LOS INSTRUMENTOS DEL SISTEMA INTERAMERICANO DE DERECHOS HUMANOS

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LOS INSTRUMENTOS DEL SISTEMA INTERAMERICANO DE DERECHOS HUMANOS Y SU APLICACIÓN AL ENTORNO DIGITAL

LOS INSTRUMENTOS DEL SISTEMA INTERAMERICANO DE DERECHOS HUMANOS Y SU APLICACIÓN AL ENTORNO DIGITAL Estas diapositivas integran un módulo del programa de capacitación Los derechos en internet son derechos humanos de APC. El módulo fue elaborado a través del proyecto de APC "Examinando los derechos y las libertades en internet en Latinoamérica" (EXLILA), con apoyo de Open Society Foundations (OSF) y APC, y coordinado por ONG Derechos Digitales.

Objetivos del curso • Conocer el Sistema Interamericano de Protección de DDDHH. • Explorar

Objetivos del curso • Conocer el Sistema Interamericano de Protección de DDDHH. • Explorar internet como herramienta para expandir el ejercicio de derechos en diversos contextos. • Analizar la afectación de los derechos y la modificación del equilibrio entre derechos en el entorno digital. • Explorar las oportunidades del Sistema Interamericano de Derechos Humanos para expandir el goce de los derechos humanos en relación con el entorno digital en la región.

Preguntas clave ◆¿Cuáles han sido los principales efectos de la tecnología sobre los derechos

Preguntas clave ◆¿Cuáles han sido los principales efectos de la tecnología sobre los derechos humanos? ¿Qué derechos han sido fortalecidos o se han visto amenazados por internet? ◆Producto de dichos efectos, ¿qué cambio se requeriría para la interpretación de los derechos? ¿Algunos derechos han adquirido un nuevo significado? ◆¿Cómo puede hacerse equivalente el ejercicio y garantía de los derechos tanto en el entorno digital como fuera del mismo? ¿Qué impacto ha tenido internet en la relación entre distintos derechos dentro del régimen del Sistema Interamericano? ◆¿Cómo puede el Sistema Interamericano utilizar internet para promocionar y proteger derechos humanos?

¿Qué son los derechos humanos? Los derechos humanos son: a. Inherentes a todas las

¿Qué son los derechos humanos? Los derechos humanos son: a. Inherentes a todas las personas sin distinción alguna b. Universales c. Interdependientes d. Indivisibles Todos son igualmente importantes. El mejoramiento en el ejercicio de un derecho significa un avance en los demás; la violación de un derecho, impacta negativamente en los demás.

Sistema Interamericano de Derechos Humanos Sistema de normas y órganos especializados en materia de

Sistema Interamericano de Derechos Humanos Sistema de normas y órganos especializados en materia de Derechos Humanos y limitados al continente americano • Convención Belém do Pará • Convención Interamericana para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad, entre otros. Instrumentos Internacionales Carta de la OEA Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH) y “Protocolo de San Salvador” Órganos de supervisión Comisión Interamericana de Derechos Humanos Corte Interamericana de Derechos Humanos

Derechos en el Sistema Interamericano Freedom of association Access to information Transparency Freedom of

Derechos en el Sistema Interamericano Freedom of association Access to information Transparency Freedom of expression Education Privacy Non discriminación

Obligaciones del Estado frente a los derechos humanos • Obligación de respetar y garantizar

Obligaciones del Estado frente a los derechos humanos • Obligación de respetar y garantizar los derechos humanos mediante: a. Incorporación de dichos derechos a su Constitución; b. Ratificación o adhesión a un tratado internacional de derechos humanos; o c. Derechos humanos como parte de la costumbre internacional. • Obligación de respetar → abstención de interferir o coartar el disfrute de derechos. • Obligación de garantizar → acciones positivas para proveer o facilitar el ejercicio de los derechos, así como prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos.

Límites a los derechos humanos • Los derechos humanos no son absolutos. • Requisitos

Límites a los derechos humanos • Los derechos humanos no son absolutos. • Requisitos de las restricciones consideradas legítimas y compatibles con las obligaciones de los Estados: 1. Deben ser establecidas en una ley de forma clara y precisa. 2. Deben perseguir un fin legítimo, como la protección a los derechos de otros, el orden público o la seguridad nacional, todo lo cual debe estar definido de forma precisa. 3. Deben ser adecuadas, necesarias y proporcionales.

El impacto de internet en la sociedad Relativo bajo costo Periodismo ciudadano Acceso al

El impacto de internet en la sociedad Relativo bajo costo Periodismo ciudadano Acceso al conocimiento y la información plural Anonimato Difusión de expresiones ofensivas Alcance global Comunicación Multi direccional Información personal vulnerable internet Nuevas formas delictivas

El impacto de internet en el ejercicio de derechos Derecho de asociación Libertad de

El impacto de internet en el ejercicio de derechos Derecho de asociación Libertad de expresión Privacidad • Creación de redes y comunidades en línea que han facilitado la asociación de personas con intereses, fines u opiniones similares. Dicha asociación se puede trasladar a las calles. • Reuniones y protestas políticas, tanto en las calles, como a través de peticiones, campañas de mensajes en redes sociales o, incluso, ataques Informáticos que impiden el acceso a determinado sitio web. • Posibilidad de transmitir y recibir texto, imágenes y video de una pluralidad de fuentes, de manera interactiva, con alcance global y a una velocidad creciente. • Periodismo ciudadano; mayor difusión a mayores audiencias. • Difusión de expresiones ofensivas o discriminatorias, así como intercambio de contenidos abusivos como la pornografía infantil. • Monitoreo de datos personales producidos por la actividad de una persona en internet. • Recolección y análisis de datos personales generados por usuarios/as de internet por parte de empresas con fines comerciales y de mercadotecnia.

