MUNICIPALIDAD DE PANGUIPULLI REGIN DE LOS ROS FALTA

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MUNICIPALIDAD DE PANGUIPULLI REGIÓN DE LOS RÍOS

MUNICIPALIDAD DE PANGUIPULLI REGIÓN DE LOS RÍOS

FALTA DE NORMATIVA O REGULACIÓN DEL ESTADO, RESPECTO A LA INFILTRACIÓN DE AGUAS LLUVIA

FALTA DE NORMATIVA O REGULACIÓN DEL ESTADO, RESPECTO A LA INFILTRACIÓN DE AGUAS LLUVIA EN LOS SISTEMAS DE ALCANTARILLADO

REGISTRO HIDROLÓGICO NACIONAL ESSAL S. A cuenta concesión sanitaria en 31 comunas pertenecientes a

REGISTRO HIDROLÓGICO NACIONAL ESSAL S. A cuenta concesión sanitaria en 31 comunas pertenecientes a las regiones LOS RIOS y LOS LAGOS, prestando servicios sanitarios a más de 220. 000 clientes, los que equivalen a una población total abastecida cercana a un millón de habitantes. La realidad hidrogeológica de las regiones de Los Lagos y Los Ríos indica que es la zona del país donde más llueve, alcanzando en algunos lugares los 2. 000 mm de precipitación por año (ver gráfico).

PROBLEMÁTICA DE AL INFILTRACIÓN DE AGUAS LLUVIA Es a raíz de ello que cada

PROBLEMÁTICA DE AL INFILTRACIÓN DE AGUAS LLUVIA Es a raíz de ello que cada vez que llueve, instituciones y particulares utilizan la red de aguas servidas para evacuar las aguas lluvias y napas, que se acumulan en sus recintos particulares. Lo anterior se ha evidenciado al realizar la medición de los ingresos de agua potable y el de las descargas a la red de aguas servidas, constatando que éstas últimas son superiores a las de agua potable en casi 5 a 10 veces. Lo anterior ha sido ampliamente documentado por la sanitaria ESSAL S. A ante su organismo regulador (SISS). El ingreso irregular de las aguas lluvias a las redes de recolección de aguas servidas se evidencia revisando las estadísticas de los consumos de agua potable versus los vertidos a las redes de recolección. De ellos se verifica que la empresa sanitaria ha estado tratando volúmenes muy superiores a los correspondientes de aguas servidas, es decir ha tratado el volumen correspondiente a las aguas servidas generadas más un volumen adicional de aguas lluvias y napas equivalentes a una cantidad similar.

POSICIÓN DE LA EMPRESA Las condiciones antes descritas, es decir, ingresos ilegales de aguas

POSICIÓN DE LA EMPRESA Las condiciones antes descritas, es decir, ingresos ilegales de aguas lluvias a las redes de recolección de aguas servidas, sumado a la falta de una gestión integral de las aguas lluvias por parte del Estado, carencias en la normativa (respecto a estándares internacionales) con el consiguiente impacto negativo en el funcionamiento de las redes de recolección de aguas servidas, a generado la siguiente postura de la Sanitaria: La empresa ESSAL S. A a tomado la decisión de suspender las evaluaciones de ampliaciones de áreas de concesión y la suscripción de cualquier contrato privado de suministro de agua potable y recolección y tratamiento de aguas servidas (artículo 52 bis del DFL N° 382/88 ).

CONSIDERACIONES PARA LA SOLUCIÓN Las condiciones descritas debieran quedar plasmadas en un documento por

CONSIDERACIONES PARA LA SOLUCIÓN Las condiciones descritas debieran quedar plasmadas en un documento por parte de la SISS, en donde se describa la necesidad de la intervención por parte del Estado en estas materias, estableciendo prioridades desde el punto de vista presupuestario para la materialización, operación y mantenimiento de la infraestructura de aguas lluvias y redefiniendo el marco jurídico en el que las empresas sanitarias se puedan desenvolver, bajo esta nueva realidad. En este marco parece aconsejable que el Estado se comprometa a priorizar inversiones en infraestructura de las aguas lluvias de las comunas del sur de Chile (Con algún grado de sensibilidad turístico y ambiental) y la empresa sanitaria eleve su estándar de servicio, implementando obras de seguridad en las etapas de recolección y saneamiento, en forma priorizada, en un plazo razonable que permita mejorar las condiciones de servicio de los sistemas de recolección y saneamiento.

PROPUESTA PARA LA SOLUCIÓN 1. - Obras de seguridad de infraestructura sanitaria de saneamiento.

