MEDICINA LEGAL Y TICA MDICA Tema I tica

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MEDICINA LEGAL Y ÉTICA MÉDICA. Tema I: Ética médica y derecho médico.

MEDICINA LEGAL Y ÉTICA MÉDICA. Tema I: Ética médica y derecho médico.

Sumario: -Concepto de Medicina Legal. Características. -Importancia de los conocimientos médico legales para el

Sumario: -Concepto de Medicina Legal. Características. -Importancia de los conocimientos médico legales para el médico general básico. -Ética y moral. Diceología. Deontología. Principios de la ética médica. -Comisiones de ética médica, funciones. -Derecho médico. Responsabilidad médica: moral y legal. Bases legales. -Delitos vinculados a la actividad médica. -Iatrogenia, error médico, falta médica o mal praxis. Secreto médico. -Remisiones o traslados de pacientes. -Documentos medicolegales. -El médico ante la administración de justicia. -Médico forense y médico legista.

Objetivos 1. Identificar el rol del médico en la administración de la justicia social,

Objetivos 1. Identificar el rol del médico en la administración de la justicia social, teniendo en cuenta los conocimientos de la Medicina Legal. 2. Determinar las relaciones generales entre los principios de la Ética Médica y Bioética, el Derecho Médico y la Medicina Legal, en el desempeño profesional. 3. Concretar los fundamentos éticos y legales que rigen el ejercicio de la profesión médica. 4. Inferir la conducta adecuada ante los dilemas éticos y legales del ejercicio profesional médico.

Medicina Legal Es la aplicación de los conocimientos médicos y sus ciencias auxiliares a

Medicina Legal Es la aplicación de los conocimientos médicos y sus ciencias auxiliares a la Investigación, interpretación y desenvolvimiento de la justicia social. Raimundo de Castro y Bachiller, 1925. Características: 1. Proteica y polimorfa en su constitución. 2. Heterogénea en sus propósitos concretos. 3. No tiene por fin la curación del enfermo.

Importancia de los conocimientos medicolegales para el MGB. DELITOS SEXUALES FALLECIDOS CONDUCTA ALCOHOL LESIONADOS

Importancia de los conocimientos medicolegales para el MGB. DELITOS SEXUALES FALLECIDOS CONDUCTA ALCOHOL LESIONADOS

Ética = Moral griego Ethos la filosofía de la moral latín Moris Sistema de

Ética = Moral griego Ethos la filosofía de la moral latín Moris Sistema de opiniones, representaciones, normas y evaluaciones sobre la regulación de la conducta de los individuos. Ambos significan lo mismo, “costumbre, hábito”.

La Deontología es la ciencia o tratado de los deberes, proviene de la palabra

La Deontología es la ciencia o tratado de los deberes, proviene de la palabra “deontos” que quiere decir deber. La Diceología es la ciencia o tratado de los derecho del médico. PRINCIPIOS DE LA ÉTICA MÉDICA ESTABLECIDOS EN CUBA. (1983) - En relación con el paciente y sus familiares. -En relación con el resto de los trabajadores de la salud. -En las relaciones entre el docente y los educandos. -Como parte de la sociedad.

COMISIONES DE ÉTICA MÉDICA. Resolución 110 de 1997. Resolución 8 de 2005 del MINSAP.

COMISIONES DE ÉTICA MÉDICA. Resolución 110 de 1997. Resolución 8 de 2005 del MINSAP. Resolución 139 del 2009 Funciones de las comisiones. -Participar en la educación moral en el campo de la salud. -Asesorar en las decisiones éticas de la práctica asistencial. -Evaluar éticamente los proyectos de investigación clínica, biomédica y médico-social, así como velar por la observancia de las normas éticas previstas para las investigaciones en humanos. -Promover investigaciones y eventos relacionados con sus funciones. -Dictaminar sobre la presunta violación de los principios de la ética médica.

Derecho médico Es la parte de la Medicina Legal que trata de la normación

Derecho médico Es la parte de la Medicina Legal que trata de la normación jurídica del ejercicio profesional de la medicina. Fuentes del derecho médico: -Constitución de la República de Cuba. -Ley de Salud Pública. -Reglamento de la Ley de Salud. -Resoluciones y demás disposiciones complementarias dictadas por el MINSAP para dar mejor cumplimiento a lo establecido en la Ley de Salud. -Las disposiciones derivadas de acuerdos tomados en los tratados y convenios internacionales.

