MANUAL de Organizacin APLICADO A DESPACHO DEL SECRETARIO

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MANUAL de Organización APLICADO A: DESPACHO DEL SECRETARIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL SAN

MANUAL de Organización APLICADO A: DESPACHO DEL SECRETARIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL SAN LUIS POTOSI, S. L. P. , ABRIL DEL 2017

CONTENIDO § Introducción 1 § Directorio 2 § Legislación o Base legal 3 §

CONTENIDO § Introducción 1 § Directorio 2 § Legislación o Base legal 3 § Misión 4 § Código de Conducta 5 § Estructura Orgánica 6 § Organigrama 7 § Descripción de Funciones 8 § Autorización 9 § Control de Actualizaciones 10

INTRODUCCION El presente manual se elaboró con el objeto de que los servidores públicos

INTRODUCCION El presente manual se elaboró con el objeto de que los servidores públicos del Gobierno del Estado cuenten con una fuente de información que les permita conocer la organización del Despacho del Secretario del Trabajo y Previsión Social, así como las funciones a su cargo. Este documento presenta la Estructura Orgánica actualizada y autorizada, el marco jurídico en el que sustentan su actualización y funcionamiento, los objetivos que tienen encomendados y la descripción de las funciones que debe realizar para alcanzarlos. Además el manual de organización facilita a los empleados y funcionarios el conocimiento de sus obligaciones en el ámbito de su competencia, así mismo ayuda entre otras cosas, a integrar y orientar al nuevo personal y es un instrumento valioso de datos para estudios de productividad, reorganización y de recursos humanos. La aplicación del presente manual es únicamente para el personal que integra el Despacho del Secretario, y será el mismo Despacho el responsable de actualizar o modificar su contenido. Dada la naturaleza dinámica de Gobierno del Estado, es necesario que cualquier cambio que se presente en la organización de las áreas, se comunique a la brevedad a la Dirección de Organización y Métodos de Oficialía Mayor, con el objeto de revisarlos y mantener actualizada la Estructura Orgánica de la Administración Pública Estatal.

DIRECTORIO SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL Manuel Lozano Nieto SECRETARÍA PARTICULAR Víctor Hugo

DIRECTORIO SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL Manuel Lozano Nieto SECRETARÍA PARTICULAR Víctor Hugo Castillo Becerra

LEGISLACION O BASE LEGAL Los ordenamientos jurídicos que fundamentan las atribuciones del Despacho del

LEGISLACION O BASE LEGAL Los ordenamientos jurídicos que fundamentan las atribuciones del Despacho del Secretario del Trabajo y Previsión Social son los siguientes: § Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. § Constitución Política del Estado de San Luis Potosí. § Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de San Luis Potosí. § Ley del Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público y su Reglamento. § Ley Federal del Trabajo. § Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos al Servicio de las Autoridades del Estado y sus Ayuntamientos. § Ley de Entrega Recepción de los Recursos Públicos del Estado. § Ley Estatal de Planeación. § Ley de Pensiones y Prestaciones Sociales para los Trabajadores al Servicio del Estado de San Luis Potosí. § Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social. § Ley de los Procesos Administrativos del Estado y Municipios de San Luis Potosí. § Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. § Código Fiscal de la Federación.

LEGISLACION O BASE LEGAL Los ordenamientos jurídicos que fundamentan las atribuciones del Despacho del

LEGISLACION O BASE LEGAL Los ordenamientos jurídicos que fundamentan las atribuciones del Despacho del Secretario del Trabajo y Previsión Social son los siguientes: § Acuerdo administrativo del 22 de mayo de 1995, por el cual se señala la competencia de la Comisión Gasto Financiamiento, su integración y las reglas generales de operación en materia de Gasto Público y su Financiamiento. § Acuerdo Administrativo del 19 de enero de 1995, mismo por el cual se señalan las políticas para la asignación de Fondos Fijos a la Dependencias de Gobierno del Estado. § Lineamientos para la aplicación del gasto corriente, en materia de Recursos Humanos, emitidos por la Oficialía Mayor de Gobierno. § Acuerdos administrativos para la aplicación del Gasto Público que emite la Comisión Gasto Financiamiento.

MISION Brindamos servicios de vinculación y capacitación para fortalecer las competencias laborales de la

MISION Brindamos servicios de vinculación y capacitación para fortalecer las competencias laborales de la población, dándole acceso a ofertas dignas y de calidad, así mismo trabajamos para vigilar y procurar el cumplimiento de los derechos de los trabajadores y para promover un ambiente de competitividad, justicia, equidad y paz laboral, que mejoren la calidad de vida de los potosinos y sus familias.

