mientras no se establezca un procedimiento específico de reclamación en Educación Primaria, será de aplicación la Orden de 1 de junio de 2006 por la que se regula el procedimiento que garantiza la objetividad en la evaluación de los alumnos de Educación Secundaria, con las adaptaciones oportunas.

Actuaciones y decisiones de los centros l Evaluaciones individualizadas (Art. 31. 4 del Decreto

Actuaciones y decisiones de los centros l Evaluaciones individualizadas (Art. 31. 4 del Decreto 198/2014 y art. 29 del Decreto 198/2014) l Los centros docentes realizarán tres evaluaciones individualizadas: l A todos los alumnos que se incorporen a la etapa, con fines diagnósticos. l A todos los alumnos que finalizan 3º, con fines de diagnóstico (expresión y comprensión oral y escrita, cálculo y resolución de problemas en relación con el grado de adquisición de la competencia en comunicación lingüística y de la competencia matemática). l A todos los alumnos que finalizan 6º (competencia en comunicación lingüística, de la competencia matemática y de las competencias básicas en ciencia y tecnología, así como el logro de los objetivos de la etapa). l Evaluaciones individualizadas con fines de diagnóstico para valorar el grado de adquisición y el desarrollo de la competencia en comunicación lingüística del alumnado que curse áreas en una lengua extranjera (opcional). l El Claustro de profesores analizará y valorará tanto los resultados de los alumnos de Educación Primaria en evaluaciones externas como sus resultados académicos al finalizar cada evaluación, adoptando planes específicos de mejora a raíz de dicho análisis.

Actuaciones y decisiones de los equipos docentes l Elaborar las programaciones docentes (Art. 2.

Actuaciones y decisiones de los equipos docentes l Elaborar las programaciones docentes (Art. 2. 3 de la Orden) l El equipo docente del mismo curso de la etapa elaborará la programación docente.

Actuaciones y decisiones de los equipos docentes l Proponer alumnos que no cursen Segunda

Actuaciones y decisiones de los equipos docentes l Proponer alumnos que no cursen Segunda Lengua Extranjera (Art. 21. 2 del Decreto 198/2014 y Art. 3. 7 de la Orden) l El equipo docente podrá proponer que los alumnos que presenten dificultades en la adquisición de la competencia en comunicación lingüística en castellano que les impidan seguir con aprovechamiento los aprendizajes de las distintas áreas puedan cursar, en lugar de Segunda Lengua Extranjera, el área de Refuerzo de la Competencia en Comunicación Lingüística.

Actuaciones y decisiones de los equipos docentes l Realizar informe del alumno que no

Actuaciones y decisiones de los equipos docentes l Realizar informe del alumno que no ha cursado segunda lengua extranjera en quinto y puede hacerlo en sexto (Art. 3. 10 de la Orden) l l l El alumno que no haya cursado Francés en 5º podrá hacerlo al curso siguiente, previa autorización del director, a la vista del informe del equipo docente de 5º, en el que figurará si dicho alumno ha superado sus dificultades. En este caso, el maestro de Francés le entregará un plan de trabajo vacacional sobre los estándares de aprendizaje que se consideren esenciales y básicos en 5º, para que el alumno pueda incorporarse al principio del curso siguiente con nociones básicas del área de Segunda Lengua Extranjera. Asimismo, el maestro de Francés de 6º supervisará dicho plan al comienzo de curso y, en su caso, realizará un plan de recuperación para reducir el desfase curricular del alumno.

Actuaciones y decisiones de los equipos docentes l Decidir, para cada grupo, qué áreas

Actuaciones y decisiones de los equipos docentes l Decidir, para cada grupo, qué áreas fomentarán la lectura cada día de la semana (Art. 8. 1 de la Orden) l El equipo docente de cada grupo de alumnos decidirá qué áreas fomentarán la lectura comprensiva, al menos treinta minutos diarios.

Actuaciones y decisiones de los equipos docentes l Realizar propuestas para la configuración de

Actuaciones y decisiones de los equipos docentes l Realizar propuestas para la configuración de los grupos de los alumnos (Art. 10. 1 de la Orden) l El equipo docente podrá hacer propuestas para la configuración de los grupos de alumnos de cada curso.

Actuaciones y decisiones de los equipos docentes l Compartir y evaluar eficacia de los

Actuaciones y decisiones de los equipos docentes l Compartir y evaluar eficacia de los agrupamientos de aula (Art. 10. 2 de la Orden) l l Los agrupamientos mediante los cuales se organizará el trabajo en el aula de cada grupo de alumnos serán comunes para todo el equipo docente (con carácter general). El equipo docente analizará y evaluará la eficacia de estos agrupamientos para tomar decisiones al respecto, teniendo en especial consideración la opinión del tutor.

Actuaciones y decisiones de los equipos docentes l Trasladar información al tutor (Art. 13.

Actuaciones y decisiones de los equipos docentes l Trasladar información al tutor (Art. 13. 2 de la Orden) l Los miembros de un equipo docente deberán trasladar al tutor del grupo, cualquier información que resulte relevante en el proceso educativo de sus alumnos.

Actuaciones y decisiones de los equipos docentes l Realizar un seguimiento individualizado del alumno

Actuaciones y decisiones de los equipos docentes l Realizar un seguimiento individualizado del alumno que se incorpora iniciado el curso y adoptar las medidas que procedan (Art. 14. 2 de la Orden) l l El equipo docente realizará un seguimiento individualizado sobre su integración social y académica en el centro, de acuerdo con lo establecido en el plan de acogida incluido en las normas de organización y funcionamiento. Finalizadas las actuaciones anteriores, el equipo docente mantendrá una reunión de coordinación para analizar la situación del alumno y adoptar las medidas que procedan.

Actuaciones y decisiones de los equipos docentes l Decidir sobre cambio de escolarización provisional

Actuaciones y decisiones de los equipos docentes l Decidir sobre cambio de escolarización provisional de alumnos de incorporación tardía (Art. 14. 5 del Real Decreto 126/2014, Art. 22. 2 del Decreto 198/2014 y Art. 15. 3 de la Orden) l El alumno que se incorpore de forma tardía al sistema educativo podrá ser escolarizado en un curso inferior al de su edad si: l Presenta un desfase generalizado en su nivel de competencia curricular de más de dos años, no asociado exclusivamente a desconocimiento del idioma. l Se puede adoptar esta medida a partir de 3º de Primaria. l Una vez haya estado escolarizado al menos dos semanas con el grupo que le correspondería por edad, el equipo docente propone el cambio de escolarización provisional. l El equipo docente del curso inferior, tras dos semanas de observación y seguimiento, ratifica el cambio. l En el caso de que, finalizado ese curso escolar, el alumno supere dicho desfase, el equipo docente propondrá la incorporación del alumno al curso correspondiente a su edad, dejando constancia de dicha decisión en los documentos oficiales de evaluación.

Actuaciones y decisiones de los equipos docentes l Planificar medidas de apoyo y refuerzo

Actuaciones y decisiones de los equipos docentes l Planificar medidas de apoyo y refuerzo incluyéndolas en la programación docente (Art. 16. 3 de la Orden) l Los equipos docentes planificarán las medidas de apoyo y refuerzo, incluyéndolas en la programación docente del curso de la etapa. l Este artículo supone dos aspectos a tener en cuenta: l El Decreto 198/2014 no menciona este apartado en las programaciones docentes (Art. 25. 3), pero deja abierta la posibilidad de incluir más apartados, entre ellos, éste. l Las programaciones docentes, aunque las “elaboran los maestros del mismo curso” son de área y curso, no de curso. Cada maestro elabora “su” área y las medidas se deberían incluir en la programación docente del área. La programación docente del curso estará integrada por las programaciones docentes de todas las áreas de dicho curso.

Actuaciones y decisiones de los equipos docentes l Proponer asistencia de un alumno de

Actuaciones y decisiones de los equipos docentes l Proponer asistencia de un alumno de AA CC a sesiones de cursos superiores (Art. 17. 3 de la Orden) l Cuando el equipo docente estime conveniente la asistencia del alumno a sesiones de áreas de cursos de la etapa inmediatamente superiores, sin perjuicio de que los referentes de evaluación sean los estándares de aprendizaje previstos para el curso en que está matriculado, el director podrá autorizar dicha medida si: l l l Supone menos del 20% de la jornada escolar. Se cuenta con la aprobación de los padres. El equipo docente considere que la inasistencia a determinadas sesiones lectivas de su grupo de referencia no perjudicará su rendimiento académico en dichas áreas. El orientador informe favorablemente. El director podrá revocar la decisión inmediatamente, previo informe del equipo docente o del orientador respectivamente.

