Negociaciones en materia de Facilitacin del Comercio en
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Negociaciones en materia de Facilitación del Comercio en la OMC 1
Contenido Que significa Facilitación del Comercio? La Facilitación del Comercio (FC) en el Programa de Doha Normas sobre FC en GATT/OMC Mandato de Negociación y Hong Kong Proyecto de texto de negociación refundido 2
¿Qué significa la FC? l No existe una definición única l En la OMC se entiende como: – La simplificación, armonización y automatización de los procedimientos del comercio internacional, en particular de los requisitos y formalidades prácticas relativos a la importación, la exportación y el tránsito transfronterizo de mercancías. 3
¿Por qué es un tema de actualidad? l Creciente volumen de comercio l Revolución en los transportes l Avances en tecnología de información l Nuevas estrategias de producción, pero. . . l . . . los procedimientos comerciales siguen siendo lentos y engorrosos. Ø . . . la atención se ha centrado en las barreras no arancelarias y en cómo simplificar los 4 procedimientos comerciales
Antecedentes (1) l Una transacción aduanera promedio involucra: Ø 20 – 30 partes; Ø 40 documentos; Ø 200 datos; Ø 60 -70% de los datos se repiten por lo menos una vez l Las empresas gastan más dinero cumpliendo con las reglamentaciones aduaneras que lo que las aduanas ganan en términos de ingresos 5
Antecedentes (2) De acuerdo al Banco Mundial. . . l El tiempo perdido en las fronteras representa en algunos países hasta el 20% del tiempo total de transporte l Un día extra en la aduana equivale a un punto porcentual de arancel adicional 6
1. La FC en la OMC l El tema se incorporó a la OMC en la Conferencia Ministerial de Singapur (1996) l Mandato: realizar trabajos analíticos sobre la simplificación de los procedimientos comerciales. . . con objeto de evaluar si procede establecer normas de la OMC en esta materia. l Objetivo: hacer que las transacciones comerciales sean lo más eficientes posible mediante la racionalización de los trámites, la documentación y las corrientes de información 7
1. La FC en la OMC Por qué se incorpora en la OMC? Persistencia de obstáculos a las operaciones comerciales, que a menudo exceden a las barreras arancelarias e incrementan los costos de transacción Ø Se le considera elemento necesario para beneficiarse plenamente de la reducción arancelaria y la apertura de mercados Ø Beneficios derivados del sistema multilateral de reglas de la OMC Ø 8
2. La FC en la Ronda Doha l El mandato de Doha sobre FC: ØCelebrar negociaciones después de la Quinta Conferencia Ministerial (Cancún, septiembre 2003). ØSobre la base de una decisión adoptada por consenso explícito sobre las modalidades de negociación. ØEntre tanto, examinar, aclarar y mejorar los Artículos V, VIII y X del GATT 1994. 9
2. La FC en la Ronda Doha l Negociaciones sobre FC ØConsenso sobre modalidades se alcanzó en Agosto 2004 ØComienzo tardío. . pero misma fecha de conclusión ØUna negociación separada. . . pero vinculada al resto del Programa de Doha (Compromiso único). 10
3. Normas sobre FC en GATT/OMC GATT 1994: GATT 1994 £ Art. V Libertad de Tránsito £ Art. VIII Derechos y Formalidades referentes a la Importación y a la Exportación £ Art. X Publicación y Aplicación de los Reglamentos 11 Comerciales
4. El mandato de negociación ● Base jurídica ØDecisión del Consejo General del 1 de Agosto 2004 o “Paquete de julio” (WT/L/579) ØModalidades contenidas en el Anexo D ● Alcance 12
4. El mandato de negociación l Objetivos ØAgilizar el movimiento, el despacho de aduana y la puesta en circulación de las mercancías, incluídas las mercancías en tránsito ØPotenciar la asistencia técnica y el apoyo a la creación de capacidad ØCooperación efectiva entre las aduanas u otras autoridades competentes en materia de FC y cumplimiento de procedimientos aduaneros 13