CÓDIGO DE CONDUCTA I. DEDICACIÓN. Procurar su mejor esfuerzo y perseverancia para alcanzar los

CÓDIGO DE CONDUCTA I. DEDICACIÓN. Procurar su mejor esfuerzo y perseverancia para alcanzar los objetivos institucionales en el desempeño de las actividades gubernamentales, imprimir pasión y demostrar precio por San Luis Potosí, sus instituciones y por su trabajo, así como demostrar un alto compromiso hacia la sociedad en la solución de sus demandas. II. TRANSPARENCIA. Ser abiertos al derecho ciudadano respecto a la información, de acuerdo a su legalidad y oportunidad, ofreciendo al ciudadano la posibilidad de ser un usuario de la administración y entendida la transparencia como un verdadero servicio público. III. RENDICIÓN DE CUENTAS. Cumplir con la responsabilidad de la adecuada ejecución de sus funciones, objetivos y metas, fomentando la participación ciudadana en el diseño, implementación, seguimiento y evaluación de políticas públicas, respondiendo de la aplicación del recurso puesto a su disposición. IV. DIÁLOGO. Ser abiertos, flexibles, de trato amable, humilde y respetuoso para comunicarse y construir ideas, tomando las mejores decisiones con otras instituciones gubernamentales y organizaciones de la sociedad civil. V. RESPETO. Contar con sensibilidad para reconocer y considerar en todo momento los derechos y libertades inherentes a la condición humana de otros servidores públicos y de la ciudadanía. VI. LEGALIDAD. Hacer sólo aquello que las normas expresamente les confieren, y en todo momento someter su actuación a las facultades que las leyes, reglamentos y demás disposiciones jurídicas y administrativas atribuyen a su empleo, cargo o comisión. VII. HONRADEZ. Conducirse con rectitud sin utilizar su empleo, cargo o comisión para obtener o pretender obtener algún beneficio, provecho o ventaja personal o a favor de terceros; no buscar o aceptar presentes de cualquier persona u organización, debido a que están conscientes que ello compromete sus funciones y que el ejercicio de cualquier cargo público implica un alto sentido de austeridad y vocación de servicio. VIII. LEALTAD. Ser fieles en todo momento y comprometerse con los principios, valores, criterios y objetivos institucionales, adoptándolos como propios en el desempeño de sus funciones y atribuciones.

CÓDIGO DE CONDUCTA IX. INTEGRIDAD. Desempeñar su empleo, cargo, comisión o funciones de manera

CÓDIGO DE CONDUCTA IX. INTEGRIDAD. Desempeñar su empleo, cargo, comisión o funciones de manera imparcial y proba, no en beneficio de sí mismo, de su familia o de cualquier otra persona y abstenerse de participar en situaciones que causen posible conflicto de interés. Además, utilizar el mobiliario equipo y vehículo asignados en el desempeño de sus actividades de forma responsable y apegada a la legalidad. X. EFICIENCIA. Actuar conforme a una cultura de servicio orientada al logro de resultados y rendición de cuentas, procurando en todo momento un mejor desempeño de sus funciones a fin de alcanzar las metas institucionales según sus responsabilidades y mediante el uso óptimo, responsable y transparente de los recursos públicos, eliminando cualquier ostentación y discrecionalidad indebida en su aplicación.

ESTRUCTURA ORGÁNICA 1. 0 Secretaría del Trabajo y Previsión Social 1. 1 Despacho del

ESTRUCTURA ORGÁNICA 1. 0 Secretaría del Trabajo y Previsión Social 1. 1 Despacho del Secretario

ORGANIGRAMA Secretaria del Trabajo y Previsión Social Secretaría del Trabajo y Previsión Social Dirección

ORGANIGRAMA Secretaria del Trabajo y Previsión Social Secretaría del Trabajo y Previsión Social Dirección Administrativo Secretaría Particular Francisco Ramírez Arteaga Director de Área (15) Víctor Hugo Castillo Becerra Secretario Particular de Secretario (15) Unidad Jurídica Contraloría Interna Jacinto Alberto Larraga Escobedo Subdirector (14) José Luis Mercado Berrrones Director de Área (15) Unidad de Comunicación Social María Fernanda García Ducoulombier Subdirector (14) Unidad de Informática Alfonso González Vázquez Subdirector (14) Dirección General del Trabajo María Olvido Rodríguez Vázquez Director General (17) Dirección General de Empleo y Productividad Laboral Héctor Xavier Andrade Ovalle Director General (17) Procuraduría de la Defensa del Trabajo Dirección de Inspección del Trabajo Alejandro Polanco Acosta Procurador (15) Jorge Edgardo Cazares Rivas Director de Área (15) Dirección del Servicio Nacional de Empleo S. L. P. Juan de Jesús Rocha Martínez Director de Área (15) Dirección de Capacitación y Productividad. Eduardo Sanvicente Sánchez Director de Área (15) Dirección de Inclusión Laboral Juan Carlos Sánchez Berrones Director de Área (15)