Requisitos para ejercer la profesión médica en Cuba: 1. Tener Título expedido por un

Requisitos para ejercer la profesión médica en Cuba: 1. Tener Título expedido por un centro de Educación Superior del país o realizar la convalidación con equivalencia o equiparación de estudios. 2. Prestar el juramento correspondiente, según disposiciones legales. 3. Estar inscriptos en el Registro General de Profesionales de la Salud.

Responsabilidad médica Es la obligación que tienen los médicos de reparar y satisfacer las

Responsabilidad médica Es la obligación que tienen los médicos de reparar y satisfacer las consecuencias de los actos u omisiones cometidos en el ejercicio de la profesión y que están jurídicamente previstos por la ley. Legal Moral (Deberes y derechos) Bases legales Penal Civil Administrativa o laboral.

TITULO IV EL DELITO CAPITULO I EL CONCEPTO DE DELITO ARTICULO 8. 1. Se

TITULO IV EL DELITO CAPITULO I EL CONCEPTO DE DELITO ARTICULO 8. 1. Se considera delito toda acción u omisión socialmente peligrosa prohibida por la ley bajo conminación de una sanción penal. ARTICULO 9. 1. El delito puede ser cometido intencionalmente o por imprudencia.

Delitos vinculados a la actividad médica. Artículo 146: Denegación de auxilio. Artículo 149: Usurpación

Delitos vinculados a la actividad médica. Artículo 146: Denegación de auxilio. Artículo 149: Usurpación de la capacidad legal. Artículo 162: Incumplimiento del deber de denunciar. Artículos 192 y 193: Receta y administración indebida de drogas. Artículo 195: No informar sobre enfermedades trasmisibles. Artículo 254: Expedición de certificados falsos.

SECRETO MÉDICO Son todas aquellas informaciones que tiene el médico de un paciente y

SECRETO MÉDICO Son todas aquellas informaciones que tiene el médico de un paciente y que está obligado a mantener en reserva por respeto a la intimidad y privacidad del mismo. Es relativo cuando entra en contradicción con la salud de los demás o con la legalidad.

ERROR MÉDICO: Es una equivocación en el diagnóstico, tratamiento o en otro momento de

ERROR MÉDICO: Es una equivocación en el diagnóstico, tratamiento o en otro momento de la atención médica, sin que medien elementos de mala fe, imprudencia, negligencia, violación de la ética médica o intención, que pueden o no causar daños al paciente. Causas de error médico: 1. Enfermedades raras para ese medio. 2. Presentación atípica de la patología. 3. Paralelismo sintomático. 4. Falta de recursos o medios diagnósticos. 5. Inexperiencia profesional. 6. No haber alcanzado el nivel científico necesario para enfrentar el problema.

Manejo del error médico: Se analiza en el colectivo para sacar experiencias, educativas, científicas

Manejo del error médico: Se analiza en el colectivo para sacar experiencias, educativas, científicas y docentes, no tiene como fin la crítica ni la amonestación o sanción de ningún tipo. Su objetivo principal es sacar las experiencias necesarias para prevenir y tratar de evitar errores futuros.

FALTA MÉDICA O MAL PRAXIS: Es una equivocación en el diagnóstico, el tratamiento o

FALTA MÉDICA O MAL PRAXIS: Es una equivocación en el diagnóstico, el tratamiento o en cualquier momento de la atención, donde no media mala fe o intención, pero sí se advierten elementos de negligencia, imprudencia, faltas de la ética médica y otras conductas violatorias de los procedimientos médico legales, que pueden o no causar daños al paciente.

Causas de la falta médica: 1. Interrogatorio deficiente. 2. Examen físico superficial. 3. No

Causas de la falta médica: 1. Interrogatorio deficiente. 2. Examen físico superficial. 3. No usar los medios diagnósticos disponibles. 4. No usar los recursos terapéuticos disponibles. 5. Actuar con imprudencia o negligencia. 6. Impericia médica. 7. Violar principios de la ética médica, el reglamento hospitalario, los procedimientos médico legales y otras normas. Manejo de la falta médica: ante la queja de un familiar o por otra vía, una comisión designada por el director de la unidad determinará si se ha cometido una falta médica. De acuerdo a la magnitud y marco de la falta, puede que lleve una sanción laboral o legal.

Negligencia: Conducta omisa que se contrapone a las normas que exigen una determinada actuación

Negligencia: Conducta omisa que se contrapone a las normas que exigen una determinada actuación solícita, atenta y capaz. Descuido, desatención, no hacer lo debido. Imprudencia: Es cuando se realiza un hecho que había que abstenerse de hacer por la posibilidad de producir un daño o peligro. Provocan mala consecuencia de actuar precipitado.

