Los Trusts y las Fundaciones de Inters Privado

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Los Trusts y las Fundaciones de Interés Privado son frecuentemente utilizados a los fines

Los Trusts y las Fundaciones de Interés Privado son frecuentemente utilizados a los fines de protección de activos, manejo de inversión y planificación sucesoria. La dinámica de las normas fiscales, el creciente número de obligaciones y posibles sanciones en caso de incumplimiento hacen conveniente la revisión periódica de estas estructuras. Trusts y Fundaciones de Interés Privado Los Trusts y Fundaciones de Interés Privado del exterior son entidades flexibles utilizadas para diferentes propósitos por residentes Colombianos. En general, Colombia no aplica a estas entidades normas antidiferimiento y considera como ganancias ocasionales (sometida s a una tarifa del 10% ) a los pagos periódicos o rentas que realicen estas entidades y otros vehículos similares, bajo ciertas condiciones. Movilidad familiar y acontecimientos familiares El tratamiento fiscal de los Trusts o Fundaciones de Interés Privado puede variar según la jurisdicción en donde se encuentre el fundador/settlor o los beneficiarios. La movilidad de miembros de grupo familiar con intereses en estas entidades puede conllevar consecuencias que no fueron previstas al momento de diseñar la estructura. Asimismo, el nacimiento, fallecimiento u acontecimientos tales como el matrimonio pueden cambiar el objetivo y propósito de estas estructuras, por lo que se recomienda su revisión en forma periódica. Intercambio automático de información Más de 78 países acordaron intercambiar– de manera automática y periódica – información financiera respecto de residentes de otras jurisdicciones. La información referida a los activos poseído por Trusts o Fundaciones de Interés Privado del exterior pueden ser intercambiadas a otros países (incluido Colombia) a partir del año 2017. Si usted es beneficiario o fundador/settlor de un Trust o Fundación de Interés Privado debe conocer las posibles implicancias y obligaciones con las que se debe cumplimentar a partir del 2017. Obligaciones locales de reporte Colombia, entre otros países, ha incluido obligaciones de reporte a cargo de los individuos residentes de ese país que mantienen activos en el exterior. El incumplimiento Pw. C Latin America Desk de esta obligación de reporte es pasible de sanción que puede ascender hasta 15. 000 UVT. Amnistías y Programas de Declaración Voluntaria de Patrimonio Diversos países introdujeron en este último tiempo programas de amnistías y programas de declaración de activos omitidos. En el caso de Colombia, se introdujo para los años 2015, 2016 y 2017 un impuesto de normalización tributaria, a cargo de los declarantes voluntarios del impuesto a la riqueza que mantengan activos omitidos en el exterior. Los derechos en Fundaciones de Interés Privado o Trusts del exterior se asimilan a derechos fiduciarios poseídos en Colombia a los fines de su valuación. Tenga en cuenta que frente a una eventual fiscalización los activos no declarados (existiendo la obligación de hacerlo) se incluirán como renta líquida gravable y se impondrá una multa del 160% del mayor impuesto liquidado (200% a partir del 2018). Curaçao: excluida del listado de paraísos fiscales Curaçao es una jurisdicción que cumple con los estándares de transparencia internacional y se encuentra excluida del listado de paraísos fiscales de Colombia. La utilización de entidades incorporadas en esta jurisdicción no conlleva consecuencias desfavorables. Pw. C puede asistirlo en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y asesorarlo a fin de evitar sanciones. Si desea conocer más al respecto, no dude en contactarnos.