MECENAZGO Y FINANCIAMIENTO DE LA CULTURA MODELOS JURDICOS
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MECENAZGO Y FINANCIAMIENTO DE LA CULTURA. MODELOS JURÍDICOS PARA UN ESTUDIO COMPARADO Dr. Cristian Antoine
Existen dos modelos básicos que orientan las políticas de financiamiento a la cultura en los Estados Modernos: El estado orienta y financia directamente la actividad cultural. La comunidad financia y apoya acciones culturales concretas en la medida en que se les considera socialmente legitimadas.
El apoyo a la cultura constituye una excelente inversión para la empresa privada. A lo largo del tiempo ha cambiado la antigua práctica del mecenazgo.
Enrique Saravia menciona 5 argumentos que explican la transformación del mecenazgo tradicional a un moderno patrocinio: 1. Peso de las empresas en sociedades capitalistas. 2. Perfeccionamiento de la publicidad. Necesidad de invertir en propaganda institucional, de marcas y productos. 3. Mejora de la calidad del mensaje a transmitir.
4. Favorable relación costo/beneficio derivada del impacto que las empresas financiadoras consiguen en el mercado a través de su acción a favor de la cultura. 5. Creciente conciencia de las futuras necesidades del mercado en lo financiero e intelectual.
Las empresas realizan acciones de mecenazgo porque la ley incentiva estas acciones. Cada día son más los países los que aplican estas medidas.
Existen al menos 3 modalidades de contribución de la empresa privada y particulares al financiamiento de iniciativas al fomento de arte, ciencia y cultura. • Modelo de la Filantropía: Sin existir leyes específicas, se estimulan las donaciones con mecanismos transparentes de acrecentación, financiación y seguimiento. Instituciones fomentan la participación de empresas.
2. Modelo de Mecenazgo: Se caracteriza por marcos regulatorios con leyes orientadas a la promoción del mecenazgo empresarial hacia actividades de interés público y patrocinio. 3. Modelo de Donaciones: Existencia de algunos cuerpos legales. A través de vías tributarias se estipulan los beneficios a las empresas que hacen aportes monetarios a actividades culturales, artes y ciencias. Estos aportes se denominan “DONACIONES”.
El modelo de mecenazgo se le adjudica casi por completo a Europa. Los cambios legales apuntan a reconocer públicamente el aporte que los mecenas hacen a la cultura. 1987 aprobación en Francia de la ley “Iniciativa y Solidaridad”, hecha para favorecer las actividades del mecenazgo privado en el país.
• España a mediados de los 60´s quiso contar con un marco legal para avanzar en mecenazgos. • Hoy en día se dice que aún no esta claro. • Existen 3 puntos en constante renovación: 1. Deducción fiscal por gastos comprometidos.
2. Imposibilidad de armonizar una cierta cantidad de gastos. 3. Posibilidades de constituir provisiones por depreciación.
Ley de Mecenazgo • Las fundaciones podrán compensar rendimientos y tributar por el neto • Los aportes monetarios de empresas tendrán reducción de un 15% de impuestos. • El mecenazgo a través del negocio es un convenio de colaboración empresarial. • Las deducciones por donaciones se hacen bajo la condición de que el donante comunique al Estado su sedición de determinada obra.
• El restado fiscal de la empresa debe ser positivo • Los beneficiarios deben ser personas jurídicas independientes de toda actividad comercial. • Las empresas deben comunicar a cada accionista las sumas que dan derecho a deducción.
En América Latina no existen marcos regulatorios, políticas mas flexibles por: 1. Incapacidad de producir datos estadísticos. 2. Atención de necesidades mas urgentes o fundamentales con los recursos de impuestos. 3. Falta de difusión por parte del Estado de las leyes y reglamentos que hagan poibles las donaciones.
• La existencia de un sistema tributario adecuado se considera como un elemento incentivador fundamental para el desarrollo de la filantropía.
CONCLUSIONES donaciones) (sistema de • Este sistema debe ser mas simple y universal • Mediación entre donantes y donatarios. • Acrecentar recursos por parte del Estado. • Mayor dispersión de donatarios. • Crear un texto legislador especifico y transparente.
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