PROPUESTA PARA LA SOLUCIÓN 1. - Obras de seguridad de infraestructura sanitaria de saneamiento. Se consideran obras de seguridad de saneamiento todas aquellas obras, implementadas en las redes de recolección, plantas elevadoras y plantas de tratamiento de aguas servidas que permitan mejorar su continuidad de servicio, debido a impactos inesperados en ellas debido a lluvias, cortes prolongados de energía eléctrica, fallas y mantenciones mayores. 2. - Alcance Las obras de seguridad implementadas en infraestructura por la sanitaria o por terceros producto de procesos de ampliaciones, se deberán ajustar a los nuevos estándares definidos para las regiones de Los Ríos y Los Lagos, según la priorización y período de tiempo establecido para ejecutarlas según normativa SISS.

PROPUESTA PARA LA SOLUCIÓN 3. - Estándar de Diseño Los nuevos estándares de diseño

PROPUESTA PARA LA SOLUCIÓN 3. - Estándar de Diseño Los nuevos estándares de diseño como los considerados en el documento “Obras de seguridad de sistemas de saneamiento en zonas lluviosas”. Contienen estándares de diseño que consideran dimensiones mayores en la infraestructura de saneamiento según estándares internacionales de países con redes separativas (Australia). En general estos estándares duplican los valores considerados en las normativas de Chile respecto a los caudales máximos, consideran factores de recuperación mayores (0, 9 o más) y dotaciones más elevadas. Se estandarizan los niveles de infiltración propios de la red, eliminado el concepto teórico de infiltración cero de la empresa modelo.

PROPUESTA PARA LA SOLUCIÓN 4. - Priorización Se establecen tres prioridades de implementación de

PROPUESTA PARA LA SOLUCIÓN 4. - Priorización Se establecen tres prioridades de implementación de obras de seguridad en las diferentes comunas, considerando su urgencia, según lo resuelva el ente regulador, la SISS. Se espera que las intervenciones e inversiones en las localidades de Puerto Varas, Panguipulli y Los Muermos, se realicen a CORTO PLAZO.

DEMANDA DE LA MUNICIPALIDAD DE PANGUIPULLI EN CONTRA DE ESSAL S. A ANTE EL

DEMANDA DE LA MUNICIPALIDAD DE PANGUIPULLI EN CONTRA DE ESSAL S. A ANTE EL TERCER TRIBUNAL AMBIENTAL DE VALDIVIA

PRINCIPALES PUNTOS DE LA DEMANDA La demanda se sustento en los siguientes puntos: 1.

PRINCIPALES PUNTOS DE LA DEMANDA La demanda se sustento en los siguientes puntos: 1. - El requerimiento de la Municipalidad de Panguipulli para eliminación de los aliviaderos de tormenta al lago Panguipulli por parte de la empresa sanitaria ESSAL S. A, producto de las descargas de aguas servidas no autorizadas y por NO contar con la RCA para su realización. 2. - El requerimiento de modernización del sistema de tratamiento de aguas servidas, considerando las redes de alcantarillado, Plantas elevadoras y planta de tratamiento de aguas servidas. 3. - El requerimiento que todas las obras infraestructura nuevas que construya la empresa sanitaria sean sometidas a un Estudio de Impacto ambiental (EIA). Producto de la Demanda se logra la siguiente conciliación en el tercer tribunal ambiental de Valdivia.

Eliminación de descargas irregulares de aguas lluvias.

Eliminación de descargas irregulares de aguas lluvias.

Suspensión de contratos amparados en artículo 52 bis del DFL N° 382/88 en la

Suspensión de contratos amparados en artículo 52 bis del DFL N° 382/88 en la comuna de Panguipulli En la Actualidad existen proyectos en la comuna de Panguipulli que no cuenta con factibilidad de alcantarillado y agua potable, debido a que la empresa de servicios sanitarios de los Lagos, ESSAL S. A, tiene suspendidos las evaluaciones de ampliación del área de concesión y la suscripción de contratos amparados en el artículo 52 -bis del DFL N° 382/88 en la comuna de Panguipulli y otras comunas de la región de los Ríos. En el caso de Panguipulli contaremos con un plan Regulador Actualizado el que incorpora áreas para proyectos habitacionales, hospitalarios y comunitarios al radio urbano, por consiguiente, es necesario para la ejecución lograr que la Sanitaria autorice los convenios amparados en el articulo 52 bis o amplié su área operacional, pero al día de hoy la sanitaria ESSAL S. A, se ha negado rotundamente a hacerlo hasta que no se regule por parte del estado (MOP y SISS) el ingreso de aguas lluvias a los sistemas de tratamiento de aguas servidas.