Actuaciones y decisiones de los equipos docentes l Elaborar el Plan de Trabajo Individualizado

Actuaciones y decisiones de los equipos docentes l Elaborar el Plan de Trabajo Individualizado (Art. 19. 2 de la Orden) l El PTI será elaborado por el equipo docente, coordinado por el tutor, de acuerdo con las siguientes directrices: l l l A lo largo del mes de septiembre, el equipo docente elaborará el PTI del primer trimestre, el cual será entregado por el tutor a jefatura de estudios. A la finalización del primer y segundo trimestres y en función de la consecución de los estándares y, en su caso, de las habilidades específicas planificadas para cada trimestre, el equipo docente, dispondrá de un plazo de dos semanas para elaborar las adecuaciones o las adaptaciones curriculares individuales, las cuales serán igualmente entregadas por el tutor a jefatura de estudios. Finalizado el curso escolar, el equipo docente supervisará el estado del PTI de cada alumno, pudiendo formular propuestas para el curso siguiente.

Actuaciones y decisiones de los equipos docentes l Realizar adaptaciones significativas individualizadas a los

Actuaciones y decisiones de los equipos docentes l Realizar adaptaciones significativas individualizadas a los ACNEE (Art. 19 del Decreto 198/2014) l A tenor de lo dispuesto en el artículo 14. 1 del Real Decreto 126/2014, las adaptaciones significativas individualizadas de los elementos del currículo que el equipo docente realice a fin de atender a los alumnos con necesidades educativas especiales que las precisen perseguirán el máximo desarrollo posible de las competencias del currículo.

Actuaciones y decisiones de los equipos docentes l Adoptar acuerdos vinculantes (Art. 20. 5

Actuaciones y decisiones de los equipos docentes l Adoptar acuerdos vinculantes (Art. 20. 5 de la Orden) l La coordinación de los equipos docentes se concretará en acuerdos vinculantes, al menos, en: l l l La distribución a lo largo del curso de las actividades complementarias planificadas en las distintas áreas, en especial aquellas de las que se derive algún gasto para las familias. La distribución adecuada de las pruebas de evaluación que se realicen. La realización de tareas escolares en horario y calendario no lectivo (deberes para casa).

Actuaciones y decisiones de los equipos docentes l Establecer indicadores de logro en la

Actuaciones y decisiones de los equipos docentes l Establecer indicadores de logro en la programación docente (Art. 21. 3 de la Orden) l l Con objeto de evaluar el proceso de enseñanza y de la práctica docente, los maestros establecerán indicadores de logro en la programación docente. Anexo IX, opcional.

Actuaciones y decisiones de los equipos docentes l Adecuar programaciones docentes para la segunda

Actuaciones y decisiones de los equipos docentes l Adecuar programaciones docentes para la segunda y tercera evaluación (Art. 21. 5 de la Orden) l El equipo docente podrá adecuar las programaciones docentes para la 2ª y 3ª evaluación, en función de: l l l La consecución de estándares planificados. El grado de cumplimiento de la programación. Plazo: dos semanas.

Actuaciones y decisiones de los equipos docentes l Decidir aspectos de las programaciones docentes

Actuaciones y decisiones de los equipos docentes l Decidir aspectos de las programaciones docentes (Art. 22. 4 de la Orden) l A la hora de elaborar la programación docente, los maestros de cada curso de la etapa deberán decidir: l l La distribución de los estándares a lo largo del curso. El peso o calificación máxima de cada uno de los estándares de aprendizaje de cada área, teniendo en especial consideración aquellos estándares que se estimen básicos o esenciales. Los instrumentos de evaluación relacionados con los estándares de referencia. A la vista de las orientaciones incluidas en el anexo VI.

Actuaciones y decisiones de los equipos docentes l Decidir sobre la promoción de los

Actuaciones y decisiones de los equipos docentes l Decidir sobre la promoción de los alumnos (Art. 27. 7 del Decreto 198/2014 y art. 23. 2 de la Orden) l Los equipos docentes decidirán la promoción de cada alumno: l l l Teniendo en cuenta los criterios de promoción. De manera colegiada. Tras un análisis individual. En función del grado de adquisición de los objetivos de la etapa y las competencias del currículo. Teniendo en especial consideración la información y el criterio del tutor.

Actuaciones y decisiones de los equipos docentes l Acordar permanencia de un año más

Actuaciones y decisiones de los equipos docentes l Acordar permanencia de un año más en primaria de un ACNEE en 6º (Art. 23. 7 de la Orden) l Se podrá prolongar un curso más (una segunda repetición) la escolarización de los ACNEE al finalizar la Educación Primaria a propuesta del tutor, previo acuerdo del equipo docente.

Actuaciones y decisiones de los equipos docentes l Participar en las sesiones de evaluación

Actuaciones y decisiones de los equipos docentes l Participar en las sesiones de evaluación (Art. 21 de la Orden) l l Las sesiones de evaluación contarán con la presencia de todos los maestros que impartan algún área a cada grupo de alumnos. Se realizará una sesión de evaluación durante el mes de septiembre para orientar la toma de decisiones del equipo docente a la vista de los informes de aprendizaje de los alumnos y de la observación realizada por el equipo docente durante los primeros días de clase. Asimismo, el equipo docente de cada grupo de alumnos se reunirá al menos una vez al trimestre para analizar el progreso y adquisición de los aprendizajes de los alumnos de manera individual antes de cada evaluación. Finalizadas las actividades lectivas con los alumnos, el equipo docente realizará la sesión de evaluación final en la que decidirá sobre la promoción de cada alumno.

Actuaciones y decisiones de los equipos docentes l Proponer menciones honoríficas a los alumnos

Actuaciones y decisiones de los equipos docentes l Proponer menciones honoríficas a los alumnos de sexto (Art. 27. 1 de la Orden) l Las menciones honoríficas serán atribuidas de manera colegiada por los maestros de sexto curso, a propuesta de los que hayan impartido el área.

Actuaciones y decisiones de los equipos docentes l Realizar una evaluación inicial al alumnado

Actuaciones y decisiones de los equipos docentes l Realizar una evaluación inicial al alumnado que se incorpora a 1º (Art. 28 de la Orden) l Se realizará durante los primeros días de clase a través de la observación directa de los maestros y deberá contener, al menos, los indicadores del anexo VIII de la orden.

Actuaciones y decisiones de los equipos docentes l Evaluar la práctica docente (Art. 31.

Actuaciones y decisiones de los equipos docentes l Evaluar la práctica docente (Art. 31. 2 del Decreto 198/2014 y art. 29 de la Orden) l En cada evaluación y coordinados por el tutor, el equipo docente evaluará el proceso de enseñanza y la práctica docente. Dicha evaluación tendrá en cuenta, al menos, los siguientes aspectos: l l El ajuste de la programación docente y, en su caso, las causas de las diferencias producidas en cada área. La consecución de los alumnos de los estándares de aprendizaje por área, así como el análisis de las diferencias advertidas entre las diferentes áreas. Así mismo, el equipo docente analizará el grado de satisfacción de las familias con el proceso de enseñanza, al menos, una vez a lo largo del curso, preferentemente después del primer trimestre. El director del centro impulsará la evaluación de la práctica docente de los maestros y de los equipos docentes cuyos alumnos presenten diferencias significativas. Requerirá la emisión de un informe por parte del docente o del equipo docente con resultados significativamente distintos a la media en el que conste: l l l El análisis de los resultados. Las posibles causas de la desviación producida. Las acciones o planes de mejora a adoptar, en su caso.