ORGANIGRAMA Despacho del Secretario del Trabajo y Previsión Social Despacho del Titular Secretaría del

ORGANIGRAMA Despacho del Secretario del Trabajo y Previsión Social Despacho del Titular Secretaría del Trabajo y Previsión Social Manuel Lozano Nieto Secretario (19 -06) Secretaria del Secretario María Luisa Flores del Río Jefe de Departamento (13 -02) Secretario Particular Víctor Hugo Castillo Becerra Secretario Particular de Secretario (15 -14) 02 Puestos de Confianza 01 Puesto de Base Total 03 El C. Francisco Ramírez Arteaga, titular administrativo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, Certifica que el presente organigrama refleja el personal, así como los puestos y nombramientos que integran la estructura vigente al mes de Abril del año 2017. Firma: _____________________

DESCRIPCION DE FUNCIONES SECRETARIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL OBJETIVO: Ejecutar los programas asignados

DESCRIPCION DE FUNCIONES SECRETARIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL OBJETIVO: Ejecutar los programas asignados a la Dependencia, de acuerdo con las atribuciones, con los objetivos y metas del Plan Estatal de Desarrollo, con base en las políticas y prioridades que establezca el C. Gobernador del Estado, asimismo, vigilar y controlar las tareas encaminadas al adecuado desenvolvimiento de las áreas adscritas a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. FUNCIONES: § Conducir y evaluar las políticas de la Secretaría; coordinar la programación y presupuestación, así como conocer la operación y evaluar los resultados de las entidades sectorizadas. § Someter al acuerdo del Gobernador del Estado, los asuntos encomendados a la Secretaría y entidades sectorizadas, que así lo ameriten. § Desempeñar las comisiones y funciones especiales que el Gobernador del Estado le confiera e informarle oportunamente sobre el desarrollo de las mismas. § Proponer al Ejecutivo Estatal los proyectos de iniciativas de ley, así como los de reglamentos, decretos, acuerdos y órdenes sobre los asuntos de la competencia de la Secretaría y de las entidades sectorizadas. § Refrendar para su validez los reglamentos, decretos y acuerdos expedidos por el Gobernador del Estado, cuando se refieran a asuntos de la competencia de la Secretaría. § Dar cuenta al Congreso del Estado de la situación que guarda su ramo e informar del mismo, siempre que se le requiera para ello, cuando se discuta un proyecto de ley o se estudie un asunto del ámbito de competencia de la Secretaría. Responsable Manuel Lozano Nieto Secretario del Trabajo y Previsión Social Manuel Lozano Nieto

DESCRIPCION DE FUNCIONES SECRETARIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL (Continúa) § Ejercer en el

DESCRIPCION DE FUNCIONES SECRETARIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL (Continúa) § Ejercer en el ámbito estatal las atribuciones que en materia laboral le corresponden al Ejecutivo del Estado. § Coordinar la integración y establecimiento de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, las Especiales y las comisiones que se formen para regular las relaciones obrero patronales que sean de jurisdicción estatal, así como vigilar su funcionamiento. § Dirigir y coordinar la Procuraduría de la Defensa del Trabajo y prestar a través de ella asistencia jurídica gratuita a los sindicatos o trabajadores que lo soliciten y representarlos ante los tribunales del trabajo. § Expedir los manuales de organización y de procedimientos de la Secretaría. § Proponer al Ejecutivo Estatal la creación, modificación, fusión o extinción de unidades administrativas, así como aprobar la creación de plazas de la Secretaría, conforme a las disposiciones que emitan las dependencias competentes. § Ordenar la creación y presidir, en su caso, las comisiones o comités transitorios o permanentes, necesarios para la mejor atención de los asuntos a su cargo, así como designar a los representantes de la Secretaría que deban integrarlos. § Proponer al Ejecutivo Estatal a los servidores públicos con nivel superior al de subdirector o sus equivalentes en órganos desconcentrados, así como su remoción. § Designar a los representantes de la Secretaría en las comisiones, consejos, congresos, organizaciones, entidades e instituciones nacionales e internacionales, en que participe la misma. § Aprobar el anteproyecto de programa y de presupuesto de egresos de la Secretaría, así como en su caso, sus modificaciones para su presentación en los términos de la legislación aplicable. Responsable Secretario del Trabajo y Previsión Social Manuel Lozano Nieto

DESCRIPCION DE FUNCIONES SECRETARIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL (Continúa) § Resolver los recursos