Impericia. Es cuando el que la comete carece de la condición profesional que se

Impericia. Es cuando el que la comete carece de la condición profesional que se requiere (TOTAL), o a pesar de estar capacitado para el desempeño de la profesión, emplea eficientemente o no emplea los conocimientos científicos y técnicos requeridos en el proceder que ejecuta (GROSERA). Inobservancia de los reglamentos. Cuando el facultativo no cumple las medidas que se le imponen con carácter obligatorio, tanto en los reglamentos de carácter general como específicos.

Eutanasia Se traduce como muerte digna, con honor, no dolorosa, es el respeto a

Eutanasia Se traduce como muerte digna, con honor, no dolorosa, es el respeto a la libertad que tiene el paciente a decidir sobre el final de su vida. Como mismo decide sobre su tratamiento y otros derechos, generalmente se trata de casos en periodo terminal de una enfermedad incurable, donde el paciente no quiere que lo molesten o le causen dolores que no le van a resolver su problema de salud. Eutanasia activa Este derecho sin embargo no obliga ni autoriza al médico a tomar una acción para acabar con la vida del paciente, lo cual es éticamente inadmisible y penado por la ley, Eutanasia activa y pasiva: El médico se abstiene de realizar tratamientos no autorizados por el paciente y que no van a solucionar nada, sino a provocar molestias y dolores innecesarios.

IATROGENIA: Abarca todos los efectos negativos que el médico en el ejercicio de su

IATROGENIA: Abarca todos los efectos negativos que el médico en el ejercicio de su profesión, puede producir a un paciente. Este daño es sin mala fe o intención, pero donde puede existir negligencia, imprudencia, violación de la ética médica y otras causas culposas. Por tanto este daño puede provenir de un error médico o de una falta médica. Generalmente el daño es psíquico, pero no descarta el físico.

Documentos medicolegales. Historia Clínica Recetas. Certificados (de defunción, médicos, de lesiones, de reconocimiento por

Documentos medicolegales. Historia Clínica Recetas. Certificados (de defunción, médicos, de lesiones, de reconocimiento por ingestión de bebidas alcohólicas). Partes de estado. Requisitos!!!!!!!

TRASLADO O REMISIÓN. 1. Discutirlo con el jefe y el equipo. 2. Consultarlo con

TRASLADO O REMISIÓN. 1. Discutirlo con el jefe y el equipo. 2. Consultarlo con el paciente y pedir su consentimiento. 3. Coordinar con el centro receptor. 4. Enviarlo con un miembro del equipo. 5. Llenar el documento oficial con letra legible y demás formalidades. 6. Continuar atendiendo al paciente hasta que se haga efectivo el traslado. 7. Reexaminar al paciente y actualizar el documento de traslado si este demora. 8. Mantener comunicación con el centro que recibió al paciente, para conocer de este. 9. Al egreso o fallecimiento del paciente, el centro que lo recibió debe emitir y enviar un documento donde conste la conducta asumida con él.

PARÁMETROS DEL MODELO. 1. Datos del paciente (edad, sexo, ocupación). 2. Nombre del centro

PARÁMETROS DEL MODELO. 1. Datos del paciente (edad, sexo, ocupación). 2. Nombre del centro y servicio que remite. 3. Nombre del centro y servicio a que va. 4. Resumen de historia clínica. 5. Impresión diagnóstica o resumen sindrómico. 6. Motivo fundamental de la remisión. 7. Nombre del médico y registro profesional.

El médico ante la administración de justicia. 1. Testigo 2. Certificador 3. Perito.

El médico ante la administración de justicia. 1. Testigo 2. Certificador 3. Perito.

Diferencias entre testigo y perito. 1. Concepto. 2. Sustitución. 3. Excusarse de actuar. 4.

Diferencias entre testigo y perito. 1. Concepto. 2. Sustitución. 3. Excusarse de actuar. 4. Delito. 5. Obligación de decir la verdad – proceder bien. 6. Conocimientos.

Médico forense Médico legista.

Médico forense Médico legista.

Bibliografía. 1. Medicina Legal, Colectivo de autores. Pág 1 – 19. 2. CD de

Bibliografía. 1. Medicina Legal, Colectivo de autores. Pág 1 – 19. 2. CD de la asignatura. Tema I. 3. Material complementario “Ética Médica”.

Muchas gracias!!!!!

Muchas gracias!!!!!