Actuaciones y decisiones de los equipos docentes l Colaborar con el tutor en la

Actuaciones y decisiones de los equipos docentes l Colaborar con el tutor en la elaboración del informe de aprendizaje final de curso (Art. 31. 1 de la Orden) l l l El tutor, con la colaboración del resto del equipo docente, elaborará un informe de aprendizaje al finalizar cada curso de la etapa (anexo XI de la Orden). Este informe tendrá carácter orientador para el equipo docente del curso siguiente. Modelo de Informe de Aprendizaje Final de Curso (CEIP Jara Carrillo)

Actuaciones y decisiones de los equipos docentes l Realizar el informe de cambio de

Actuaciones y decisiones de los equipos docentes l Realizar el informe de cambio de libro de texto (Disposición adicional tercera, 2 de la Orden) l Para adoptar un libro de texto, los Claustros de profesores en los centros públicos deberán comprobar que se adaptan a la norma, para lo cual analizarán el informe que realicen los maestros de cada curso de la etapa.

Actuaciones y decisiones de los equipos docentes l Interrelacionar los contenidos de las áreas

Actuaciones y decisiones de los equipos docentes l Interrelacionar los contenidos de las áreas (Art. 12. 3 del Decreto 198/2014) l El equipo docente deberá interrelacionar los contenidos de las áreas con un enfoque globalizador y abordar los problemas, las situaciones y los acontecimientos dentro de un contexto y en su totalidad garantizando, en todo caso, su conexión con las necesidades y características de los alumnos.

Actuaciones y decisiones de los equipos docentes l Analizar y valorar los resultados de

Actuaciones y decisiones de los equipos docentes l Analizar y valorar los resultados de sus alumnos en evaluaciones individualizadas (Art. 31. 4. del Decreto 198/2014)

Actuaciones y decisiones del tutor l Continuar con su grupo de alumnos en el

Actuaciones y decisiones del tutor l Continuar con su grupo de alumnos en el tramo (Art. 2. 5 de la Orden) l Los centros procurarán la continuidad de los maestros y, en especial, del tutor con un mismo grupo de alumnos durante cada uno de los dos tramos de la etapa.

Actuaciones y decisiones del tutor l Impartir las áreas no adscritas a especialidad (Art.

Actuaciones y decisiones del tutor l Impartir las áreas no adscritas a especialidad (Art. 3. 11 de la Orden) l Cuando un área no esté adscrita a ninguna especialidad, esta será impartida por el tutor, salvo que el director, oída la CCP o, en su caso, el Claustro, decida que sea impartida por otro maestro, atendiendo a razones pedagógicas y a la formación del profesorado.

Actuaciones y decisiones del tutor l Dar opinión de especial consideración sobre los agrupamientos

Actuaciones y decisiones del tutor l Dar opinión de especial consideración sobre los agrupamientos de aula (Art. 10. 2 de la Orden) l Con carácter general los agrupamientos mediante los cuales se organizará el trabajo en el aula de cada grupo de alumnos del centro serán comunes para todo el equipo docente. El equipo docente analizará y evaluará la eficacia de estos agrupamientos para tomar decisiones al respecto, teniendo en especial consideración la opinión del tutor.

Actuaciones y decisiones del tutor l Informar a las familias (Art. 14. 3 del

Actuaciones y decisiones del tutor l Informar a las familias (Art. 14. 3 del Decreto 198/2014 y art. 12 de la Orden) l l l El tutor mantendrá una relación permanente con los padres para facilitarles orientaciones y pautas de actuación que contribuyan a la maduración personal del alumno, así como a la mejora del éxito académico de éste. El tutor tendrá una reunión al principio de curso con las familias en la que informará, entre otros aspectos, sobre: l Las normas de organización y funcionamiento. l Los criterios de promoción. l Los estándares de todas las áreas de la primera evaluación. Asimismo tendrá una reunión al principio de la 2ª y 3ª evaluación en las que informará, entre otros aspectos, sobre los estándares de dichas evaluaciones Finalizadas las actividades lectivas, el tutor informará a las familias de manera individual sobre: l Los resultados obtenidos. l La decisión de promoción. l Las directrices y, en su caso, el plan de trabajo vacacional del alumnado. Asimismo, el tutor informará a las familias de manera individual, a iniciativa suya o de las familias, sobre el rendimiento académico, así como cualquier otra información relevante para el proceso educativo de sus hijos, favoreciendo el uso de medios telemáticos o cualquier otro que se considere adecuado.

Actuaciones y decisiones del tutor l Maestro cotutor (Art. 12. 7 de la Orden)

Actuaciones y decisiones del tutor l Maestro cotutor (Art. 12. 7 de la Orden) l l Excepcionalmente, y para atender casos de especial complejidad en la composición del grupo o la impartición de determinadas enseñanzas, se podrá nombrar un maestro cotutor en los términos que se determine reglamentariamente. Se incluye esta figura en la Orden porque se establece en el borrador del ROC.

Actuaciones y decisiones del tutor l Maestro: Orientar a las familias cuando soliciten información,

Actuaciones y decisiones del tutor l Maestro: Orientar a las familias cuando soliciten información, trasladando al tutor (Art. 13. 3 de la Orden) l El maestro de un equipo docente deberá atender y orientar a las familias cuando estas soliciten información sobre el progreso educativo de sus hijos en el área que sea impartida por este, de lo cual deberá dar traslado al tutor.

Actuaciones y decisiones del tutor l Apoyar en junio a sus futuros alumnos de

Actuaciones y decisiones del tutor l Apoyar en junio a sus futuros alumnos de primero (Art. 14. 1, a, de la Orden) l En el caso de que se conozca quiénes desempeñarán la tutoría de primero, se modificará su horario en junio con objeto de que puedan apoyar a sus futuros alumnos dentro del aula de Infantil.

Actuaciones y decisiones del tutor l Realizar una sesión (al menos) de coordinación tutores

Actuaciones y decisiones del tutor l Realizar una sesión (al menos) de coordinación tutores de primero con anteriores tutores de los alumnos (Art. 15. 2 del decreto 198/2014 y 14. 1 c de la Orden) l l Antes del inicio de las actividades lectivas con alumnos, se realizará al menos una sesión de coordinación entre los tutores de 1º y los tutores de los grupos del último curso de Infantil (o el coordinador de ciclo) para analizar los informes individualizados y aspectos relevantes del alumnado que se incorpora a 1º. Los centros docentes adoptarán las medidas de coordinación necesarias entre los tutores de grupos del último curso de Infantil y de los grupos de 1º.

Actuaciones y decisiones del tutor l Ser apoyado en 1º por un maestro de

Actuaciones y decisiones del tutor l Ser apoyado en 1º por un maestro de infantil una sesión diaria en septiembre (Art. 14. 1 d de la Orden) l Se establecerá un periodo de adaptación durante el mes de septiembre en el que se facilite que el anterior tutor de Infantil (o apoyo o coordinador ) pueda acompañar al tutor de 1º y realizar un apoyo dentro del aula, al menos durante una sesión lectiva diaria.

Actuaciones y decisiones del tutor l Mantener una entrevista con las familias de los

Actuaciones y decisiones del tutor l Mantener una entrevista con las familias de los alumnos incorporados comenzado el curso (Art. 14. 2 c de la Orden) l l Para informarles sobre los aspectos académicos del curso. Para obtener información relevante sobre el proceso educativo del alumno.

Actuaciones y decisiones del tutor l Coordinar la elaboración, firmar el informe del equipo

Actuaciones y decisiones del tutor l Coordinar la elaboración, firmar el informe del equipo docente, y entregar en jefatura de estudios el Plan de Trabajo Individualizado (Art. 18. 3 del Decreto 198/2014 y art. 19 de la Orden) l l l El alumnado que presente necesidades específicas de apoyo educativo dispondrá de un plan de trabajo individualizado que será elaborado (en septiembre, el del 1º trimestre) por el equipo docente, coordinado por el tutor. Incluirá, entre otros: l El informe del equipo docente, firmado por el tutor, (…) Será entregado por el tutor a jefatura de estudios. A la finalización del 1º y 2º trimestres, el equipo docente, dispondrá de un plazo de dos semanas para elaborar las adecuaciones o las adaptaciones curriculares individuales para el 2º y 3º, las cuales serán igualmente entregadas por el tutor a jefatura de estudios.

