OMIE OFRECE SERVICIOS DE INFORMACIN REMIT Madrid julio

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OMIE OFRECE SERVICIOS DE INFORMACIÓN REMIT Madrid, julio de 2015

OMIE OFRECE SERVICIOS DE INFORMACIÓN REMIT Madrid, julio de 2015

1. REMIT. Regulación El 8 de diciembre de 2011, la UE adoptó nuevas normas

1. REMIT. Regulación El 8 de diciembre de 2011, la UE adoptó nuevas normas de obligado cumplimiento sobre operaciones en el mercado mayorista de la energía a través del Reglamento (UE) Nº 1227/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la integridad y la transparencia del mercado mayorista de la energía (REMIT). Un marco jurídico sectorial para el seguimiento de los mercados mayoristas de la energía que: Prohíbe el abuso de mercado (prohibición de manipulación o tentativa de manipulación del mercado y de uso de información privilegiada). Obliga a publicar información privilegiada. Obliga a registrarse en el Regulador Nacional. Obliga a los participantes de los mercados a facilitar a ACER todas sus operaciones en el mercado mayorista, con toda la información relevante de las mismas.

2. OBLIGACION de INFORMAR REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) No 1348/2014 DE LA COMISIÓN de

2. OBLIGACION de INFORMAR REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) No 1348/2014 DE LA COMISIÓN de 17 de diciembre de 2014 relativo a la comunicación de datos en virtud del artículo 8, apartados 2 y 6, del Reglamento (UE) no 1227/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la integridad y la transparencia del mercado mayorista de la energía. Artículo 6. Canales de comunicación de las transacciones. “ 1. Los participantes en el mercado comunicarán a la Agencia la información de detalle de los productos energéticos al por mayor ejecutados en los mercados organizados, … “El mercado organizado en el cual se ejecutó el producto energético al por mayor, o en el que se insertó la orden sobre el mismo, deberá ofrecer, a petición del participante en el mercado, un acuerdo para la comunicación de los datos. ” Artículo 12. Entrada en vigor Las obligaciones de comunicación previstas en el artículo 6, apartado 1, salvo las referidas a los contratos mencionados en el artículo 3, apartado 1, letra b), serán de aplicación a partir del 7 de octubre de 2015.

3. ¿Qué información debe enviar un participante en el mercado de OMIE a ACER?

3. ¿Qué información debe enviar un participante en el mercado de OMIE a ACER? Todas las transacciones de los productos energéticos al por mayor comprados y vendidos, el precio y la cantidad acordados, las fechas y las horas de ejecución de los mismos, la identificación de los participantes en el mercado que intervienen en la transacción así como cualquier otra información relevante. También debe informar de las ofertas no casadas.

4. Que servicio de información ofrece OMIE Comunicar diariamente la información en los formatos

4. Que servicio de información ofrece OMIE Comunicar diariamente la información en los formatos requeridos por ACER, Informar a los agentes del reporte y poder consultar los datos reportados. Cumplir los procedimientos técnicos exigidos por ACER sobre seguridad de envio, confidencialidad, plazos de reporting…. . Adaptación a cambios de regulación y mejoras tecnológicas Primer interlocutor con ACER “…La agencia puede solicitar información adicional …”

5. Productos actuales Nombre del contrato OMI_Power_Day_Ahead OMI_Power_Within_Day_S 1 OMI_Power_Within_Day_S 2 OMI_Power_Within_Day_S 3 OMI_Power_Within_Day_S

5. Productos actuales Nombre del contrato OMI_Power_Day_Ahead OMI_Power_Within_Day_S 1 OMI_Power_Within_Day_S 2 OMI_Power_Within_Day_S 3 OMI_Power_Within_Day_S 4 OMI_Power_Within_Day_S 5 OMI_Power_Within_Day_S 6

6. CONTRATO. Principales características Contrato sencillo que regula las relaciones obligacionales de las partes

6. CONTRATO. Principales características Contrato sencillo que regula las relaciones obligacionales de las partes en lo relativo a la comunicación de los datos a los que obliga el REMIT, de duración indefinida que incluye un clausula de modificación y resolución. El clausulado general del contrato incluye: o o o Objeto. Operaciones objeto de comunicación. Plazo de comunicación de los datos. Responsabilidad. Procedimientos. Exención de responsabilidad. Tarifas. Confidencialidad. Entrada en vigor y duración. Modificación y resolución. Cesión, Notificaciones y Ley y jurisdicción de aplicación

7. TARIFAS. Líneas básicas Tarifas con cuatro tramos. Cada empresa queda adscrita en un

7. TARIFAS. Líneas básicas Tarifas con cuatro tramos. Cada empresa queda adscrita en un tramo de acuerdo al número de ofertas efectuadas al mercado el año anterior. Se mantiene la misma tarifa de tramo todo el año. Al finalizar el ejercicio se determina el tramo en que se encuentra el agente, de acuerdo con el número de ofertas del año, para aplicar la tarifa correspondiente durante el año siguiente. Cuando se revise el importe de las tarifas se comunicarán a los agentes con 90 días de antelación a la aplicación de las mismas. A los agentes que comienzan a operar en el mercado a mediados de un año se les aplica las tarifas del tramo B, durante ese primer año.

8. TARIFAS. Años 2015 y 2016 tramo Ofertas/año Tarifa €/mes A 1 a 100

8. TARIFAS. Años 2015 y 2016 tramo Ofertas/año Tarifa €/mes A 1 a 100 B 101 a 500 200 C 501 a 2000 300 D A partir de 2001 400

9. Ejemplo de Oferta

9. Ejemplo de Oferta

9. Próximos pasos La semana del 6 de julio se enviará por mail el

9. Próximos pasos La semana del 6 de julio se enviará por mail el borrador de contrato a los agentes que se han interesado en el servicio de reporting que proporciona OMIE. La solicitud a OMIE de reporting a ACER la podrán hacer los agentes a través del web de mercado. Se les solicitará el código ACER. La firma del contrato la deberá efectuar un representante de la empresa con poder suficiente. Una vez recibido en OMIE el contrato, debidamente cumplimentado, OMIE aceptará la responsabilidad de efectuar el reporting a ACER de la información de detalle de las ofertas y transacciones del agente en los mercados de OMIE, diario e intradiarios, a partir de la fecha solicitada.

10. Contratos Bilaterales físicos ejecutados en el mercado español A petición de los agentes

10. Contratos Bilaterales físicos ejecutados en el mercado español A petición de los agentes que lo deseen, OMIE comunicará a ACER la información correspondiente a los contratos bilaterales físicos ejecutados en el mercado de producción. El reporting se limitará a los contratos declarados en el mercado de producción. Los agentes que contraten este servicio tendrán que facilitar a OMIE los datos correspondientes a dichos contratos incluyendo su precio de ejecución en cada periodo horario. La energía horaria será la que figure en el programa base de funcionamiento. Las condiciones del reporting de los contratos bilaterales se recogerán en un contrato especifico.

12. Correo electrónico para temas REMIT@omie. es

12. Correo electrónico para temas REMIT@omie. es

MUCHAS GRACIAS

MUCHAS GRACIAS