4. El mandato de negociación l Trato Especial y Diferenciado ØResultados tendrán plenamente en cuenta el TED para los PEDs y los PMA ØMás allá de los habituales periodos de transición ØAlcance de los compromisos y fecha de entrada en vigor guardarán relación con su capacidad de aplicación ØEstos países no estarán obligados a realizar inversiones en infraestructura más 14 alla de sus posibilidades
4. El mandato de negociación l Trato especial adicional para los países menos desarrollados (PMAs) ØLos PMAs sólo asumirán compromisos compatibles con: § Sus necesidades individuales de desarrollo, finanzas y comercio; § Sus capacidades administrativas e institucionales 15
4. El mandato de negociación l Asistencia Técnica y apoyo a la creación de capacidad durante las negociaciones Ø Se reconoce que la AT y la CC es vital para que los PEDs y los PMAs puedan participar plenamente en las negociaciones y beneficarse de ellas Ø Los Miembros desarrollados se comprometen a asegurar de manera adecuada ese apoyo y asistencia durante las negociaciones 16
4. El mandato de negociación l Asistencia Técnica y apoyo a la creación de capacidad después de las negociaciones – Para ayudar a los PEDs y los PMAs a aplicar los compromisos resultantes, de conformidad con su naturaleza y alcance Ø Apoyo para el desarrollo de infraestructura en ciertos casos Ø Condicionalidad entre AT y aplicación de compromisos 17
4. El mandato de negociación l Asistencia Técnica y apoyo a la creación de capacidad ØExamen de la eficacia del apoyo y la AT proporcionados y su capacidad para apoyar la aplicación de compromisos ØEsfuerzos de colaboración con otras organizaciones internacionales para promover la efectividad de la AT y CC y asegurar una mayor coherencia 18
4. Desarrollo de las negociaciones l Establecimiento del GNFC (Octubre 2004) l Primera etapa: más de 50 propuestas por más de 100 Miembros. l Intercambio escrito de preguntas/respuestas l Propuestas de tercera generación l Guía (WT/TF/W/143) l Proyecto texto de negociación refundido (TN/TF/W/165/Rev. ? ? ) 19
Art. X del GATT: Artículos 1 a 5 1. Publicación y disponibilidad de la información 2. Publicación y consultas previas 3. Resoluciones anticipadas 4. Procedimientos de recurso 5. Otras medidas para aumentar la imparcialidad y la no discriminación y la transparencia 20
1. Publicación y disponibilidad de la información: ¿Qué? – Leyes y reglamentos comerciales – Procedimientos aduaneros y plazos – Formatos de documentos – Tipos arancelarios aplicados – Derechos y cargas – Decisiones judiciales sobre recursos – Disposiciones sobre sanciones – Acuerdos con otros países – Planes de gestión de las aduanas, etc. 21
2. Publicación y consultas previas l Plazo entre la publicación y la entrada en vigor l Consultas y observaciones [previas] sobre normas nuevas o modificadas [e información sobre los objetivos de política perseguidos] l Consultas periódicas 22
3. Resoluciones anticipadas l Crear un sistema de resoluciones anticipadas l Resoluciones escritas – emitidas por autoridades aduaneras – con anticipación a la operación de importación – vinculantes con relación a un envío específico l sobre aspectos tales como – Clasificación arancelaria – Exención/aplazamiento del pago de aranceles – Origen del producto (Acuerdo OMC de Reglas de Origen) – Valoración en aduana 23
4 – Derecho de recurso l. No discriminatorio l. Judicial/administrativo l. Independiente l. Plazos l. Costos razonables l. Derecho a ser representado l. Despacho mediante garantía l. Servicio de reclamaciones 24
5 - Otras medidas 1. [Alertas de importación/rápidas] 2. Retención 3. [Procedimientos de prueba] 25
Art. VIII del GATT: Artículos 6 a 10 6. Derechos y cargas – importación / exportación 7. Levante y despacho de aduana de las mercancías 8. Consularización 9. Cooperación – organismos de frontera [9 bis. Declaración de las mercancías transbordadas. . ] 10. Formalidades en relación con la importación y la 26 exportación
6 - DERECHO$ and CARGA$ 1. Disciplinas generales Parámetros específicos - derechos y cargas Publicación / Notificación - derechos y cargas Prohibición de percepción de derechos y cargas no publicados $ Examen periódico de los derechos y cargas $ Automatización de los pagos $ $ $ 2. Reducción del número y la diversidad de los derechos y cargas 27