Actuaciones y decisiones del tutor l Decidir sobre la promoción de los alumnos, teniendo

Actuaciones y decisiones del tutor l Decidir sobre la promoción de los alumnos, teniendo especial consideración su criterio (Art. 27. 7 del Decreto 198/2014 y art. 23. 2 de la Orden) l Los equipos docentes decidirán sobre la promoción de cada alumno de manera colegiada, teniendo en especial consideración la información y el criterio del tutor.

Actuaciones y decisiones del tutor l Mantener una entrevista con los padres de alumnos

Actuaciones y decisiones del tutor l Mantener una entrevista con los padres de alumnos que repiten curso o promocionan con áreas suspensas (Art. 23. 5 de la Orden) l l Cuando un alumno promocione con calificación negativa en alguna de las áreas o se decida la repetición, el tutor mantendrá una entrevista con los padres para explicarles las causas de dichos resultados y, en su caso, los motivos que aconsejan dicha decisión. En esa entrevista se les facilitará un plan de trabajo para el periodo vacacional, en relación con los estándares de aprendizaje evaluables que el alumno no haya superado, preferentemente aquellos que se consideren básicos y esenciales.

Actuaciones y decisiones del tutor l Realizar un plan de refuerzo y recuperación de

Actuaciones y decisiones del tutor l Realizar un plan de refuerzo y recuperación de alumnos con áreas suspensas e informar al equipo docente y a los padres (Art. 23. 6 de la Orden) l l l El maestro deberá realizar un plan de refuerzo y recuperación de área para los alumnos que hubiesen obtenido calificación negativa, al inicio del siguiente curso escolar, independientemente de la decisión de promoción adoptada. Recogerá una selección de estándares de aprendizaje del área del curso en que esté matriculado, así como una selección de estándares de aprendizaje del área no superados en cursos anteriores, teniendo en especial consideración aquellos que se consideren básicos o esenciales. Si un alumno supera los estándares de aprendizaje de cursos anteriores antes de la finalización del curso escolar, el maestro dejará de aplicar el plan de refuerzo y recuperación de área, informando de esta decisión al equipo docente en la sesión de evaluación correspondiente, de la cual se dará traslado a los padres por parte del tutor.

Actuaciones y decisiones del tutor l Proponer la permanencia de un año más en

Actuaciones y decisiones del tutor l Proponer la permanencia de un año más en primaria de un ACNEE (Art. 23. 7 de la Orden) l l l Además de la posible repetición en la etapa, se podrá prolongar un curso más la escolarización de los ACNEES al finalizar la Educación Primaria a propuesta del tutor. Previo acuerdo del equipo docente. Requerirá la aprobación de los padres del alumno y el informe del orientador.

Actuaciones y decisiones del tutor l Coordinar las sesiones de evaluación (Art. 24 de

Actuaciones y decisiones del tutor l Coordinar las sesiones de evaluación (Art. 24 de la Orden) l l l Las sesiones de evaluación contarán con la presencia de todos los maestros que impartan algún área del grupo correspondiente y serán coordinadas por el tutor. Durante las sesiones de evaluación, el tutor aportará cuanta información sea de interés para el proceso formativo del alumno, incluida la información proporcionada por los padres y, en su caso, por el personal de atención educativa complementaria. Tras cada sesión de evaluación, el tutor deberá hacer constar en las actas de las mismas los acuerdos adoptados para el grupo o el alumnado de forma individualizada. Del mismo modo, se acordará la información que ha de ser transmitida a cada alumno y a su familia sobre el resultado del proceso de aprendizaje.

Actuaciones y decisiones del tutor l Coordinar la evaluación de la práctica docente (Art.

Actuaciones y decisiones del tutor l Coordinar la evaluación de la práctica docente (Art. 29. 2 de la Orden) l En cada evaluación y coordinados por el tutor, el equipo docente evaluará el proceso de enseñanza y la práctica docente. Dicha evaluación tendrá en cuenta, al menos, los siguientes aspectos: l El ajuste de la programación docente y, en su caso, las causas de las diferencias producidas en cada área. l La consecución de los alumnos de los estándares de aprendizaje por área, así como el análisis de las diferencias advertidas entre las diferentes áreas.

Actuaciones y decisiones del tutor l Elaborar el informe de aprendizaje final de curso

Actuaciones y decisiones del tutor l Elaborar el informe de aprendizaje final de curso (Art. 31. 1 de la Orden) l l El tutor, con la colaboración del resto del equipo docente, elaborará un informe de aprendizaje al finalizar cada curso (Anexo XI). Modelo de Informe de Aprendizaje Final de Curso (CEIP Jara Carrillo)

Actuaciones y decisiones del tutor l Acción tutorial en el decreto 198/2014 (Art. 14)

Actuaciones y decisiones del tutor l Acción tutorial en el decreto 198/2014 (Art. 14) l l La acción tutorial orientará el proceso educativo individual y colectivo de los alumnos. Cada grupo de alumnos tendrá un profesor tutor, quien coordinará la intervención educativa del equipo docente. El tutor mantendrá una relación permanente con los padres, madres o tutores legales, para facilitarles orientaciones y pautas de actuación que contribuyan a la maduración personal del alumno, así como a la mejora del éxito académico de éste. El tutor incidirá especialmente en la orientación del proceso de aprendizaje de sus alumnos, en la detección precoz de las dificultades de aprendizaje y el apoyo en su proceso educativo, ofreciendo respuestas educativas acordes a sus necesidades, para lo cual podrá recabar el asesoramiento y colaboración del orientador correspondiente al centro.

Decisiones de los padres de alumnos l Elegir Religión o Valores para sus hijos

Decisiones de los padres de alumnos l Elegir Religión o Valores para sus hijos (Art. 3. 2 de la Orden) l l Al matricularse en el centro, los padres de los alumnos indicarán si desean que sus hijos cursen el área de Religión o de Valores Sociales y Cívicos. Dicha decisión podrá ser modificada curso escolar mediante escrito dirigido al director del centro antes del inicio de las actividades lectivas.

Decisiones de los padres de alumnos l Recibir información (Art. 28 del Decreto 198/2014

Decisiones de los padres de alumnos l Recibir información (Art. 28 del Decreto 198/2014 y art. 13. 4 de la Orden) l l Los padres o tutores legales de los alumnos tendrán derecho a ser informados, previa solicitud, sobre cualquier aspecto del proceso educativo de sus hijos, así como a obtener copia de los documentos que sean de interés en su formación. Los centros educativos facilitarán a los padres el acceso a los documentos oficiales de evaluación, a los exámenes y a cuantos documentos se deriven de las evaluaciones que se realicen a sus hijos Los padres conocerán las medidas de apoyo y refuerzo adoptadas para mejorar el rendimiento académico de sus hijos, así como las decisiones sobre evaluación y promoción. Los padres recibirán orientaciones para participar y apoyar el proceso educativo de sus hijos.

Decisiones de los padres de alumnos l Aprobar la asistencia de su hijo alumno

Decisiones de los padres de alumnos l Aprobar la asistencia de su hijo alumno AA. CC. a sesiones de áreas de cursos de la etapa inmediatamente superiores (Art. 17. 3 de la Orden) l Cuando el equipo docente lo considere, el director podrá autorizar dicha medida siempre y cuando: l El porcentaje del horario lectivo cursado fuera de su grupo de referencia sea inferior al 20% de la jornada escolar. l Se cuente con la aprobación de los padres.

Decisiones de los padres de alumnos l Aprobar la permanencia de un año más

Decisiones de los padres de alumnos l Aprobar la permanencia de un año más en primaria de un hijo ACNEE (Art. 23. 7 de la Orden) l Además de la posible repetición en la etapa, se podrá prolongar un curso más la escolarización de los ACNEES al finalizar la Educación Primaria: l A propuesta del tutor. l Previo acuerdo del equipo docente. l Con la aprobación de los padres del alumno. l Requiere el informe del orientador.