DESCRIPCION DE FUNCIONES SECRETARIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL (Continúa) § Resolver los recursos administrativos que se interpongan en contra de resoluciones dictadas por él mismo, por los servidores públicos y las unidades administrativas que le dependan directamente, así como los demás que legalmente le correspondan. § Resolver sobre la interpretación y aplicación del Reglamento Interno de la Secretaría. § Autorizar los programas de capacitación y profesionalización de los servidores públicos de la Secretaría y la inversión correspondiente. § Coordinar el Servicio Estatal de Empleo, así como las bolsas de trabajo de índole público y vigilar su funcionamiento en el Estado. § Coordinar las áreas encargadas de los programas de capacitación en y para el trabajo. § Las demás que con ese carácter le confieran las disposiciones legales, el Reglamento Interior de la Secretaría y el Titular del Ejecutivo Estatal. § Estas funciones son enunciativas, más no limitativas. Responsable Secretario del Trabajo y Previsión Social Manuel Lozano Nieto

DESCRIPCION DE FUNCIONES SECRETARIO PARTICULAR OBJETIVO Atender el desarrollo interno del Despacho del Titular,

DESCRIPCION DE FUNCIONES SECRETARIO PARTICULAR OBJETIVO Atender el desarrollo interno del Despacho del Titular, procurando que las labores se realicen coordinadamente y de manera armónica y que la atención al público sea ágil. FUNCIONES § Recibir y atender la audiencia que acude al Despacho del Secretario del Trabajo y Previsión Social. § Elaborar la agenda diaria de acuerdos y audiencias del Titular. § Llevar al acuerdo del Titular del Despacho los asuntos planteados por la ciudadanía, de manera verbal o por escrito, que asi lo requieran. § Coordinar las actividades del Despacho, la disciplina del personal y el control del mismo. § Recibir y turnar, por instrucciones del Titular la correspondencia. § Formular por acuerdo del Titular la normatividad interna del Despacho. § Informar al Titular del Despacho, sobre los acontecimientos importantes suscitados en lo que concierne a esta Dependencia. § Turnar por instrucciones del Titular, a los directores generales y directores de área, los asuntos que les corresponda en la esfera de su competencia. § Estas funciones son enunciativas más no limitativas. Responsable Secretario del Trabajo y Previsión Social Víctor Hugo Castillo Becerra Manuel Lozano Nieto

DESCRIPCION DE FUNCIONES SECRETARIA DEL TITULAR OBJETIVO Realizar las actividades secretariales que se realizan

DESCRIPCION DE FUNCIONES SECRETARIA DEL TITULAR OBJETIVO Realizar las actividades secretariales que se realizan en el Despacho del Titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. FUNCIONES § Recibir a la ciudadanía que solicita audiencia con el titular o directivos del despacho del Secretario del Trabajo y Previsión Social. § Dar orientación a la ciudadanía en relación a algún trámite que deseen realizar. § Elaborar, según las instrucciones que gire el Titular de la Secretaría, los oficios correspondientes a las dependencias a donde son turnadas las solicitudes o correspondencia presentada. § Turnar la correspondencia a las áreas competentes, conforme a las instrucciones del Titular de la Secretaría. § Atender y realizar llamadas telefónicas. § Llevar el archivo correspondiente a los oficios, asuntos especiales, archivos de dependencias, publicaciones, audiencias recibidas, etcétera. § Tomar dictados solicitados por el titular o directivos del despacho del Titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. § Apoyar a los titulares en algún evento especial oficial dentro o fuera de la oficina. § Auxiliar en forma general en las tareas que encomiende el titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. § Estas funciones son enunciativas más no limitativas. Responsable Secretario del Trabajo y Previsión Social María Luisa Flores del Río Manuel Lozano Nieto

AUTORIZACION RESPONSABLE DE LA FORMULACIÓN DEL MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL DESPACHO DEL TITULAR Víctor

AUTORIZACION RESPONSABLE DE LA FORMULACIÓN DEL MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL DESPACHO DEL TITULAR Víctor Hugo Castillo Becerra Secretario Particular REVISÓ Gonzalo Ortuño Castro Director de Organización y Métodos AUTORIZAN SECRETARIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL Manuel Lozano Nieto OFICIAL MAYOR DEL PODER EJECUTIVO Elías Jesrael Pesina Rodríguez

CONTROL DE ACTUALIZACIONES ACTUALIZACIÓN FECHA a) Parte del Manual que se Actualiza: b) Hoja

CONTROL DE ACTUALIZACIONES ACTUALIZACIÓN FECHA a) Parte del Manual que se Actualiza: b) Hoja (s) que se modifica (n): Dos Hojas. FORMULO REVISO AUTORIZAN