MDULO INCAPACIDADES Incapacidad De conformidad con el Reglamento

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MÓDULO INCAPACIDADES

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Incapacidad De conformidad con el Reglamento del Seguro de Salud (artículo 10), la incapacidad

Incapacidad De conformidad con el Reglamento del Seguro de Salud (artículo 10), la incapacidad por enfermedad se define como: “Período de reposo ordenado por los médicos u odontólogos de la Caja o médicos autorizados por ésta, al asegurado directo activo que no esté en posibilidad de trabajar por pérdida temporal de las facultades o aptitudes para el desempeño de las labores habituales u otras compatibles con ésta. .

Consideraciones Generales • El documento respectivo (Incapacidad) justifica la inasistencia del asegurado a su

Consideraciones Generales • El documento respectivo (Incapacidad) justifica la inasistencia del asegurado a su trabajo, a la vez lo habilita para el cobro de subsidios; su contenido se presume verdadero "iuris tantum" (Así reformado en el artículo 36º de la sesión número 8061 del 30 de mayo del año 2006, Reglamento del Seguro de Salud de la CCSS). • Subsidio: Suma de dinero que se paga al asegurado directo activo por motivo de incapacidad o de licencia.

Consideraciones Generales • El funcionario incapacitado por medio de la CCSS, debe tener registrada

Consideraciones Generales • El funcionario incapacitado por medio de la CCSS, debe tener registrada ante dicha entidad la cuenta cliente para el depósito del subsidio de la CCSS. • El funcionario debe tener nombramiento activo para el ingreso de la incapacidad. • En la incapacidad por maternidad la CCSS paga el 50% y la UNA el otro 50%. • Incapacidad por enfermedad y otros, la CCSS paga el 60% y la UNA el 40%.

Plazo para comunicar la incapacidad al patrono: Una incapacidad puede comunicarse al patrono con

Plazo para comunicar la incapacidad al patrono: Una incapacidad puede comunicarse al patrono con un máximo de 48 horas, según lo dispuesto en el inciso g) del artículo 81 del Código de Trabajo.

Tipos de Incapacidad, según entidad:

Tipos de Incapacidad, según entidad:

Incapacidad del INS Incapacidades a cargo del Instituto Nacional de Seguros Es un tipo

Incapacidad del INS Incapacidades a cargo del Instituto Nacional de Seguros Es un tipo de incapacidad que es tratados de diferente manera respecto a los emitidos por la CCSS. 1. En las incapacidades por accidente de tránsito, la UNA no paga subsidio. 2. Las incapacidades por riesgos del trabajo (accidente o enfermedad no rebajan salario)

Tipos de incapacidad que permite suspender o no el salario:

Tipos de incapacidad que permite suspender o no el salario:

Incapacidades que acumulan o no vacaciones:

Incapacidades que acumulan o no vacaciones:

Flujo de Validación Incapacidades

Flujo de Validación Incapacidades

Consideraciones importantes 1. Preferiblemente se debe utilizar el navegador Firefox 2. Se debe digitar

Consideraciones importantes 1. Preferiblemente se debe utilizar el navegador Firefox 2. Se debe digitar la siguiente dirección: http: //erp. una. ac. cr: 8080 Para ingresar al módulo se debe indicar el nombre del usuario y la clave correspondiente. Usuario: cédula Clave: unificada institucional

1. Seleccione el sistema: RHURecursos Humanos 2. Posteriormente el módulo: FMOFuncionarios y Movimientos 3.

1. Seleccione el sistema: RHURecursos Humanos 2. Posteriormente el módulo: FMOFuncionarios y Movimientos 3. Seleccione la opción del menú INC -Incapacidades 4. INC-Mantenimiento 5. Lista Incapacidades

Pantalla “Lista de Incapacidades”. En esta pantalla se muestran las incapacidades de la unidad

Pantalla “Lista de Incapacidades”. En esta pantalla se muestran las incapacidades de la unidad ejecutora, los cuales se pueden filtrar por número de documento, cédula, motivo de incapacidad , entre otros, indicado en la opción “mostrar/ocultar columnas”

Crear un nuevo registro. A. Clic en el ícono nuevo Incapacidades ubicado en la

Crear un nuevo registro. A. Clic en el ícono nuevo Incapacidades ubicado en la lista de

Complete el siguiente formulario. Se despliega el siguiente formulario en la pantalla “mantenimiento de

Complete el siguiente formulario. Se despliega el siguiente formulario en la pantalla “mantenimiento de incapacidades” el cual debe de completar. Los campos con asterisco son de carácter obligatorio. Corresponde a referencia que de incapacidad la la

Continuar ingresando la información de la pestaña “General” Motivo incapacidad: En el está el

Continuar ingresando la información de la pestaña “General” Motivo incapacidad: En el está el catalogo con todos los tipos de incapacidades del sistema, elige según corresponda. Tipo de incapacidad e Institución Emisora: El sistema lo genera automáticamente al seleccionar motivo de la incapacidad. Centro Médico: Selecciona del catálogo, según información de la incapacidad. Fecha Desde y Fecha Hasta: Indicar según información de la incapacidad. Días Totales: El sistema contabiliza automáticamente el total de días. Especialidad Médica: Selecciona del catálogo, según información de la incapacidad. Médico: Puede digitar el código del médico, seguido la techa enter y verifica si efectivamente corresponde al médico indicado, o buscarlo en el catalogo por nombre.

Una vez que el formulario está completo, dé un clic en el icono “guardar”

Una vez que el formulario está completo, dé un clic en el icono “guardar” El sistema le indicará que el registro se guardó correctamente mediante el siguiente aviso: “registro creado satisfactoriamente. Datos almacenados en la base de datos correctamente”. En este momento el estado del registro queda en estado “NUEVO”

Una vez que el sistema indique el estado “NUEVO” selecciones el icono la Incapacidad

Una vez que el sistema indique el estado “NUEVO” selecciones el icono la Incapacidad por la unidad. para aceptar En la ventana emergente se indican observaciones o notas en caso de ser necesarias. El sistema guarda el registro nuevamente y el estado cambia a “ACEPTADA”

Una vez que el sistema indique el estado “ACEPTADA” selecciones el icono para aplicar

Una vez que el sistema indique el estado “ACEPTADA” selecciones el icono para aplicar la Incapacidad por la unidad. Pasaría a estado “APLICAR EN PLANILLA” en este momento ya la unidad no puede editar el registro, el sistema le bloquea las opciones. Los otros módulos de SIGESA , que requieran la información ya pueden consultar la incapacidad.

Puede descargar esta presentación en nuestro sitio web: www. sigesa. una. ac. cr Contáctenos

Puede descargar esta presentación en nuestro sitio web: www. sigesa. una. ac. cr Contáctenos sigesa@una. cr

10. 0. 2. 231: 8080

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