Organizacin de los pescadores artesanales de Estaquilla para

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Organización de los pescadores artesanales de Estaquilla para combatir extracción ilegal de Locos en

Organización de los pescadores artesanales de Estaquilla para combatir extracción ilegal de Locos en Amerb Investigación y juicio por ataque Lancha El Pacífico de Estaquilla Investigación por Asociación Ilícita.

La caleta Estaquilla se formó en 1986 con la llegada de pescadores de distintas

La caleta Estaquilla se formó en 1986 con la llegada de pescadores de distintas lugares del país para extraer loco. 2002 comienzan a constituirse sindicatos motivados por las áreas de manejo. 2007 se constituye la Federación de Estaquilla que agrupa sindicatos de 2 comunas: Los Muermos y Fresia Federación Estaquilla 8 sindicatos 1 Cooperativa 2 Asociaciones Gremiales 520 asociados 14 áreas de manejo.

Cuotas autorizadas y Desembarque efectivo en AMERBs asociadas a la Federación de Estaquilla Organizaciones

Cuotas autorizadas y Desembarque efectivo en AMERBs asociadas a la Federación de Estaquilla Organizaciones Cuota Autoriza 2011 Cuota cosechada 2011 Cuota Solicitado 2012 -2013 Cuota cosechada 2012 -2013 Cerro Colorado 277. 809 14500 236. 293 130. 155 S. T. I Esfuerzo de Huahuar Caballo Mateo 39. 114 12377 54. 916 8. 765 Ensenada Llico 32. 684 0 32. 560 0 Llico Sector B 213. 316 145200 256. 004 159. 905 Bajo Huahuar 98. 363 98. 362 131. 247 Cholguaco 53. 102 56. 613 S. T. I. Estaquilla 95. 046 95. 000 238. 214 S. T. I. La Pampina Rio Juancho 82. 195 0 21. 340 0 S. T. I. Llico Bajo Sur 85. 556 73. 015 95. 749 37. 702 S. T: I Llico Norte S. I 60. 300 37. 707 S. T. I. Nueva Esperanza Weste bajo huahuar 51. 672 28. 042 71. 971 5. 780 1. 206. 405 519. 598 1. 255. 207 806. 088 S. T. I Futuro

51 km entre Ancud y Estaquilla

51 km entre Ancud y Estaquilla

Medidas para Proteger Áreas de Manejo Se impulso junto a Conapach la creación delito

Medidas para Proteger Áreas de Manejo Se impulso junto a Conapach la creación delito de extracción no autorizada en área de manejo. Elaboramos un Plan de Seguridad en el marco del proyecto Consolidación del régimen de áreas de manejo de organizaciones asociadas a la Federación de Estaquilla, del FAP. A través del Fondo Nacional de Seguridad Pública del ministerio del interior, se financió el equipamiento terrestre compuesto por 9 focos de largo alcance, generadores diesel, visores nocturnos y una base de radio y handy por $25. 394. 778 de pesos. Se ha constituido una mesa de trabajo permanente de coordinación con Carabineros, Policía de investigaciones, Capitanía de Puerto de Maullín y Municipalidad de Los Muermos

Proyecto de Lancha Vigilancia

Proyecto de Lancha Vigilancia

Ataque lancha El Pacífico de Estaquilla 25 de enero de 2014 «Se dio aviso

Ataque lancha El Pacífico de Estaquilla 25 de enero de 2014 «Se dio aviso por radio de la entrada de dos embarcaciones al área de manejo de la caleta de Estaquilla con el objetivo de robar recurso loco. Este hecho desencadenó que saliera la lancha de vigilancia, encontrándose con 5 botes de fibra del tipo “pangas”. Una de las embarcaciones se lanzó al ataque en contra de la embarcación “El Pacífico de Estaquilla” de la Federación local ocupada para labores de vigilancia, siendo embestida por el costado y cayendo sobre la cabina, destruyéndola por completo e hiriendo a sus ocupantes, quienes quedaron en inminente peligro de muerte. » (www. conapach. cl) Los pescadores heridos: Christopher Beas y Alberto González

Taller de Seguridad en áreas de manejo realizado en Los Muermos el lunes 3

Taller de Seguridad en áreas de manejo realizado en Los Muermos el lunes 3 de febrero 2014

Acciones judiciales 1. - Querella por cuasidelito de homicidio y Daños Querella por Cuasidelito

Acciones judiciales 1. - Querella por cuasidelito de homicidio y Daños Querella por Cuasidelito de Homicidio y Daños. En las primeras diligencias, logran encontrar y retener judicialmente el bote que resultaría ser el que embistió la lancha de Estaquilla. Resulta clave la pericia de LABOCAR que relacionó científicamente el bote del ataque, «El Matías» , al periciar pintura del bote encontrada en la lancha y el análisis de los daños en ambas embarcaciones. Son formalizados el armador del bote y un tripulante reconocido por testigos. Se les condena con fecha 14 de abril de 2015 por delitos de lesiones menos graves del art. 399 CP……… 11 UTM $482, 328 Delito de Daños simple del art. 487 CP ……. 11 UTM

Acciones judiciales • 2. - Querella por Asociación Ilícita

Acciones judiciales • 2. - Querella por Asociación Ilícita

Resultados • Querella por Asociación Ilícita. • La investigación se encuentra aún vigente pero

Resultados • Querella por Asociación Ilícita. • La investigación se encuentra aún vigente pero no existen antecedentes que permitan formalizar a determinadas personas. • Estamos convencidos que la solución es atacar la mafia que sostiene esta actividad de pesca ilegal, por eso apoyamos el aumento de las sanciones y la tipificación de delito de pesca ilegal para toda la cadena de comercialización. • Sin perjuicio de lo anterior debe definirse claramente que infracciones constituirán el delito de pesca ilegal

Propuesta de Redefinición del Delito de Extracción no autorizada en área de manejo •

Propuesta de Redefinición del Delito de Extracción no autorizada en área de manejo • Esta tipificación no ha permitido obtener resultados positivos, ya que se hace imprescindible obtener los recursos extraídos, sin ellos no se puede determinar la pena, al estar asociada “al valor de los recursos extraídos”. • Además, las condiciones en que se comete este delito, en el mar, normalmente de noche, en lugares aislados, dificulta sino hace imposible detectar una flagrancia. • Proponemos una nueva redacción que no lo asimile al hurto y se castigue aun cuando no estén los recursos extraídos en su poder • Se sancione las etapas de conspiración.

Indicación para Redefinir delito de Extracción no autorizada en área de manejo. • Para

Indicación para Redefinir delito de Extracción no autorizada en área de manejo. • Para sustituir el artículo 139 bis por el siguiente “El que realice actividades extractivas, con o sin resultado de capturas, en áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos, sin ser titular de los derechos a que se refiere el inciso final del artículo 55 B de esta ley, será sancionado con la pena de presidio mayor en su grado mínimo. • En caso de que hubiere capturas, se castigará además, con la pena de multa equivalente al doble del resultado de la multiplicación del valor sanción de la especie respectiva, vigente a la fecha de la denuncia, por la cantidad de recursos hidrobiológicos objeto de la infracción, reducida a toneladas de peso físico. • La conspiración para cometer este delito será sancionada con la pena asignada al delito rebajada en un grado. • El delito se sancionará como consumado desde que haya principio de ejecución. ”