Proyectos que no cuentan con factibilidad amparados en artículo 52 bis del DFL N°

Proyectos que no cuentan con factibilidad amparados en artículo 52 bis del DFL N° 382/88 en la comuna de Panguipulli 1. El Proyecto habitacional en el sector Palguin, se emplaza terrenos pertenecientes al SERVIU, y corresponden a 14, 07 hectáreas en la salida este de Panguipulli, a un costado de la ruta CH-203, existiendo solo una opción mas para la adquisición de terrenos habitacionales en Panquipulli, la cual es la compra a través de la SUBDERE de los terrenos del “Proyecto los presidente 2” con un costo de $1. 250. 000 de pesos, correspondiente a un área de 5 hectáreas de las cuales solo un 75% de su superficie permite la cabida de viviendas, por lo que urge tener la factibilidad del Proyecto habitacional Sector Palguin de 14, 07 hectáreas pertenecientes al SERVIU. 2. El Proyecto Hospital Panguipulli cuenta con el apoyo para su diseño del Ministerio de Salud y la disponibilidad de un terreno por parte de la Municipalidad de Panguipulli correspondiente a aproximadamente 13, 6 hectáreas, ubicadas en ruta CH-203 Panguipulli. Lanco, para la ejecución del recinto Hospital Panguipulli.

Proyectos que no cuentan con factibilidad amparados en artículo 52 bis del DFL N°

Proyectos que no cuentan con factibilidad amparados en artículo 52 bis del DFL N° 382/88 en la comuna de Panguipulli 3. El Proyecto Sede Social población Fortunato Férnandez, por un monto de $35. 0000 de pesos, se ubica en calle Quechumalal S/N, de Panguipulli, y su emplazamiento se encuentra colindante al área de concesión de la empresa ESSAL S. A, a una distancia de 5 metros de las redes de alcantarillado, pero a pesar de su cercanía a las redes alcantarillado y no tener inconvenientes técnicos para la ejecución de las obras, no se cuenta con la posibilidad de realizar un contrato según lo establecido en el artículo 52 bis del DFL N° 382/88. 4. El Proyecto Construcción Teatro de las Artes de Panguipulli, emplazado en el sector costanera de Panguipulli, con un monto aproximado de $3. 600. 000 de pesos incluidos aportes de la Municipalidad de Panguipulli. 5. El Estudio saneamiento sanitario comité los Robles, emplazado en el Sector ex-linea férrea, en el Sector Panguipulli Alto, estudio que costo aproximadamente $ 27. 000 de pesos.

ACTUAL PLAN REGULADOR, CIUDAD DE PANGUIPULLI

ACTUAL PLAN REGULADOR, CIUDAD DE PANGUIPULLI

UBICACIÓN PROYECTOS SIN FACTIBILIDAD POR SUSPENSIÓN DE CONTRATOS AMPARADOS EN ARTÍCULO 52 BIS Proyecto

UBICACIÓN PROYECTOS SIN FACTIBILIDAD POR SUSPENSIÓN DE CONTRATOS AMPARADOS EN ARTÍCULO 52 BIS Proyecto Hospital Proyecto Habitacional Sector Palguin Proyecto Habitacional los presidentes II Sede Social Fortunato Fernández Proyecto Teatro de las Artes Panguipulli Proyecto Saneamiento Sanitario Comité los Robles

NUEVO PLAN REGULADOR PARA AÑO 2020

NUEVO PLAN REGULADOR PARA AÑO 2020

NUEVO PLAN REGULADOR AÑO 2020, COMUNA DE PANGUIPULLI

NUEVO PLAN REGULADOR AÑO 2020, COMUNA DE PANGUIPULLI

UBICACIÓN PROYECTOS SIN FACTIBILIDAD EN NUEVO PLAN REGULADOR

UBICACIÓN PROYECTOS SIN FACTIBILIDAD EN NUEVO PLAN REGULADOR

LEY N° 18. 895 Orgánica constitucional de Municipalidades Titulo I De la Municipalidad Párrafo

LEY N° 18. 895 Orgánica constitucional de Municipalidades Titulo I De la Municipalidad Párrafo 1° Naturaleza y Constitución Articulo 1° . - La Administración local de cada comuna o agrupación de comunas que determine la ley reside en una municipalidad. Las municipalidades son corporaciones autónomas de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya finalidad es satisfacer las necesidades de la comunidad local y asegurar su participación en el progreso económico, social y cultural de las respectivas comunas.

Constitución Política. Capitulo I: bases de la Institucionalidad El estado está al servicio de

Constitución Política. Capitulo I: bases de la Institucionalidad El estado está al servicio de la persona humana y su finalidad es promover el bien común, para lo cual debe contribuir a crear las condiciones sociales que permitan a todos y a cada uno de los integrantes de la comunidad nacional su realización espiritual y material posible, con pleno respeto de los derechos y garantías que esta constitución establece. Es deber del estado resguardar la seguridad nacional, dar protección a la población y a la familia, propender al fortalecimiento de ésta, promover la integración armónica de todos los sectores de la Nación y asegurar el derecho de las personas a participar con igualdad de oportunidades en la vida nacional.