Autonomía de los centros l l l Una mayor autonomía debe propiciar una mejor

Autonomía de los centros l l l Una mayor autonomía debe propiciar una mejor organización y funcionamiento. Está ligada a la rendición de cuentas. Prólogo de la Orden: Se favorece de manera especial la autonomía pedagógica y organizativa de los centros, que podrán: l Incrementar los contenidos de las áreas. l Diseñar e implantar métodos pedagógicos y didácticos propios l Configurar la oferta formativa de la etapa incluyendo: l La decisión de las áreas a impartir en algunos cursos de la misma (un área de LCA de 4º a 6º) l Determinar parte de la carga horaria correspondiente a algunas áreas (troncales, de 1º a 4º) Además: l Ajustes horarios de áreas (necesarios en especialistas). l Ampliar horario. l Horario de obligada permanencia en el centro. Elaboración de normas de organización y funcionamiento propias (art 124. 4 LOMCE)

Normas de organización y funcionamiento l Coordinación: l Entre etapas. l l l l

Normas de organización y funcionamiento l Coordinación: l Entre etapas. l l l l l Infantil-Primaria-Secundaria. De etapa. De tramo. De curso (o nivel, en centros de una línea coincide con la de grupo) De grupo (equipo docente). De área (vertical). Otras (de equipo de atención a la diversidad, personal de atención educativa complementaria, comisiones…) Planificar dicha coordinación: l l Asuntos (orden del día…). Momentos (periodicidad, horario de obligada permanencia común…). Lugares. Responsables/participantes.

Normas de organización y funcionamiento

Normas de organización y funcionamiento

Normas de organización y funcionamiento l Calendario de reuniones anual:

Normas de organización y funcionamiento l Calendario de reuniones anual:

Normas de organización y funcionamiento l l l Calendario de reuniones mensual: Las reuniones

Normas de organización y funcionamiento l l l Calendario de reuniones mensual: Las reuniones de curso (nivel) sólo son obligatorias en 1º, 3º y 5º pero se planifican las de 2º, 4º y 6º por si desean reunirse por eso coincide siempre un curso impar (LOMCE y obligatorio) con uno par (LOE y voluntario). Los especialistas que coinciden en dos niveles que se reúnen al mismo tiempo deben asistir a la de los cursos LOMCE y, si se convocan las de cursos pares optar por no asistir a estas, asistir la mitad del tiempo a ambas o a la que más interés tenga. A partir del curso 2015/2016 (LOMCE para todos) se procurará establecer un calendario en el que no coincida ningún curso (nivel). La CCP es el tercer miércoles de mes.

Normas de organización y funcionamiento l Recursos que facilitan la organización: Página web. l

Normas de organización y funcionamiento l Recursos que facilitan la organización: Página web. l Agenda docente. l Aula virtual. l

Metodología y evaluación l Aparecen novedades importantes que afectan a la organización del centro.

Metodología y evaluación l Aparecen novedades importantes que afectan a la organización del centro. l Estas actuaciones, decisiones y documentos sobre metodología y evaluación, son objeto del 3º y 4º bloque de este curso.

2. DOCUMENTOS INSTITUCIONALES l Proyecto educativo. l Programación general anual. l Propuesta curricular. l

2. DOCUMENTOS INSTITUCIONALES l Proyecto educativo. l Programación general anual. l Propuesta curricular. l Programaciones docentes. l Memoria anual.

Apartados de los documentos institucionales

Apartados de los documentos institucionales

Proyecto educativo Disposición adicional quinta. Documentos institucionales del centro (Decreto 198/2014) l 2. El

Proyecto educativo Disposición adicional quinta. Documentos institucionales del centro (Decreto 198/2014) l 2. El proyecto educativo se regirá por lo dispuesto en el artículo 121 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, e incluirá al menos: l l l l l a) Las características del entorno social y cultural del centro y de los alumnos. b) La oferta educativa y los servicios complementarios. c) Los objetivos y prioridades de actuación. d) El tratamiento transversal de la educación en valores en todas las áreas y etapas. e) Las medidas para promover los compromisos entre las familias y el centro para mejorar el rendimiento académico de los alumnos. f) La concreción del currículo que realice el Claustro de profesores, conforme a lo establecido en el artículo 7. 6 y 7. 10 de este decreto. g) El plan de convivencia, que incluirá las normas de convivencia y conducta. h) El plan de atención a la diversidad. i) El plan de acción tutorial.

a) Las características del entorno social y cultural del centro y de los alumnos.

a) Las características del entorno social y cultural del centro y de los alumnos. l Entorno social del centro: l l Entorno cultural del centro: l l Relación de la oferta e instalaciones culturales del entorno. Entorno social de los alumnos: l l Breve descripción socioeconómica del entorno (comarca, localidad, barrio o zona). Profesión y situación laboral de las familias. Entorno cultural de los alumnos: l Estudios de los padres.

b) La oferta educativa y los servicios complementarios. l Oferta educativa: l l l

b) La oferta educativa y los servicios complementarios. l Oferta educativa: l l l Etapas impartidas. Número de unidades/plazas del centro. Programas institucionales (CBM/SEBI, ABC, AA. CC. , …). Área de libre configuración autonómica elegida en 2º tramo. Recursos humanos y materiales para atención a la diversidad (PT, AL, Compensatoria, ATE, Fisioterapeuta…) Servicios complementarios: l l Comedor. Transporte.

c) Los objetivos y prioridades de actuación. l Objetivos: l l Referidos a los

c) Los objetivos y prioridades de actuación. l Objetivos: l l Referidos a los recursos humanos, a los recursos materiales, a los aspectos organizativos, a los aspectos pedagógicos. . . Prioridades de actuación: l l l Fomentar la CONVIVENCIA ESCOLAR. Incorporar de las TIC a la práctica docente. Fomentar el interés por la LECTURA. Promover la PARTICIPACIÓN de la comunidad educativa. Fomentar el TRABAJO EN EQUIPO de los profesores. Optimizar el uso de los ESPACIOS. Desarrollar PROYECTOS que mejoren el centro. Fomentar FORMACIÓN PERMANENTE. Evaluar y detectar posibles ÁREAS DE MEJORA. Dinamizar la ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD. Promover la EDUCACIÓN EN VALORES. Desarrollar HÁBITOS SALUDABLES en los alumnos…

d) El tratamiento transversal de la educación en valores en todas las áreas y

d) El tratamiento transversal de la educación en valores en todas las áreas y etapas. l Determinar qué valores se van a trabajar y cómo: l Un ejemplo: Programa de Educación en Valores (CEIP Jara Carrillo, Alcantarilla) l l l Primer trimestre: orden, responsabilidad y respeto. Segundo trimestre: paz, igualdad e interculturalidad. Tercer trimestre: autoestima y esfuerzo.

e) Las medidas para promover los compromisos entre las familias y el centro para

e) Las medidas para promover los compromisos entre las familias y el centro para mejorar el rendimiento académico de los alumnos. l MEDIDAS DEL CENTRO CON LAS FAMILIAS: l l l Dar información general (circulares informativas y web) sobre organización, oferta educativa, criterios de promoción, ayudas, … Dar información individual (entrevista personal o, si procede por escrito) a padres de alumnos sobre su evolución y rendimiento académico, apoyos, adaptaciones, conducta, programas específicos, orientación. . . Contactar con la familia ante cualquier problema de sus hijos. l MEDIDAS PARA PARTICIPAR LAS FAMILIAS EN EL CENTRO: l l l Asistencia a las reuniones convocadas por el centro o por iniciativa propia en horario de atención a padres. Intercambio de información a través de la agenda escolar o medios telemáticos. Colaboración en la organización y desarrollo de actividades complementarias. Autorización, en su caso, para la evaluación psicopedagógica y derecho a recibir la información de los resultados correspondientes. Participación en la escuela de padres, en caso de existir. SUGERENCIAS A LAS FAMILIAS: l l l Con los hijos: darles seguridad y afecto familiar, diálogo, apoyo, felicitaciones, autoestima, responsabilidad, recursos, estímulos y las condiciones necesarias para el progreso escolar, Con el tutor/a: comunicarse directa y personalmente con el tutor y resto de profesores, escuchar, proponer y colaborar. Conocer y apoyar la evolución del proceso educativo de sus hijos. Con el centro: puntualidad y asistencia regular de los hijos a clase justificando sus faltas, participación en las actividades para familias, respeto a las normas establecidas por el centro, asistencia regular a las reuniones convocadas por el centro. . .

