NEGOCIO JURIDICO Y ACTO JURIDICO JOSE ANTONIO ANTN

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NEGOCIO JURIDICO Y ACTO JURIDICO JOSE ANTONIO ANTÓN GONZÁLEZ 1

NEGOCIO JURIDICO Y ACTO JURIDICO JOSE ANTONIO ANTÓN GONZÁLEZ 1

En nuestra realidad el concepto de Acto Jurídico se relaciona con el de manifestación

En nuestra realidad el concepto de Acto Jurídico se relaciona con el de manifestación de voluntad, definiéndose bajo este concepto Art: 140 CC. El acto Jurídico es la manifestación de voluntad destinada a crear, regular, modificar o extinguir relaciones jurídicas 2

No se puede definir al Acto Jurídico como una declaración de voluntad, que produce

No se puede definir al Acto Jurídico como una declaración de voluntad, que produce efectos jurídicos 3

Objetivo de la Teoría del Acto Jurídico Buscar la justificación conceptual al porqué, en

Objetivo de la Teoría del Acto Jurídico Buscar la justificación conceptual al porqué, en algunos casos, los actos o comportamientos del hombre en su vida de relación con otros son capaces de producir efectos jurídicos en concordancia con el propósito que los hubiere determinado en su realización. Es decir, porqué algunos actos del hombre son intrascendentes al derecho y otros en , los cuáles los efectos jurídicos son consecuencia directa de la declaración de voluntad. 4

PENSAMIENTOS QUE INFLUENCIARON EN LA TEORIA DEL ACTO JURIDICO üCódigo Civil Francés: Ideas de

PENSAMIENTOS QUE INFLUENCIARON EN LA TEORIA DEL ACTO JURIDICO üCódigo Civil Francés: Ideas de Domat y Pothier üJusnaturalismo üDogma de la Voluntad üValor de la palabra üLa Voluntad fuente de Deberes y Obligaciones üRespetando el Orden público y las Buenas Costumbres üLos efectos Jurídicos son conferidos cuando han sido queridos o deseados por los sujetos No se toma en cuenta la función organizadora del ordenamiento jurídico 5

Declaración de Voluntad ACTO JURIDICO Voluntad dirigida a obtener efectos jurídicos Con esta definición

Declaración de Voluntad ACTO JURIDICO Voluntad dirigida a obtener efectos jurídicos Con esta definición la estructura y el valor del acto jurídico, depende exclusivamente del sujeto y su voluntad, siendo la función del Ordenamiento Jurídico meramente secundaria. Definición Abstracta y artificial, totalmente desvinculada de la realidad social y de los valores en que descansa cualquier sistema juridico 6

TEORIA GENERAL DEL NEGOCIO JURIDICO üCreado por los Pandectistas Alemanes: BGB 1900 üBusca Justificar

TEORIA GENERAL DEL NEGOCIO JURIDICO üCreado por los Pandectistas Alemanes: BGB 1900 üBusca Justificar y conceptualizar los actos del hombre que son relevantes jurídicamente. üEn su versión Clásica Pandectista coincidió totalmente con la versión clásica francesa. En sus inicios la Teoría del Negocio Jurídico coincidió con la Teoría del Acto jurídico, ambas tuvieron como objetivo: la justificación del los Actos del individuo que son relevantes jurídicamente en un sistema jurídico. 7

EVOLUCION DEL CONCEPTO DE NEGOCIO JURIDICO A. CONCEPCIÒN CLASICA DEL NEGOCIO JURIDICO (PANDECTISTAS) B.