Acceso a internet • Características de internet. Naturaleza multidireccional e interactiva; velocidad y alcance

Acceso a internet • Características de internet. Naturaleza multidireccional e interactiva; velocidad y alcance global; relativo bajo costo; y principios de diseño descentralizado y abierto. • Intermediarios. Amplio espectro de actores, principalmente privados, que actúan como intermediarios en internet y definen en gran medida las posibilidades de acceso y uso de la red, e incluso pueden potenciar o restringir el ejercicio de derechos de usuarios y usuarias. • Riesgos. Actores públicos y privados han buscado aprovechar su posición para restringir derechos, por ejemplo: – Solicitar información sobre usuarios/as, o exigir el monitoreo y control de la conducta de sus usuarios/as. – Recolectar, analizar y comercializar la información personal de sus usuarios/as. – Empresas han argumentado la falta de jurisdicción de ciertos Estados para obligarles a restringir los derechos de sus usuarios o impedir la acción de protección de derechos de ciertas instituciones estatales. .

Libertad de Expresión (art. 13 CADH) • Responsabilidades ulteriores. Límites impuestos sobre el autor

Libertad de Expresión (art. 13 CADH) • Responsabilidades ulteriores. Límites impuestos sobre el autor de la expresión sin excluir el mensaje. • Test tripartito de las restricciones: (i) establecida en una ley de manera clara y precisa; (ii) debe perseguir un fin legítimo; y (iii) la medida debe ser idónea, necesaria y proporcional. • Perspectiva sistémica digital. Considerar cómo la restricción puede impactar el funcionamiento general de internet. • Responsabilidad de intermediarios. Genera incentivos para la censura privada de empresas que proveen servicios de búsqueda, alojamiento, redes sociales, entre otros. • Prohibición de restricciones indirectas (art. 13. 3 CADH). La protección de la neutralidad de la red es fundamental para garantizar la pluralidad y diversidad del flujo informativo en internet.

Derecho de reunión y asociación (arts. 15 y 16 CADH) • Facilita la comunicación

Derecho de reunión y asociación (arts. 15 y 16 CADH) • Facilita la comunicación entre personas con una afiliación previa. • Otorga posibilidades inéditas para generar nuevas comunidades de personas que interactúan con independencia de su ubicación geográfica. • Ayuda a grupos en línea a organizarse fuera de línea: (a) protestas y; (b) documentación y comunicación, inclusive en tiempo real, la emergencia de actos represivos o eventos de violencia policial.

Derecho a la educación y a participar en la vida cultural (arts. 13 y

Derecho a la educación y a participar en la vida cultural (arts. 13 y 14 del Protocolo de San Salvador) • Potenciación del acceso ante la facilidad de: – Copia, edición y difusión de bienes culturales, educativos y científicos. – Creación artística – Programas educativos masivos e individuales a distancia. VS. – Infracción de derechos de autor. Grandes titulares de derechos demandan medidas estatales para impedir esas conductas. – Riesgo → adopción de legislación de protección de derechos de autor que restrinja de manera desproporcionada el derecho de las personas de utilizar internet para la educación, el acceso al conocimiento y la ciencia.

Derecho a la privacidad (art. 11 CADH) • Anonimato. Protección de represalias por ejercer

Derecho a la privacidad (art. 11 CADH) • Anonimato. Protección de represalias por ejercer legítimamente su derecho a la libertad de expresión. • Riesgos para el derecho a la privacidad. Gran riesgo de abuso ante monitoreo secreto de una enorme cantidad de información personal generada al usar internet (ej. medidas de vigilancia masiva). • Salvaguardas: – Claridad y precisión respecto del procedimiento y circunstancias en las que una autoridad puede usar medidas de vigilancia. – Establecimiento de requisitos como: autorización judicial previa; medidas de transparencia; existencia de órganos independientes de supervisión; y derecho de notificación al usuario/a. – Respeto por parte de las empresas mediante: (i) consentimiento informado de manera previa al tratamiento de datos personales; y (ii) sanción de conductas indebidas en el manejo de datos personales.

Derecho a la no discriminación (art. 1. 1 CADH) • Acceso plural, equitativo y

Derecho a la no discriminación (art. 1. 1 CADH) • Acceso plural, equitativo y universal a la tecnología. Elemento indispensable para el ejercicio de los derechos, incluyendo los derechos económicos, sociales y culturales. • La desigual participación de todos los sectores de la sociedad en el entorno digital podría multiplicar las desigualdades económicas y sociales existentes. Por ejemplo, • Mujeres. Brecha de género y prevalencia de un entorno digital frecuentemente hostil y discriminatorio (“Convención de Belem do Pará”). • Personas con discapacidad. Diseño inadecuado de hardware y software que impide que accedan y usen internet en igualdad de circunstancias. • Grupos indígenas. Brecha lingüística por predominancia del idioma inglés y carencia de información en diversas lenguas. • la predominancia del idioma inglés y la indisponibilidad de información en diversas lenguas, particularmente las lenguas indígenas, han generado una brecha lingüística de acceso a internet la predominancia del idioma inglés y la indisponibilidad de información en diversas lenguas, particularmente las lenguas indígenas, han generado una brecha lingüística de acceso a Intern