f) La concreción del currículo que realice el Claustro de profesores, conforme a lo

f) La concreción del currículo que realice el Claustro de profesores, conforme a lo establecido en el artículo 7. 6 y 7. 10 de este decreto. l 7. 6. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3. 1. c) del Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, los centros educativos podrán complementar los contenidos de las áreas recogidas en el anexo I de este decreto, así como diseñar e implantar métodos pedagógicos y didácticos propios acordes a la metodología didáctica de cada área. l 7. 10. La solicitud de autorización de un área propuesta por los centros docentes deberá ir acompañada de la justificación de la misma, la correspondiente propuesta de contenidos, criterios de evaluación, estándares de aprendizaje, así como la aprobación del Claustro de profesores. Una vez analizada la propuesta, la Administración educativa aprobará el currículo de las áreas que sean autorizadas a través del correspondiente decreto. l Durante este curso 2014 -2015, ningún centro ha podido proponer área nueva y probablemente tampoco complementen contenidos por lo que este apartado tendrá una redacción que puede ser: “El Claustro de profesores no ha complementado los contenidos de las áreas recogidas en el anexo I del decreto 198/2014 ni ha solicitado ningún área de libre configuración autonómica propuesta por el propio centro. ”

g) El plan de convivencia, que incluirá normas de convivencia y conducta. l Decreto

g) El plan de convivencia, que incluirá normas de convivencia y conducta. l Decreto 115/2005, de 21 de octubre, por el que se establecen las normas de convivencia en los centros docentes sostenidos con fondos públicos que imparten enseñanzas escolares: l l Artículo 40. 1: Los centros elaborarán planes de convivencia escolar que contemplen las características del alumnado y las circunstancias de su entorno, que impliquen a todos los colectivos que intervienen en el proceso educativo y que eviten los posibles conflictos, impulsando medidas formativas y desarrollando actitudes responsables y respetuosas. Borrador del decreto de convivencia: normas de convivencia y conducta (ya no existe RRI en ninguna norma) Diapositiva siguiente

Plan de convivencia escolar Borrador de decreto de convivencia, artículo 3. El Plan de

Plan de convivencia escolar Borrador de decreto de convivencia, artículo 3. El Plan de Convivencia Escolar l Conforme a lo establecido en el artículo 124. 1 de la LOE, los centros deberán elaborar un Plan de Convivencia que incorporarán a la programación general anual. l El Plan de Convivencia Escolar deberá contener, al menos, los siguientes apartados: l a) Objetivos que se pretenden conseguir con el desarrollo del Plan. l b) Actividades programadas con el fin de fomentar un buen clima de convivencia y actuaciones a realizar por todos los integrantes de la comunidad educativa especificando las tareas a desarrollar por: equipo directivo, profesores, tutores, profesores de guardia, alumnos, madres y padres, ordenanzas, orientador y profesor técnico de servicios a la comunidad, en aquellos centros que dispongan del mismo. l c) Los procedimientos preventivos y de resolución pacífica de conflictos, especificando en relación con las medidas previstas en el capítulo II del título II de este decreto que en su caso utilice el centro, los criterios y condiciones para la aplicación de los acuerdos y contratos de convivencia; los criterios de organización, condiciones de uso, actuaciones educativas y profesorado que atenderá las aulas de convivencia, y, la regulación y funciones atribuidas a los equipos de mediación escolar. l d) Normas de convivencia y conducta, conforme a lo que se dispone en el artículo 4 y en el título III de este decreto. l e) Procedimiento específico de actuación para prevenir, e intervenir los casos de acoso, maltrato y agresión, conforme a lo que se dispone en el artículo 18 de este decreto. l Los EOEP colaborarán con el equipo directivo y el profesorado en el logro del necesario clima de convivencia en los mismos. A tal fin, el Plan de Acción Tutorial tendrá en cuenta lo establecido en el Plan de Convivencia Escolar y promoverá aquellas pautas y hábitos de convivencia que impulsen acciones preventivas y de resolución de conflictos. l Al final de cada curso el Plan de Convivencia se evaluará por el Claustro de profesores y el Consejo Escolar del centro, actualizándose, en su caso, con las propuestas de mejora introducidas.

Normas de Convivencia y Conducta Borrador de decreto de convivencia, artículo 4. Normas de

Normas de Convivencia y Conducta Borrador de decreto de convivencia, artículo 4. Normas de Convivencia y Conducta l Las normas de convivencia y conducta, forman parte del Plan de convivencia conforme a lo previsto en la letra d) del artículo anterior, establecen el régimen interno del centro y, deben concretar: l Los derechos y deberes de los alumnos. l Las normas de comportamiento en clase y en el desarrollo de actividades lectivas y complementarias, en cuanto a horarios y uso de las instalaciones y recursos; autorización para usar móviles y dispositivos electrónicos; indumentaria, higiene, alimentación, así como aquellas otras que considere oportunas para el buen funcionamiento de las mismas. l Las medidas correctoras aplicables en caso de incumplimiento de las normas de convivencia. l Las actuaciones para la resolución pacífica de conflictos, con especial atención a las actuaciones de prevención de la violencia de género, igualdad y no discriminación. l Las Normas de Convivencia y Conducta podrán concretar y adecuar a la edad, características de su alumnado y nivel que estén cursando, los derechos y deberes reconocidos en este decreto, pero no podrán tipificar conductas objeto de corrección, ni establecer medidas educativas para corregirlas no contempladas en el mismo. l Los centros, dentro de su autonomía y en el marco de la legislación vigente, podrán establecer aquellas otras medidas preventivas o reeducativas que contribuyan a la mejora de la convivencia escolar.

h) El plan de atención a la diversidad. l Orden de 4 de junio

h) El plan de atención a la diversidad. l Orden de 4 de junio de 2010, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, por la que se regula el Plan de Atención a la Diversidad de los Centros Públicos y Centros Privados Concertados de la Región de Murcia. l Artículo 3. Inclusión del Plan de Atención a la Diversidad en la PGA. l 2. El Plan de Atención a la Diversidad se concretará en un único documento que formará parte de la Programación General Anual. l Artículo 5. Estructura del Plan de Atención a la Diversidad. l 1. El Plan de Atención a la Diversidad incluirá, al menos, los apartados siguientes: l a. Objetivos. l b. Actuaciones y medidas de atención a la diversidad. Se enumerarán las actuaciones generales, las medidas ordinarias y las medidas específicas l c. Seguimiento y evaluación del Plan de Atención a la Diversidad. Se determinarán los momentos, instrumentos y procedimientos necesarios. l Orden de 26 de octubre de 2012, de (…) Programa PRAE. l Artículo 5. Incorporación del programa a las programaciones y planes del centro. l 2. Específicamente se incorporarán a la Programación General Anual las actuaciones y protocolos del Programa PRAE a través de su inclusión en el Plan de Atención a la Diversidad del centro.

i) El plan de acción tutorial. l Ejemplo de PAT: Liceo Español Cervantes (Consejería

i) El plan de acción tutorial. l Ejemplo de PAT: Liceo Español Cervantes (Consejería de Educación de la embajada de España en Italia) l Apartados aconsejables: l l l l Objetivos. Funciones del tutor. Ámbitos de intervención. Actividades a realizar/Temporalización/Recursos y materiales. Actuaciones previstas de los tutores y equipos docentes en cada ciclo/tramo para la gestión del aula. Programas específicos del PAT. Seguimiento y evaluación. Documentos anexos (modelos de programaciones y unidades didácticas, reuniones y comunicaciones con las familias, modelo de apoyo y refuerzo, reuniones de profesores, retrasos y faltas, informes individualizados, otros).

Programación general anual Disposición adicional quinta. Documentos institucionales del centro (Decreto 198/2014) l 3.