EVOLUCION DEL CONCEPTO DE NEGOCIO JURIDICO A. CONCEPCIÒN CLASICA DEL NEGOCIO JURIDICO (PANDECTISTAS) B. NEGOCIO JURIDICO COMO SUPUESTO DE HECHO C. TEORIA PRECEPTIVA DEL NEGOCIO JURIDICO 8

B. - CONCEPCION CLASICA DEL NEGOCIO JURIDICO (Pandectistas) Coincidió totalmente con la concepción clásica

B. - CONCEPCION CLASICA DEL NEGOCIO JURIDICO (Pandectistas) Coincidió totalmente con la concepción clásica del Acto Jurídico. 9

B. 1. - NEGOCIO JURIDICO COMO SUPUESTO DE HECHO üEsta concepción toma distancia y

B. 1. - NEGOCIO JURIDICO COMO SUPUESTO DE HECHO üEsta concepción toma distancia y se diferencia de las concepciones clásicas del negocio jurídico y del acto jurídico üHipótesis prevista en abstracto por las normas jurídicas de una o más declaraciones de voluntad que producirán consecuencias jurídicas. üYa no se trata de una simple manifestación de voluntad üConsidera la función organizadora del derecho en los actos del hombre üSe toma en cuenta la intervención del ordenamiento jurídico en la existencia y justificación de la figura negocial como instrumento otorgado por el derecho a los individuos para que puedan satisfacer sus propias necesidades, autorregulando sus propios intereses privados y relacionándose con otros individuos. üEl individuo deja de ser el centro del sistema jurídico y deja de ser el que decide cuando hay negocio o no üSu voluntad ya no es causa generadora de efectos jurídicos üLa voluntad se convierte en un elemento importante del negocio, para la producción de efectos jurídicos, al ser atribuidos por el derecho en determinados supuestos. üEL negocio jurídico para ser tal requiere el concurso del derecho üSe abandona la posición que la voluntad deba estar dirigida a producir efectos jurídicos üLa voluntad esta dirigida a la consecución de efectos meramente prácticos 10

B. 2 NEGOCIO JURIDICO COMO SUPUESTO DE HECHO CRÍTICAS üNo se tomo en cuenta

B. 2 NEGOCIO JURIDICO COMO SUPUESTO DE HECHO CRÍTICAS üNo se tomo en cuenta la realidad social üSe trataba de una noción completamente legalista y abstracta del fenómeno negocial. üSe relego a un segundo lugar el concepto de causa y el significado social del negocio jurídico üImpero la utilidad individual y meramente personal del negocio 11

C. - TEORIA PRECEPTIVA DEL NEGOCIO JURIDICO üEL negocio jurídico es un supuesto de

C. - TEORIA PRECEPTIVA DEL NEGOCIO JURIDICO üEL negocio jurídico es un supuesto de hecho, pero que contiene no simples declaraciones de voluntad sino un precepto social, es decir una autorregulación de intereses privados socialmente útil üSe acepto la concepción legalista como supuesto de hecho pero se le agrego que debía tratarse de un supuesto con significado social. üNo era suficiente cualquier voluntad orientada a cualquier finalidad, debía ser una finalidad importante para todos los miembros de una determinada sociedad y por ello merecedora de tutela legal. üAdquiere trascendencia la noción de CAUSA, pero no como simple finalidad del supuesto de hecho (función jurídica), sino como finalidad o función socialmente útil. 12

C. - TEORIA PRECEPTIVA DEL NEGOCIO JURIDICO CRITICAS Y EVOLUCIÒN DEL CONCEPTO üEmpezó a

C. - TEORIA PRECEPTIVA DEL NEGOCIO JURIDICO CRITICAS Y EVOLUCIÒN DEL CONCEPTO üEmpezó a incomodar el concepto de utilidad social. üEmpezó a parecer exagerado exigir a la autonomía privada, la función socialmente útil. üEn tal sentido se empezó a hablar de finalidades razonables y dignas. üSe entendió que la causa no es en todos los casos una función socialmente útil (supuesto de hecho de negocios tipificados) sino como una función razonable que permite la tutela de todos aquellos negocios orientados a la consecución de intereses meramente privados. 13

DEFINICIÓN DE NEGOCIO JURIDICO Manifestación más importante de la autonomía privada consistente en una

DEFINICIÓN DE NEGOCIO JURIDICO Manifestación más importante de la autonomía privada consistente en una autorregulación de intereses privados en vista de una función considerada socialmente razonable, y como tal valorada y reconocida por el ordenamiento jurídico. 14