7 – LEVANTE Y DESPACHO DE ADUANA 1. Tramitación previa a la llegada 2. Separación entre el levante y la determinación definitiva y el pago de los derechos de aduana, impuestos, tasas y cargas 3. Gestión del riesgo 4. Auditoría posterior al despacho de aduana 5. Establecimiento y publicación de los plazos medios de levante 6. [Operadores autorizados] 7. Envíos urgentes 28
7. 1 Tramitación previa a la llegada 1 julio Presentación de documentos 2 julio Tramitación del despacho 3 julio Levante 29
7. 2 Separación de los procedimientos de levante y despacho Aduana Levantes del pago l Garantías suficientes l 30
7. 3 Gestión del riesgo n n Principios de gestión de riesgos basados en las normas y prácticas internacionales pertinentes Establecimiento, utilización y examen regular de planes formales de gestión de riesgos Utilización de metodologías formales de análisis de riesgos para determinar las personas, envíos y medios de transporte que deben examinarse y la magnitud de ese examen Mecanismos y registros conexos que permitan determinar por qué han sido, o han de ser, seleccionados ciertos envíos para intervenciones específicas 31
7. 4 Auditoría posterior al despacho DECLARACIÓN : 400 TV INVENTARIO : 450 TV 32
7. 5 Plazos medios de levante CALCULAR Y PUBLICAR EL TIEMPO MEDIO EMPLEADO EN EL LEVANTE [Y DESPACHO] DE LAS MERCANCIAS PERIODICAMENTE SOBRE LA BASE DE UNA NORMA COMÚN: POR EJEMPLO, EL ESTUDIO SOBRE EL TIEMPO DE DESPACHO ELABORADO POR LA OMA REDUCCIÓN PROGRESIVA DEL TIEMPO MEDIO 33
7. 7 Envíos urgentes DHL UPS F E DE X procedimientos acelerados, entre ellos de despacho urgente acuerdo entre los operadores y las aduanas tramitación previa a la llegada manifiesto único trato de minimis 34
Art. VIII del GATT: Artículos 6 a 10 6. Derechos y cargas – importación / exportación 7. Levante y despacho de aduana de las mercancías 8. Consularización 9. Cooperación – organismos de frontera [9 bis. Declaración de las mercancías transbordadas. . ] 10. Formalidades en relación con la importación y la 35 exportación
10 – FORMALIDADES EN RELACIÓN CON LA IMPO/EXPO Examen periódico 2. Reducción / limitación 3. Utilización de normas internacionales 4. Ventanilla única 5. [Eliminación de las] Inspecciones previas a la expedición 6. [Recurso a agentes de aduanas] 7. [Procedimientos coomunes en frontera] (unión aduanera) 8. [Prescripciones uniformes sobre formularios] 9. Opción de devolver las mercancías rechazadas al exportador 10. Admisión temporal de mercancías/Perfeccionamiento activo y pasivo 1. 36
Presentación de documentación/datos Autoridad Portuaria Mismos documentos /datos a cada organismo Cuarantena Aduanas Cámara de Comercio Banco Central 37
¿Porqué no coordinar? -- Una sola vez/una sola autoridad Ventanilla única (Aduanas? ) Autoridad Portuaria Cuarantena Aduanas Cámara de Comercio Banco Central La Agencia con la Ventanilla única distribuye la información pertinente a las otras agencias 38
Art. V del GATT: artículo 11 l Alcance Libertad básica de tránsito l Reglamentaciones, restricciones y no discriminación l Disciplinas sobre derechos y cargas l l Disciplinas sobre formalidades y requisitos de documentación para el tránsito Régimen de transporte bajo conrol aduanero y garantías l Acuerdos o convenios regionales en materia de tránsito l Mejora de la cooperación y la coordinación l 39
Otras disposiciones l [Mecanismo de cooperación aduanera para la facilitación del comercio y el cumplimiento] [Cooperación aduanera] (artículo 12) l Disposiciones l Comité institucionales (art. 13) Nacional de FC (art. 14) l Cuestiones transversales (art. 15) 40
TED: Sección II l l l Categorías de los compromisos Notificación [Mecanismo de alerta inmediata] Período de gracia [Prestación de AT, [asistencia financiera] y creación de capacidad] [Acciones de los donantes] 41
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