Programación general anual Disposición adicional quinta. Documentos institucionales del centro (Decreto 198/2014) l 3. Conforme a lo dispuesto en el artículo 125 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, los centros elaborarán una programación general anual al principio de cada curso. Esta programación incluirá al menos: l a) Medidas a desarrollar durante el curso escolar derivadas de la memoria anual del curso anterior. l b) Medidas que, en su caso, se vayan a desarrollar durante el curso escolar derivadas de lo previsto en el proyecto de dirección. l c) Las normas de organización y funcionamiento. l d) La organización del centro: horario general, horarios, calendario escolar y de evaluaciones, etc. l e) Propuesta curricular de la etapa. l f) Todos los planes de actuación acordados y aprobados por el centro que no estén incluidos en el proyecto educativo.

a) Medidas a desarrollar durante el curso escolar derivadas de la memoria anual del

a) Medidas a desarrollar durante el curso escolar derivadas de la memoria anual del curso anterior PGA Propuestas de mejora Memoria anual

b) Medidas a desarrollar durante el curso escolar derivadas de lo previsto en el

b) Medidas a desarrollar durante el curso escolar derivadas de lo previsto en el proyecto de dirección PGA Objetivos y actuaciones Proyecto de dirección

c) Las normas de organización y funcionamiento. l l Una propuesta como cualquier otra:

c) Las normas de organización y funcionamiento. l l Una propuesta como cualquier otra: La inclusión del plan de acogida en este apartado se establece en el artículo 14. 2 (d) de la Orden.

d) La organización del centro: horario general, horarios, calendario escolar y de evaluaciones, etc.

d) La organización del centro: horario general, horarios, calendario escolar y de evaluaciones, etc.

e) Propuesta curricular de la etapa. Es el penúltimo apartado de la PGA. l

e) Propuesta curricular de la etapa. Es el penúltimo apartado de la PGA. l A su vez, se subdivide en ocho apartados, entre ellos, las programaciones docentes. l Por la extensión de los apartados de la Propuesta curricular, analizamos antes el último apartado de la PGA –f) Planes de actuación no incluidos en el Proyecto Educativo-. l

e) Planes de actuación no incluidos en el Proyecto Educativo. l l l l

e) Planes de actuación no incluidos en el Proyecto Educativo. l l l l Plan lector (anexo III). Plan lógico-matemático (anexo IV) Plan de fomento de la actividad física, opcional (anexo II) Plan de autoprotección escolar y prevención de RR. LL. Planes institucionales en los que el centro participa de forma voluntaria: Deporte en Edad Escolar, Practicum, Educación para la Salud… Planes específicos del centro. Otros planes: Periodo de adaptación en Infantil, Plan de formación en centro, Plan de las TIC, Plan de actividades complementarias…

e) Propuesta curricular de la etapa. l La propuesta curricular incluirá (artículo 25. 2

e) Propuesta curricular de la etapa. l La propuesta curricular incluirá (artículo 25. 2 del decreto 198/2014): l l l l a) El periodo de adaptación de Educación Primaria, así como las medidas de coordinación con la Educación Infantil. b) Las medidas de coordinación con la Educación Secundaria Obligatoria. c) Las medidas de coordinación entre el profesorado que imparte docencia en los tres primeros cursos, así como la coordinación de los maestros que imparten docencia en los tres últimos cursos de la etapa. d) Las medidas de coordinación entre los maestros que imparten la misma área o el mismo curso de la etapa. e) Las decisiones a nivel de etapa en relación con las estrategias e instrumentos de evaluación de los alumnos. f) Los criterios de promoción, conforme a lo dispuesto en el artículo 27 del presente decreto. g) Los perfiles de las competencias del currículo descritos en el apartado tercero del citado artículo. h) Las programaciones docentes de cada una de las áreas.

a) El periodo de adaptación de Educación Primaria, así como las medidas de coordinación

a) El periodo de adaptación de Educación Primaria, así como las medidas de coordinación con la Educación Infantil. l Periodo de adaptación: l l Durante el mes de septiembre. Se facilitará que el anterior tutor (o maestro de apoyo, coordinador de Infantil…), pueda acompañar al tutor de primero y realizar un apoyo dentro del aula, al menos durante una sesión lectiva diaria. Los maestros de primero seguirán una metodología y organización del aula que facilite el cambio desde la Educación Infantil (asamblea natural, aseo y relajación después del recreo, etc. ). Medidas de coordinación con Educación Infantil: l l l a) El director podrá aprobar una modificación del horario de los futuros tutores de primero (si se conocen) durante el mes de junio, para que puedan apoyar dentro del aula de Infantil a sus futuros alumnos. b) Los alumnos del último curso de Infantil podrán visitar las clases de los grupos de primero para que estos últimos les expliquen cómo trabajan en esta etapa. c) Antes del inicio de las actividades lectivas con alumnos, se realizará al menos una sesión de coordinación entre los tutores del primero y los tutores de los grupos del último curso de Infantil (o el coordinador de ciclo), para analizar los informes individualizados de final de ciclo de Educación Infantil, así como para tratar aspectos relevantes sobre el alumnado que se incorpora a la Educación Primaria.

b) Las medidas de coordinación con la Educación Secundaria Obligatoria. l Varios ejemplos de

b) Las medidas de coordinación con la Educación Secundaria Obligatoria. l Varios ejemplos de estas medidas: l Los tutores de los grupos de 6º conocerán y comentarán a su grupo de alumnos las características básicas del primer curso de la ESO. l Se mantendrá al menos una reunión entre los tutores de sexto y el Jefe de Estudios de los institutos de secundaria más solicitados por los alumnos del centro. l Se organizarán visitas guiadas de los alumnos de 6º de primaria a los I. E. S. de la localidad. l Invitar a docentes y alumnos de estos I. E. S. a acudir al colegio para dar charlas informativas o actividades sobre el nuevo periodo que van a emprender los alumnos de 6º. l Creación de un rincón informativo y expositivo sobre la ESO, en un tablón cercano a sus aulas, llamado “El Rincón de la ESO”, donde los alumnos y docentes podrán ir adjuntando o extrayendo información y datos de interés sobre esta nueva etapa educativa. l Visita a la Biblioteca Municipal, con el fin de conocer sus normas de funcionamiento y todas las posibilidades de investigación y estudio que les ofrece a los futuros alumnos de 1º de la ESO.

c) Las medidas de coordinación entre el profesorado que imparte docencia en cada tramo.

c) Las medidas de coordinación entre el profesorado que imparte docencia en cada tramo. l Coordinación primer tramo: l l Establecer la periodicidad (mensual, quincenal, otras), día/hora y lugar de las reuniones. Establecer criterios para nombrar coordinador pedagógico, por ejemplo: l l Se nombrará a un coordinador de tramo, elegido entre los docentes que imparten docencia en dicho tramo, procurando evitar a los tutores de 1º y 3º (por iniciar y terminar tramo, con sus respectivas evaluaciones individualizadas, periodo de adaptación en 1º) y excluyendo a los miembros del equipo directivo al ser incompatibles ambas funciones. Coordinación segundo tramo: l l Establecer la periodicidad (mensual, quincenal, otras), día/hora y lugar de las reuniones. Establecer criterios para nombrar coordinador pedagógico, por ejemplo: l Se nombrará a un coordinador de tramo, elegido entre los docentes que imparten docencia en dicho tramo, procurando evitar a los tutores de 6º (por terminar etapa con su respectiva evaluación individualizada, promoción a ESO…) y excluyendo a los miembros del equipo directivo al ser incompatibles ambas funciones.

d) Las medidas de coordinación entre los maestros que imparten la misma área o

d) Las medidas de coordinación entre los maestros que imparten la misma área o el mismo curso de la etapa. l Reuniones de área: l l Se aconsejan para coordinar aspectos pedagógicos del área que afecten a todos o varios grupos de la etapa. Establecer la periodicidad (mensual, quincenal, otras), día/hora y lugar de las reuniones. En caso necesario, se nombrará un responsable de área que impulse la coordinación de los docentes que correspondan. Reuniones de curso (nivel): l l l Obligatorias en cursos LOMCE para tratar aspectos pedagógicos y organizativos que afecten a los grupos del mismo curso (nivel). Establecer la periodicidad (mensual, quincenal, otras), día/hora y lugar de las reuniones. Sesiones de evaluación (obligatorias para todos los cursos): se realizará una en septiembre y una al final de cada trimestre. En estas sesiones se divide el tiempo disponible entre el número de grupos del nivel, proporcionalmente a la necesidad de cada grupo.

e) Las decisiones a nivel de etapa en relación con las estrategias e instrumentos

e) Las decisiones a nivel de etapa en relación con las estrategias e instrumentos de evaluación de los alumnos. l l Transitoriamente, durante 2014 -2015, los cursos de 2º, 4º y 6º se regirán por lo dispuesto en la Orden de 10 de diciembre de 2007, de evaluación en Primaria. Para los cursos de 1º, 3º y 5º, partimos de las siguientes premisas: l l l El centro acuerda las siguientes decisiones respecto a estrategias de evaluación: l l l La LOMCE incorpora la evaluación de estándares de aprendizaje evaluables. La recomendación de que el peso de la calificación de los estándares de aprendizaje evaluables básicos o esenciales no sea inferior al 50%. El peso o porcentaje de los estándares básicos o esenciales. Los indicadores de logro de los estándares (diferentes niveles o grados de adquisición) Las rúbricas para calificar el grado de adquisición (opcional). l El rango de la rúbrica: puede ser 0, 25 (iniciado), 0, 5 (en proceso), 0, 75 (conseguido), 1 (destaca). El momento de evaluación de los estándares: conjugar la necesidad de evaluar al final de trimestre los estándares para comprobar el nivel de logro al final del mismo al tratarse de una evaluación continua con la necesidad de evitar el registro de las calificaciones de todos los estándares al final de trimestre. Con respecto a los instrumentos de evaluación se recomienda: l l Evaluar el máximo número de estándares con el mismo instrumento porque así se simplifica la evaluación. Evitar evaluar un mismo estándar con varios instrumentos ya que esto dificulta la evaluación al poder dar informaciones contradictorias.

f) Los criterios de promoción. l CRITERIOS DE PROMOCIÓN DEL CEIP JARA CARRILLO: l

f) Los criterios de promoción. l CRITERIOS DE PROMOCIÓN DEL CEIP JARA CARRILLO: l l l El alumno accederá al curso o etapa siguiente siempre que el equipo docente de manera colegiada considere que ha alcanzado el grado de adquisición de las competencias correspondientes y, en el caso de sexto, que ha logrado los objetivos, en función de los criterios de promoción aprobados por el claustro, tras un análisis individual. En la decisión sobre la promoción tendrá especial consideración la información y el criterio del profesor tutor. Para la promoción en el primer tramo de la etapa, tendrán especial consideración: l El grado de adquisición de la competencia matemática. l El grado de adquisición de la competencia en comunicación lingüística. l El grado de adquisición del proceso de lectoescritura. l Los resultados de la evaluación individualizada de tercer curso de Educación Primaria. Para la promoción en el segundo tramo de la etapa, tendrán especial consideración: l El grado de adquisición de la competencia matemática. l El grado de adquisición de las competencias básicas en ciencia y tecnología l El grado de adquisición de la competencia en comunicación lingüística. l Los resultados de la evaluación individualizada de final de Educación Primaria Se podrá adoptar la decisión de no promoción teniendo en cuenta que sólo se podrá repetir una sola vez durante la etapa, salvo el caso específico de los criterios de promoción de los ACNEES Se podrá adoptar la decisión de no promoción siempre que se hayan agotado el resto de medidas ordinarias de refuerzo y apoyo para solventar las dificultades de aprendizaje del alumno.

f) Los criterios de promoción. l CRITERIOS DE PROMOCIÓN DEL CEIP JARA CARRILLO: l

f) Los criterios de promoción. l CRITERIOS DE PROMOCIÓN DEL CEIP JARA CARRILLO: l Transitoriamente durante el curso 2014/15, para los niveles de 2º, 4º y 6º de Primaria será de aplicación lo establecido en la Orden de 10 de diciembre de 2007, de la Consejería de Educación, Ciencia e Investigación, por la que se regula la Evaluación en Educación Primaria. l Además de lo establecido en la normativa vigente, se adoptarán las decisiones de promoción teniendo en cuenta que: l Es aconsejable que el alumnado que presente dificultades en la adquisición de la lectoescritura y de las matemáticas al finalizar Primero o Segundo de Primaria, no promocione al curso siguiente, para así poder adquirir o afianzar los aprendizajes posteriores con mayor éxito. l En algunos casos, para determinar si un alumno/a al finalizar Primero, Segundo, Cuarto o Quinto de Primaria ha alcanzado el grado de adquisición suficiente en la competencia matemática y competencia en comunicación lingüística necesario correspondiente a su edad, tendrá que haber superado una prueba objetiva de curso de las áreas instrumentales elaborada por el centro. Esta prueba objetiva sería elaborada, aplicada y corregida por un grupo de maestros/as distintos al tutor/a de los grupos implicados. En esta prueba se evaluarían los estándares básicos o esenciales del área de Matemáticas y del área de Lengua Castellana y Literatura del curso correspondiente, con los instrumentos de evaluación más apropiados a cada estándar.

f) Los criterios de promoción. l PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO DE NO PROMOCIÓN:

f) Los criterios de promoción. l PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO DE NO PROMOCIÓN: l La decisión de no promoción irá acompañada de un plan específico de refuerzo o recuperación y apoyo, que será organizado por los centros docentes. l Cuando se decida, con carácter excepcional, la repetición de un alumno el tutor mantendrá una entrevista con los padres, madres o tutores legales para explicarles los motivos que aconsejan dicha decisión. En dicha entrevista se les facilitará el plan de refuerzo y recuperación que el alumno deberá realizar durante el periodo vacacional, en relación con los estándares de aprendizaje evaluables básicos y esenciales que el alumno debe adquirir. l Independientemente de la decisión de promoción adoptada el equipo docente deberá realizar la propuesta de medidas de refuerzo para todos los alumnos que hubiesen obtenido calificación negativa en algún área.

f) Los criterios de promoción. l CRITERIOS DE PROMOCIÓN DE LOS ACNEES: l l

f) Los criterios de promoción. l CRITERIOS DE PROMOCIÓN DE LOS ACNEES: l l Cuando se realice una adaptación curricular significativa que se aparte de los contenidos, criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables del currículo ordinario a un alumno con necesidades educativas especiales, la promoción tomará como referente los estándares de evaluación fijados en dichas adaptaciones. Se podrá prolongar un curso más la escolarización de los alumnos con necesidades educativas especiales al finalizar la etapa Educación Primaria, siempre que: l l l Favorezca su integración socioeducativa. Sea a propuesta del tutor. Exista acuerdo previo del equipo docente. Cuente con la aprobación de los padres, madres o tutores legales del alumno. Disponga del informe del orientador en el que conste que dicha decisión favorece la integración socioeducativa del alumno. El director, a la vista de la documentación anterior, resuelva y notifique la decisión adoptada a los padres, madres o tutores legales, quienes podrán interponer recurso de alzada ante la dirección general competente en materia de ordenación académica en el plazo de un mes desde su notificación.

g) Los perfiles de las competencias. l l Relacionar todos los perfiles de cada

g) Los perfiles de las competencias. l l Relacionar todos los perfiles de cada competencia multiplicado por cada curso (nivel) y por cada área que contribuya a la competencia correspondiente sería demasiado extenso para incluirlo en la PGA. Una propuesta: l Los perfiles de las competencias del currículo pueden encontrarse en los documentos excel (uno para cada competencia) situados en el siguiente enlace: https: //www. murciaeduca. es/cpjaracarrillo/sitio/index. cgi? wid_seccion=21&wid_item=193

h) Las programaciones docentes de cada una de las áreas.

h) Las programaciones docentes de cada una de las áreas.

Memoria anual Disposición adicional quinta. Documentos institucionales del centro (Decreto 198/2014) l 4. Finalizadas

Memoria anual Disposición adicional quinta. Documentos institucionales del centro (Decreto 198/2014) l 4. Finalizadas las actividades lectivas, sin perjuicio de las competencias del Claustro de profesores en relación con la planificación y organización docente, el Consejo escolar evaluará la programación general anual, mediante una memoria anual elaborada por el equipo directivo. Esta memoria anual incluirá al menos: l l a) El análisis de los resultados de los alumnos, especificando los grupos o áreas con desviaciones significativas respecto al resto de áreas o grupos del mismo curso de la etapa. b) La evaluación del proceso de enseñanza y de la práctica docente de los equipos docentes. (Se incluirá la de la evaluación final) c) La valoración de los planes y programas desarrollados en dicho curso escolar. d) Las propuestas o planes de mejora derivadas de los análisis realizados.